LA PENA.   La pena es una sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales, contemplada en la ley e impuesta por el órgano jurisdiccional,

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
Advertisements

Características de la policía administrativa
PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
PENOLOGÍA.
Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción.
Unidad N° 19 Determinación de la pena DETERMINACIÓN DE LA PENA: 1° Cada Estado desarrolla una política criminal como reflejo de su idiosincracia y ello.
Modalidades de cumplimiento de la pena. Salidas Transitorias Permiten al condenado ausentarse del establecimiento por períodos cortos de tiempo. Generalmente.
Unidad N° 9 El tipo doloso de omisión
MODELOS DEL SISTEMA DE JUSTICIA CRIMINAL Karla D. Padilla Camacho Just 1010 Prof. Aponte Justicia Criminal.
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA ASPECTOS MAS SALIENTES. Curso Posgrado de Derechos Humanos y Humanitario Prof. Eduardo J.
REGLAS TÉCNICAS Y NORMAS DE CONDUCTA LUIS ENRIQUE ALCANTAR ROMÁN ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE YAUTEPEC.
LA SUSTITUCION DE LA PENA ◦ Es el cambio o sustitución de una pena de prisión que no exceda de un año,o dos según sea los casos. ◦ Se basan en los requisitos.
Delitos Fiscales Definición de Delito: – Es toda acción u omisión que sanciona las leyes fiscales y penales. – Por querella – Por declaratoria De perjuicios.
ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO PENAL GENERAL
SISTEMA NO JURISDICCIONAL DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO AGOSTO DE 2008.
1 u n i d a d Relación laboral y contrato de trabajo.
Fuentes legales del Contrato de Trabajo
INTERPRETACIÓN DE LA LEY
Derecho privado parte gral.
Protección de los derechos de los consumidores
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Unidad N° 6: Ámbitos de validez de la ley penal ÁMBITO TEMPORAL
LA REINCIDENCIA POR: DRA. JULIA SÁENZ 2012.
UNIVERSIDAD DE MANAGUA CONTRATACIONES DEL ESTADO (D. Adm II)
I. Sistema UN: Pactos Internacionales de Derechos Humanos
Sistema judicial en Chile.
Derecho y Comunicación Lic. Juan Pablo Gramajo Castro
SEGUNDO ELEMENTO DEL DELITO LA TIPICIDAD
IMPUESTOS.
CURSO EJECUCIÓN DE PENA
Unidad 1 El vocablo Derecho.
Capítulo II Sistema.
UNIDAD XVIII DEL DERECHO DE ACCIÓN.
Unidad VI: Técnica jurídica.
UNIDAD XI LA RELACIÓN JURÍDICA..
GARANTÍAS DE IGUALDAD (artículos 1º, 2 º, apartado B, 4º, 5º, primer párrafo, 12, 13 y 31 fracción IV)
Delitos relativos a la energía nuclear
Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
Tema 1. INTRODUCCIÓN AL PERITAJE PSICOLÓGICO. ASPECTOS CONCEPTUALES.
PSICOLOGIA JURIDICA LA CRIMINOLOGIA Y LAS TEORIAS CRIMINOLOGICAS.
El Derecho penal objetivo
Delitos contra la Libertad y Seguridad Individuales
CICLO: X CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO
La norma penal.
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas
Poder judicial.
Decisiones éticas en la tecnología y privacidad en el sitio de trabajo.
Introducción al Derecho Procesal Mercedes Fernández
1 u n i d a d Relación laboral y contrato de trabajo.
Societas delinquere non potest Societas delinquere potest
H O M I C I D I O DEFINICION.-
M O D U L O IV M O D U L O IV.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
LEGISLACION EMPRESARIAL «Las Personas Jurídicas» Profesora : ANDREA IVONNE ORELLANA. Alumnos : Matías Araya. Miguel Astudillo. Mauricio Espinoza UNIVERSIDAD.
II. LA IDEOLOGIA DE LA DEFENSA SOCIAL ALEJANDRO BARATTA.
PROTECCIÓN DE DATOS O HÁBEAS DATA.
DERECHO PENAL UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA PREPARATORIA CAMPUS VALLE
LAS PENAS I. NOCIONES PREVIAS  La pena es la consecuencia lógica, que impone el Estado mediante el órgano jurisdiccional, al culpable de una infracción.
Poder Judicial.
La teoría del delito se apoya en dos pilares: a) Un hecho prohibido (injusto) b) la atribuibilidad a su autor (culpabilidad)
Abog. MIRIAN LUZ LLANOS MAMANI. CONCEPTO DE DERECHO PENAL. PUNTO DE VISTA SOCIOLOGICO. PUNTO DE VISTA SOCIOLOGICO PUNTO DE VISTA JURIDICO PUNTO DE VISTA.
Poder Judicial
Ley de Responsabilidad Penal Adolescente
RIESGO PERMITIDO RIESGO PERMITIDO  ACTUALMENTE ESTÁ RECONOCIDO DE MANERA GENERAL QUE, EN EL DERECHO PENAL, EL “RIESGO PERMITIDO” CUMPLE EL PAPEL DE EXCLUIR.
TEMA 4. PONETES: LEONARDO MANUEL LOPEZ MAGAÑA CHRISTIAN EMMANUEL SANTOS ORTIZ AYLIN ROSADO BELTRAN NATALIA TRINIDAD LAY.
20 Septiembre Entendemos por derecho al sistema de leyes, regulaciones y normas que una región, país o territorio se da a sí mismo con el objetivo.
Transcripción de la presentación:

