INTEGRACION DEL SISTEMA DE INFORMACION EN SALUD

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Transcripción de la presentación:

INTEGRACION DEL SISTEMA DE INFORMACION EN SALUD DIRECCION REGIONAL DE SALUD CUSCO DIRECCION EJECUTIVA DE INTELIGENCIA SANITARIA DIRECCION DE ESTADISTICA, INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES INTEGRACION DEL SISTEMA DE INFORMACION EN SALUD LIC. ISABEL FUENTES CARAYHUA

La Reforma de la Salud en el Perú PROPUESTA DE MANDATO DE POLITICA 4.10 CONSTRUCCION DE UN SISTEMA DE INFORMACION INTEGRADO ORIENTADO AL GOBIERNO Y CONDUCCION DEL SECTOR SALUD Arreglos clave para su implementación: 1. El Ministerio de Salud deberá diseñar e implementar el plan de desarrollo del sistema nacional de información en salud. En una primera etapa procederá a la implementación del IEDS, definida en el Decreto Supremo N° 024-2005-SA, y progresivamente del conjunto de normas técnicas y estándares de referencia nacionales para los sistemas de información en salud. 2. El Ministerio de Salud, en forma concertada con los actores del sector, deberá desarrollar e implementar un único Repositorio Nacional de Información en Salud (REUNIS).

IDENTIFICACION ESTANDAR DE DATOS EN SALUD - Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 001: “Procedimiento Médico en el Sector Salud”. - Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 002: “Producto Farmacéutico en el Sector Salud”. - Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 003: “Usuario de Salud en el Sector Salud”. - Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 004: “Establecimiento de Salud y de Servicio Médico de Apoyo en el Sector Salud”. - Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 005: “Unidad Productora de Servicios en Establecimiento de salud”. - Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 006: “Episodio de Atención en el Sector Salud”. - Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 007: “Personal de Salud en el Sector Salud”. - Identificación Estándar de Dato en Salud Nº 008: “Financiador de Salud en el Sector Salud”.

IDENTIFICACION ESTANDAR DE DATOS EN SALUD 4.1 De la Clasificación Estándar de Procedimiento Médico 4.2 De la Denominación Estándar de Procedimiento Médico 4.3 De la Codificación Estándar de Procedimiento Médico 4.4 De la Descripción Estándar de Procedimiento Médico 4.5 De los Usos de la Identificación Estándar de Procedimiento Médico

La Reforma de la Salud en el Perú PROPUESTA DE MANDATO DE POLITICA 4.10 CONSTRUCCION DE UN SISTEMA DE INFORMACION INTEGRADO ORIENTADO AL GOBIERNO Y CONDUCCION DEL SECTOR SALUD Arreglos clave para su implementación: 3. El MINSA deberá elaborar, en forma concertada con los actores del sector, un plan nacional para la implementación de Telesalud/Telemedicina y del Certificado de Nacido Vivo en línea del sector salud. 4. El Ministerio de Salud promoverá el desarrollo e implementación de una plataforma transaccional e historia clínica electrónica sectorial que permita implementar el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas

REMISIÓN DE INFORMACIÓN PRESTACIONAL SETI IPRESS REMISIÓN DE INFORMACIÓN PRESTACIONAL RS 092-2014-SUSALUD/S

OBJETIVOS DEFINICION DE ROLES CONTROL DE CALIDAD ENVIO DE INFORMACION INSTALACION DEL YAC_SETI GENERACION DE TRAMAS CON EL APLICATIVO AYAC-SETI ENVIO DE TRAMAS A SUSALUD OBJETIVOS

1 NORMATIVIDAD 2 3

BASE NORMATIVA – SETI IPRESS (Resumen) Reglamento Aprobado a través de la RS N° 092-2014-SUSALUD/S Artículo 2°.- Ámbito de Aplicación. (….)es aplicable a las IPRESS y UGIPRESS, públicas, privadas o mixtas, registradas en SUSALUD. Artículo 5°.- Carácter de Declaración Jurada: La información que las IPRESS y UGIPRESS remiten a SUSALUD en cumplimiento de la presente norma tiene carácter de Declaración Jurada y por tanto está sujeta a fiscalización posterior. Artículo 7°.- Obligatoriedad Plazo y Periodicidad para Remitir la Información: Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al término de cada mes reportado. Artículo 10°.- Manual de Usuario del SETI IPRESS: Instructivo que deben utilizar con la finalidad de cumplir con la obligación de remitir a SUSALUD información a través del SETI IPRESS. Artículo 11°.- Acceso al SETI IPRESS: SUSALUD entregará las credenciales a las IPRESS registradas las cuales deberán designar a las personas responsable de la calidad y del envío de la información. Las credenciales son de carácter reservado.   Artículo 16°.- Validación de la información: La información de los principales procesos establecidos en el Manual SETI-IPRESS es validada por las IPRESS y UGIPRESS en lo que les corresponda, antes de ser remitida a SUSALUD, garantizando su integridad, autenticidad y calidad. (…)

SETI IPRESS Finalidad: Es el Sistema electrónico de transferencia de Información a través del cual se captura la producción de Consultas Ambulatorias, Emergencias, Hospitalización, centro quirúrgico, partos, procedimientos, referencias, RRHH y programación asistencial reportada periódicamente por las IPRESS y UGIPRESS. Finalidad: Artículo 1°.-Objeto: (….)establecer los lineamientos, procedimientos y acciones para la recolección, transferencia y difusión de la información de las prestaciones de salud generadas por las IPRESS y UGIPRESS, mediante el uso de herramientas informáticas, con la finalidad de propiciar seguimiento a las principales variables prestacionales en salud, para la toma de decisiones y generar instrumentos para la Supervisión de IPRESS y de las UGIPRESS.

FUENTES HIS AYAC-SETI SEM EXCEL

PASOS PARA CUMPLIR CON LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN AL SETI IPRESS Construcción de Información PASO 5 Generación de Accesos al SETI IPRESS Online Cargar las Tramas en el SETI IPRESS ON LINE: RESPONSABLE DE ENVIO DE LA INFORMACIÓN PASO 6 Verificar el contenido de las tramas cargadas: INFOSUSALUD – RESPONSABLE DE CALIDAD DE LA INFORMACIÓN PASO 7 Carga y Envío de Información Verificación de Información

ESTANDARES – TUTORIALES

MONITOREO