Parte de los incentivos fiscales que Honduras ofrece para la producción y las exportaciones de bienes de manufactura ligera, a través de la Ley de Zonas Francas, incluyen: 1. Exención de todo tipo de impuestos fiscal y municipal. 2. Exención de las tasas, de impuestos, cargos y recargos a las importaciones y exportaciones. EXPORTACION DE PRODUCTOS TEXTILES Y MAQUILADOS
Leyes de Aduanas aplicables a nuestra empresa. 1.Ley de Aduanas de Honduras. Decreto Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) 3.Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA) 4.Ley de Zonas Libres 5.Tratado de libre Comercio Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana. CAFTA-RD CUMPLIMIENTO DE ADUANAS
Es el órgano administrativo, competente para conocer directamente del tráfico internacional de mercancías, controlar y fiscalizar su paso a través de las fronteras aduaneras del país, aplicar la legislación de los regímenes aduaneros, determinar los gravámenes a que están sujetas las mercancías, controlar las exoneraciones concedidas en legal forma. ADUANA
1.Régimen de Zona Libre 2.Régimen de Importación Temporal RIT 3.Régimen de Incentivo al turismo 4.Régimen de Zona Libre Turística de Islas de la Bahía REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES
Ley de Zonas Libres (ZOLI), Decreto 356 del 19 de Julio de 1976 Ley de Estímulo a la Producción, a la Competitividad y Apoyo al Desarrollo Humano, Sección IV, Artículos 17, 18 y 19 del Decreto No del 20 de Mayo de Reglamento de la Ley de Zonas Libres. Acuerdo No del 29 de Julio de 1999 REGIMEN DE ZONAS LIBRES (ZOLI)
BENEFICIOS La introducción de mercancías a la Zona Libre, está exenta del pago de impuestos arancelarios, cargas, recargos, derechos consulares, impuestos internos, de consumo y demás impuestos y gravámenes que tengan relación directa o indirecta con las operaciones aduaneras de importación y exportación. Las ventas y producciones que se efectúen dentro de la Zona Libre y los inmuebles y establecimientos comerciales e industriales de la misma quedan exentas del pago de impuestos y contribuciones municipales. Las utilidades que obtengan en sus operaciones en la Zona Libre las empresas allí establecidas, quedan exoneradas del pago del impuesto sobre la renta. LEY DE ZONAS LIBRES
Empleamos este código, básicamente para utilizar su glosario de términos, que son aplicables igualmente al tratado CAFTA-RD. Además de aplicar el procedimiento para el inicio de transito interno digitado por agencias navieras hacia ZOLI/ZIP. También nos indica lo relativo al SARAH (Sistema Automatizado de Rentas Aduaneras de Honduras). CAUCA - RECAUCA
Es un área del territorio nacional bajo vigilancia fiscal y sin población residente. En dicha Zona Libre podrán establecerse y funcionar empresas comerciales e industriales, básicamente de exportación y de actividades conexas o complementarias, nacionales y extranjeras. ZONAS LIBRES
La Organización Mundial del Comercio (OMC) se ocupa de las normas mundiales por las que se rige el comercio entre las naciones. Su principal función es velar por que el comercio se realice de la manera más fluida, previsible y libre posible. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO
1.Los acuerdos internacionales adoptados por dos o más Estados son descritos frecuentemente como tratados, convenciones, acuerdos, pacto y, protocolos entre otros. Sobre esta materia el instrumento internacional que regula lo referente a los tratados es la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, del 23 de mayo de Según dicha Convención, se define un tratado como “un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único, en dos o mas instrumentos conexos y cualquiera sea su denominación particular”. ACUERDOS Y TRATADOS PARA EL DERECHO INTERNACIONAL
Después de un proceso de nueve rondas de negociación durante el año 2003; la incorporación de la Republica Dominicana y el proceso de revisión legal en el año 2004, el día 05 de agosto de 2004 se firmó el Tratado de Libre Comercio República Dominicana-CA-EUA, mejor conocido como DR-CAFTA. CAFTA-RD
El Tratado fue aprobado por el Congreso Nacional de la República de Honduras, mediante Decreto No de fecha 2 de julio del Asimismo, se desarrolló una Ley de implementación del Tratado que fue aprobada mediante Decreto Legislativo No de fecha 15 de marzo del 2006 y se publicó en el Diario Oficial La Gaceta No. 30,961 de fecha 24 de marzo de APROBACION
