Registros Públicos y Registros de la Propiedad Inmueble

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Transcripción de la presentación:

Registros Públicos y Registros de la Propiedad Inmueble Deber de registración y cumplimiento Sujetos Obligados Registros Públicos y Registros de la Propiedad Inmueble

Deber de informar. Sujetos obligados El deber de informar es la obligación legal que tienen los sujetos enumerados en el artículo 20 de la Ley 25.246 y modificatorias, de poner a disposición de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA la información de sus clientes. CLIENTE: Personas físicas o jurídicas con las que el sujeto obligado establece, de manera ocasional o permanente una relación contractual de carácter financiero, económico o comercial. Deberán poner a disposición de la Unidad de Información Financiera (UIF) la documentación recabada de sus clientes. Deberán poner en conocimiento de la Unidad de Información Financiera (UIF), aquellas conductas o actividades, a través de las cuales pudiere inferirse la existencia de una situación atípica que fuera susceptible de configurar un hecho u operación sospechosa, de LA/FT La Unidad de Información Financiera (UIF) determinará el procedimiento y la oportunidad a partir de la cual los sujetos obligados cumplirán ante ella el deber de informar que establece el artículo 20. inc.6):…”Los registros públicos de comercio, los organismos representativos de fiscalización y control de personas jurídicas, los registros de la propiedad inmueble,...” En caso que el sujeto obligado se trate de una persona jurídica, deberá designarse un oficial de cumplimiento por el órgano de administración a los efectos de formalizar las presentaciones ante la UIF. De igual manera si se tratase de un Organismo Público.

Resolución UIF 50/2011: Registración ON LINE de los Sujetos Obligados Los sujetos obligados, y los oficiales de cumplimiento, en su caso, deberán registrarse en el sistema de reporte de operaciones (SRO) publicado en la página web de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA. Deberán presentar la documentación de respaldatoria de su inscripción en el Sistema de Reporte de Operaciones (SRO) dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos posteriores a su registración. En el caso que un sujeto obligado inicie su actividad, deberá efectuar la registración dentro del día 1º al 30 del mes correspondiente al inicio de la misma.

Resolución 41/2011 - Registros de la Propiedad Inmueble: Resolución 70/2011 - Reporte Sistemático de Operaciones “on line" Resolución 41/2011 - Registros de la Propiedad Inmueble: Inscripciones de usufructo vitalicio en aquellos inmuebles cuya valuación sea superior a PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000). 2) Inscripciones de compraventa de inmuebles por montos superiores a PESOS UN MILLÓN ($   1.000.000). Resolución 29/2011 - Registros Públicos y Organismos Representativos de Fiscalización y Control de Personas Jurídicas: 1) Constitución de sociedades o sucursales de sociedades en el exterior. Personas Físicas que participan en la constitución u órgano de administración de CINCO (5) o más Personas Jurídicas. 3) Inscripciones y aumentos de capital de fundaciones o personas jurídicas sin fines de lucro. 4) Sociedades que comparten el mismo domicilio.  

Constancia de inscripción ante esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA. Resolución 3/2014 - ANEXO - Resolución 70/2011 Resolución UIF 3/2014: Reporte de registración y cumplimiento por parte de los sujetos obligados Los Sujetos Obligados que deban requerir a sus clientes que reúnan la calidad de Sujetos Obligados deberán informar a través del sitio www.uif.gob.ar de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA a todos aquellos clientes que NO hubieran dado cumplimiento a alguna de las siguientes solicitudes: Declaración jurada sobre el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo. Constancia de inscripción ante esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA.

TOTAL RSM POR SECTORES TOTAL RPI: 26 TOTAL IGPJ: 22 TOTAL RP: 46

Proceso de registración

SISTEMA DE REPORTE DE OPERACIONES (SRO)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla Inicio)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantallas Inicio)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla ROS SF)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla ROS/RFT)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla RSM)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla RSM -nva.operación -)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla RSM –sin mov-)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla comprobantes)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla Notificaciones)

Sistema de Reporte de Operaciones SRO (Pantalla de RI)

Gracias