PGC para pymes.

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Transcripción de la presentación:

PGC para pymes

PGC para PYMES 1. ¿Qué es una PYME?. 2. Contenido del PGC de PYMES. 1.1 Concepto e importancia de la PYME en la UE 1.2 Las PYMES en el IASB 1.3 Las obligaciones contables en España. 2. Contenido del PGC de PYMES. 3. El cambio entre Planes. 4. Las CCAA del PGC de PYMES. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

CUARTA DIRECTIVA DEL CONSEJO, de 25 de julio de 1978 PGC para PYMES 1. ¿Qué es PYMunaE? 1.1Concepto e importancia de la PYME en la UE CUARTA DIRECTIVA DEL CONSEJO, de 25 de julio de 1978 Artículo 11 Los Estados miembros podrán permitir que las sociedades que, en la fecha de cierre del balance, no superen los límite numéricos de dos de los tres siguientes criterios: — total del balance: 4 400 000 EUR, — importe neto del volumen de negocios: 8 800 000 EUR, — número medio de empleados durante el ejercicio: 50, establezcan un balance abreviado que comprenda únicamente las partidas precedidas de letras y de números romanos previstas en los artículos 9 y 10, con mención específica de las informaciones requeridas entre paréntesis en las partidas D II del activo y C del pasivo en el artículo 9, y en la partida D II en el artículo 10, pero de una forma global para cada partida en cuestión. Artículo 27 Los Estados miembros podrán autorizar a las sociedades que, en la fecha de cierre del balance no rebasen los límites numéricos de dos de los tres criterios siguientes: — total del balance: 17 500 000 EUR, — importe neto del volumen de negocios: 35 000 000 EUR — número medio de empleados durante del ejercicio: 250, a no aplicar los esquemas que figuran en los artículos 23 al 26, con los límites siguientes: (… / …) © Velasco Galindo Consultores, S.L.

La definición de PYME en el marco de la UE se basa en tres parámetros: PGC para PYMES. 1. ¿Qué es una PYME? 1.1Concepto e importancia de la PYME en la UE La Comisión Europea aprobó la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. La definición de PYME en el marco de la UE se basa en tres parámetros: © Velasco Galindo Consultores, S.L.

 Balance “Abrebidado” 4ª Directiva PGC para PYMES. 1. ¿Qué es una PYME? 1.1Concepto e importancia de la PYME en la UE De acuerdo con el artículo 2 del anexo de la Recomendación 2003/361/CE la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas es la siguiente:  Cta. P&G “Abrebidada” 4ª Directiva  Balance “Abrebidado” 4ª Directiva © Velasco Galindo Consultores, S.L.

Las PYMES son una parte fundamental del entramado económico en la UE: PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.1Concepto e importancia de la PYME en la UE Las PYMES son una parte fundamental del entramado económico en la UE: Más de dos terceras partes del empleo (en empresas no financieras) de la UE está en las PYMES. Casi el 60% del valor añadido en la UE se genera en la PYMES. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME. 1 PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.1Concepto e importancia de la PYME en la UE © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME. 1 PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.1Concepto e importancia de la PYME en la UE DIRECTIVA 2012/6/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 14 de marzo de 2012 Consideraciones El Consejo Europeo de 8 y 9 de marzo de 2007 subrayó entre sus conclusiones la importancia de reducir la carga administrativa para estimular la economía europea y la necesidad de un firme esfuerzo conjunto al objeto de reducir dicha carga en la Unión Europea. Se apunta a la contabilidad como una de las áreas fundamentales en las que se puede reducir la carga administrativa de las empresas en la Unión. .. / .. Las microentidades deben tener en cuenta los ingresos y gastos del ejercicio, con independencia de la fecha de recepción o pago de tales ingresos o gastos. No obstante, el cálculo de los gastos contabilizados durante el ejercicio pero relativos a un ejercicio posterior y de los ingresos percibidos antes de la fecha de cierre del balance pero imputables a un ejercicio posterior puede representar una carga importante para las microentidades. Por consiguiente, debe permitirse a los Estados miembros que eximan a las microentidades del cálculo y de la presentación de esas partidas únicamente en la medida en que tal exención se refiera a gastos que no sean ni los costes de materias primas y bienes consumibles, las correcciones de valor, los gastos de personal ni los impuestos. Puede reducirse así la carga administrativa que representa el cálculo de balances relativamente pequeños © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME. 1 PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.1Concepto e