“Es de la competencia del Poder Público Nacional:

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Transcripción de la presentación:

“Es de la competencia del Poder Público Nacional: Propongo al Pueblo Soberano modificar el Artículo 156, el cual reza textualmente: “Es de la competencia del Poder Público Nacional: La política y la actuación internacional de la República. La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República, la conservación de la paz pública y la recta aplicación de la ley en todo el territorio nacional. La bandera, escudo de armas, himno, fiestas, condecoraciones y honores de carácter nacional. La naturalización, la admisión, la extradición y expulsión de extranjeros o extranjeras. Los servicios de identificación. La policía nacional. La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional. continúa…

La organización y régimen de la Fuerza Armada Nacional. continuación… La organización y régimen de la Fuerza Armada Nacional. El régimen de la administración de riesgos y emergencias. La organización y régimen del Distrito Capital y de las dependencias federales. La regulación de la banca central, del sistema monetario, del régimen cambiario, del sistema financiero y del mercado de capitales; la emisión y acuñación de moneda. La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; de los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco, y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley. continúa…

La legislación para garantizar la coordinación y armonización de las distintas potestades tributarias; para definir principios, parámetros y limitaciones, especialmente para la determinación de los tipos impositivos o alícuotas de los tributos estadales y municipales, así como para crear fondos específicos que aseguren la solidaridad interterritorial. La creación y organización de impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias, cuya recaudación y control corresponda a los Municipios, de conformidad con esta Constitución. El régimen del comercio exterior y la organización y régimen de las aduanas. El régimen y administración de las minas e hidrocarburos, el régimen de las tierras baldías, y la conservación, fomento y aprovechamiento de los bosques, suelos, aguas y otras riquezas naturales del país. continuación… continúa…

El Régimen de metrología legal y control de calidad. El Ejecutivo Nacional no podrá otorgar concesiones mineras por tiempo indefinido. La Ley establecerá un sistema de asignaciones económicas especiales en beneficio de los Estados en cuyo territorio se encuentren situados los bienes que se mencionan en este numeral, sin perjuicio de que también puedan establecerse asignaciones especiales en beneficio de otros Estados. El Régimen de metrología legal y control de calidad. Los censos y estadísticas nacionales. El establecimiento, coordinación y unificación de normas y procedimientos técnicos para obras de ingeniería, de arquitectura y de urbanismo, y la legislación sobre ordenación urbanística. Las obras públicas de interés nacional. Las políticas macroeconómicas, financieras y fiscales de la República. El régimen y organización del sistema de seguridad social. continuación… continúa…

Las políticas y los servicios nacionales de educación y salud. continuación… Las políticas nacionales y la legislación en materia naviera, de sanidad, vivienda, seguridad alimentaría, ambiente, aguas, turismo y ordenación del territorio. Las políticas y los servicios nacionales de educación y salud. Las políticas nacionales para la producción agrícola, ganadera, pesquera y forestal. El régimen de la navegación y del transporte aéreo, terrestre, marítimo, fluvial y lacustre, de carácter nacional; de los puertos, aeropuertos y su infraestructura. El sistema de vialidad y de ferrocarriles nacionales. El régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético. El régimen general de los servicios públicos domiciliarios y, en especial, electricidad, agua potable y gas. continúa…

continuación… El manejo de la política de fronteras con una visión integral del país, que permita la presencia de la venezolanidad y el mantenimiento territorial y la soberanía en esos espacios. La organización y administración nacional de la justicia, del Ministerio Público y de la Defensoría del Pueblo. La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales; la civil, mercantil, penal, penitenciaria, de procedimientos y de derecho internacional privado; la de elecciones; la de expropiación por causa de utilidad pública o social; la de crédito público; la de propiedad intelectual, artística e industrial; la del patrimonio cultural y arqueológico; la agraria; la de inmigración y poblamiento; la de pueblos indígenas y territorios ocupados por ellos; la del trabajo, previsión y seguridad sociales; la de sanidad animal y vegetal; la de notarías y registro continúa…

Es de la competencia del Poder Público Nacional: continuación… público; la de bancos y la de seguros; la de loterías, hipódromos y apuestas en general; la de organización y funcionamiento de los órganos del Poder Público Nacional y demás órganos e instituciones nacionales del Estado; y la relativa a todas las materias de la competencia nacional. Toda otra materia que la presente Constitución atribuya al Poder Público Nacional, o que le corresponda por su índole o naturaleza.”, De la forma siguiente: Artículo 156: Es de la competencia del Poder Público Nacional: La política y la actuación internacional de la República. La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República, la conservación de la paz pública y la recta aplicación de la ley en todo el territorio nacional. continúa…

