Universidad de Chile Modificación a la Ley de Incentivo Tributario a la Inversión Privada en Investigación y Desarrollo Ley N° 20.241 Universidad de.

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Transcripción de la presentación:

Universidad de Chile Modificación a la Ley de Incentivo Tributario a la Inversión Privada en Investigación y Desarrollo Ley N° 20.241 Universidad de Chile 6 de Abril 2011

Universidad de Chile Plan de la presentación En esta presentación se abordan los siguientes aspectos relacionados con la modificación a la Ley N° 20.241: Fundamentación de la iniciativa Definiciones de investigación y desarrollo experimental Comentarios específicos a las propuestas de cambio Otras observaciones a considerar

Universidad de Chile 1. Fundamentación de la iniciativa El incentivo tributario asociado a la Ley N° 20.241 tenía el doble propósito de: Incrementar la inversión privada en Investigación y Desarrollo. Fortalecer el vínculo entre el sector privado y los centros de investigación que existen el país. Se optó por un incentivo “extramuros”, entre otras razones, porque: disminuía los riesgos de elusión tributaria y reconocía que la innovación es un esfuerzo sistémico en el cual la interacción entre los distintos componentes es importante.

Universidad de Chile 1. Fundamentación de la iniciativa Con el propósito de incrementar la participación (sólo 39 proyectos aprobados), se ha propuesto modificar la ley de modo que puedan optar al beneficio las empresas que realizan I+D con sus capacidades internas o “intramuros”. Si bien esta medida tiene el potencial de estimular la inversión en I+D, afectará el acoplamiento de dos componentes esenciales del sistema: los centros de investigación y las empresas. Los primeros disponen de capital humano avanzado, equipamiento e infraestructura del cual carece el sector productivo. Los segundos disponen de conocimientos de mercados y de recursos financieros .

2. Definiciones de investigación y desarrollo experimental Universidad de Chile 2. Definiciones de investigación y desarrollo experimental Investigación: La nueva definición de investigación básica y aplicada es más adecuada que la anterior. Desarrollo Experimental: Se recomienda incluir la definición del manual de Frascati1 en forma más literal. La definición específica de “desarrollo” no contempla el propósito de dar “lugar a mayor conocimiento con el objetivo de resolver en forma sistemática una incertidumbre científica o tecnológica” como se incluye en la modificación. 1. Manual de Frascati. Propuesta de Norma Práctica para Encuestas de Investigación y Desarrollo Experimental . OECD , 2002.

3. Comentarios específicos Universidad de Chile 3. Comentarios específicos La propuesta de modificación contempla el mismo beneficio (30%) cuando el proyecto de I+D se realiza “intramuros” o en asociación con un centro de investigación. Esto desincentiva un vínculo virtuoso. Por lo tanto, proponemos diferenciar el beneficio, de manera que cuando exista participación de centros universitarios y tecnológicos acreditados, el crédito sea del 40%. Para la I+D “intramuros” se mantendría el crédito a la inversión en 30% . La vigencia de la Ley se extiende hasta el 2025. Se solicita reconsiderar el plazo que puede resultar muy largo. Se ha demostrado que una vez que se ha saturado el sistema resulta más adecuado otorgar crédito al “incremento” en el gasto en I+D.

3. Comentarios Específicos Universidad de Chile 3. Comentarios Específicos Proponemos ampliar el concepto legal de “contrato de I+D” sin limitarlo a contratos de prestación de servicios (incluir convenios, otros). Esto permite una mayor armonización con los incentivos actualmente en uso y genera incentivos de relaciones a más largo plazo entre la empresa y los centros de investigación. La modificación permitirá la coexistencia de centros certificados y entidades no certificadas. El proceso de certificación y fiscalización de un proyecto ejecutado por un centro certificado debería ser más expedito que aquel presentado por una entidad no certificada. Se requiere generar incentivos adicionales para empresas con ventas inferiores a 100.000 UF (medianas y pequeñas) que pueden ser potenciales innovadores de más impacto que las de gran capital de trabajo. El rol de estas empresas PYME resulta de enorme potencial en países desarrollados

3. Comentarios específicos Universidad de Chile 3. Comentarios específicos Aspectos positivos: Incremento de los montos máximos de 5000 a 15000 UTM. Inclusión de la propiedad intelectual e industrial como actividades acogidas al beneficio tributario. Mantención del requisito de realizar un estudio y evaluación de la capacidad del incentivo para fomentar la I+D y potenciar el vínculo entre los centros de investigación y el sector privado. Derogación del artículo 4° permitirá que los Consorcios empresa – universidad puedan acogerse a esta ley.

4. Otras observaciones a considerar Universidad de Chile 4. Otras observaciones a considerar Es importante coordinar las políticas públicas de I+D para asegurar no sólo cantidad sino también calidad. Por ello será importante el control y seguimiento que brinde Innova - Chile a estos proyectos. No se detectan estímulos específicos o directos a la formación o contratación de capital humano avanzado. Se prevé la generación de un escenario de mayor competitividad, por ejemplo, al permitir que un 50% del gasto en personal técnico y profesional pueda realizarse en el extranjero. El beneficio requiere que las empresas tengan utilidades tributables, por lo tanto, aplicará a las empresas con estados financieros saludables, lo que no siempre está vinculado a la capacidad innovadora.