EJERCICIO DE LAS PROFESIONES DE SALUD

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Transcripción de la presentación:

EJERCICIO DE LAS PROFESIONES DE SALUD Dr. Rubén Yujra

Odontología y sus Objetivos: Odontos: diente. Logos. Tratado La odontología es una ciencia y un arte: El estudio de los dientes y el tratamiento de sus dolencias (Real Academia de Ciencias)

Objetivos de la odontología La curación Prevenir Rehabilitación “La odontología es la ciencia y el arte que tiene por objeto el curar, prevenir y rehabilitar las enfermedades de los dientes”

Hoy se considera que el objeto de su estudio no solo son los dientes sino la cavidad oral entera incluidos los maxilares ESTOMATOLOGIA

Definición de Odontólogo “Es odontólogo el que despues de haber sido admitido en una Facultad de Odontologia de su pais y haber seguido y superado el periodo formativo, queda capacitado por si solo para llevar a cabo las actividades de prevencion , diagnostico, tratamiento y rehabilitacion en el campo de las enfermedades de los dientes , de la boca, de los maxilares y tejidos anexos.

Ejercicio legal: Requisitos. Titulo académico. Servicio Social de Salud Rural obligatorio Titulo en Provisión nacional Matricula Ministerio de Salud. Colegiatura.(Obligatoria) NIT. Artículos 125. 132 Código de Salud

Competencias Profesionales del Odontólogo El Profesional Universitario o Profesionista. Una profesión universitaria responsabiliza a quien la ejerce de dar respuesta tanto a las exigencias de su propio trabajo, como a las necesidades sociales relacionadas con su campo de acción. Esta capacidad se logra por medio de una preparación en la calidad y en la cobertura

Competencias Profesionales del Odontólogo “Las competencias profesionales definen el ejercicio eficaz de las capacidades que permiten el desempeño de una ocupación respecto a los niveles requeridos en el empleo” Es algo mas que.. Saber y el saber hacer. Es también un conjunto de comportamientos, facultad de analisis, toma de decisiones y transmisión de información, etc. considerados necesarios para el pleno desempeño de la ocupación

Competencias Profesionales del Odontólogo FDI plantean las competencias clínicas esenciales a partir de estas 6 categorías o ámbitos de desempeño. A. Valoración y Diagnóstico del Examen del Paciente. B. Comunicación y Educación del Paciente. C. Ética y Jurisprudencia. D. Tratamiento E. Emergencias Médicas F. Práctica Gerencial

Competencias Profesionales del Odontólogo Anamnesia y exploraciones Definición de problemas y formulación de hipótesis Procedimientos Gestión clínica Identificación y evaluación de pacientes Tratamiento de situaciones clínicas especificas Factores psicológicos Evaluación de riesgos y promoción de la salud Comunicación y colaboración entre colegas Comunicación interpersonal Mantenimiento de competencias profesionales Ética valores y aspectos legales

Código de salud Articulo 125. Para el ejercicio de la medicina, la odontología, la farmacia y bioquímica, la educación sanitaria, la enfermería, nutrición, veterinaria, y otros dentro del campo de la salud publica, con formación académica universitaria, requieren del titulo en provisión nacional, el que para su control debe estar inscrito ante la autoridad de salud y en los colegios profesionales correspondientes cuando estos existan, previos los requisitos administrativos establecidos.

Código de salud Articulo 126. La autoridad de salud esta facultada par el control del ejercicio de las profesiones de salud. Articulo 127. Ningún profesional podrá anunciarse y ejercer como especialista sin antes haberse registrado en esta calidad ante la autoridad de salud , la que compulsara los estudios realizados con el reglamento correspondiente.

Código de salud Articulo 128. Se prohíbe el ejercicio simultaneo por una misma persona de las profesiones en el campo de las ciencias de la salud con actividades relacionadas con aspectos de comercialización.

Código de salud Capitulo III Art. 132 .Se establece el Servicio Social de Salud Rural Obligatorio para los profesionales de la salud en las carreras de medicina , odontología y enfermería en sustitución del Año de provincia, como requisito previo a la obtención del titulo en provisión nacional

EJERCICIO ILEGAL Incurre en ejercicio ilegal no solamente la persona que no cuenta con titulo o autorización, sino también quienes teniéndolo lesionan el interés jurídico del país.

Art 218 del Código Penal dice: ARTICULO 218.- (EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA): Será sancionado con reclusión de tres meses a dos años o multa de treinta a cien días: El que sin título ni autorización ejerciere una profesión médica, sanitaria o análoga. El que con título o autorización anunciare o prometiere la curación de enfermedades a término fijo o por medios secretos o infalibles. El que con igual título o autorización prestare su nombre a otro que no lo tuviere, para que ejerza las profesiones a que se refiere el inciso 1). El que efectuare intervención quirúrgica o tratamiento médico innecesarios.

