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TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL Gestión de Grandes Contribuyentes

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Presentación del tema: "TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL Gestión de Grandes Contribuyentes"— Transcripción de la presentación:

1 TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL Gestión de Grandes Contribuyentes
MINISTERIO DE HACIENDA Dirección general de impuestos internos TEMA 4 – TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL Gestión de Grandes Contribuyentes OCTUBRE 2016

2 “Mecanismos de Intercambio de Información”

3 Convenio de Asistencia Mutua y Cooperación Técnica entre las Administraciones Tributarias y Aduaneras de Centroamérica Suscrito el 25 de abril de Aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 538/2012 del 13 de abril de Ratificado en todas sus partes mediante Decreto Nº 67, de fecha 19 de julio de Publicado en el D. O. Nº 154 Tomo Nº 396 de Fecha 22 de agosto de 2012. . El artículo 8, establece la asistencia mutua y cooperación técnica, incluyendo intercambio de información con los Estados Partes. El Convenio Centroamericano permite el intercambio de información entre El Salvador, Costa Rica, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

4 Convenio entre la República de El Salvador y El Reino de España para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre El Patrimonio Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores número 1470/2008, de fecha catorce de agosto de dos mil ocho, ratificado a través de Decreto Legislativo 708, de fecha cinco de septiembre de dos mil ocho, publicado en el Diario Oficial 181, Tomo 380, del veintinueve de septiembre del mismo año. El artículo 27 dispone que las Autoridades Competentes intercambiarán la información concreta previsiblemente pertinente para aplicar en el Convenio o para la administración o la aplicación del Derecho Interno relativo a los impuestos de toda naturaleza o denominación exigibles por los Estados contratantes. Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

5 Convención Multilateral para la Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria (Convención Multilateral) Instrumento multilateral que prevé una amplia gama de asistencia administrativa incluyendo el intercambio de información, asistencia en la recaudación de impuestos, fiscalizaciones tributarias en el extranjero, etc. El Salvador es signatario de la Convención Multilateral desde junio de 2015 y está en espera de ser presentada a la Asamblea Legislativa para su ratificación. Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

6 SITUACIÓN ACTUAL EL SALVADOR
Actualmente El Salvador ha empleado el intercambio de Información vía solicitud, a través del Convenio de Asistencia Mutua y Cooperación Técnica entre las Administraciones Tributarias y Aduaneras de Centroamérica y el Convenio entre la República de El Salvador y El Reino de España para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre El Patrimonio, efectuando solicitudes a las Autoridades Competentes de las Partes Contratantes. Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

7 “Fiscalización de Precios de Transferencia”

8 RESULTADOS DE VERIFICACIONES Y FISCALIZACIONES DE PT’S
Planes de Información y Concientización (2011 y 2012): Emisión y entrega de Notas Exhortativas sobre cumplimiento de obligaciones tributarias PT’s (desde el año 2011) Emisión y entrega de Notas Exhortativas para solicitar la modificación voluntaria de F-982 con inconsistencias (años 2011 y 2012) Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

9 RESULTADOS DE VERIFICACIONES Y FISCALIZACIONES DE PT’S
Planes de Verificación de Obligaciones Formales Precios de Transferencia (2012 – 13): Presentación de Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados (Art. 124-A del C.T.) Revisión de Documentación que respalda la determinación de los Precios de Mercado (Art. 147 literal e del CT) Revisión de Determinación de Precios de Mercado (Arts. 62-A, 199-B, 199-C, 199-D del C.T.) Opinión del Auditor en Dictamen e Informe Fiscal (Art. 135 literal f) del C.T.) Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

10 RESULTADOS DE VERIFICACIONES Y FISCALIZACIONES DE PT’S
Planes de Fiscalización de Auditorías Puntuales e Integrales (Años 2013, 2014, 2015 y 2016): Determinación de Precios a valor de mercado en Operaciones con Sujetos Relacionados así como verificación del Impuesto sobre la Renta 35 casos terminados (24 con Deficiencias y 11 sin Deficiencias) Producción Obtenida: Tasada (13 Casos) $5,991, y Efectiva (11 Casos) $1,892, Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