importancia de la PYME en la UE DIRECTIVA 2012/6/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 14 de marzo de 2012 Artículo 1.bis (Añadido a la 4ª Directiva) Los Estados miembros podrán establecer exenciones de algunas de las obligaciones previstas en la presente Directiva con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 para las sociedades que, en la fecha de cierre del balance, no superen los límites de dos de los tres criterios siguientes (microentidades): a) total del balance: 350 000 EUR; b) importe neto del volumen de negocios: 700 000 EUR; c) número medio de empleados durante el ejercicio: 10. Los Estados miembros podrán eximir a las sociedades a que se refiere el apartado 1 de alguna o de todas las obligaciones siguientes: la obligación de presentar las “Cuentas de regularización” del activo y las “Cuentas de regularización” del pasivo con arreglo a los artículos 18 y 21; .. / .. la obligación de elaborar una Memoria (.. / ..); la obligación de elaborar un informe anual (.. / ..); la obligación de publicar las cuentas anuales (.. / ..). © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.2 Las PYMES en el IASB En el año 2009 el IASB publicó la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES). Los objetivos del IASB son: Desarrollar, buscando el interés público, un único conjunto de normas contables de carácter global que sean de alta calidad, comprensibles y de cumplimiento obligatorio, que requieran información de alta calidad, transparente y comparable en los estados financieros y en otra información financiera, para ayudar a los participantes en los mercados de capitales de todo el mundo, y a otros usuarios, a tomar decisiones económicas. Promover el uso y la aplicación rigurosa de esas normas. Cumplir con los objetivos antes citados, teniendo en cuenta, cuando sea necesario, las necesidades especiales de las pequeñas y medianas entidades y de economías emergentes. Llevar a la convergencia entre las normas contables nacionales, las Normas Internacionales de Contabilidad y las NIIF, hacia soluciones de alta calidad. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.2 Las PYMES en el IASB Las pequeñas y medianas entidades son entidades que: no tienen obligación pública de rendir cuentas, y publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Son ejemplos de usuarios externos los propietarios que no están implicados en la gestión del negocio, los acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación crediticia. Una entidad tiene obligación pública de rendir cuentas si: sus instrumentos de deuda o de patrimonio se negocian en un mercado público o están en proceso de emitir estos instrumentos para negociarse en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado fuera de la bolsa de valores, incluyendo mercados locales o regionales), o una de sus principales actividades es mantener activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros. Este suele ser el caso de los bancos, las cooperativas de crédito, las compañías de seguros, los intermediarios de bolsa, los fondos de inversión y los bancos de inversión. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.2 Las PYMES en el IASB Un conjunto completo de estados financieros de una entidad incluirá todo lo siguiente: Un estado de situación financiera a la fecha sobre la que se informa. Una u otra de las siguientes informaciones: Un solo estado del resultado integral para el periodo sobre el que se informa que muestre todas las partidas de ingresos y gastos reconocidas durante el periodo incluyendo aquellas partidas reconocidas al determinar el resultado (que es un subtotal en el estado del resultado integral) y las partidas de otro resultado integral, o Un estado de resultados separado y un estado del resultado integral separado. Si una entidad elige presentar un estado de resultados y un estado del resultado integral, el estado del resultado integral comenzará con el resultado y, a continuación, mostrará las partidas de otro resultado integral. Un estado de cambios en el patrimonio del periodo sobre el que se informa. Un estado de flujos de efectivo del periodo sobre el que se informa. Notas, que comprenden un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME. 1 PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.3 Las obligaciones contables en España. Límites establecidos por la legislación española Trabajadores Cifra de negocio Total Activo Microempresas < 10 < 2.000.000 € < 1.000.000 € PGC para PYMES PYME < 50 < 5.700.000 € < 2.850.000 € Balance abrev. < 50 < 5.700.000 € < 2.850.000 € PGC P&G abreviada < 250 < 22.800.000 € < 11.400.000 € NoFCAC (tamaño) < 250 < 22.800.000 € < 11.400.000 € Cumplir dos de los límites durante dos ejercicios © Velasco Galindo Consultores, S.L.

