Acciones Cambiarias ION Concepto

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
ACCIONES CAMBIARIAS
Advertisements

El Pagaré
Tema 9 Cheque y letra de cambio
PAPELES DE COMERCIO: CHEQUE- LETRA DE CAMBIO Y PAGARÈ
 Letra de Cambio.  Cheque.  Pagaré.
Documentación contable II
Derecho Mercantil Instituto tecnológico de Lerma 6.4 El endoso
Por: Eúan Reyes Yudiana Concepción.
Clasificación Según su vinculación con la causa de creación
INSTRUMENTOS DE COBRO Y PAGO
Garantías cambiarias AVAL Endoso
LETRA DE CAMBIO.
EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES.
INSTRUMENTOS Y OPERACIONES FINANCIERAS
Alumnos: Hernández Rodríguez Herrera Pacheco Maldonado Noh
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
LETRA DE CAMBIO Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor – librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor.
ACCIÓN CAMBIARIA CONCEPTO Y DIFERENCIA CON LA ACCIÓN CAUSAL.
MEDIO DE PAGO EN COMERCIO INTERNACIONAL LOS EXPORTADORES TIENEN QUE LOGRAR EQUILIBRIO ENTRE LA SEGURIDAD DEL COBRO DE LA MERCANCIA EXPORTADA Y LA ADECUADA.
LEY TITULOS VALORES. Clasificación Representativos de dinero Representativos de mercaderías Representativos de derechos Títulos de participación.
LETRA DE CAMBIO Decreto ley /77.
El Cheque.
Ayudante: Elizabeth Silva
Pagaré ION Formalidades Art. 102
Generalidades de los títulos de crédito
Actos de los títulos valores
Letra de cambio ION Origen Contrato de cambio Renacimiento, Italia.
LETRA DE CAMBIO.
Presenta: DOCTOR EN DERECHO JUDICIAL Héctor M. Aparicio González
Transformación ION Concepto y clases
Financiamiento de Empresas
Acciones Cambiarias ION Concepto
Capítulo 5: Tratamiento Contable de los Principales Pasivos
EL PAGARE.
¿Qué se debe hacer si el contribuyente se equivocó al momento de pagar? AJGM.
TÍTULOS VALORES MODALIDAD: HORARIO TRABAJO DOCENTE: LIC. MÓNICA A. TAPIA M. DURACIÓN: NOVIEMBRE –
Profesor Dr. Edinson Lara
“ASPECTOS LEGALES DE LA GESTION DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA”
LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
LETRA DE CAMBIO.
Tema 4: La letra de cambio (1ª parte).
Documentos utilizados en las relaciones comerciales
MÓDULO 2: GESTIÓN OPERATIVA DE TESORERÍA UNIDAD 3 :Ley 19/1985, de 16 julio, Cambiaria y del cheque.
1. Instrumentos que materializan los pagos y cobros en operaciones al contado
LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
LA DOCUMENTACIÓN EN LA EMPRESA
El contrato de Arrendamiento
El Cheque.  Definición:  “El cheque es un título crédito de naturaleza no crediticia, pues no constituye un instrumento de crédito, sino un instrumento.
ACCION ALTERNATIVA. ARTÍCULO 94°. - ACCIÓN ALTERNATIVA  94.1 Si las calidades del tenedor y del obligado principal del título valor correspondieran respectivamente.
OPERACIONES DE GARANTIA : FIANZA, AVALES, PAGARÉS, DESCEUNTO DE LETRAS, FACTURAS OPERACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PROFESOR: Lobaton Gonzales, Luis.
RENTA VITALICIA Es el contrato mediante el cual el deudor se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida de una o más personas determinadas,
Tema 3 La letra de cambio: Requisitos, aceptación, endoso y aval
CONTRADICCIÓN.
CONTRADICCIÓN.
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Universidad de San Martín de Porres Facultad de Derecho
EL PAGO.
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
U.D. 5 DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL
TITULOS VALORES n ANTECEDENTES HISTORICOS DEFINICIÓN n Se denominan títulos valores a aquellos instrumentos típicos y especiales que representan derechos.
Tema 4 Vencimiento, presentación y pago de la letra
Tema 4 Pagaré y Cheque Juan Bataller Grau
DOCUMENTOS CONTABLES Gerson Ortiz Karen Ortiz Laudi Álvarez.
TITULOS DE CREDITO Artículo 5º de la Ley de títulos y operaciones de crédito: son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho.
PAGO POR SUBROGACION Es el que efectúa el tercero (subrogado) sustituyendo al antiguo acreedor (subrogante) en los derechos, acciones y garantías de este.
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA CAMPUS MEDELLÍN ALUMNOS YUVER DARÍO PALACIOS POTES XIOMARA DOCENTE MONICA SANCHEZ OSPINA TEMA LETRA DE CAMBIO INTERNACIONAL.
CONTRATO DE FIANZA PRESENTADO POR: EST. KELLY DEL ROCÍO GUTIÉRREZ CÁCERES.
LOS MEDIOS DE PAGO LOS DOCUMENTOS CAMBIARIOS. Uno de los medios más eficaces, tendentes a reforzar las garantías de cobro, lo representan los documentos.
TEMA: TEMA: ANALISIS DEL PASIVO SOBRE LA BASE DE NIIF- PYMES EN ESTE PUNTO TENEMOS LAS CUENTAS POR PAGAR Y SU CLASIFICACION ASI COMO EL CONTROL INTERNO.
PROGRAMA NACIONAL DE REPARACION HISTORICA
Transcripción de la presentación:

