LAS RECIENTES REFORMAS FISCALES Y SU IMPACTO EN LAS UNIVERSIDADES

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Transcripción de la presentación:

LAS RECIENTES REFORMAS FISCALES Y SU IMPACTO EN LAS UNIVERSIDADES Expositor: L.C. Marco Antonio Barriguete H. Alonso Concha y Cia., S.C. 9 de noviembre de 2006

1.1 REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) Nueva obligación para entidades integrantes de la Federación, Entidades Federativas, DF, y organismos descentralizados, de presentar las siguientes declaraciones informativas (Art. 32-G): Personas a las que les hubieran efectuado retenciones de ISR, así como a residentes en el extranjero (en principio se entiende todas, incluyendo sueldos). Proveedores a los que les hubieran efectuado pagos, identificando el valor de los actos o actividades, así como el IVA que les fue trasladado.

1.1 REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) Fecha de presentación: día 17 del mes posterior al que corresponda la información. Forma de presentación: medios electrónicos. En disposiciones transitorias no se hizo mención respecto a la entrada en vigor de estas obligaciones, por lo que se entendía se encontraban vigentes a partir del día siguiente a la publicación del Decreto.

1.1 REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) En la Tercera Resolución de Modificaciones a la RM, se dijo (Regla 2.1.23, DOF 2/Ago/06): “Para efectos del artículo 32-G…quedarán relevados de la obligación de presentar la información de retenciones y proveedores….si presentan, en su lugar, la declaración informativa a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA….”

1.1 REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) Posteriormente, en la Quinta Resolución de Modificaciones a la RM, se reforma la Regla 2.1.23, para quedar como sigue (DOF 28/Ago/06): “La obligación de presentar la información a que se refiere el artículo 32-G del CFF, se efectuará a partir de la correspondiente al mes de enero de 2007.” Se elimina, por tanto, la referencia a la presentación de las declaraciones a que se refiere el art. 32 de la LIVA.

1.2 REFORMAS A LA LEY DEL IVA (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) Se reforma el artículo 32, fracción V, para mencionar que la información relativa a las retenciones de IVA efectuadas se deberá presentar de manera mensual (antes anual, a presentar en febrero de cada año) Se adiciona la fracción VIII al artículo 32, generándose una nueva obligación consistente en proporcionar mensualmente, a través de medios electrónicos, información relativa al pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en operaciones con proveedores. Fecha de presentación: día 17 del mes siguiente por el que se presenta la información.

1.2 REFORMAS A LA LEY DEL IVA (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) En la 4ta Resolución de Modificaciones a la RM se adicionaron las Reglas 5.1.21 y 5.1.22, las cuales aclaraban (DOF 28/Ago/06): 1. La información se presentaría en los siguientes plazos: Información correspondiente a los meses de: Se presentará a más tardar el día: Julio de 2006 31 de octubre del 2006 Agosto de 2006 Septiembre de 2006 Octubre de 2006 31 de enero del 2007 Noviembre de 2006 Diciembre de 2006

1.2 REFORMAS A LA LEY DEL IVA (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) 2. Se presentaría por cada uno de los meses mediante el formato A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (publicado en el Anexo 1 de la 4ta RM) 3. La información a proporcionar es la relativa a los pagos a proveedores efectivamente realizados, o cuando el interés jurídico quedó satisfecho (art. 1-B y 1-C LIVA), en el mes de que se trate (NO IVA PROVISIONADO).

1.2 REFORMAS A LA LEY DEL IVA (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) 4. Se podrá no relacionar individualmente hasta un 10% de los pagos efectuados en el mes, siempre que correspondan a operaciones menores a $5,000 (a partir de enero 2007 este porcentaje sería del 5%, con operaciones menores a $2,500, art. Tercero Transitorio) No se consideran dentro de este porcentaje operaciones por consumos de combustibles. La información del IVA no relacionado individualmente se manifestará bajo la clave XXX010101000. 5. Entrada en vigor: 2 de octubre de 2006.

1.2 REFORMAS A LA LEY DEL IVA (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) En la 5ta RM, se reforman las reglas 5.1.21 y 5.1.22, efectuando los siguientes cambios (DOF 29/Sep/06): Se elimina cuadro de fechas para la presentación de las declaraciones correspondientes a julio a diciembre de 2006. El monto de las operaciones que no se relacionan individualmente se aumenta a $50,000. Se deroga el artículo Tercero Transitorio de la 4ta RM, relativo al monto de las operaciones no relacionadas que aplicaría a partir de 2007 (artículo Noveno del Decreto)

1.2 REFORMAS A LA LEY DEL IVA (Decreto publicado en DOF 28/Jun/06) 4. Se tendrá por cumplida esta obligación en 2006, si se presenta la información a que se refiere el artículo 101, fracción V de la LISR (pagos al extranjero información de clientes y proveedores) (Artículo 4 Transitorio)

1.3 CONSIDERACIONES PARA NUEVAS OBLIGACIONES Declaraciones informativas a que se refiere el artículo 32-G del CFF: A. Se presentan a partir de enero de 2007. B. No se precisan los formatos a utilizar (se espera que sea en el mismo formato A-29) C. Al eliminar la primera redacción de la Regla 2.1.23, se entendería que se tiene esta obligación además de la del IVA; sin embargo, se espera sea aclarado en RM posteriores. D. Aún no se aclara si la declaración de retenciones de ISR debe incluir las retenciones de salarios (se considera que sólo serían otras retenciones)

1.3 CONSIDERACIONES PARA NUEVAS OBLIGACIONES Declaraciones informativas de IVA: A. Se presentan a partir de enero de 2007. B. Si se presenta la informativa de clientes y proveedores por 2006, se está relevado de presentar estas informativas (en el caso de organismos descentralizados que tributan conforme al Título III de la LISR, observar que sólo tienen las obligaciones a que se refiere el art. 102 de la LISR) C. El SAT aún no cuenta con el programa electrónico del formato A-29.

