TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE QUERÉTARO

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Transcripción de la presentación:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE QUERÉTARO UNA NUEVA VISIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS INCORPORADA AL JUICIO DE AMPARO DEL SIGLO XXI TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE QUERÉTARO CENTRO DE ESTUDIOS DE ACTUALIZACIÓN EN DERECHO UNIVERSIDAD VIZCAYA DE LAS AMÉRICAS FUNDACIÓN KONRAD ADENAUER Jean Claude Tron

Categorías del juicio de amparo materia reclamada

¿Qué problemas tenemos? Estructurales Funcionales Sistema colapsado ¿Por qué? Jueces: ¿Capaces de crear o complementar el orden jurídico? ¿Dispuestos a definir políticas públicas? ¿Adscribir derechos y responsabilidades? ¡En serio!

Planos del juicio de amparo sustantivo 5 Estático D F Garantía Acto reclamado Dinámico Conducta Acto Aut. Juez anule Norma Gtia. Constitución o CADH ¿Cuál debe prevalecer? Mayor beneficio ¿Para quién? ? Individuo vs víctima o colectivo Derechos humanos: Disponibles e indisponibles, Núcleo duro, Límites e interpretación

Derechos y Garantías Garantizar algo, hacerlo eficaz o devolverlo a su estado original. Su objeto es reparar las violaciones que se hayan producido a los principios, valores o disposiciones fundamentales Cualquier técnica normativa de tutela de un derecho subjetivo. Son las obligaciones que derivan de los derechos Símil: Garantía que las partes acuerdan (hipoteca) para hacer efectiva la obligación (mutuo-restituir) en caso de incumplimiento (del pago) (Ferrajoli, Carbonell 2006: 7)

Derechos humanos Constitución o tratados Pro persona Universalidad Ambiente, consumidores, víctima, pro actione, desarrollo democrático, económico, social, etc. Universalidad Indivisibles (desarrollo-sustentable, libertad-seguridad) Interdependencia (impulso recíproco, sinergias, derechos-deberes) Progresividad 1ª Libertad y políticos, 2ª DESC, 3ª Solidaridad (generaciones) avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.  Ponderar y crear reglas de equidad y funcionalidad Considerar a la víctima, los colectivos y sociedad

Jerarquía O J según CIDH TI / CDH Tratados y Leyes generales Leyes ordinarias Sentencias y Actos administrativos generales Actos administrativos particulares Constitución Inciden en todos los ordenes jurídicos Jerarquía O J según CIDH Control de convencionalidad

Coordinar funcionalidad de sistemas Sinergia de sistemas Coordinar funcionalidad de sistemas

Intereses y Derechos Denuncia popular Acciones colectivas Acciones individuales Sanciones administrativas y penales

Funcionalidad de los derechos fundamentales La Constitución no solo es la Fuente de las fuentes del Derecho, sino que también es Fuente La Constitución ¡en serio! Individuos y colectivos

Novedades constitucionales

Amparo temas novedosos reforma Tutela amplia de derechos fundamentales, tanto individuales como sociales y colectivos, incluidos los establecidos en instrumentos internacionales. Actos de omisión. Complementar competencias federal y locales. Evitar reenvío. Sentencia de amparo y resolución del amparo adhesivo. Planteamiento de todas las violaciones y solución mediante un solo juicio. Interés legítimo para el amparo indirecto; afectación de situaciones jurídicas derivadas del orden jurídico.

Amparo temas novedosos reforma Relatividad de las sentencias; personas morales privadas y sociales. Declaración general de inconstitucionalidad. Plenos de circuito, y contradicción de tesis a resolverse por estos. Suspensión en el juicio de amparo; equilibrio del sistema y apariencia de buen derecho, para privilegiar discrecionalidad de jueces. Cumplimiento y ejecución de sentencias; eliminación de la declaración de procedencia; responsabilidad de autoridades: des-habilitación y destitución.