LA PENA

  La pena es una sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales, contemplada en la ley e impuesta por el órgano jurisdiccional, mediante un proceso, al individuo responsable de la comisión de un delito.  El término pena proviene latín “poena” y posee una connotación de ‘dolor causado por un castigo’. LA PENA

  LEGAL. Debe provenir de una norma jurídica que exista previamente en la ley. Es necesario que se siga el Principio De Legalidad Penal.  INSERTIVA. Debe proporcionar al interno una inserción positiva a la sociedad. Esto es el tiempo de la privación de libertad el interno debe ser asistido y se le debe dotar herramientas para su reinserción. CARACTERES DE LA PENA

  PROPORCIONAL. La pena no debe ser excesiva en dureza o duración, si no que debe ser relativa a la gravedad de la conducta antisocial y la peligrosidad del individuo que la comete. Tomas Moro ya decía que la pena debe ser proporcional al delito cometido, ya que en sus tiempos el robo y otros delitos menores eran castigados con la pena de muerte. CARACTERES DE LA PENA

 En el Derecho penal antiguo la pena tenía los siguientes caracteres:  INTIMIDATORIA. Debe preocupar o causar temor al sujeto que comete la conducta ilegal, es decir evitar el delito por el temor a la aplicación de una sanción.  AFLICTIVA. Debe causar cierta afectación o aflicción al delincuente, para evitar futuros delitos. CARACTERES DE LA PENA

  EJEMPLAR. Debe ser un ejemplo a nivel individual y general para prevenir otros delitos, es necesario que sirva de ejemplo, no solamente al condenado sino al resto de la colectividad. CARACTERES DE LA PENA

 La PENA tiene como fines (Ley No Art. 25):  La readaptación social del delincuente.  La enmienda del delincuente.  Prevención del delito (general y especial). FIN DE LA PENA

  El fin de la pena es la Prevención general que significa disuadir a la colectividad de la comisión de hechos delictivos y la Prevención especial que consiste en la reeducación y reinserción del delincuente. FIN DE LA PENA

  LA PROTECCIÓN. Se debe proteger a la sociedad para mantener un orden social y jurídico armónico.  CORRECCIÓN. La pena debe corregir al sujeto, es decir lograr una readaptación social.  INTIMIDACIÓN. Debe atemorizar y funcionar de modo que inhiba a las personas a no cometer delitos.  EJEMPLARIDAD. Debe ser una advertencia y amenaza dirigida a la colectividad. ¿Cómo se previene?

 Por su cantidad:  PENA DETERMINADA Es aquella en que la sanción está establecida en la sentencia condenatoria claramente por el lugar de cumplimiento y por el tiempo a cumplirse. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

 PENA INDETERMINADA  Si el fin de la pena es corregir, entonces la pena debe ser indeterminada y variable. Indeterminado porque debe estar recluido hasta que se resocialice. Y variable porque se debe aplicar según la personalidad del autor  En los delitos sancionados con penas indeterminadas, el juez tomará siempre en cuenta el máximum de la pena señalada. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

 Por su duración:  PENA PERPETUA El presidio perpetuo o cadena perpetua es una pena privativa de libertad de carácter indefinido sin posibilidad de reducción de pena.  PENA TEMPORAL Es una pena privativa de libertad de carácter definido y con la posibilidad de reducción de pena. pone como condena ante un delito grave. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

 Por su materia:  PENAS CORPORALES Son las que afectan a la integridad física. Son: la tortura (azotes, amputaciones) y la Pena de Muerte.  PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD Consiste en quitarle al delincuente la libertad para desplazarse recluyéndolo en un establecimiento. Son: el Presidio y la Reclusión. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