1.3 CONSIDERACIONES PARA NUEVAS OBLIGACIONES Declaraciones informativas de IVA: D. Se deberán implementar los controles necesarios que permitan obtener la información relativa a pagos efectuados a proveedores, identificando el IVA pagado, el valor de actos o actividades, y conciliando contra declaraciones y registros contables (apoyo con el área de sistemas)

1.3 CONSIDERACIONES PARA NUEVAS OBLIGACIONES FORMATO A-29 publicado en el Anexo 1 de la 4ta. RM en el DOF del 30 de agosto de 2006 Descripción de la forma oficial A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” INFORMACION DE IDENTIFICACION DEL PROVEEDOR O TERCERO TIPO DE TERCERO TIPO DE OPERACION RFC NUMERO DE ID FISCAL NOMBRE DEL EXTRANJERO PAIS DE RESIDENCIA NACIONALIDAD INFORMACION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS A LA TASA DEL 15% DE IVA TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS A LA TASA DEL 15% DE IVA MONTO DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE A LA TASA DEL 15% (CORRESPONDIENTE EN LA PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS) TOTAL DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE A LA TASA DEL 15% (CORRESPONDIENTE EN LA PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS) VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS A LA TASA DEL 10% DE IVA TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS A LA TASA DEL 10% DE IVA MONTO DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE A LA TASA DEL 10% (CORRESPONDIENTE EN LA PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS)

1.3 CONSIDERACIONES PARA NUEVAS OBLIGACIONES FORMATO A-29 publicado en el Anexo 1 de la 4ta. RM en el DOF del 30 de agosto de 2006 TOTAL DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE A LA TASA DEL 10% (CORRESPONDIENTE EN LA PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS) VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 15% DE IVA TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 15% DE IVA MONTO DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE POR LA IMPORTACION A LA TASA DEL 15% (CORRESPONDIENTE EN LA PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS) TOTAL DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE POR LA IMPORTACION A LA TASA DEL 15% (CORRESPONDIENTE EN LA PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS) VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 10% DE IVA TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 10% DE IVA MONTO DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE POR LA IMPORTACION A LA TASA DEL 10% (CORRESPONDIENTE EN LA PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS) TOTAL DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE POR LA IMPORTACION A LA TASA DEL 10% (CORRESPONDIENTES EN LA PROPORCION A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS)

1.3 CONSIDERACIONES PARA NUEVAS OBLIGACIONES FORMATO A-29 publicado en el Anexo 1 de la 4ta. RM en el DOF del 30 de agosto de 2006 VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS POR LOS QUE NO SE PAGARA EL IVA (EXENTOS) TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS POR LOS QUE NO SE PAGARA EL IVA (EXENTOS) VALOR DE LOS DEMAS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS A LA TASA DEL 0% DE IVA TOTAL DE LOS DEMAS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS A LA TASA DEL 0% DE IVA VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS POR LOS QUE NO SE PAGARA EL IVA (EXENTOS) TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS POR LOS QUE NO SE PAGARA EL IVA (EXENTOS) IVA RETENIDO POR EL CONTRIBUYENTE TOTAL DE IVA RETENIDO POR EL CONTRIBUYENTE TOTAL DE IVA TRASLADADO AL CONTRIBUYENTE EXCEPTO IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS (PAGADO) TOTAL DE IVA PAGADO EN LAS IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS IVA CORRESPONDIENTE A LAS DEVOLUCIONES, DESCUENTOS Y BONIFICACIONES SOBRE COMPRAS TOTAL DEL IVA CORRESPONDIENTE A LAS DEVOLUCIONES, DESCUENTOS Y BONIFICACIONES SOBRE COMPRAS

1.3 CONSIDERACIONES PARA NUEVAS OBLIGACIONES FORMATO A-29 publicado en el Anexo 1 de la 4ta. RM en el DOF del 30 de agosto de 2006 Catálogos de la forma oficial A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” Tipo de Tercero Proveedor Nacional Proveedor Extranjero Accionistas, Socios o Integrantes Retenciones (excepto proveedores) Proveedor global

1.3 CONSIDERACIONES PARA NUEVAS OBLIGACIONES FORMATO A-29 publicado en el Anexo 1 de la 4ta. RM en el DOF del 30 de agosto de 2006 Catálogos de la forma oficial A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” Tipo de Operación Dividendos provenientes de CUFIN Dividendos no provenientes de CUFIN Utilidades por reembolso o reducción de capital Utilidades por liquidación de la persona moral Dividendos provenientes de CUFINRE Remanente distribuido por personas morales no lucrativas Adquisición de otros bienes intangibles Premios Prestación de Servicios Profesionales Arrendamiento de Inmuebles Intereses Otros IEPS retenido a contribuyentes

1.4 MULTAS RELACIONADAS CON NUEVAS OBLIGACIONES Arts. 81 y 82, fraccs. XVI CFF (reformadas en Decreto del 28/Jun/06): Por no presentar la información a que se refiere la fracción V del art. 32 de la LIVA, o presentarla incompleta o con errores: de $7,750 a $15,500 Arts. 81 y 82, fraccs. XXVI CFF (adicionadas en Decreto del 28/Jun/06): Por no presentar la información a que se refiere la fracción VIII del art. 32 de la LIVA, o presentarla incompleta o con errores: de $7,406 a $14,811 Arts 81 y 82, fraccs. XXVII CFF (adicionadas en Decreto del 28/Jun/06): Por no presentar la información a que se refiere el art. 32-G del CFF, o presentarla incompleta o con errores: de $7,406 a $14,811