Formas del ejercicio ilegal CURANDERISMO: Es el delito cometido por una persona que sin capacidad reconocida oficialmente ejerce el arte de curar. Sus elementos constitutivos: 1. El autor. a) El que sin titulo. b) Ni autorización. 2.El acto. c) Ejerce una profesión medica o análoga

Formas del ejercicio ilegal CHARLATANISMO: Explota la pena de los enfermos. 1. El autor. a) “El que con titulo… b) ..o autorizacion. 2. El acto. c) anunciare o prometiere la curacion de enfermedades a termino fijo o por medios secretos infalibles”

Formas del ejercicio ilegal CESIÓN DE NOMBRE (DIPLOMA): 1. EL AUTOR: “ El que con igual titulo o autorizacion… 2. EL ACTO …prestare su nombre a otro que no lo tuviere, para que ejerza las profesiones a que se refiere el inciso 1) (profesion medica sanitaria o analoga). Hay suplantación de persona.

Formas del ejercicio ilegal TRATAMIENTO INNECESARIO: “El que efectuare intervencion quirurgica o tratamiento medico innecesario”. Es la comercialización de la medicina, mas factible en las intervenciones quirúrgicas innecesarias, a fin de cobrar mas.

RESPONSABILIDAD MEDICA Es la obligación que tiene toda persona que ejerce una rama del arte de curar de responder ante la justicia por los daños ocasionados durante el ejercicio de la profesión. La responsabilidad medica es la obligación para los médicos de sufrir las consecuencias de ciertas faltas por ellos cometidas en el ejercicio de su arte, faltas que pueden comportar una doble acción civil o penal. (LA CASSAGNE)

RESPONSABILIDAD MEDICA Sabemos que toda persona esta obligada a responder por el daño a un tercero. CAPÍTULO I RESPONSABILIDAD CIVIL ARTICULO 87.- (RESPONSABILIDAD CIVIL): Toda persona responsable penalmente, lo es también civilmente y está obligada a la reparación de los daños materiales y morales causados por el delito.

RESPONSABILIDAD MEDICA Criterios de la Responsabilidad Medica: Teoría de la NO Responsabilidad Medica a. Idoneidad avalada por el diploma, por lo que si ha sido la universidad la encargada de evaluar una capacidad que no debe ser discutida. b. Dificultad técnica para apreciar los actos médicos. c. Estancamiento de los conocimientos.

RESPONSABILIDAD MEDICA Criterios de la Responsabilidad Medica: 2. Teoría de la Responsabilidad Medica. Es una forma de responsabilidad profesional. El daño debe ser reparado aunque no medie intención. Falta de intención por: imprudencia, impericia, negligencia.

Formas de Responsabilidad Medica DOLO. Intención de causar un perjuicio. ARTICULO 14: (DOLO).- Actúa dolosamente el que realiza un hecho previsto en un tipo penal con conocimiento y voluntad. Para ello es suficiente que el autor considere seriamente posible su realización y acepte esta posibilidad. (Código Penal). Ejemplo. Homicidio común (acto ajeno a la profesión). Aborto, actos delictuosos aprovechando la profesión medica.

Formas de responsabilidad medica CULPA. Falta de precisión de un hecho previsible, por imprudencia, impericia o negligencia. ARTICULO 15.- (CULPA).- Actúa culposamente quien no observa el cuidado a que está obligado conforme a las circunstancias y sus condiciones personales y, por ello: No toma conciencia de que realiza el tipo legal. Tiene como posible la realización del tipo penal y, no obstante esta previsión. lo realiza en la confianza de que evitará el resultado. (Código Penal)

RESPONSABILIDAD MEDICA Imprudencia. Precipitación , Sin criterio. Sin sentido. Es el obrar sin cautela irrespetar pautas del sentido común. Impericia. Ignorancia de algo que se debe saber. Es la falta de conocimiento, de actitud y respeto a una norma científica y a una norma técnica. El caso de los empíricos que se les puede complicar cualquier situación de estas por impericia. Negligencia. Abandono por falta de celo profesional. Es postergar injustificadamente la realización de una acción debida y el incumplimiento a normas reglamentarias, a normas de la profesión en las cuales se valora cada ente, cada tratamiento.

1- Práctica odontológica adecuada: sería por: Iatrogenia. Cuando el daño que se produce es inherente al tratamiento conservando obviamente las normas del sentido común, las normas científicas, etc. Accidentalmente si hay cosas que pueden resultar imprevistas en determinado momento, accidentalmente un paciente puede producir una falla cardiaca y no habría responsabilidad por mala práctica. Por una complicación en las cuales aún conservando las normas del sentido común, las normas técnicas y científicas se podría complicar, se le puede complicar hasta al mejor cirujano.

DELITO 2 medios de prueba: 2- Práctica odontológica inadecuada. RESPONSABILIDAD PENAL DOLOSA CULPOSA Imprudencia. Impericia. Negligencia. DELITO 2 medios de prueba: TESTIMONIAL los testimonios, la mala relación odontólogo-paciente, la confesión, PERICIAL: La inspección por parte de la autoridad, La peritación, Los documentos, La historia clínica ( cobran importancia en los casos de denuncia por responsabilidad profesional.