  PENA RESTRICTIVA DE LIBERTAD Se entienden por tales aquellas que, sin suprimir por completo la libertad (como la reclusión y la prisión), la limitan a imponer al condenado el cumplimiento de ciertas obligaciones (permanencia en localidad determinada, presentación periódica ante la autoridad, observación de una conducta irreprochable, ocupación laboral) y prohibirle determinados actos (ingerir bebidas alcohólicas, concurrir a determinados locales o espectáculos). CLASIFICACIÓN DE LA PENA

  PENAS INFAMANTE La que produce infamia en quien la sufre. Subsiste, con relación a ciertos delitos cometidos por los militares, por ejemplo la degradación. Antiguamente eran penas infamantes: la horca, la argolla, los azotes y la exposición a la vergüenza pública. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

 Por su calidad:  PENAS CORPORALES. Son las que afectan a la integridad física. Son: la tortura (azotes, amputaciones) y la Pena de Muerte.  PENA INCORPORAL Es aquel que recae sobre un bien intangible. Por ejemplo delitos contra el derecho de autor (uso programa ajeno), los delitos informáticos: como el acoso electrónico el acceso no autorizado CLASIFICACIÓN DE LA PENA

  PENAS PECUNIARIAS La pena pecuniaria es aquella que afecta al patrimonio del penado son:  Multa. Pena pecuniaria que se impone por una falta, exceso o delito, o por contravenir a lo que con esta condición se ha pactado.  Decomiso. O Comiso, es la pena de perdimiento de la cosa en que incurre quien comercia en géneros prohibidos. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

  Caución. O Fianza. Es la garantía que entrega el encausado para poder defenderse en libertad.  Confiscación de Bienes. Pena de privación de los bienes del delincuente y cederlos al fisco. Es cosa distinta de la expropiación porque en ésta se paga el valor, mientras en la confiscación, no CLASIFICACIÓN DE LA PENA

 Por sus consecuencias:  PENA REVERSIBLE La afectación dura el tiempo que dura la pena, pero después el sujeto recobra su situación anterior, y las cosas vuelven al estado en que se encontraban.  PENA IRREVERSIBLE La afectación derivada de la pena impide que las cosas vuelvan al estado anterior. Por ejemplo, la pena de muerte. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

 Por su aplicación:  PENA PRINCIPAL Es la que impone el juzgador en la sentencia y que corresponde a cada delito son.  Presidio. Aquella que se cumple en un establecimiento penitenciario por los penados por delitos graves.  Reclusión. Condena a una larga pena privativa de libertad. Generalmente se dice de las condenas por más de veinte (20) años. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

  Prestación de trabajo. Llamase así a la pena personal de servicio obligatorio exigido por la ley para la ejecución de obras o servicios de utilidad común.  Multa. Pena pecuniaria que se impone por una falta, exceso o delito, o por contravenir a lo que con esta condición se ha pactado. Por ejemplo vulnerar la cláusula penal establecida en los contratos. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

 Por su aplicación:  PENA ACCESORIA Pena accesoria es aquella que no puede aplicarse independientemente, sino que va unida a otra llamada pena principal. Las penas accesorias pueden cumplirse al mismo tiempo que las principales o después de éstas. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

  PENA COMPLEMENTARIA Es pena complementaria la unida a otra para mayor eficacia. Es adicional a la principal y deriva también de la propia ley.  PENAS PARALELAS Coinciden en sus magnitudes se diferencian en la calidad CLASIFICACIÓN DE LA PENA

  PENAS ALTERNATIVAS Son aquellas en la que una pena excluye la aplicación de la otra.  PENAS CONJUNTAS Son aquellas penas que se acumulan. Es mas frecuente en el sistema anglosajón. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

 Por la finalidad que persigue:  PENA CORRECCIONAL Es aquella que procura un tratamiento readaptador para el interno. Pretende la enmienda del condenado.  PENA INTIMIDATORIA Es aquella con la cual se trata de intimidar o inhibir al sujeto para que no vuelva a delinquir. CLASIFICACIÓN DE LA PENA

  Consiste en quitarle al condenado la libertad para desplazarse e imponerle el cumplimiento de ciertos deberes en favor de la comunidad.  Consiste en quitarle al delincuente la libertad para desplazarse recluyéndolo en un establecimiento. Son: el Presidio y la Reclusión. PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD

  Presidio. Aquella que se cumple en un establecimiento penitenciario por los penados por delitos graves.  Reclusión. Condena a una larga pena privativa de libertad. Generalmente se dice de las condenas por más de veinte (20) años. CLASIFICACIÓN

