La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

LETRA DE CAMBIO.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "LETRA DE CAMBIO."— Transcripción de la presentación:

1 LETRA DE CAMBIO

2 Presentado por: Cindy Navarrete Jonatan Romero Ingenieria Comercial UDCA

3 ¿Qué es la letra de cambio?
Es una orden incondicional de pago que da una persona  llamada    " librador" a otra llamada " librado ", para que pague a la orden  o al portador,  cierta suma de dinero,  a la vista o en una fecha determinada. regulado por el Código de comercio Colombiano en sus artículos 691 a 708.

4 La letra de cambio históricamente ha surgido, debido a exigencias económicas, que necesitaban de un medio acto para satisfacerlas 

5 la letra es un título valor esencialmente de crédito, es decir, que contiene una operación crediticia que debe satisfacerse mediante el pago de una cantidad de dinero, en un tiempo determinado

6 Partes de la letra de cambio
Girador o librador: el que da la orden de pago. Girado o librado: Acepta la orden de pago firmando el documento comprometiéndose a pagar. Beneficiario o tomador: Recibe la suma de dinero en el tiempo señalado Avalista: la persona que garantiza el pago de la letra. no es un requisito obligatorio.

7 letra de cambio es título- valor a la orden, o sea que se puede transferir mediante endoso; aun cuando no figure la cláusula a la orden, la letra es un documento circulante, por tanto puede tener una serie continuada de endosos

8 Requisitos y contenido
La Ley Cambiaria y del Cheque establece los siguientes requisitos mínimos para considerar un documento letra de cambio: 1. La denominación de Letra de Cambio inserta en el mismo texto del documento y expresado en el mismo idioma empleado en la redacción del documento.  2. La orden pura y simple de pagar una suma determinada.  3. Nombre del que debe pagar (Librado).  4. Indicación de la fecha de vencimiento.  5. Lugar donde el pago debe efectuarse.  6. Nombre de la persona a cuyo cargo debe efectuarse el pago suele corresponder con el librador de la letra.  7. Fecha y lugar donde se emitió la letra.  8. La firma del que gira la letra (Librador).

9

10 Formas de girar la Letra de Cambio
A la propia orden (a la orden del girador) Cuando un sujeto crea la letra de cambio a favor de él mismo. Una persona debe pagarla al creador de la letra. A cargo de tercera persona. Cuando un sujeto crea la letra de cambio para que la pague una persona determinada favor de otra persona. Intervienen tres sujetos: Creador de la letra, Girado (el que debe pagar la letra) y beneficiario (al que le deben pagar la letra) A cargo del propio Girador. Cuando un sujeto crea la letra de cambio para pagarla el mismo a otra persona.

11 El endosante: Es el que endosa una letra o la transmite a un tercero.
El endosatario: Es aquel el que recibe la letra. Endosar: Es ceder a otra persona el derecho a cobrar un documento de crédito, como una letra de cambio o un cheque a la orden

12 Aval de la letra de cambio
El aval es el compromiso que adquiere una tercera persona de realizar el pago, en caso de no hacerlo el librado. Pudiendo comprender la totalidad de la deuda o parte de ella. El aval se debe hacer constar en el reverso de la letra de cambio

13 El protesto Es un acto notarial que sirve para acreditar que se ha producido la falta de aceptación o de pago de la letra de cambio. El protesto notarial puede ser sustituido por una declaración firmada por el librado en la que conste su negativa a aceptar o pagar la letra. Solo será necesario cuando el creador de la letra o algún tenedor inserte la clausula “con protesto”, en el anverso y con caracteres visibles.

14 Aceptación La Aceptación de la letra de cambio es el acto por medio del cual el girado estampa su firma en el documento, manifestando así la voluntad de obligarse cambiariamente a realizar el pago de la letra. Una vez aceptada la letra, el aceptante se convierte en el principal obligado, y se constituye en deudor cambiario de cualquier tenedor de la letra, incluso del mismo girador.

15 El Pago El pago de la letra debe hacerse contra su entrega.

16 Tipos de letras según vencimientos
Día fijo: vencen en el plazo establecido en la letra. A la vista: se vuelve pagadera en cuanto acepta la parte obligada a pagar A un plazo desde la fecha: vencen el día que se cumpla el plazo señalado. A un plazo desde la vista: su vencimiento se determinará a un plazo desde la fecha de la aceptación.

17 GRACIAS

18


Descargar ppt "LETRA DE CAMBIO."

Presentaciones similares


Anuncios Google