Principios constitucionales

Principios constitucionales Art. 107 División competencial VI, VII, XII Reglas de procedencia amparo directo V amparo indirecto III, IV Recursos VIII, IX Suspensión X análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y del interés social Cumplimiento de sentencias XVI, XVII Contradicción de tesis XIII Plenos de circuito

Principios constitucionales de función jurisdiccional Acceso Eficiencia Eficacia Imparcialidad Debido proceso legal

Acceso Gratuita (17) Expedita (17) Pro actione (25 CADH) Trámites sencillos y próximos (25 CADH)

Eficiencia Prontitud, respuestas rápidas, tiempos breves (17 y 8 CADH) plazos razonables frente a demoras excesivas. Economía procesal, no laberintos o formalismos enervantes (25 CADH) Empleo adecuado de recursos con resultados de calidad (17)

Eficacia Completa, solución real de problemas (17) Tutela judicial efectiva y Effet utile (17 y 25 CADH) Decisiones de fondo sobre conflicto (14-4 y 17) Cumplimiento o acatamiento de fallos (17-6 y 25 CADH) Tutela cautelar (107-X) Excelencia, objetividad, profesionalismo, independencia (100-7) Inamovilidad y carrera judicial para aprovechar experiencia Procurar la formación y actualización de funcionarios Reducir y aprovechar la curva de aprendizaje

Imparcialidad Evitar influencias ilegítimas (17 y 8 CADH) Alegaciones con ambas partes (20-A-VI) No interferencias al tomar decisiones (14 PIDCP) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Naciones Unidas.

Debido proceso legal No indefensión, Armas iguales (14) Legalidad formal y material (14 y 16) Contradictorio y audiencia previa (14 y 20) Publicidad de procesos (20)

Acciones colectivas

where there is no remedy there is no right Acciones colectivas Privatizar defensa de intereses Buscar eficiencias donde organismos públicos son ineficientes Permitir organización de pequeños afectados Proponer pretensiones indivisibles (colectivas) Organizar en bloque pretensiones individuales Superar asimetrías Asignar y precisar costos where there is no remedy there is no right

Derechos colectivos e individuales: Concurrencia

Acciones colectivas: Objeto Difusos Colectivos strictu sensu Individuales homogéneos Colectivo por: Bienes públicos (rio) Sujetos incididos (publicidad)

Tipologías de intereses

Grado de individualización, divisibilidad e incidencia del daño

Suspensión

Suspensión 33

Justicia convencional y provisional

Presupuestos e intensidades para cautela

Presupuestos e intensidades para cautela

Ponderación de intereses Afectación real Interés público Quejoso Fumus y mora 3º Perjudicado

Plenos de Circuito

Plenos: Objetivo Homologar, depurar y precisar especificidad de criterios jurisprudenciales, resolviendo las contradicciones de criterios (leyes y casos). Aprovechar experiencia cotidiana y empírica Liberar a SCJN de esa labor Constitucionalidad de normas generales pero también de Cuestiones diversas respecto a cualquier institución jurídica o problema. Hay circuitos con un solo Tribunal Colegiado de Circuito en cambio otros donde hay 60 El caso del Distrito Federal en materia administrativa son 22 tribunales

Plenos: Estructura Todos los magistrados del Circuito Todos los magistrados de la especialidad del Circuito Todos los presidentes de los tribunales colegiados de circuito

Funciones Plenos Resolver contradicciones de criterios en el Circuito Denunciar ante SCJN contradicciones entre Plenos de Circuito Solicitar a SCJN la sustitución de su jurisprudencia Resolver peticiones de sustitución de jurisprudencia planteada por un TC de su Circuito o región Solicitar a SCJN inicie declaratoria general de inconstitucionalidad de normas generales

Funciones SCJN Decide controversias entre: Plenos de distintos Circuitos Plenos de materias especializadas de un Circuito Tribunales colegiados de circuito de diferente especialidad (distintos circuitos)

Metodología para determinar contradicciones Razones de la decisión Circunstancias y problemas de los asuntos que motivaron los criterios o que derivarán de la contradicción, Causas y presupuestos, Hechos relevantes, Contexto fáctico y jurídico en el que surgió el criterio, Litis que existió, etc.

Procedimiento Denuncia o procedimiento de oficio Procedimiento sumario Decisión por mayoría Pedir informes Recabar información Amicus curia posible admitirlos Tomar en cuenta y reconocer: Criterio, circunstancias, problemas, contexto, litis, etc.

