LA CÁMARA GESELL EN EL PODER JUDICIAL

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Transcripción de la presentación:

LA CÁMARA GESELL EN EL PODER JUDICIAL

NACIMIENTO DE LA CAMARA GESELL ARNOLD GESELL Doctor en Filosofía con orientación en educación. Buscó contemplar el aprendizaje y crecimiento de sus hermanos. Interesado en el desarrollo infantil. Crea la cámara para observar sin ejercer influencia.

MARCO LEGAL A nivel nacional Ley 25852 Art. 250 bis. Del Código Procesal de la Nación. A nivel provincial acordada Nº 9827/07 (Salta).

FUNADMENTACION DE LA ACORDADA 9827 Convención de los Derechos del Niño (Interés superior del niño) Ley Nacional Nº 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Ley Provincial Nº 7039 de Protección de la Niñez y la Adolescencia. Aplicación exclusiva en el Fuero Penal.

¿COMO ESTÁ CONFORMADA? Dos espacios contiguos separados por un vidrio. Instrumentos tecnológicos. Ambientación adecuada. Recursos (juguetes, hojas, lápices)

ORGANIGRAMA DEL SERVICIO DE PSICOLOGÍA Jefatura Sub-jefatura Fuero Familia y Civil Fuero Penal 12 profesionales 12 profesionales

ENTRECRUZAMIENTO DE SABERES “La Psicología forense debe ser respetuosa de la subjetividad y garantizar los derechos humanos, cuyo planteamiento ético debe estar dirigido a los dos polos de intervención, tanto al sujeto como a la institución que nos convoca” (Liliana Alvarez, Revista Actualidad Psicológica).

¿QUE SE BUSCA CON EL EMPLEO DE ESTA HERRMIENTA? Minimizar el impacto y sufrimiento de los menores (evitar la revictimización) Contener a los niños y adolescentes que concurren a los estrados judiciales. Evitar procedimientos que puedan resultar nocivos para ellos. Obtener el testimonio. No descuidar el respeto de los derechos y garantías del imputado. Que sea un hecho irreproductible.

Se busca que sea un hecho irreproductible. REVICTIMIZACION “Proceso por el cual se vuelve a hacer pasar a la víctima por situaciones indeseadas que la victimizan nuevamente” Se busca que sea un hecho irreproductible. Todavía queda un camino por recorrer.

TESTIMONIO “Es definible como el aporte narrativo de la información que acerca de un determinado suceso conoce una persona, porque ha observado o participado directamente del mismo” (Lic. Norma G. Miotto). Estimamos que el primer relato es el que está menos contaminado por los procesos internos y las influencias externas.

MEMORIA “Es la capacidad mental que posibilita a un sujeto registrar, conservar y evocar las experiencias (ideas, imágenes, acontecimientos, sentimientos, etc.)”. Diccionario de la Lengua de la Real Academia Española.   “Se trata de un proceso complejo de adquisición, retención y recuerdo” (Lic. Norma Miotto)

Recuperación inexacta ES UN PROCESO COMPLEJO ADQUISICIÓN RETENCION RECUERDO Recuperación inexacta Percepción y codificación Intervalo Información posterior

Credibilidad de lo relatado en la entrevista testimonial “una persona resulte creíble cuando sus conductas,  afectos y cogniciones; en este caso un menor, son comprensibles y están en consonancia con la narración expuesta” Las capacidades, los estados y las manifestaciones del sujeto en el momento de dicha revelación son material de estudio, interpretación y manejo psicológico, por lo que que la evaluación de esa  cualidad de creíble de un testimonio es de incumbencia de la Psicología

VERACIDAD Solo compete al Juez determinar qué es verdad o no, él es quien da valor al relato de la víctima, fundamentado en el conjunto de pruebas que se aportaron al proceso. Dictaminar en términos de la verdad del relato o testimonio, sería extralimitarnos a la función de juzgadores

¿PORQUE SE LE ASIGNÓ AL PSICOLOGO LA TAREA DE RECEPCIÓN DE LA DECLARACIÓN? Conocimientos de la psicología evolutiva. Conocimientos sobre los procesos de pensamiento. Posee una escucha selectiva (formaciones del inconsciente y lenguaje corporal) Conoce los puntos del derecho elementales. Disposición para establecer una empatía con el niño.