  Se entienden por tales aquellas que, sin suprimir por completo la libertad (como la reclusión y la prisión), la limitan a imponer al condenado el cumplimiento de ciertas deberes (arresto domiciliario, vigilancia por autoridad competente LA PENA RESTRICTIVA DE LIBERTAD

 FINES Los fines de las Penas Restrictivas De Libertad son:  Educar al condenado,  Evitar el “contagio social” del delito. LA PENA RESTRICTIVA DE LIBERTAD

  ARRESTO DOMICILIARIO El arresto domiciliario es la " privación de la libertad de movimientos y comunicación de un condenado o acusado que se cumple fuera de los establecimientos penitenciarios, bien en el propio domicilio, bien en otro fijado por el Tribunal sentenciador a propuesta del afectado". CLASIFICACIÓN

  LA VIGILANCIA POR AUTORIDAD COMPETENTE El condenando es sometido a una vigilancia por un delegado judicial. El condenado no debe haber sido condenada anteriormente por un delito y debe informar, a través de delegado, sobre su comportamientos sociales y características de personalidad. CLASIFICACIÓN

  INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA La Individualización De La Pena es el procedimiento por el cual la pena abstractamente determinada por la ley se adecua al delito cometido por el concreto autor. PENAS MODERNAS

  FUNDAMENTOS DE LA INDIVIDUALIZACIÓN La escuela clásica, fundamenta la individualización de la pena en el libre albedrío. El ser humano puede elegir entre cometer un delito o no.. La escuela positiva fundamenta la individualización de la pena en la peligrosidad del individuo. Si un ser humano es propenso a cometer delitos entonces hay que prevenir antes de que cometa un delito. Se lo interna. PENAS MODERNAS

  PERDÓN JUDICIAL Perdón Judicial. Facultad del juez para perdonar la pena a un culpable comprobado basándose en circunstancias justificables y que no ofrezca peligrosidad. Se elimina la pena no el delito. CLASIFICACION

  LIBERTAD CONDICIONAL La Libertad Condicional es una institución que se fundamenta en la presunción de que el delincuente se ha reformado y consiste en la liberación del resto de la pena si ha cumplido ¾ partes de la pena y una conducta intachable; imponiéndole ciertas normas de conducta para el futuro. Se accede a esta institución al que tiene una pena de más de 3 años CLASIFICACION

  Si ha cumplido ¾ partes de la pena.  Conducta intachable.  Que exista respecto del penado un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social, emitido por los expertos que el Juez estime convenientes. CONDICIONES PARA LA CONCESIÓN DE LA LIBERTAD CONDICIONAL

  TEORIAS ABSOLUTAS Son las que atienden sólo al sentido de la pena, prescindiendo totalmente de la idea de fin. Para ellas, el sentido de la pena radica en la retribución, imposición de un mal por el mal cometido. En esto se agota y termina la función de la pena. MARCO HISTORICO

  TEORIA ABSOLUTA La pena es, pues, la consecuencia justa y necesaria del delito cometido, entendida bien como una necesidad ética, como un "imperativo categórico" al modo que la entendió KANT, bien como una necesidad lógica, negación del delito y afirmación del derecho, como la concibió HEGEL. MARCO HISTORICO

  Teorías relativas Son las que atienden al fin que se persigue con la pena. Se dividen en teorías de la prevención especial y teorías de la prevención general. Las teorías de la prevención general ven el fin de la pena en la intimidación de la generalidad de los ciudadanos, para que se aparten de la comisión de delitos. Su principal representante fue FEUERBACH, que consideraba la pena como una "coacción psicológica" que se ejercía en todos los ciudadanos para que omitieran la comisión de delitos MARCO HISTORICO

 Actualmente esta concepción es defendida por SCMIDHÄUSER, aunque con determinadas correcciones. Las teorías de la prevención especial ven el fin de la pena en apartar al delincuente de la comisión de futuros delitos, bien a través de su corrección y educación, bien a través de su aseguramiento. Su principal repre-sentante fue Franz von LISZT, quien consideró al delincuente como el objeto central del derecho penal y a la pena como una institución que se dirige a su corrección o aseguramiento MARCO HISTORICO

  Teoría de la unión Tras estas, aparentemente irreconciliables, posiciones se defiende actualmente una postura intermedia que intenta conciliar ambos extremos, partiendo de la idea de retribución como base, pero añadiéndole también el cumplimiento de fines preventivos, tanto generales como especiales. Esta nueva postura, llamada teoría de la unión, es hoy la dominante. MARCO HISTORICO