LA CONVENCION “BELEM DO PARA” Y LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO ARGENTINO

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Transcripción de la presentación:

LA CONVENCION “BELEM DO PARA” Y LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO ARGENTINO Su alcance dentro del Derecho Interno del país (segunda parte) María Belén Alemís Donato

CODIGO PROCESAL PENAL DEL CHACO 6 BIS INC 3 (REGLAS DE DISPONIBILIDAD) INDISPONIBILE 413 INC. 3 EN JUEGO EL INTERÉS DE UN MENOR VISTA A ASESORIA DE MENORES 417 BIS IMPROCEDENTE 417 TER IMPROCEDENTE REGLAS DISPONIBILIDAD JUICIO ABREVIADO CONCILIACION PENAL SUSPENSION DEL JUICIO A PRUEBA

ANTE EL MALTRATO TODOS TENEMOS QUE ACTUAR La Omisión puede generar: Responsabilidad personal: Administrativa-Penal-Civil Responsabilidad estatal: Interna e Internacional

FEMICIDIO Y FEMINICIDIO Conceptos Precedentes en el sistema Interamericano: la sentencia Campo Algodonero Tipificación en Argentina

Primer Tribunal de Crímenes contra las Mujeres (Bruselas, 1976): Fuente: Amnistía Internacional / Museo de Memoria y Tolerancia 7, 14, 21 y 28 de octubre de 2015 Mtra. Anja Rivara Ontiveros término femicide en la literatura: A Satirical View of London (John Corry,1801) para denominar el asesinato de una mujer. Primer Tribunal de Crímenes contra las Mujeres (Bruselas, 1976): Diane Russell: utiliza el término en una ponencia sobre esta forma extrema de violencia contra las mujeres

Russell - Caputi (Speaking the Unspeakable, 1990): «es el asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad de las mujeres» Russell-Radford (Femicide: The Politics of Woman Killing, 1992): «representa el extremo de un continuum de terror anti-femenino que incluye una amplia variedad de abusos verbales y físicos (violación, tortura, esclavitud sexual, golpizas físicas y emocionales, mutilación genital, negación de comida para mujeres en algunas culturas, etc.) que cuando resultan en muerte se convierten en feminicidios».

Es un concepto político No un hecho aislado Es un concepto político visibilizar la posición de subordinación, desigualdad, marginalidad y riesgo en el que están mujeres por ser mujeres

El feminicidio es un crimen de Estado”. femicide como femicidio, significa el asesinato de una mujer. (Marcela Lagarde) “feminicidio” para añadirle la dimensión política… RESPONSABILIDAD ESTATAL “Se trata de una fractura del Estado de Derecho que favorece la impunidad. El feminicidio es un crimen de Estado”.

El genocidio contra mujeres Condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados violentos (contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de niñas y mujeres) Concurren el silencio, la omisión, la negligencia y la colusión parcial o total de las autoridades (…) su ceguera de género o sus prejuicios sexistas y misóginos sobre las mujeres. Tienen en común que las mujeres son usables, prescindibles, maltratables y desechables. Coinciden en su infinita crueldad y son, de hecho, crímenes de odio contra las mujeres.

Otras clasificaciones

CASO “CAMPO ALGODONERO” (Caso González y otras ) vs México (16. 11 Asesinato sistemático de Mujeres en Ciudad Juárez a partir de 1993: Mujeres jóvenes; de origen humilde; trabajadoras, empleadas, estudiantes. Secuestro – cautiverio - abuso sexual – tortura – asesinato – abandono de cuerpos. Impunidad y negligencia por parte de las autoridades. En noviembre 2001 se hallaron 8 cadáveres de mujeres en un campo algodonero. Claudia Ivette González (20 años) Laura Berenice Ramos Monárrez (17 años) Esmeralda Herrera Monreal (15 años)

Sentencia condenatoria al Estado mexicano Reconoce que la violencia contra las mujeres en Ciudad Juárez es una violación estructural de los derechos humanos de la cual el Estado mexicano es responsable. Violó los derechos la vida, integridad personal y libertad personal - Convención Americana de Derechos Humanos Vulneró principio de la debida diligencia y los derechos de acceso a la justicia y protección judicial – Convención Belém do Pará

La Corte dispone medidas que deberá llevar a cabo el Estado Mexicano: Conducir eficazmente el proceso penal Investigar y en su caso sancionar a los funcionarios/as acusados de irregularidades Estandarizar protocolos Capacitación a funcionarios/as Campañas dirigidas a la población Indemnización a familiares de las víctimas Publicar la sentencia Levantar un monumento a las víctimas Reconocer la responsabilidad de los hechos públicamente

Todas las personas pueden ser operadoras del discurso del derecho Rita Segato Lucha por el derecho , por la nominación, por la consagración jurídica del sufrimiento humanos Lucha por hacer valer en tribunales y en las relaciones cotidianas las palabras autorizadas por la ley Todas las personas pueden ser operadoras del discurso del derecho

EL PATRIARCADO: “CUESTION DE ESTADO” PRESERVAR LA CAPACIDAD LETAL DE LOS HOMBRES GARANTIZAR QUE LA VIOLENCIA QUE COMENTEN PERMANEZCA IMPUNE “CUESTION DE ESTADO”

MECANISMO QUE ORIGINA… EL PUNTO CIEGO DE LA LEY Y SU INHERENTE INERCIA EN EL ESTADO PATRIARCAL… FRAGILIDAD CONCEPTUAL DEL ESCRUPULO POSITIVISTA IMPRECISIÓN NOMINATIVA EN LA INDETERMINACION NORMATIVA

EN LA TIPIFICACION … FEMIGENOCIDIO HACER “FOCO” EN EL GENERO “DESPRIVATIZAR” LOS CRIMENES DE GENERO FEMINICIDIOS COMO CRIMENES CONTRA UN GENUS O CATEGORIA DE PERSONAS (INTENCION GENERICA Y NO PERSONALIZABLE)

Modelo de Protocolo Latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)

Otras clasificaciones

CODIGO PENAL ARGENTINO TITULO I DELITOS CONTRA LAS PERSONAS Capítulo I Delitos contra la vida ARTICULO 79. - Se aplicará reclusión o prisión de ocho a veinticinco años, al que matare a otro siempre que en este código no se estableciere otra pena. ARTICULO 80. - Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: 11. A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género. (inciso incorporado por art. 2° de la Ley N° 26.791 B.O. 14/12/2012)