PASOS PREVIO A LA TOMA DE DECLARACION Lectura del Expediente. Ambientación del recinto. Auxilio de especialistas. Entrevista Preliminar- NO SE ABORDA EL HECHO- solamente se evalúa el estado anímico del niño/adolescente, es decir si esta en condiciones de declarar.

Entrevista testimonial- Interactuando con el niño

ENTREVISTA EN CAMARA GESELL No anticipar presunción- de lo general a lo particular. Valerse de los mismos extractos del relato. Preguntar sin inocular ideas. Tener en cuenta lineamientos jurídicos. Reacción posterior al hecho y repercusión. El uso de juguetes. Observar si emplea un discurso ajeno. Preguntar sobre el significado de las palabras que emplea. Advertir los actos fallidos. No deben producirse interrupciones. Se puede proponer la suspensión transitoria. Indica el momento de incorporar pruebas. Fracasos en la toma de declaración. Tener en cuenta la contratransferencia- Impacto subjetivo.

CONTINUANDO CON LA ENTREVISTA EN CAMARA GESELL... El relato del niño no siempre va acompañado de las emociones. Ver si comprende los conceptos de verdad y mentira. Un niño no puede fantasear sobre algo que está fuera de su campo de experiencia. Limitaciones para expedirnos sobre la verosimilitud del testimonio. Se le hace una pequeña devolución acerca de su colaboración.

RETRACTACION Fundamental la actitud materna. Un ambiente contenedor para no flaquear y sostener lo que ha relatado. La repercusión del develamiento. A menos que el niño reciba apoyo sustancial ante su denuncia, normalmente se retracta. Esto no indica que la víctima mintió acerca del hecho, sino que generalmente es una consecuencia lógica de la intensa presión ejercida sobre ella.

¿QUE BENEFICIO TIENE LA RETRACTACION? La retractación les permite volver al seno de la familia y eludir el sistema legal. Frente a las presiones judiciales los niños descubren que la retractación es el camino para retroceder respecto de aquello que añade tanto dolor.

La familia y la actitud materna juega un rol central

DIFERENCIAS ENTRE LA DECLARACION EN CAMARA GESELL Y LA PERICIA PSICOLOGICA

TOMA DE DECLARACIÓN PERICIA Citación cursado por el Tribunal (previa solicitud de turnos al Serv. de Psicología). Citación cursada por el psicólogo. Entrevista Preliminar No se realiza entrevista preliminar. No se aplican Pruebas Psicológicas Aplicación de Pruebas Psicológicas. Recepción de la declaración.(Ps. Del Testimonio). Entrevista diagnóstica Su objetivo es la búsqueda de la verdad jurídica. Su objetivo es la verdad psíquica del sujeto. Pliego de preguntas. Puntos de pericia Interacción con abogados (jueces, defensores, asesores y fiscales) No hay interacción con abogados, sino con psicólogos de parte o ínter consultas. Se elabora inf. sólo si lo requiere el juez. Se elabora informe siempre. Este informe es una apreciación psicológica del relato y estado emocional del niño en ese momento. El informe pericial se nos convoca a dar una opinión fundada, se arriba a un psicodiagnóstico. La lectura del expediente es indispensable. No necesariamente se da lectura al expediente.

PODEMOS SINTETIZAR QUE..... La declaración en Cámara Gesell es una recepción especializada de un testimonio lo mas fiel posible a los hechos, se trata de buscar la verdad de los hechos acaecidos, a diferencia del trabajo pericial en el que se trata de ahondar en los impactos subjetivo sufridos, en advertir sobre sus modalidades defensivas, síntomas y funcionamiento psíquico.

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN