Erendira Bibiana Maciel López

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Transcripción de la presentación:

Erendira Bibiana Maciel López PRIVACIDAD EN LA RED RETOS Y DESAFÍOS Consejera Ciudadana Erendira Bibiana Maciel López Tijuana, Baja California, 30 de enero de 2015.

PRINCIPALES APUNTES Globalización de la información. Aumento en la cantidad de información disponible en la red. Aumento de usuarios de internet y redes sociales. Vulnerabilidad de los usuarios de internet, redes sociales, sistemas de intercambios de datos. Rezago en sistemas y mecanismos de protección a los datos personales. Entrega “consiente o inconscientemente de información personal.

GLOBALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y REDES SOCIALES Aumento de usuarios en redes sociales = Entrega de información

¿Has revisado los permisos de las aplicaciones?

¿Has revisado los permisos de las aplicaciones?

LA MAYORÍA DE LAS APLICACIONES DE TU TELÉFONO CELULAR “SMARTPHONE” PUEDEN/PIDEN ACCEDER A: Información personal Contactos Ubicación geográfica Aplicaciones bancarias / de compras Mensajes Fotografías Otras aplicaciones

SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN 3,035,749,340 Usuarios de internet a nivel mundial 630,634,819 Usuarios en América 55,000,000 en México Junio de 2014 Fuente: internetworldstats.com

DATOS PERSONALES La información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo, concerniente a una persona física identificada o identificable

DATOS PERSONALES Domicilio particular; Número telefónico particular; Origen étnico o racial; Domicilio particular; Número telefónico particular; Patrimonio; Ideología; Opinión política; Creencia o convicción religiosa; Creencia o convicción filosófica; Estado de salud física; Estado de salud mental; Preferencias sexuales

¿DÓNDE ENTREGAMOS DATOS PERSONALES? Bancos / Gasolineras / Farmacias / otros pagos de servicios Residenciales Encuestas Solicitudes diversas Al conectar al Wi-fi equipos de cómputo o telefónicos en sitios públicos En formatos de sitios web diversos Vía telefónica (llamadas de ventas o contratación de algún servicio) Otros

DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES ¿A quién protegemos? A las personas ¿De qué las protegemos? De actividades de acceso, registro, tratamiento y transferencia de datos, y de que esos datos trasciendan a terceros.

¿COMO LOS PROTEGEMOS? Constitución. Leyes estatales. Códigos de conducta. Convenios y tratados internacionales, establecimiento de reglas comunes.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 6 Toda información es pública… II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 16 Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros. 11/Dic/2008 DOF 1/junio/2009

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Artículo 1 Esta ley es de orden público e interés social y regula el derecho de acceso de cualquier persona a la información pública y la protección de los datos personales en posesión de cualquier autoridad del Estado de Baja California. Artículo 2 La presente Ley tiene por objeto: … III.- Garantizar la protección de los datos personales en poder de los sujetos obligados.

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Artículo 36.- Los titulares de los datos personales tienen derecho a: I.- Conocer, actualizar y completar la información referente a ellos, contenida en bancos de datos y en archivos de los sujetos obligados; II.- Obtener la rectificación o supresión de la información archivada, cuando sea incorrecta o cuando los registros sean ilícitos o injustificados; III.- Solicitar de los sujetos obligados, el que se abstengan de otorgar o difundir información que esté protegida por el derecho a la privacidad; IV.- Conocer los destinatarios de la información cuando ésta sea entregada en los términos de esta Ley;

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Artículo 36.- Los titulares de los datos personales tienen derecho a: V.- Autorizar por escrito al sujeto obligado, a proporcionar información considerada como personal; VI.- Solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las transmisiones realizadas o que se prevean hacer de los mismos; y VII.- Oponerse al tratamiento de los datos que le conciernan, en el supuesto que los datos se hubiesen recabado sin su consentimiento, cuando existan motivos fundados para ello y la ley no disponga lo contrario. De actualizarse tal supuesto, el responsable del banco de datos deberá excluir del tratamiento los datos relativos al afectado.

DERECHOS ARCO ARCO Acceso Rectificación Cancelación Oposición

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Artículo 36.- Los titulares de los datos personales tienen derecho a: V.- Autorizar por escrito al sujeto obligado, a proporcionar información considerada como personal; VI.- Solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las transmisiones realizadas o que se prevean hacer de los mismos; y VII.- Oponerse al tratamiento de los datos que le conciernan, en el supuesto que los datos se hubiesen recabado sin su consentimiento, cuando existan motivos fundados para ello y la ley no disponga lo contrario. De actualizarse tal supuesto, el responsable del banco de datos deberá excluir del tratamiento los datos relativos al afectado.

RETOS EN BAJA CALIFORNIA Desarrollar la normatividad de un derecho tutelado por la Constitución en la Ley aplicable estatal LTAIPBC. Garantizar la seguridad de la protección de datos personales de los ciudadanos. Asegurar el buen funcionamiento y coordinación de este derecho en los entes públicos. Realización de convenios de colaboración entre órgano garante y sujetos obligados para tutelar los datos personales. Procedimientos ágiles de los derechos ARCO.

SUJETOS OBLIGADOS Y DATOS PERSONALES Existencia, finalidad y resguardo del banco de datos en los S.O. Carácter obligatorio o facultativo de la entrega de datos personales. Efectos de la negativa de suministrar datos personales. Consentimiento expreso para difundirlos. Gestión eficiente de los Derechos ARCO. Confidencialidad y contar con medidas de seguridad.

DERECHOS DE LOS TITULARES Actualizar DP Completar o complementar DP Rectificar DP Suprimir DP Conocer DP

¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!