DERECHO CIVIL III -REALES INTRODUCCIÓN A LOS DERECHOS REALES Dra. Milushka Rojas Ulloa
CONCEPTOS DOCTRINARIOS El Código Civil no da una definición Acudimos a la doctrina como fuente del derecho Según Demolombe, “Es el que crea entre las partes y las cosas una relación directa e inmediata, de tal manera que no se encuentra en ello, sino 2 elementos: la persona, sujeto activo del derecho y la cosa, que es el objeto.” Doctrina Clásica o Tradicional
DOCTRINA MODERNA TEORÍA UNITARIA PERSONALISTA todo Derecho es una relación entre personas PLANIOL Sujeto activo = titular del derecho Sujeto pasivo = la sociedad En el derecho Real, la relación es entre el titular del derecho y todo el mundo excepto él. El deber de los demás ajenos al derecho real es el de respetarlo y acatarlo. Los derechos reales serían derechos personales KANT, a todo derecho corresponde un deber
ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE LOS DERECHOS RALES Y PERSONALES RELACÍÓN DE SEMEJANZA Contenido patrimonial RELACIÓN DE DIFERENCIA DERECHO PERSONAL Facultad Objeto: Prestación 3 elementos Principio de autonomía de la voluntad Oponibilidad relativa Son temporarios DERECHO REAL Poder Jurídico Objeto: Los bienes 2 elementos Princ. Orden Público Oponibilidad es absoluta Pueden ser perpetuos o temporarios
ELEMENTOS DE LOS DERECHOS REALES SUJETO Los sujetos de derecho Persona física o jurídica Persona nacional o extranjera (art. 71 de la Constitución) EL OBJETO Diferencia entre bienes y cosa Bienes materiales e inmateriales Objetos física y jurídicamente posibles Bienes en el comercio de los hombres
SISTEMAS DE LOS DERECHOS REALES Art. 881 del Código Civil Adoptado por nuestro derecho nacional Sólo por ley se crean los derechos reales SISTEMA DEL NUMERUS CLAUSUS Pueden ser creados por las partes Prima principio de la autonomía de la voluntad SISTEMA DEL NUMERUS APERTUS