CODIGO DE ÉTICA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS

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Transcripción de la presentación:

CODIGO DE ÉTICA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS Secretaría de la Contraloría General del Estado de Chiapas

Lealtad hacia su trabajo CÓDIGO DE ÉTICA Lealtad hacia su trabajo Profesión Empresa Compañeros de trabajo Es un conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida Servidor Público Se violenta el código de ética Fuera Conducta inmoral y antiética Honestidad Ética

Periódico oficial del Estado CÓDIGO DE ÉTICA Se establecen los principios y valores que deben regir la conducta de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de Chiapas. Periódico oficial del Estado No. 373 27 de Junio de 2018

FUNDAMENTO LEGAL Art. 109 fracc. III Constitución Federal (Tipos de sanciones para los servidores públicos) Art. 110 y 113 Constitución Política del Estado de Chiapas. (Tipos de responsabilidad) (autoridades competentes para sancionar) Art. 4° Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas. (Principios que rigen el servicio público.) Art. 7° Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Chiapas. (Principios que rigen el servicio público)

OBJETIVO Código de Ética Reglas de Integridad Lineamientos Dar a conocer a los Servidores Públicos Conducta Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés

1 5 2 6 3 7 4 8 Principios Constitucionales Imparcialidad Objetividad Art. 4°, fracc. I Nuestro ordenamiento en materia de ética Principios Constitucionales Actuar del Servidor Público 1 5 Imparcialidad Objetividad 2 6 Eficiencia Honradez 3 7 Eficacia Legalidad 4 8 Profesionalismo Lealtad

Respetar y garantizar los derechos humanos Principios constitucionales en materia de derechos humanos que rigen el código de ética Universalidad Interdependencia Indivisibilidad Progresividad Pro persona Principio de Interpretación Conforme Art. 4°, fracc. III

Cada persona construye un sentido propio de los valores Son convicciones profundas de los seres humanos que determinan su manera de ser y orientan su conducta. Sentimientos Emociones Valores, actitudes y conducta están relacionados. Cada persona construye un sentido propio de los valores Nuestro código de ética establece los valores que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función Art. 4°, fracc. II

VALORES Art. 4°, fracc. II Cooperación Racionalidad Económica Igualdad y no discriminación Integridad Transparencia Respeto Equidad de género Verdad Equidad Entorno Cultural y Ecológico Liderazgo Probidad Interés Publico Rendición de Cuentas Competencia por Mérito Respeto a los Derechos Humanos Art. 4°, fracc. II

Reglas de Integridad del Servicio Público Actuación Pública Información Pública Control Interno Trámites y Servicios Programas Gubernamentales Procedimiento Administrativo Cooperación con la Integridad Administración de Bienes Muebles e Inmuebles Procesos de Evaluación Desempeño Permanente con Integridad Recursos Humanos Comportamiento Digno Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorización y Concesiones Son aquellas medidas con las que el servidor público debe conducirse en su actuar público Art. 5°

COMITÉS ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS La vigilancia en el cumplimiento Código de Ética Las Reglas de Integridad Los Lineamientos Generales Corresponden a los comités de ética y prevención de conflictos de interés de las Dependencias y Entidades. Objetivo Órganos Plurales Fomento de la Ética y la integridad pública (para) Lograr una mejora constante del clima y cultura organizacional de las dependencias y entidades (a través) Instrumentación acciones permanentes Servidores Públicos. Electos democráticamente cada 2 años de forma escalonada.

Los comités de ética y prevención de conflictos de interés INTEGRACIÓN Art. 6° Los comités de ética y prevención de conflictos de interés Seis miembros propietarios 2 Permanentes 4 Temporales Subsecretario de estado, o equivalente El titular de la Unidad de Apoyo Administrativo o equivalente de la dependencia o entidad Director, Jefe de Unidad o equivalente PRESIDENTE Jefe de Departamento, de Área, o equivalente Otro Servidor Público que el presidente designe Un Enlace u Operativo SECRETARIO EJECUTIVO Del área de recursos humanos quien auxilie en la atención y cumplimiento de los asuntos propios del comité.

FUNCIONES Art. 6°, numeral 7 Establecer las bases en términos de lo previsto en los lineamientos generales. 1 Elaborar y aprobar, su programa anual de trabajo. 2 Elaborar, revisar y actualizar el Código de Conducta. 3 Establecer los mecanismos para verificar la aplicación y cumplimiento del Código de Ética, las Reglas de Integridad y Código de Conducta. 4 Art. 6°, numeral 7 Las convocatorias, orden del día, suplencias, quórum, desarrollo de las sesiones, votaciones, elaboración y firmas de actas, los procedimientos de comunicación, entre otras Los objetivos, Las metas y Las actividades Que se planteen Llevar A cabo para el Logro de Cada meta Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética, de la Secretaría de la Contraloría General

FUNCIONES Art. 6°, numeral 7 Determinar, los indicadores de cumplimiento de los Códigos de Ética y de conducta, y el método para medir y evaluar los resultados. 5 Participar con la Dirección en la evaluación anual del cumplimiento de los Códigos de Ética y de Conducta. 6 Fungir como órgano de consulta y asesoría en asuntos relacionados con la observación y aplicación del Código de Conducta. 7