En esta parte inicial se establece el primer compromiso vinculante del Tratado: las Partes: (Las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y los Estados Unidos de América) acuerdan establecer una Zona de Libre Comercio de conformidad con lo dispuesto en el Artículo XXIV del Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT de1994) y el Artículo V del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS). Convenios Internacionales de los cuales tanto Honduras, Estados Unidos, los demás países de CA y la República Dominicana son partes. DISPOSICIONES INICIALES DEL CAFTA-RD
En fecha 23 de febrero del año 2011, en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, se llevó a cabo la I reunión de la Comisión de Libre Comercio del Tratado, donde se adoptaron las siguientes Decisiones en los idiomas español e inglés: 3) Decisión de la Comisión de Libre Comercio en relación a ciertas reglas de origen para mercancías textiles y de confección. CAFTA-RD
El sector de exportación organizado de la industria de vestuario y textiles En la Asociación Hondureña de Maquiladores AHM constituye uno de los mas dinámicos en el comercio internacional del país; formado por 207 empresas registradas en la industria de confección y 50 en la industria textil. Todas integradas a una cadena productiva funcional, que se complementa por cerca de 276 empresas proveedoras de accesorios y servicios. INDUSTRIA DE VESTUARIO Y TEXTILES
Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado Para los productos textiles y las confecciones se definen un conjunto de disposiciones específicas tales como, medidas de salvaguardia, compromisos en materia de cooperación aduanera, y condiciones especiales de acceso para determinadas mercancías que cumplan con los criterios de origen acordados.. Capítulo 3 del Tratado. Beneficios: Se logró consolidar las preferencias que otorga los Estados Unidos a través del Programa de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC). Los productos hondureños que utilicen tela o hilaza fabricada en cualquiera de los países pertenecientes al Tratado, gozan de acceso inmediato al mercado estadounidense, con cero de arancel. NORMATIVA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO APLICABLES A LOS PRODUCTOS DE VESTUARIO Y TEXTILES
Reglas de Origen Permiten establecer el país donde se ha producido una mercadería, para que pueda tener derecho a ingresar libre de impuestos de importación en una zona de libre comercio. Capítulo 4 del Tratado. Beneficios: En cuanto a la Regla específica de origen, permite en la mayoría de los casos, importar la fibra para procesarla y posteriormente elaborar hilaza, luego la tela y finalmente confeccionarla. REGLAS DE ORIGEN
Laboral El comercio y las normas de trabajo constituyen una función importante a nivel mundial, los miembros de la Organización Mundial del Comercio -OMC- definieron con claridad la función de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- y determinaron que esta organización es el órgano competente para ocuparse de las normas del trabajo. Capítulo 16 del Tratado. OTRAS REGLAS
Compromiso vinculante: Se establece un conjunto de principios y disposiciones que promueven la protección y el cumplimiento de los derechos de los trabajadores, con el cumplimiento de las leyes laborales del país y los convenios suscritos con la OIT. Son especialmente importantes el derecho de asociación, organización y negociación; prohibición de trabajo forzado; salarios mínimos; horas de trabajo incluyendo extras; edad mínima para trabajar y eliminación de las peores formas de trabajo infantil; seguridad y salud ocupacional. LABORALES
CONDICIONES ADICIONALES A LAS REGLAS DE ORIGEN. Los ACCESORIOS Y ADORNOS: que se utilicen como complemento en las prendas de vestir, podrán ser originarios de cualquier país que no forma parte del Tratado, ya que la clasificación arancelaria está basada en la estructura de las prendas de vestir (la tela es la que tiene que cumplir el origen).
El HILO DE COSER: (de algodón, fibras sintéticas o artificiales o filamentos sintéticos o artificiales discontinuos), deberán ser formados y acabados en cualquiera de los países que integran el tratado. Los ELÁSTICOS: deberán ser formados a partir de hilados de los Estados Unidos, Centroamérica o República Dominicana. Cuando ciertas telas se utilicen como FORROS VISIBLES en trajes para hombres o mujeres, chaquetas (sacos), faldas, abrigos, chaquetones, cazadoras y artículos similares, deberán ser formados y acabados en los Estados Unidos, Centroamérica o República Dominicana. CONDICIONES ADICIONALES A LAS REGLAS DE ORIGEN.
