Basamento Legal Contraloría Social = Ciudadanos (Pueblo) = Entes públicos o Privados Entidades objeto de contraloría social Función y procesos objeto de.

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Transcripción de la presentación:

Basamento Legal Contraloría Social = Ciudadanos (Pueblo) = Entes públicos o Privados Entidades objeto de contraloría social Función y procesos objeto de la contraloría social Organismos del Poder Público Ministerios, gobernaciones y alcaldías. Administran políticas públicas. Procesos de planificación y ejecución de políticas públicas. Entidades del Poder Popular Comunas, consejos comunales y empresas de producción social. Administran recursos públicos para obras y servicios. Organismos privados Empresariales y sin fines de lucro. Contratan obras con el poder público y/o organismos del poder popular. Prestan servicio en comunidades. Programas de asistencia social; prestación de servicios; realización de obras.

Artículos vinculantes Instrumento legal Artículos vinculantes Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) Art. 51. Derecho a presentar peticiones Art. 62. Participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública; Art. 63. Deber de rendición de cuentas de los representantes políticos; Art. 141. Principio de transparencia y de rendición de cuentas de la administración pública; Art. 143. Derechos de los ciudadanos (as) a ser informados; Art. 184. Participación en la evaluación y control de obras. Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2010) Art. 1. Regula la participación ciudadana; "En esta norma se establece que los ciudadanos y ciudadanas forman parte del Sistema Nacional de Control Fiscal, en su función de control de la gestión pública. Además le brinda da posibilidad de postular a cargos de Contralores Municipales, Regionales y de auditoría interna en los órganos de la administración pública, contienen una serie de preceptos bien precisos". Art. 6. Fomentar la participación ciudadana; Art. 9. Los órganos del poder popular están sujetos a la acción de la CGR; Art. 24, N° 4. Los ciudadanos (as) participan en el Sistema Nacional de Control Fiscal; Art. 75. La CGR presta asistencia en la gestión de las contralorías sociales; "Establece como un derecho, el control ciudadano sobre la gestión pública". Art. 76. Los consejos comunales y comunas, pueden presentar candidaturas al cargo de contralor de entes públicos.

Artículos vinculantes Instrumento legal Artículos vinculantes Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (2010) Art. 12. El CECLACOP órgano encargado del diseño del plan estadal de desarrollo y garantiza la participación ciudadana en el seguimiento, evaluación y control. "En esta norma queda establecido que los sectores sociales, incluyendo las contralorías sociales, pueden participar en el desarrollo de los planes y programas del gobierno, de igual manera, define en forma expresa, el control social en materia de planificación". Art. 13. Los Consejos locales de planificación pública; Art. 14. Los consejos de planificación comunal; Art. 77. Seguimiento y evaluación del plan operativo comunal. Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas (2010) Art. 2. Garantiza la participación ciudadana en la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes del municipio; "Le otorga a tales instancias funciones de evaluación y control de la gestión de planificación de las agencias estatales". Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010) Art. 270. El control social es un mecanismo para el ejercicio de la gestión pública municipal; "Consagra la contraloría social como un medio de participación popular en el ejercicio de su soberanía. En tal sentido, la contraloría social es un mecanismo de vigilancia ciudadana sobre el gobierno". Art. 271. Los ciudadanos (as) tienen derecho a organizarse, para ejercer control social; Art. 272. Derecho a la rendición de cuentas, por parte de las autoridades municipales; Art. 273. Obligación de las autoridades de publicitar sus actos; Art. 276. Ejercicio del control social sobre la gestión pública municipal.

Artículos vinculantes Ley Orgánica de Contraloría Social (2010) Instrumento legal Artículos vinculantes Ley Orgánica de los Consejos Comunales (2009) Art. 1. Regular la relación con órganos del poder público para ejecución, control y evaluación de las políticas públicas y de los proyectos vinculados a las comunidades; "Define a estos consejos como medios para ejercer "la formulación, ejecución, control y evaluación" de las políticas públicas". Art. 33. Define la unidad de contraloría social para la evaluación de proyectos comunitarios y de vigilancia del consejo comunal; Art. 34. Funciones de la unidad de contraloría social; Art. 35. Coordinación con entes del poder ciudadano. Ley del Consejo Federal de Gobierno Art. 6. Principios rectores "Esta ley constituye el último peldaño de la participación de la sociedad organizada, conjuntamente con el poder constituido y describe los principios que rigen al estado Federal Descentralizado: Justicia Social, Participación ciudadana, integridad territorial, solidaridad, concurrencia, corresponsabilidad, coordinación, interdependencia y subsidiaridad". Ley Orgánica del Poder Popular (2010) Art. 19. Define la contraloría social como uno de los ámbitos de actuación del poder popular. Ley Orgánica de Contraloría Social (2010)

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