Acciones Cambiarias ION Concepto Son aquellas que emanan de la letra de cambio, distintas e independientes de las acciones extracambiarias que emanan del negocio causal y reguladas en la ley 18.092

Acciones Cambiarias ION Clasificación 1. Acciones de cobro: 1.1 Acciones Directas: Son aquellas que puede intentar el portador legítimo de la letra de cambio, el endosatario en garantía o un tercero que paga la letra de cambio, en contra del aceptante y sus avalistas y que no requiere que se haya efectuado el protesto.

Acciones Cambiarias ION Clasificación 1. Acciones de cobro: 1.2 Acciones de Regreso: Son aquellas que puede intentar el portador legítimo de la letra de cambio, el endosatario en garantía o un tercero que paga la letra de cambio, en contra del aceptante y sus avalistas y que por regla general, requiere que se haya efectuado el protesto.

Acciones Cambiarias ION Clasificación 2. Acción de reembolso: Aquella que otorga la ley a algunos de los obligados que paga la letra, para dirigirla en contra en contra de los otros obligados con el fin de obtener el reembolso de lo pagado.

Acciones Cambiarias ION Sujetos Activos 1. Acción de cobro (directa y de regreso): Portador o dueño de la letra, ya sea por sí o representado por el endosatario en cobro u otro mandatario Endosatario en garantía Tercero que paga la letra 2. Acción de reembolso: Sólo aquel obligado que pagó la letra

Acciones Cambiarias ION Sujetos Pasivos 1. Acción de cobro (directa y de regreso): Todos o cualesquiera de los obligados al pago. 2. Acción de reembolso: Sólo aquel obligado respecto del cual aquel de los obligados que pagó, tiene acción.

Acciones Cambiarias ION Objeto 1. Acción de cobro (directa y de regreso): Se demanda el importe de la letra de cambio, los intereses pactados y reajustes (si los hay) y los intereses corrientes devengados a contar del vencimiento. Si los intereses pactados son mayores a los intereses corrientes, se cobran los primeros.

Acciones Cambiarias ION Objeto 2. Acción de reembolso: Se demanda la cantidad pagada que comprende capital, intereses, reajustes, costas y otras que procedan legalmente, más el reajuste legal (hoy UF por aplicación de ley 18.010) Cálculo reajuste: suma pagada se transforma a la UF de la época del pago y sobre esta cantidad se calculan los intereses corrientes.

Acciones Cambiarias ION Oportunidad ejercicio 1. Acción de cobro: Regla general: luego de vencimiento de la letra Excepciones: art. 81 Ejercicio de garantía de aceptación: al realizarse protesto por falta de aceptación, se puede ejercer en contra de librados conjuntos o de los librados subsidiarios, si los hay.

Acciones Cambiarias ION Oportunidad ejercicio 1. Acción de cobro: Excepciones: art. 81 Quiebra de librado o de cualesquiera de los librados conjuntos, hayan o no aceptado la letra. Antes de la aceptación, ante quiebra de uno de los librados y negativa de los restantes librados a aceptar la letra y ante quiebra del librador subsidiario que ha aceptado la letra. Quiebra de librador de letra que aún no la ha aceptado.

Acciones Cambiarias ION Oportunidad ejercicio 1. Acción de cobro: Excepciones: art. 81 La ley permite el ejercicio anticipado de la acciones directas ante la quiebra, ya que en este caso el portador o dueño pierde la garantía de pago que otorga el librador al girarla.

Acciones Cambiarias ION Oportunidad ejercicio 2. Acción de reembolso: Una vez efectuado el pago cuyo reembolso se demanda. Para el caso de cobro anticipado, reajustes e intereses corren hasta el pago. Si letra no devenga intereses, se descuentan de su valor los intereses corrientes por el tiempo medio entre el pago y vencimiento.

Acciones Cambiarias ION Obligados Acción de Reembolso Art. 82: Librador o aceptante que paga carece de acción de reembolso entre sí o contra otros obligados. Eventualmente tendrán acciones emanadas de negocio causal. Endosante tiene acción de reembolso en contra de librador, aceptante, endosantes anteriores y sus avalistas.

Acciones Cambiarias ION Obligados Acción de Reembolso Art. 82: Avalista tiene acción de reembolso en contra de la persona a la cual avaló y de los demás firmantes de la letra respecto de los cuales tuviera acción cambiaria de reembolso la persona avalada. Caso del art. 47 inc 2º: sólo tiene acción de reembolso en contra de librador y aceptante. Avalistas conjuntos de un mismo obligado y acción de reembolso entre sí: se aplica 2378 CC (cofiador que paga en exceso). Ley los considera obligados igualados en cuanto a contribución de deuda, salvo pacto en contrario.