La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional. continuación… La bandera, escudo de armas, himno, fiestas, condecoraciones y honores de carácter nacional. La naturalización, la admisión, la extradición y expulsión de extranjeros o extranjeras. Los servicios de identificación, el Registro Civil de Bienes y el Registro Electoral. La policía nacional. La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional. La organización y régimen de la Fuerza Armada Bolivariana. El régimen de la administración de riesgos y emergencias. La ordenación y gestión del territorio y el régimen territorial del Distrito Federal, los Estados, los Municipios, Dependencias Federales y demás entidades regionales. continúa…

continuación… La creación, ordenación y gestión de Provincias Federales, Territorios Federales y Comunales, Ciudades Federales y Comunales. La regulación de la banca central, del sistema monetario, del régimen cambiario, del sistema financiero y del mercado de capitales; la emisión y acuñación de moneda. La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco, y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados, Municipios, por esta Constitución o por la ley nacional. continúa…

La legislación para garantizar la coordinación y armonización de las distintas potestades tributarias, definir principios, parámetros y limitaciones, especialmente para la determinación de los tipos impositivos o alícuotas de los tributos estadales y municipales, así como para crear fondos específicos que aseguren la solidaridad interterritorial. La creación, organización y recaudación de impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias. El régimen del comercio exterior, así como la organización y régimen de las aduanas. El régimen y administración de las minas e hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos, el régimen de las tierras baldías y, la conservación, fomento y aprovechamiento de los bosques, suelos, aguas, salinas, ostrales y otras continuación… continúa…

El Régimen de metrología legal y control de calidad. continuación… riquezas naturales del país. El régimen y aprovechamiento de los minerales no metálicos podrá ser delegado a los Estados. El Ejecutivo Nacional no podrá otorgar concesiones mineras por tiempo indefinido El Régimen de metrología legal y control de calidad. Los censos y estadísticas nacionales. El establecimiento, coordinación y unificación de normas y procedimientos técnicos para obras de ingeniería, de arquitectura y de urbanismo, y la legislación sobre ordenación urbanística. Las obras públicas de interés nacional. Las políticas macroeconómicas, financieras y fiscales de la República, así como las de control fiscal. El régimen y organización del sistema de seguridad social. continúa…

Las políticas y los servicios nacionales de educación y salud. continuación… Las políticas nacionales y la legislación en materia naviera, de sanidad, vivienda, seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo, ordenación del territorio. Las políticas y los servicios nacionales de educación y salud. Las políticas nacionales para la producción agrícola, ganadera, pesquera y forestal. El régimen de la navegación y del transporte aéreo terrestre, marítimo, fluvial y lacustre, de carácter nacional; de los puertos, aeropuertos y su infraestructura, así como la conservación, administración y aprovechamiento de autopistas y carreteras nacionales. El sistema de vialidad, teleféricos y de ferrocarriles nacionales. El régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el continúa…

régimen, administración y control del espectro electromagnético. continuación… régimen, administración y control del espectro electromagnético. El régimen general de los servicios públicos, y en especial, los servicios domiciliarios de electricidad, telefonía por cable, inalámbrica y satelital, televisión por suscripción, agua potable y gas. El manejo de la política de fronteras con una visión integral del país, que permita la presencia de la venezolanidad, la identidad nacional, la defensa de la integridad y la soberanía en esos espacios. La organización y administración nacional de la justicia, del Ministerio Público, de la Defensoría del Pueblo y de la Contraloría General de la República. La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales; la civil, mercantil, administrativa, ambiental, energética; penal, penitenciaria, continúa…

continuación… de procedimientos y de derecho internacional privado y público; la de elecciones; la de expropiación por causa de utilidad pública o social; la económica y financiera; la de crédito público; la de propiedad intelectual, artística e industrial; la del patrimonio cultural y arqueológico; la agraria; la de inmigración y poblamiento; la de pueblos indígenas y territorios ocupados por ellos; la del trabajo, previsión y seguridad sociales; la de sanidad animal y vegetal; la de notarías y registro público; la de bancos y la de seguros; la de loterías, hipódromos y apuestas en general; la de organización y funcionamiento de los órganos del Poder Público Nacional y demás órganos e instituciones nacionales del Estado; y la relativa a todas las materias de la competencia nacional. La gestión y administración de los ramos de la economía nacional, así como continúa…

continuación… su eventual transferencia a sectores de economía de propiedad social, colectiva o mixta. La promoción, organización, y registro de los Consejos del Poder Popular, así como el apoyo técnico y financiero para el desarrollo de proyectos socio-económicos de la economía social, de acuerdo a la disponibilidades presupuestarias y fiscales. Toda otra materia que la presente Constitución atribuya al Poder Público Nacional, o que le corresponda por su índole o naturaleza, o que no este atribuido expresamente a la competencia estadal o municipal.