Procedimiento Audiencia pública (casos relevantes), donde comparezcan las partes exponiendo alegatos y oyendo a expertos SCJN pide informes casos pendientes a PC antes de emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad a efecto de advertir si la jurisprudencia relativa se encuentra o no en procedimiento de contradicción

Procedimiento TCC cuando existan nuevas reflexiones tendrán la obligación de pedir al Pleno respectivo, la suspensión o modificación de las jurisprudencias que deban aplicar al respecto. El PC podrá solicitar al tribunal colegiado la suspensión de la resolución del asunto.

Jurisprudencia Nueva Ley Problema Generalidad e imprecisión Extracto de considerandos (no dicen mucho, se desconoce el resto) No alude a hechos o elementos del caso Otro tema sujeto a estudio es el relacionado con la generalidad e imprecisión de las tesis jurisprudenciales. Se comparte lo postulado por la Comisión en el sentido siguiente: “Debido a que la forma de construcción de las tesis es hoy en día, si puede decirse así, un extracto de los considerandos de una sentencia y esta última no se publica de manera íntegra ni en ella se alude a los hechos o elementos del caso, se propone que la tesis contenga el rubro que identifica el tema que se trata, el subrubro que señale sintéticamente el criterio que se sustenta, las consideraciones interpretativas mediante las que se haya establecido el criterio, la identificación de la norma general interpretada, en su caso, y los datos de identificación del asunto. Con estas dos adiciones habrá de lograrse, primero, que los órganos competentes precisen las condiciones de interpretación y de aplicabilidad de los criterios que vayan estableciendo y, segundo, que los particulares o autoridades que actúan como partes encuentren formas más adecuadas para definir y formular sus defensas. La precisión de los criterios habrá de producir, entonces, una mayor certeza en la impartición de justicia”.

Jurisprudencia Nueva Ley Estructura Rubro → Tema Sub rubro → Criterio Consideraciones interpretativas del criterio Identificar norma interpretada Datos de identificación del asunto

Jurisprudencia Nueva Ley Propósito Precisar condiciones de interpretación y aplicabilidad de los criterios Formas adecuadas para definir y formular defensas Mayor certeza en la impartición de justicia

Jurisprudencia Propuesta del grupo Se propone establecer: Principios “ratio decidendi” que orienten la resolución de las razones de la decisión, Reconocer circunstancias y Problemas de los asuntos que motivaron los criterios o que derivarán de la contradicción, Causas y presupuestos, Hechos relevantes, Contexto fáctico y jurídico en el que surgió el criterio, Litis que existieron, etc.

Sentencia

Amparo directo 170 y 171 Sentencias, laudos o resoluciones pongan fin al juicio Sentencias favorables de tribunales de lo contencioso administrativo, para efecto reclamar normas generales aplicadas ¿Y si se concedió menos de lo solicitado? ¿Adhesivo? Impugnación exhaustiva de violaciones procesales (preclusión) y forma que trascienden ¿incluye a las formales, in iudicando?

Amparo adhesivo 182 Se obtuvo sentencia favorable Interés en que subsista el acto Fortalecer consideraciones del fallo favorables Impugnar consideraciones que perjudiquen Violaciones al procedimiento que afecten defensas del adherente ¿Incluye violaciones formales? Una sentencia comprende ambas demandas Litis íntegra, evitar reenvíos o prolongación

Amparo directo Supuestos de la demanda Lo que debe cuestionarse Amparo adhesivo

Sentencia en amparo directo: Prelación 189

Cumplimiento e inejecución juez de Distrito 192

Cumplimiento e inejecución juez de Distrito 193

Cumplimiento e inejecución TCC 193

Cumplimiento e inejecución SCJN 198

Razonamientos del juez De esta manera, se pueden construir cadenas de silogismos que dan soporte argumentativo a la decisión (interpretación). Una rama del «árbol silogístico» versa sobre los trabajos preparatorios, las otras sobre las decisiones de los tribunales (precedentes), sobre las consecuencias prácticas de la decisión o, por ejemplo, sobre las opiniones doctrinales de la ciencia jurídica.