11 RESULTADOS DE VERIFICACIONES Y FISCALIZACIONES DE PT’S
PRINCIPALES INCONSISTENCIAS DETERMINADAS EN FISCALIZACIONES F-982 sin cumplir requisitos ni especificaciones técnicas y opinión favorable del Dictaminador en párrafos del Dictamen e Informe. Diferencias entre información reportada en F-982 y la reportada en Notas del Dictamen e Informe Fiscal. Inconsistencias presentadas entre Dictamen e Informe Fiscal. Inconsistencia entre Dictamen e Informe Fiscal con Documentación de Precios de Transferencia proporcionada por Contribuyente Fiscalizado. Falta de Documentación de Precios de Transferencia Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

12 RESULTADOS DE VERIFICACIONES Y FISCALIZACIONES DE PT’S
PRINCIPALES INCONSISTENCIAS DETERMINADAS EN FISCALIZACIONES Contribuyentes que no han determinado sus operaciones bajo el principio de libre competencia Aplicación de Incorrecta de Metodología OCDE de Precios de Transferencia Análisis de Precios de Transferencia sin considerarse la segmentación de operaciones (Relacionadas e independientes) Hallazgos por determinación incorrecta de valores de Mercado Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

13 “Actividades de Empresas Multinacionales”

14 INFORMACION REPORTADA DE SUJETOS RELACIONADOS
a) Contribuyentes que informaron operaciones con sujetos Relacionados en el Informe F-982 Ejercicio Fiscal No. Contribuyentes 2010 686 2011 904 2012 1310 2013 1071 Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

15 INFORMACION REPORTADA DE SUJETOS RELACIONADOS
c) Operaciones Informadas Ejercicio Fiscal No. Sujetos Relacionados Informados Operaciones Ingreso ($) Operaciones Egreso ($) 2010 2184 $ 4,504,850,855.01 $ 5,843,293,526.70 2011 3624 $ 6,670,349,671.91 $ 7,350,321,130.71 2012 4565 $ 4,482,706,165.60 $ 7,957,993,736.04 2013 5698 $ 4,939,951,489.18 $ 6,122,296,183.74 Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

16 INFORMACION REPORTADA DE SUJETOS RELACIONADOS
d) Origen - Destino de las Operaciones con Sujetos Relacionados Ejercicio Fiscal Operaciones Locales Régimen Fiscal Preferente Exterior 2010 $ 5,254,310,140.91 $ ,707,269.58 $ 4,626,126,971.22 2011 $ 8,403,132,528.32 $ ,439,257.51 $ 8,313,372,633.33 2012 $ 7,236,171,338.92 $ 1,239,629,032.81 $ 7,981,992,582.25 2013 $ 7,071,297,264.18 $ ,244,757.02 $ 7,762,621,585.94 Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

17 “Declaración Especial para Actividades Internacionales”

18 Declaración especial para actividades internacionales
En El Salvador con la Asistencia SECO/CIAT se ha trabajado o sugerido un Modelo de Declaración para operaciones Internacionales. A modo de ejemplo -Según el Art. 49 LISR- los Artistas Internacionales deberán presentar una Declaración posterior a cada evento (no es F11) sino una Declaración especial para actividades internacionales (en la práctica se liquida vía retención a través del contratante local). Por tales situaciones, es que se trabaja a través de la Asistencia, en un modelo de Formulario para Declaración de Operaciones de Sujetos no Residentes. Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

19 “Mecanismos para evitar la Planificación Tributaria Agresiva”

20 Mecanismos para evitar la Planificación Tributaria Agresiva
En El Salvador se están haciendo diferentes esfuerzos a efectos de frenar la planificación tributaria agresiva por parte de los contribuyentes, al no contar con una legislación específica, pero se han incorporado en el Código Penal y Procesal Penal, disposiciones legales en cuanto a delitos relativos a la Hacienda Pública, en los cuales se configura como delito la Defraudación al Fisco, la Evasión de Impuestos y la Apropiación Indebida de Retenciones. Por otra parte se ha incorporado en el Código Tributario la legislación pertinente a Precios de Mercado y Precios de Transferencia, a efectos de minimizar los efectos de la planeación fiscal entre empresas relacionadas; en tal sentido, actualmente se está desarrollado una propuesta de reforma de Ley a fin de dar mayor robustez a las determinaciones con base al análisis de precios de transferencia y al abuso de la ley Tributaria. Cabe mencionar que la Sentencia de Inconstitucionalidad , emitida en fecha 15 de noviembre de 2013, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el pago mínimo al Impuesto sobre la Renta aplicado al 1% sobre la renta obtenida.

21 Muchas gracias!!


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