IMPUESTO SOBRE COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y AL DIOXIDO DE CARBONO ABRIL 2018
Impuesto Sobre Combustibles Lïquidos y al Dióxido de Carbono Impuestos Nacionales sobre combustibles líquidos hasta 28-02-2018 1. A la Transferencia de Combustibles Líquidos y Gas Natural. Alícuota variable según producto. 2. Impuesto Sobre el Gas Oil . Alícuota 22% 3. Fondo Hídrico de infraestructura (Sobre Naftas) Alícuota 4% Participación en la recaudación total de impuestos nacionales año 2017 según estadísticas AFIP : 3.6%
Impuesto sobre Combustibles Líquidos Productos y sus alícuotas hasta 28-02-2018. Según Ley 25.745 Producto Alícuota $ Por litro Nafta sin plomo hasta 92 Ron 63% 0,5375 Nafta sin plomo de más de 92 Ron 55,8% 0,5375 Nafta con plomo, hasta 92 Ron 63% 0,5375 Nafta con plomo, de más de 92 Ron 55,8% 0,5375 Nafta virgen 62% 0,5375 Gasolina natural 62% 0,5375 Solvente 62% 0,5375 Aguarrás 62% 0,5375 Gas Oil 17,1% 0,15 Diesel Oil 19% 0,15 Kerosene 19% 0,15 Las especificaciones técnicas de los productos están dadas por el Decreto Reglamentario 74/98 - Art. 4.
Impuesto Sobre Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono 1- Se desdobla el impuesto a los combustibles en dos : A) Impuesto Sobre Los Combustibles Líquidos B) Impuesto Al Dióxido de Carbono 2- Se eliminan el Impuesto Sobre El Gas Oil y el Fondo Hídrico de infraestructura (Sobre Naftas)
Impuesto Sobre Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono 3- El ITC se tributa en base a un valor fijo por litro, como era desde sus orígenes desapareciendo la tributación variable en base a porcentajes sobre Precio Promedio Ponderado que estableció la Ley 25.745. 4- Los valores fijos por litro, que establece esta modificación , se actualizarán trimestralmente en base a la variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC) a partir de Enero 2018.
Impuesto sobre Combustibles Líquidos Productos y valores fijos por litro Producto $ Por litro Nafta sin plomo hasta 92 Ron 6,726 Nafta sin plomo de más de 92 Ron 6,726 Nafta virgen 6,726 Gasolina natural 6,726 Solvente 6,726 Aguarrás 6,726 Gas Oil 4,148 Diesel Oil 4,148 Kerosene 4,148
Impuesto Sobre Combustibles Lïquidos y al Dióxido de Carbono 5- Queda expresamente indicada la No gravabilidad del bioetanol y el biodiesel, incorporados a las naftas, gas oíl, y diesel oil, como así también la comercialización de los mismos en estado puro. 6- Se adecúa la exención dispuesta en el inciso b) del art. 7 en lo referente a rancho de embarcaciones afectadas a “tráfico o transporte internaticonal ” antes indicaba “ embarcaciones de ultramar.
Impuesto Sobre Combustibles Lïquidos y al Dióxido de Carbono 7- Se adecúa la exención dispuesta en el inciso c) del art. 7 referida a solventes, aguarrás, nafta virgen y gasolina natural o de pirolisis utilizados como materia prima en los procesos químicos y petroquímicos que taxativamente determine el Poder Ejecutivo Nacional. Se incorpora a la exención a todos los solvente .Antes se indicaba solamente solventes aromáticos, y al solvente hexano destinado a procesos industriales para la separación de aceites vegetales.
Impuesto Sobre Combustibles Lïquidos y al Dióxido de Carbono 8- Se mantiene la exención de ITC para la denominada zona exenta, que comprende las provincias de La Pampa, Neuquén, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego , el partido de Carmen de Patagones, en Prov. De Buenos Aires, y el Departamento Malargüe en Mendoza, excepto para el gas oil, diesel oil y kerosene, los cuales pasan a estar gravados a una tasa reducida. El monto por litro será de $ 2,246 por litro. Este valor se actualiza trimestralmente.
Impuesto Sobre Combustibles Lïquidos y al Dióxido de Carbono 9–El impuesto al Dióxido de Carbono tributa en función a una suma fija por litro o kilogramo según sea el producto. Dichas sumas se actualizarán trimestralmente.
Impuesto sobre Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono Productos y valores fijos por litro/ Kg. Producto $ unidad medida Nafta sin plomo hasta 92 Ron 0,412 litro Nafta sin plomo de más de 92 Ron 0,412 litro Nafta virgen 0,412 litro Gasolina natural 0,412 litro Solvente 0,412 litro Aguarrás 0,412 litro Gas Oil 0,473 litro Diesel Oil 0,473 litro Kerosene 0,473 litro j. Fuel Oil 0,519 litro k.Coque de Petróleo 0,557 kg. l.Carbón Mineral 0,429 kg.
Impuesto Sobre Combustibles Lïquidos y al Dióxido de Carbono 10- Las exenciones prevista para el Dióxido de Carbono son prácticamente las mismas que para el ITC. a) Exportaciones b) Destino a rancho de embarcaciones afectadas al tráfico o transporte internacional aeronaves de vuelos internacionales o rancho de pesca. c) Destino uso como materia prima en los procesos químicos y petroquímicos que determine taxativamente el PEN. d) Tratándose de fuel oil , cuando se destinen para transporte marítimo de cabotaje. No existe exención para zona sur para este impuesto
Impuesto Sobre Los Combustibles Líquidos y el Dióxido de Carbono
Impuesto Sobre Combustibles Lïquidos y al Dióxido de Carbono 11- Pagos a Cuenta Concepto Antes Reforma Después Reforma Productores Agropecuarios 100% ITC en la cpra . 45% ITC en cpra. Gas oil Laboreo de Tierra ,etc. gas oil contra I.Gcias .o IVA contra I.Gcias. Actividad Minera y Pesca 100% ITC en la cpra. 45% ITC en cpra .Gas oil Marítima gas oil contra I.Gcias o IVA contra I.Gcias. Transporte Público de 50% ITC en la cpra. 45% ITC en cpra. Gas oil Pasajeros o carga gas oil contra I.Gcias. ó contra IVA 100% c/ IVA