PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN I REUNIÓN REGIONAL SIERRA CENTRO 27 DE OCTUBRE 2005 YECORA SONORA.

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Transcripción de la presentación:

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN I REUNIÓN REGIONAL SIERRA CENTRO 27 DE OCTUBRE 2005 YECORA SONORA

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL CAPITULO TERCERO DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA MUNICIPAL ARTÍCULO 41.- Se entiende por entrega-recepción al proceso legal- administrativo a través del cual las autoridades municipales salientes preparan y entregan a las autoridades entrantes todos los bienes, fondos y valores propiedad del Municipio, así como toda aquella documentación que debidamente ordenada, clasificada y certificada, haya sido generada en la administración municipal. ARTÍCULO 42.- El Ayuntamiento deberá acordar, por lo menos seis meses antes de que finalice su período de gobierno, las bases mediante las cuales, los titulares de las dependencias y entidades de la administración municipal, harán la entrega de los asuntos de su competencia, así como los recursos humanos, materiales y financieros que tengan asignados para el ejercicio de sus atribuciones legales, conforme a las disposiciones legales del presente capítulo.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN …ARTÍCULO 42.- Asimismo, para vigilar el desarrollo del proceso de entrega- recepción, se nombrará una comisión mixta que estará conformada con igual número de integrantes del Ayuntamiento saliente y del entrante y, funcionará cuando menos desde un mes antes de la fecha en que se realizará la sesión de instalación del Ayuntamiento electo. Los integrantes del Ayuntamiento entrante que conformarán la citada comisión serán designados por el Presidente Municipal electo y el desempeño de las funciones en la misma será de carácter honorario. ARTÍCULO 43.- Para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el acuerdo que establezca las bases del acto de entrega-recepción, el Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del Ayuntamiento será la unidad responsable de coordinar las acciones de planeación, organización, integración y documentación necesarias para la entrega-recepción.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN 44.- Con el propósito de facilitar el proceso de entrega-recepción, los titulares de las dependencias y entidades de la administración municipal deberán mantener ordenados y permanentemente actualizados sus informes, registros, controles y demás documentación relativa a los asuntos de su competencia y la información de los recursos humanos, materiales y financieros de que disponen para el ejercicio de sus funciones. ARTÍCULO 45.- El Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del Ayuntamiento podrá adoptar las medidas pertinentes que se requieran para cumplimentar el acuerdo a que se refiere el artículo 42 de esta Ley. ARTÍCULO 46.- Al término de la ceremonia de instalación, el Ayuntamiento saliente hará entrega legal y administrativa, al Ayuntamiento recién instalado, por conducto de los presidentes -saliente y entrante- de todos los bienes, fondos y valores propiedad del Municipio, así como toda aquella documentación que debidamente ordenada, clasificada y certificada, haya sido generada en la administración municipal.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN ARTÍCULO 47.- Los documentos a que se refiere el artículo anterior, deberán contener, por lo menos: I. Los libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores; II. Los estados financieros correspondientes al último año de su gestión que comprenderá la balanza de comprobación, el balance general y el estado de resultados que contenga el ejercicio presupuestario de ingresos y egresos; III. La documentación relativa al estado que guarda la cuenta pública del Municipio; la que incluirá los oficios de razonabilidad, las observaciones, requerimientos o apercibimientos emitidos por la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado o, en su caso, por el Congreso del Estado por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda o la Comisión correspondiente; IV. La situación de la deuda pública municipal, la documentación relativa a la misma y su registro; V. El estado de la obra pública ejecutada y en proceso, así como la documentación relativa a la misma;

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN VI. La situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales, así como de los informes y comprobantes de los mismos, ante la Secretaría de la Contraloría General; VII. La plantilla y los expedientes del personal al servicio del Municipio, antigüedad, prestaciones, catálogo de puestos y demás información conducente; VIII. La documentación relativa a convenios o contratos que el Municipio tenga con otros municipios, con el Estado, con el Gobierno Federal o con particulares; IX. La documentación relativa a los programas municipales y proyectos aprobados o ejecutados, así como el estado que guardan los mismos en proceso de ejecución; X. El registro, inventario, catálogo y resguardo de los bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal;