Límites establecidos por la legislación española PGC para PYMES. Tema 1. ¿Qué es una PYME? 1.3 Las obligaciones contables en España. Límites establecidos por la legislación española Trabajadores Cifra de negocio Total Activo Microempresas 1 < 10 < 2.000.000 € < 1.000.000 € PYME < 50 < 5.700.000 € < 2.850.000 € Balance abrev. < 50 < 5.700.000 € < 2.850.000 € Pequeña (UE) < 50 < 10.000.000 € < 10.000.000 € 2 P&G abreviada < 250 < 22.800.000 € < 11.400.000 € Mediana (UE) < 250 < 50.000.000 € < 43.000.000 € 2 1 Idénticos límites considerados por la UE, pero con diferentes formas de evaluación. 2 Los límites en la Recomendación se evalúan de forma diferente. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 2. Contenido del PGC de PYMES 2 PGC para PYMES. Tema 2. Contenido del PGC de PYMES 2.1 Ámbito de aplicación del PGC de PYMES ¿Quiénes pueden aplicar el PGC de PYMES? (Art. 2) Quienes cumplan dos de los tres límites de tamaño durante dos ejercicios consecutivos: En el primer ejercicio se computará al cierre del mismo (¿?). Si la empresa forma parte de un grupo, se considerará los datos del conjunto de las entidades que conformen el grupo. No podrán aplicarlo, aun cumpliendo los criterios anteriores, cuando: Hayan emitido valores admitidos a negociación en mercados regulados. Formen parte de un grupo de sociedades que formule o debiera haber formulado cuentas anuales consolidadas (¿?). Su moneda funcional sea distinta del euro. Se trate de entidades financieras que capten fondos del público asumiendo obligaciones respecto a los mismos y las entidades que asuman la gestión de las anteriores. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 2. Contenido del PGC de PYMES 2 PGC para PYMES. Tema 2. Contenido del PGC de PYMES 2.1 Ámbito de aplicación del PGC de PYMES ¿Quiénes pueden aplicar los criterios específicos para microempresas del PGC de PYMES? (Art. 4) Quienes cumplan dos de los tres límites de tamaño durante dos ejercicios consecutivos: En el primer ejercicio se computará al cierre del mismo (¿?). Si la empresa forma parte de un grupo, se considerará los datos del conjunto de las entidades que conformen el grupo. A estos efectos el importe de los activos deberá incrementarse por el importe de los compromisos financieros pendientes por las operaciones de arrendamiento financiero. No podrán aplicarlo (por analogía), aun cumpliendo los criterios anteriores, cuando: Hayan emitido valores admitidos a negociación en mercados regulados. Formen parte de un grupo de sociedades que formule o debiera haber formulado cuentas anuales consolidadas (¿?). Su moneda funcional sea distinta del euro. Se trate de entidades financieras que capten fondos del público asumiendo obligaciones respecto a los mismos y las entidades que asuman la gestión de las anteriores. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 2. Contenido del PGC de PYMES Como indica la introducción del PGC de Pymes, éste tiene un carácter complementario del PGC, el mismo sigue la misma estructura del PGC: Primera Parte. Marco conceptual de la Contabilidad. Mantiene la misma estructura y contenido que el PGC Segunda Parte. Normas de Registro y Valoración para Pequeñas y Medianas Empresas. Se han eliminado los siguientes aspectos, por considerar que no serán operaciones habituales de las PYMES: Fondo de comercio. Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta. Instrumentos financieros compuestos. Derivados que tengan como subyacente inversiones en instrumentos de patrimonio no cotizados cuyo valor razonable no pueda ser determinado con fiabilidad. Contratos de garantía financiera. Fianzas entregadas y recibidas. .. / .. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 2. Contenido del PGC de PYMES Segunda Parte. Normas de Registro y Valoración para Pequeñas y Medianas Empresas. Se han eliminado los siguientes aspectos, por considerar que no serán operaciones habituales de las PYMES: .. / .. Coberturas contables. Conversión de las cuentas anuales a la moneda de presentación (carecería de sentido su incorporación dado que sólo se utiliza en caso de moneda funcional distinta a la moneda de presentación, habiéndose establecido como requisito para utilizar este Plan General de Contabilidad de PYMES que la moneda funcional de la empresa sea el euro). Pasivos por retribuciones a largo plazo al personal. Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio. Combinaciones de negocios. Operaciones de fusión, escisión y aportaciones no dinerarias de un negocio entre empresas del grupo Se han reducido de 6 a 3 la tipología de activos financieros: Activos financieros a coste amortizado. Activos financieros mantenidos para negociar. Activos financieros a coste (básicamente inversión en participadas). © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 2. Contenido del PGC de PYMES Segunda Parte. Normas de Registro y Valoración para Pequeñas y Medianas Empresas. Impacto de los criterios específicos para microempresas: Arrendamientos financieros. Excepto cuando afecten a activos no amortizables (terrenos, y solares típicamente) Las cuotas se recogerán como gatos del ejercicio. No se reconocen activos ni pasivos. A la finalización del contrato se registrará el activo por el precio de la opción de compra. Se informará en las cuentas anuales de los contratos de arrendamiento financiero (¿?). Impuesto sobre beneficios. El gatos por impuesto sobre beneficios se reconoce por el importe de las liquidaciones fiscales. Se informará en la memoria de las diferencias entre las bases imponibles y el resultado, las bases imponibles negativas e incentivos fiscales pendientes de aplicar y cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 2. Contenido del PGC de PYMES Tercera Parte. Cuentas Anuales. Los documentos que integran las cuentas anuales son: El Balance. La Cuenta de Pérdidas y Ganancias. El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto. La Memoria. Posibilidad de incorporar el Estado de Flujos de Efectivo (aplicación del PGC). Los modelos son muy similares a los de cuentas abreviadas del PGC eliminando los aspectos que se han omitido en la Parte Segunda. Cuarta Parte. Cuadro de Cuentas En relación con el PGC, la novedad más significativa es la supresión de los grupos 8 y 9 que dan cabida a los gastos e ingresos imputados al patrimonio neto, que han sido eliminados teniendo en cuenta la poca habitualidad de las situaciones contempladas en los mismos en el ámbito de las PYME. No obstante, se establecen en el PGC PYME los movimientos para las subvenciones, donaciones y legados recibidos de terceros, que será la operación específica que para las pequeñas y medianas empresas tendrá un movimiento que se reflejará directamente en las cuentas de patrimonio. Así el PGC PYME contempla la repercusión contable tanto a su obtención como a su traspaso a la cuenta de pérdidas y ganancias y el efecto impositivo asociado a ellas. Quinta Parte. Definiciones y Relaciones contables. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes OJO Grupos de empresas Actividades financieras Empresas con títulos cotizados ¿ PGC? Cualquier Empresa o empresario PGC normal RD 1514/2007 Ningún PGC Obligaciones contables - fiscales PGC Pymes RD 1515/2007 3 AÑOS < 50 Trabajadores < 5,7 M€ ingresos < 2,85 M€ balance Empresarios individuales PGC Pymes RD 1515/2007 Microempresas < 10 Trabajadores < 2 M€ ingresos < 1 M€ balance © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes Abandono del PGC y aplicación del PGC PYME. Este caso nunca será obligatorio, puesto que el PGC PYME es de aplicación voluntaria para la empresa. El primer ejercicio en el que una empresa deje de aplicar el PGC y lo sustituya por el PGC PYME, tendrá en cuenta los siguientes aspectos y normas: Realizará esta aplicación de forma retroactiva, cancelándose al inicio de dicho ejercicio los ajustes por cambios de valor que figuren en el patrimonio neto con cargo o abono a las partidas de los instrumentos financieros que hubieran originado los citados ajustes. En las primeras cuentas anuales que se formulen aplicando el PGC PYME, la empresa creará en la memoria un apartado con la denominación “Aspectos derivados de la transición al Plan General de Contabilidad de PYME”, en el que se incluirá una explicación de las principales diferencias entre los criterios contables aplicados en el ejercicio anterior y los actuales, así como la cuantificación del impacto que produce esta variación de criterios contables en el patrimonio neto de la empresa. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes Abandono del PGC y aplicación del PGC PYME. La Sociedad A ha decidido dejar de aplicar el PGC con efectos 1 de enero de 2013. Entres su activos contabilizó una inversión en acciones de las Sociedad Zyz (35% de la misma) como “activos financieros disponibles para la venta”. El coste de estos títulos era de 750.000 €. En 2012 se comenzó una negociación para la venta de esta sociedad a un Fondo de Inversión, por tal motivo se determinó un valor razonable de 1.250.000 €, que se reconoció en libros al cierre de 2012 (tipo impositivo de la sociedad 30%). En marzo de 2013 se completó la venta de la sociedad y se recibió un pago en efectivo de 1.400.000 €, de este importe 400.000 € quedaron depositados en una escrow account con vencimiento el 31-12-2016, en garantía de los posibles riesgos y pasivos de la operación. Esta cuenta se irá reduciendo en 100.000 € cada final de año (esto es el 31-12 de 2013, 14, 15 y 16), la misma devenga un interés del 5% que quedará a favor del vendedor y se retirará con el último plazo, esto es el 31-12-2016. Contabilizar las operaciones en la Sociedad A: La clasificación como activo disponible para la venta de las acciones en 2012. Reconocimiento del valor razonable al 31-12-2012. Ajuste al inicio del ejercicio 2013 por el cambio de plan. Realización de la venta en marzo de 2013. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes CUENTAS CARGOS ABONOS La clasificación como activo disponible para la venta de las acciones en 2012 581 Inversiones con vinculadas d.p.v. 750.000 2404 Participaciones l/p empresas asociadas 750.000 Reconocimiento del valor razonable al 31-12-2012. Incremento de valor (1.250.000 – 750.000 = 500.000) 581 Inversiones con vinculadas d.p.v. 500.000 960 Beneficios activos d.p.v. 500.000 Efecto impositivo (30% s/ 500.000 = 150.000) 8301 Impuesto diferido 150.000 479 Pasivos por diferencias temporarias 150.000 Cierre grupos 8 y 9 960 Beneficios activos d.p.v. 500.000 8301 Impuesto diferido 150.000 133 Ajustes valoración activos d.p.v. 350.000 © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes CUENTAS CARGOS ABONOS Ajuste al inicio del ejercicio 2013 por el cambio de plan. 5304 Participaciones l/p empresas asociadas 750.000 133 Ajustes valoración activos d.p.v. 350.000 479 Pasivos por diferencias temporarias 150.000 581 Participaciones l/p empresas asociadas 1.250.000 2.3 Activos financieros a coste En esta categoría se clasificarán las inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas, tal como éstas se definen en la norma 11.ª de elaboración de las cuentas anuales, y los demás instrumentos de patrimonio salvo que a estos últimos les sea aplicable lo dispuesto en el apartado 2.2 anterior. ../.. 2.3.2 Valoración posterior Las inversiones en instrumentos de patrimonio incluidos en esta categoría se valorarán por su coste, menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes CUENTAS CARGOS ABONOS Realización de la venta en marzo de 2013. Reconocimiento de la venta 572 Bancos 1.000.000 258 Imposiciones a l/p 300.000 548 Imposiciones a c/p 100.000 5304 Participaciones l/p empresas asociadas 750.000 7661 Beneficios en participaciones asociadas 650.000 Devengo de los ingresos financieros (5% * 400.000 €) 258 Imposiciones a l/p 20.000 76213 Intereses créditos c/p otras empresas 20.000 Cobro y reclasificación de largo a corto 572 Bancos 100.000 548 Imposiciones a c/p 100.000 258 Imposiciones a l/p 100.000 © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes Abandono del PGC PYME y aplicación del PGC. La empresa podría dejar de aplicar el PGC PYME de forma voluntaria u obligatoria (en el segundo caso, por ejemplo, por dejar de cumplir los requisitos cuantitativos). Al inicio del primer ejercicio en el que la empresa deje de aplicar el PGC PYME, incluidos, en su caso, los criterios de registro y valoración específicos para microempresas, tendrá en cuenta los siguientes aspectos y normas: El PGC se aplicará de forma retroactiva, debiendo registrarse todos los activos y pasivos cuyo reconocimiento exige el Plan General de