Indica las hilazas y telas no disponibles en cantidades comerciales dentro de la región del Tratado, que pueden importarse de terceros países. De mínimis Cantidades mínimas de ayuda interna que están permitidas aun cuando tengan efectos de distorsión del comercio (hasta el 5 por ciento del valor de la producción para los países desarrollados y hasta el 10 por ciento para los países en desarrollo). Lista de Escaso Abastecimiento
DESPACHO DE PRODUCTO DE PRIMERA CALIDAD A CLIENTES LOCALES, NACIONALES Y EXTRANJEROS A continuación, se describen los pasos a seguir para asegurar que el producto despachado sea remisionado, facturado y cargado dentro los lineamientos de control estipulados por la compañía y que llegue de manera integra a su destino. 1.Los productos denominados “primeras” pueden ser “Partes Cortadas en Set”, y “Tela Acabada” 2.Tela Acabada En el caso de la Tela Acabada, el producto terminado pasa por la aduana de digitación para ser trasladada a nivel de sistema y físico al área de empaque.
3. El encargado de Despacho procede a empacar el producto de acuerdo a la solicitud original del cliente, los detalles son documentados en un formato llamado “Reporte de producción por lote”. 4.El formato “Reporte de producción por lote” es entregado al digitador de Empaque, para que seccione a nivel de sistema el PACK de acuerdo como fue empacado físicamente y en ese momento hace la remisión y la imprime. 5.Una copia de las remisiones queda archivada en el Área de Empaque las otras dos son entregadas al encargado de Despacho el cual delega a una persona para que proceda a hacer la carga en el vehículo asignado previamente (la asignación del vehículo es un procedimiento adicional). DESPACHO DE PRODUCTO DE PRIMERA CALIDAD A CLIENTES LOCALES, NACIONALES Y EXTRANJEROS
6.La persona que hace la carga, llena un documento llamado “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes” en el cual detalla la, fecha, turno, el número de remisión, numero de PO, Numero de lote, numero de bultos, responsables y firmas. Adicionalmente llena un formato llamado “Lay Out de contenedor” que describe la forma en que el producto fue acomodado dentro del vehículo. 7.Una vez cargado el producto en el vehículo se pone un “marchamo” provisional para iniciar el tramite de documentación, las dos copias de remisión son firmadas por el Despachador, una pasa a archivo de Despacho y la otra se lleva al Departamento de Facturación junto con el formato “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes”. 8.Facturación recibe las remisiones firmadas (garantía de que el producto ya fue cargado) y el formato “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes”, revisa que las remisiones impresas estén detalladas en el formato “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes” y en el spool de remisiones del sistema (remisiones sin facturar).
DESPACHO DE PRODUCTO DE PRIMERA CALIDAD A CLIENTES LOCALES, NACIONALES Y EXTRANJEROS 9.Si una remisión física no esta detallada en el formato “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes”, el departamento de Facturación devolverá todo el legajo de documentos a Despacho para que haga la corrección, de igual forma si existiera una remisión en el formato “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes” y no detallada en el spool. 10.Si la documentación esta bien soportada, Facturación firma el formato “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes” se lo devuelve a Despachos (este documento pasa a archivo de Despachos), luego procede a facturar. 11.La factura es entrega a Despachos, donde se procede a cotejar el formato “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes” contra las facturas, con el objetivo de garantizar que todas las remisiones estén facturadas. 12.Con toda la documentación a mano, del Departamento de Despachos elabora el “Pase de Salida” describiendo los números de remisión y facturas además del número de bultos y unidades de medida. Este pase es firmado por las autoridades delegadas.
DESPACHO DE PRODUCTO DE PRIMERA CALIDAD A CLIENTES LOCALES, NACIONALES Y EXTRANJEROS 13.El pase de salida y todos los soportes son entregados a Auditoría Interna para que hacer una revisión detallada de los documentos, haciendo cotejo del formato “Reporte de carga contenedores/ camiones a clientes” versus remisiones y facturas, además de las firmas y detalles en el pase de salida. De igual forma conciliar el número de bultos detallados en las facturas y remisiones contra los descritos en el pase de salida. 14.En caso de un problema en la documentación Auditoría Interna devuelve los soportes a Despacho para documentar debidamente y se hace una segunda revisión, una vez corregido el problema Auditoría Interna firma y sella el pase de salida a nivel de revisión y autorización y devuelve todos los soportes a Despacho.