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN XI. La documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por las Comisiones del Ayuntamiento; XII. Relación de los asuntos en trámite ante autoridades judiciales y administrativas pendientes de resolver, con la descripción clara de su situación procesal, así como la especificación de sus probables consecuencias; XIII. Un informe sobre la ejecución del Plan Municipal de Desarrollo, expresando alcances y deficiencias que se hubieren observado en la administración y las medidas que podrían aplicarse para subsanarlas; y XIV. La demás información que se estime relevante para garantizar la continuidad de la administración pública municipal.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN ARTÍCULO 48.- Una vez concluida la entrega-recepción, el Ayuntamiento entrante designará una comisión especial, plural, que se encargará de analizar el expediente integrado con la documentación conducente, para formular un dictamen en un plazo de treinta días naturales. En un plazo no mayor a quince días hábiles siguientes, el dictamen a que se refiere el párrafo anterior se someterá al conocimiento y consideración del Ayuntamiento, el cual podrá llamar a las personas que tengan o hayan tenido el carácter de servidores públicos y que de alguna manera se encuentren vinculados con la administración pública saliente, a efecto de solicitarles cualquier información o documentación. Tales personas estarán obligadas tanto a comparecer, como a proporcionar y atender las observaciones consecuentes. Dentro de los diez días siguientes a la conclusión del período de comparecencia que se menciona en el párrafo anterior, el Ayuntamiento emitirá el acuerdo correspondiente, mismo que no exime de responsabilidad a los integrantes y servidores públicos del Ayuntamiento saliente.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN El procedimiento descrito en el presente artículo, no podrá exceder de los noventa días fijados para la entrega de la glosa del Ayuntamiento saliente. Simultáneamente a la emisión de dicho acuerdo, el Ayuntamiento remitirá copia certificada del expediente de entrega- recepción al Congreso del Estado, a efecto de que sirva de apoyo para la revisión de las glosas municipales.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN AYUNTAMIENTO Bases para la entrega - recepción Por lo menos 6 meses antes. Comisión Mixta HONORARIA Inicio 16 de Agosto 2006 COORDINAR ACCIONES ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN GUBERNAMENTAL Planeación Organización Integración Documentación Lineamientos

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN OBJETIVOS DEL PROCESO DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN Cumplir con las disposiciones jurídicas. Que las autoridades municipales salientes den cuenta del estado en que se encuentra la Administración Pública Municipal al término de su gestión constitucional. Que las autoridades municipales entrantes cuenten con la información y elementos necesarios para dar continuidad a las actividades gubernamentales.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN LOS PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE ENTREGA-RECEPCIÓN Las autoridades municipales salientes quienes están obligadas a preparar oportunamente la documentación e información objeto de la entrega. Las autoridades municipales entrantes, quienes deberán designar a las personas que integrarán e intervendrán en el Comité de Entrega-Recepción, y además, tomarán conocimiento de la situación que guarda la administración, solicitarán aclaraciones e información que se requiera, así como verificarán física y documentalmente lo que se recibe. La CONTRALORÍA MUNICIPAL, coordinará, dirigirá, vigilará y sancionará el cumplimiento oportuno del proceso de entrega-recepción.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN Las autoridades municipales que terminarán su gestión administrativa, deberán realizar una serie de acciones que les permitan cumplir de manera oportuna con las responsabilidades que les corresponda respecto a la entrega de la Administración Municipal, a fin de que la misma se realice de manera oportuna y transparente. Es por ello que se propone, de manera enunciativa más no limitativa, las siguientes recomendaciones generales a realizar previas al acto de entrega-recepción de la Administración Municipal. 1.- Efectuar con toda oportunidad los traspasos presupuestales y las ampliaciones necesarias debidamente autorizadas por el Cabildo. 2.- Al realizar cualquier operación deberá recabar la documentación comprobatoria y justificativa para evitar en lo posible observaciones en la revisión de la cuenta pública. 3.-Contar con el soporte documental de todos los ingresos 4.- Recabar todas las firmas al realizar el pago de nóminas 5.-Cuidar que los apoyos que se otorguen, cuenten con la solicitud, y en su caso identificación y el recibo correspondiente con la firma y sello de la persona o institución beneficiada.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN 6.-Cuidar que todas las adquisiciones de inmuebles cuenten con la escritura correspondiente y depurar y actualizar el inventario general de activos. 7.-Solicitar a las instituciones bancarias con las que opere, estados de cuenta parciales durante y hasta el día 15 de Septiembre 2006, lo que permitirá realizar las conciliaciones bancarias para determinar los saldos que serán reportados en el Balance General. 8.-Llevar a cabo oportunamente las gestiones de cobro necesarias de los préstamos otorgados a trabajadores, funcionarios y particulares, con la finalidad de que al final de la gestión administrativa no existan adeudos por cobrar por dicho concepto. 9.-Deberán quedar debidamente registrados todos los adeudos que se tengan con proveedores y acreedores diversos, así como contar con el respaldo documental dichos adeudos por pagar. 10.-Preparar con toda oportunidad los inventarios y resguardos de todos los bienes propiedad del Municipio. 11.-Tener al corriente los libros de las sesiones del Cabildo

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN Mantener actualizada la plantilla del personal y expedientes del personal al servicio del Municipio. 13.-Integrar y actualizar la documentación relacionada con la planeación, programación y presupuestación de la obra pública realizada con recursos federales y propios. 14.-Integrar y actualizar los expedientes técnicos y unitarios de las obras programadas, en proceso y terminadas, con recursos propios, federales o convenidos. 15.-Tener solventadas observaciones efectuadas en la fiscalización de la administración por el I.S.A.F. y contraloría. (2003 y 2004) 16.- Procurar entregar estados financieros al ISAF, debidamente firmados, al mes de Agosto de 2006, antes del 15 de Septiembre No tener adeudos de información documental deben incluirse en los reportes mensuales y trimestrales entregados al ISAF.

PROCESO ENTREGA - RECEPCIÓN