FUNCIONES Art. 6°, numeral 7 Establecer y difundir el protocolo de atención a los incumplimientos de los Códigos de Ética, de Conducta y a las Reglas de Integridad, así como el procedimiento para la presentación de las denuncias por incumplimientos a estos instrumentos. 8 Formular observaciones y recomendaciones en el caso de denuncias derivadas del incumplimiento al Código de Ética, al Código de Conducta o las Reglas de Integridad,. 9

RESPONSABILIDADES DE SUS INTEGRANTES Desempeñar sus funciones y atribuciones en apego a los valores, principios y reglas de integridad. Colaborar y apoyar a la Secretaría Ejecutiva cuando ésta lo solicite para cumplir con los objetivos del Comité. Comprometerse de manera activa en el desarrollo de las actividades que se acuerden por el Comité.

RESPONSABILIDADES DE SUS INTEGRANTES Cumplir y promover el cumplimiento del Código de Ética y el Código de Conducta. Dedicar el tiempo y esfuerzo necesarios para dar seguimiento a los asuntos que se sometan a su consideración, recabar la información necesaria y solicitar la colaboración y apoyo que consideren oportunos. Cuidar que las actividades del comité se realicen con apego a la normatividad aplicable.

RESPONSABILIDADES DE SUS INTEGRANTES Participar activamente en el Comité y en los subcomités a fin de que su criterio contribuya a la mejor toma de decisiones. Hacer uso responsable de la información a la que tengan acceso Manifestar por escrito si tuviere o conociere de un posible conflicto de interés, personal o de alguno de los demás miembros del Comité y abstenerse de toda intervención.

ATENCIÓN DE DENUNCIAS Comités de ética y Prevención de Conflicto de Interés Código De Ética Podrá acudir ante el comité para presentar una denuncia. Reglas De Integridad Acompañarse con evidencia o el testimonio de un tercero que respalde lo dicho Código De Conducta Cualquier persona

ATENCIÓN DE DENUNCIAS Medios electrónicos para la presentación Comités de ética y Prevención de Conflicto de Interés Admitir la presentación de manera anónima Medios electrónicos para la presentación de denuncias Identifique en la narrativa al menos alguna evidencia Persona a la que le consten los hechos. El nombre y el domicilio o dirección electrónica para recibir informes Un breve relato de los hechos Los datos de la persona servidora pública involucrada Los medios probatorios de la conducta. Número de Expediente

Comités de ética y Prevención de Conflicto de Interés ATENCIÓN DE DENUNCIAS Comités de ética y Prevención de Conflicto de Interés Solicitará por única vez que la denuncia cumpla con los elementos previstos para hacerla del conocimiento del comité CONCLUIDO Podrá ser considerada como un antecedente para el comité y para el órgano interno de control cuando ésta involucre a una persona servidora pública en particular. Se turnará por la persona que ocupe la secretaría ejecutiva a los miembros del comité para efecto de su calificación Pueda ser probable incumplimiento o de no competencia para conocer de la denuncia.

ATENCIÓN DE DENUNCIAS Comités de ética y Prevención de Conflicto de Interés Deberá orientar a la persona para que presente su denuncia En caso de que el comité no cuente con competencia para conocer de la denuncia EL PRESIDENTE El comité adoptará medidas para prevenir la actualización de ese tipo de conductas Mecanismos de capacitación, sensibilización y difusión. Entrevistará al servidor público involucrado, a los testigos y a la persona que presentó la denuncia. El comité podrá conformar un subcomité, con al menos tres de los miembros temporales Incumplimiento al Código de Ética, Reglas de Integridad, Código de Conducta

ATENCIÓN DE DENUNCIAS Comités de ética y Prevención de Conflicto de Interés LA PRESIDENCIA Determinará medidas preventivas, si las circunstancias del caso lo ameritan Hostigue Agreda Amedrente Acose Intimide Amenace a una persona Lineamientos que emita la Dirección Sin que ello signifique tener como ciertos los hechos.

LAS PARTES INVOLUCRADAS CONCILIACIÓN ENTRE LAS PARTES INVOLUCRADAS Cuando los hechos narrados en una denuncia afectan únicamente a la persona que la presentó, y considerando la naturaleza de los mismos Siempre con el interés de respetar los principios y valores contenidos en el código de ética, el código de conducta y en las reglas de integridad. Los miembros del comité comisionados presentarán sus conclusiones Incumplimiento al código de ética, a las reglas de integridad o al código de conducta, el comité determinará sus observaciones y recomendaciones Consistentes en capacitación, sensibilización y difusión en materias relacionadas con el código de ética, las reglas de integridad y el código de conducta de la dependencia o entidad.

La atención de las denuncias deberán concluirse PLAZO PARA CONCLUSIÓN 3 meses La atención de las denuncias deberán concluirse Contados a partir de que se califique como probable incumplimiento.

Comuníquese al teléfono 01 (961) 61 8 75 30, extensión 22325. Si desea obtener mayor información respecto a la presente capacitación: Comuníquese al teléfono 01 (961) 61 8 75 30, extensión 22325. MUCHAS GRACIAS