“UNITED NATIONS Committee on the Rights of Persons with Disabilities (CRPD Committee) Day of General discussion on the right to equality and non-discrimination.

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Transcripción de la presentación:

“UNITED NATIONS Committee on the Rights of Persons with Disabilities (CRPD Committee) Day of General discussion on the right to equality and non-discrimination (Article 5) Room XVII Palais des Nations, Geneva 25 August 2017 SUPPORT SYSTEMS IN THE CONTEXT OF ACCESSIBILITY AND REASONABLE ACCOMMODATION LOS SISTEMAS DE APOYOS EN EL CONTEXTO DE LA ACCESIBILIDAD Y LOS AJUSTES RAZONABLES Agustina Palacios, CONICET, Center of Human Rights, University of Mar del Plata (Argentina) .

LOS SISTEMAS DE APOYOS EN EL CONTEXTO DE LA ACCESIBILIDAD Y LOS AJUSTES RAZONABLES 1. LAS DIFERENTES DIMENSIONES DE LA ACCESIBILIDAD Y SU CONFIGURACION JURÍDICA 2. DIFERENCIAS ENTRE CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD, MEDIDAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y AJUSTES RAZONABLES 3. LOS SISTEMAS DE APOYOS EN EL CONTEXTO DE LA ACCESIBILIDAD

1. LAS DIFERENTES DIMENSIONES DE LA ACCESIBILIDAD Y SU CONFIGURACION JURÍDICA -La accesibilidad como principio La accesibilidad como parte del “contenido esencial de los derechos” La accesibilidad como derecho autónomo El derecho a no ser discriminado/a por ausencia de accesibilidad

2. DIFERENCIAS ENTRE CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD, MEDIDAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y AJUSTES RAZONABLES Accesibilidad Posterior y Particular Ajustes razonables Previo y Universal Diseño universal (posterior, por ejemplo elevador porque no hay rampa) (previo, por ejemplo asistencia personal) Medidas para garantizar la accesibilidad

3. LOS SISTEMAS DE APOYOS EN EL CONTEXTO DE LA ACCESIBILIDAD Y LOS AJUSTES RAZONABLES APOYOS PARA LA VIDA INDEPENDIENTE -Los apoyos como condiciones de accesibilidad- Los apoyos como condición de accesibilidad deben preverse desde los parámetros de UNIVERSALIDAD, y por ende desde una instancia previa. -Los apoyos como medidas para garantizar la accesibilidad-) Podrían ser caracterizados también desde una visión de diseño universal, pero que se concreta en materia prestacional. O como dice el Informe de la Relatora , desde los sistemas de protección social -Los apoyos como ajustes razonables El apoyo como ajuste razonable deberá adoptarse cuando desde el diseño universal y las medidas pertinentes no haya podido garantizarse la accesibilidad universal para un caso concreto

Consecuencias Como condición de accesibilidad- la prestación de servicio de apoyo es parte del contenido esencial del derecho. Como medida de accesibilidad- la prestación del apoyo requiere de una regulación mediante una legislación específica (de tipo prestacional o de protección social). Como ajuste razonable-, la adopción será obligatoria siempre que la carga no resulte desproporcionada o indebida. La importancia de estas distinciones, categorización y configuración tienen efectos a la hora de la garantía del derecho. Por ello se considera necesario un mayor debate sobre esta posibilidad.

LOS APOYOS PARA EL EJERCICIO DE LA CAPACIDAD JURÍDICA (art. 12) Por el modo en que se encuentran previstos en el art. 12, los apoyos para el ejercicio de la capacidad jurídica son parte del contenido esencial de dicho derecho, y son asimismo una medida para garantizar la accesibilidad (reconocida por la norma como condición de accesibilidad, CON INDEPENDENCIA DE CUANDO SE ADOPTEN). Ello porque asimismo los apoyos del 12 están reforzados como obligación específica (la obligación de adoptarlos cuando sean necesarios). Si la norma no lo dijera, de todos modos formarían parte del contenido esencial del ejercicio de la capacidad jurídica, pero están reconocidos de manera especifica. Es por ello que los apoyos del 12 no pueden ser considerados como ajustes razonables. Y en este sentido esto es muy importante, porque no es posible debatir ni sobre su inmediatez ni sobre la carga desproporcionada o indebida.

Agustina Palacios Centro de Investigación y Docencia en Derechos Humanos “Alicia Moreau”, Facultad de Derecho, Universidad Nacional de Mar del Plata (Argentina) aguspalacios@hotmail.com 8