Contabilidad. La contrapartida de los ajustes que deban realizarse será una partida de reservas salvo que, de acuerdo con los criterios incluidos en la segunda parte del Plan General de Contabilidad, deban utilizarse otras partidas del patrimonio neto. En las primeras cuentas anuales que se formulen aplicando el Plan General de Contabilidad se creará en la memoria un apartado específico con la denominación “Aspectos derivados de la transición al Plan General de Contabilidad”, en el que se incluirá una explicación de las principales diferencias entre los criterios contables aplicados en el ejercicio anterior y los actuales, así como la cuantificación del impacto que produce esta variación de criterios contables en el patrimonio neto de la empresa. Así, la empresa debe realizar un proceso de ajuste desde un balance de cierre según el PGC PYME a un balance de apertura según el PGC, ajustando las diferencias que pudieran aparecer a través de reservas u otras partidas del patrimonio neto © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes Abandono de los criterios de la microempresa. El caso de abandonar los criterios de la microempresa se producirá de forma voluntaria (ya que es un régimen de aplicación opcional) u obligatoria (por superarse los criterios cuantitativos). Y podrá producirse tanto por el paso a la aplicación del PGC o del PGC PYME, siendo éste segundo caso el que se desarrolla a continuación. Al inicio del primer ejercicio en el que una empresa deje de aplicar los criterios específicos de microempresa y aplique en los acuerdos de arrendamiento financiero y otros de naturaleza similar y en el Impuesto sobre Beneficios los contenidos del PGC PYME, deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: Realizará esta aplicación de forma retroactiva, debiendo registrar todos los activos y pasivos cuyo reconocimiento exige el PGC PYME. La contrapartida de los ajustes que deban realizarse será una partida de reservas salvo que, de acuerdo con los criterios incluidos en la segunda parte del Plan General de Contabilidad de las PYME, deban utilizarse otras partidas del patrimonio neto. En las primeras cuentas anuales que se formulen abandonando los criterios específicos aplicables por las microempresas, la empresa creará en la memoria un apartado con la denominación “Aspectos derivados del abandono de los criterios específicos aplicables por las microempresas”, en el que se mencionarán las diferencias entre los criterios contables específicos de las microempresas aplicados en el ejercicio anterior y los actuales, así como la cuantificación del impacto que produce esta variación de criterios contables en el patrimonio neto de la empresa. En caso de que resulte de aplicación el PGC, se seguirá lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes Abandono de los criterios de la microempresa. La Sociedad A, por dejar de cumplir los límites legales, debe dejar de aplicar los criterios de microempresas del PGC de Pymes con efectos 1 de enero de 2013. El primer ejercicio social fue el año 2010. El 1 de junio de 2010 adquirió su maquinaria de producción mediante un contrato de arrendamiento financiero. El cuadro siguiente resume la operación realizada. La vida útil de la maquinaria es de 15 años. Al cierre del ejercicio 2012 la sociedad contaba con bases imponibles negativas pendientes de compensación por el impuesto de beneficios de 750.000 € (tipo impositivo del 30%)1 la sociedad obtuvo beneficios en 2012 y prevé que los obtendrá en años futuros que permitirán la compensación en un plazo no superior a 3 años. Contabilizar las operaciones de ajuste el 1 de enero de 2013 por la transición de los criterios de microempresas del PGC de Pymes a los criterios normales del referido plan. Nota 1: Las cuotas de arrendamiento financiero son deducibles fiscalmente en su integridad. DETALLE DE LAS CUOTAS   Ejercicio Cuotas Pagos Principal Intereses Coste 750.000,00 € Año 2010 7 90.773,09 € 59.058,74 € 31.714,35 € Plazo 6 años Año 2011 12 155.611,01 € 107.433,60 € 48.177,41 € Cuota mensual 12.967,58 € Año 2012 115.773,95 € 39.837,06 € Interes 7,50% Año 2013 124.761,78 € 30.849,23 € Año 2014 134.447,36 € 21.163,65 € Año 2015 144.884,86 € 10.726,15 € Año 2016 5 64.837,92 € 63.639,72 € 1.198,20 € TOTAL 72 933.666,06 € 183.666,06 € © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes Abandono de los criterios de la microempresa. Arrendamiento financiero. Microempresas PYME Ejercicio Gasto explotación Gasto D. Amor. VN Activo Gasto D. Amort. Gasto Fin. Año 2010 90.773,09 €   29.166,67 € 31.714,35 € 720.833,33 € Año 2011 155.611,01 € 50.000,00 € 48.177,41 € 670.833,33 € Año 2012 39.837,06 € 620.833,33 € Año 2013 30.849,23 € 570.833,33 € Año 2014 21.163,65 € 520.833,33 € Año 2015 10.726,15 € 470.833,33 € Año 2016 51.870,34 € 720,42 € 12.247,16 € 1.198,20 € 420.833,33 € Año 2017 1.440,84 € 10.806,32 € 370.833,33 € Año 2018 9.365,48 € 320.833,33 € Año 2019 7.924,63 € 270.833,33 € Año 2020 6.483,79 € 220.833,33 € Año 2021 5.042,95 € 170.833,33 € Año 2022 3.602,11 € 120.833,33 € Año 2023 2.161,26 € 70.833,33 € Año 2024 20.833,33 € Año 2025 0,00 € TOTAL 920.698,48 € 12.967,58 € 750.000,00 € 183.666,06 € 933.666,06 € Fin 2012 401.995,11 € 129.166,67 € 119.728,83 € 248.895,50 € © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 3. El cambio entre Planes CUENTAS CARGOS ABONOS Reconocimiento del activo material 213 Maquinaria 750.000,00 2813 Amortización Acumulada maquinaria 129.166,67 174 Acreedores arrendamiento financiero l/p 342.971,94 524 Acreedores arrendamiento financiero c/p 124.761,78 1149 Reservas especiales (cambio PGC) 153.099,61 Pago principal arrendamiento financiero 282.266,28 Amortización acumulada (129.166,67) Diferencia (reserva reconocida) 153.099,61 Gastos reconocidos en contabilidad 401.995,11 Gastos según PGC Pymes normal (248.895,50) Pasivo fiscal asociado al reconocimiento del activo material. (30%). 1149 Reservas especiales (cambio PGC) 45.929,88 479 Pasivos por diferencias temporarias 45.929,88 Reconocimiento activo fiscal por bases imponibles negativas. 4745 Crédito por pérdidas a compensar 225.000 1149 Reservas especiales (cambio PGC) 225.000 © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 4. Las CCAA del PGC de PYMES Contenido de las CCAA de PYMES. El PGC mantiene modelos abreviados de cuentas anuales, con formatos y desgloses muy similares a los recogidos para el PGC PYME, aunque presentan algunas diferencias, sobre todo en el estado de cambios en el patrimonio neto, que en el PGC PYME se compone de un solo documento y en el modelo abreviado del PGC contiene dos. Las cuentas anuales de las empresas, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad de las PYME, se componen de: Balance. Cuenta de pérdidas y ganancias. Estado de cambios en el patrimonio neto. Memoria. Adicionalmente, y de forma voluntaria, las PYME podrán añadir un estado de flujos de efectivo, según lo establecido en el Plan General de Contabilidad y no el PGC PYME, puesto que no regula su elaboración. Objetivo de las cuentas anuales: La aplicación sistemática y regular de los requisitos, principios y criterios contables tiene como objetivo que las cuentas anuales muestren la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa. © Velasco Galindo Consultores, S.L.

PGC para PYMES. Tema 4. Las CCAA del PGC de PYMES Características de la formulación de las cuentas anuales. Se elaborarán con una periodicidad de doce meses, salvo en los casos de constitución, modificación de la fecha de cierre del ejercicio social o disolución. Deben presentarse utilizando los formatos obligatorios que establece el PGC PYME. Deberán ser formuladas por el empresario o los administradores, quienes responderán de su veracidad, en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el cierre del ejercicio. Expresarán la fecha en que se hubieran formulado y deberán ser firmadas por el empresario, por todos los socios ilimitadamente responsables por las deudas sociales, o por todos los administradores de la sociedad; si faltara la firma de alguno de ellos, se hará expresa indicación de la causa, en cada uno de los documentos en que falte. Deberán estar identificados, indicándose de forma clara y en cada uno de dichos documentos su denominación, la empresa a que corresponden y el ejercicio al que se refieren. Se elaborarán expresando sus valores en euros. © Velasco Galindo Consultores, S.L.