Segovia, 4 de agosto de 2010 Propuesta de declaración del Parque Nacional Cumbres de la Sierra de Guadarrama.

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Transcripción de la presentación:

Segovia, 4 de agosto de 2010 Propuesta de declaración del Parque Nacional Cumbres de la Sierra de Guadarrama

Antecedentes: El PORN El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Espacio Natural “Sierra de Guadarrama” (Segovia y Ávila) fue aprobado por Decreto 4/2010, de 14 de enero. El PORN garantiza la conservación del conjunto la Sierra de Guadarrama en Castilla y León y dota de un marco jurídico de protección a todo su territorio.

La aprobación del PORN: un proceso largo y compartido Para aunar la conservación y el desarrollo en Castilla y León se organizó un proceso de participación pública consistente en: Reuniones con los representantes de entidades locales afectadas. Jornadas informativas y mesas temáticas de trabajo sobre el documento con las Entidades Locales y la población local Materiales divulgativos y una pagina web específica en la que aparece toda la documentación del PORN.

La aprobación del PORN: un proceso largo y compartido En este proceso han participado activamente más de 400 persona y se recibieron 198 sugerencias por escrito. Durante la fase de tramitación administrativa se han recibido y contestado más de 1.700 alegaciones de particulares. En definitiva, el PORN es el producto del trabajo técnico fruto de la colaboración de la Consejería de Medio Ambiente y de los ciudadanos.

La aprobación del PORN es un requisito previo para la declaración de cualquier espacio natural protegido: El PORN propone la declaración de un Parque Natural en un amplio territorio casi coincidente con su ámbito de aplicación. El PORN señala que una zona de su ámbito, restringida a las cumbres y otras zonas de gran valor inmediatas, cumple los requisitos para ser declarada Parque Nacional.

Parque Natural Sierra de Guadarrama El PORN de la Sierra de Guadarrama propone la declaración como Parque Natural del 98% del territorio incluido en su ámbito: 83.620 ha. EL Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó el pasado 8 de julio el proyecto de Ley de Declaración del Parque Natural Sierra de Guadarrama.

Parque Nacional “Cumbres de la Sierra de Guadarrama” Dentro del ámbito del PORN y del futuro Parque Natural la Zona de Uso Limitado de Cumbres (12.458 ha) reúne las características para ser propuesta como Parque Nacional. Para promover su declaración el 18 de noviembre de 2009 se firmó un Protocolo General de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Madrid y la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Sus objetivos son: Promover la declaración del Parque Nacional. Impulsar las acciones necesarias para su declaración. Analizar las fórmulas para su administración y gestión.

Tramitación Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales INICIATIVA Comunidad Autónoma o Estado PORN Decreto 4/2010, de 14 de enero PROPUESTA DE DECLARACIÓN Protocolo General de Colaboración EQUIPOS TÉCNICOS DE PLANIFICACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN Y MADRID APROBACIÓN INICIAL DE LA PROPUESTA DE DECLARACIÓN ACUERDO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. 29 JULIO 2010 CONTINUACIÓN DE TRAMITACIÓN Sometimiento a Asambleas Legislativas de Castilla y León y Madrid. Traslado al Ministerio de Medio Ambiente Medio Rural y Marino. Remisión a las Cortes Generales del Estado. Definitiva aprobación. 3 MESES INFORMACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2010, de la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente.

Parque Nacional Cumbres de la Sierra de Guadarrama Los equipos técnicos de ambas CCAA realizaron un documento de propuesta de declaración del Parque Nacional. Es la primera propuesta de Parque Nacional elaborada conforme a la nueva Ley 5/2007 de Parques Nacionales, lo que le da un carácter pionero. El día 29 de julio se realizó la aprobación inicial de la propuesta de declaración mediante Acuerdo de la Junta de Castilla y León. El pasado día 30 de julio se publicó en el BOCyL el trámite de información pública, durante tres meses, de la propuesta inicial.

Contenido de la propuesta (Ley 5/2007 de Parques Nacionales) Introducción. Objetivos conservacionistas. Límites geográficos del ámbito propuesto como Parque Nacional de las Cumbres de la Sierra de Guadarrama. Análisis científico y técnico del cumplimiento de los requisitos establecidos para los Parques Nacionales. Diagnóstico ecológico del estado de conservación de los sistemas naturales. Análisis socioeconómico de los municipios afectados y de su contexto regional y comarcal. Evaluación de los efectos de la declaración sobre los usos existentes. Estudios ambientales y socioeconómicos que permitan estimar las consecuencias de la declaración. Grado de aceptación de la propuesta. Estimación sobre la repercusión de la declaración del Parque Nacional en el presupuesto de las Administraciones Públicas. Delimitación de la Zona Periférica de Protección y su régimen jurídico. Delimitación del Área de Influencia Socioeconómica. Identificación de las medidas de protección preventiva. Bibliografía citada. Anexos

Ámbito del Parque Nacional De acuerdo con la Ley 5/2007 de la Red de Parques Nacionales, éstos deben cumplir una serie de requisitos que hacen referencia a la representatividad y estado de conservación de los sistemas naturales presentes en el espacio; a la superficie y continuidad territorial de la zona propuesta como Parque Nacional; y a los usos existentes en la misma. En Castilla y León: 12.425,1 ha (para un total propuesto de 32.199,9 ha) de 16 Términos Municipales de la provincia de Segovia, en su mayoría de 17 Montes de Utilidad Pública y afectando a 5 montes particulares

Comunidad de Castilla y León Total futuro Parque Nacional Sistemas naturales españoles presentes en el Parque Nacional Comunidad de Madrid Comunidad de Castilla y León Total futuro Parque Nacional Sistema Natural Superf. (ha) Superf. (%) Superf. (%) Matorrales supraforestales, pastizales de alta montaña, estepas leñosas de altura y cascajares 9.085,40 45,94 6.250,79 50,20 15.336,19 47,59 Pinares, sabinares y enebrales 3.350,00 16,94 5.695,60 45,74 9.045,60 28,07 Robledales, hayedos y abedulares 18,6 0,09 18,60 0,06 Quejigares y melojares 64,72 0,33 127,47 1,02 192,19 0,60 Encinares, carrascales, alcornocales y acebuchales 29,75 0,15 31,28 0,25 61,03 0,19 Cursos de agua y bosques de ribera 169* 167,53* 336,53* Humedales y lagunas de alta montaña 65,58 164,39 1,32 229,97 0,71 Formas de relieve y elementos geológicos singulares de montaña y alta montaña 3.080 15,58 25,76 0,21 3.105,76 9,64 Sistemas naturales singulares de origen glaciar y periglaciar 10.270 51,93 7.165,07 57,55 17.435,07 54,10

Objetivos del Parque Nacional Conservar la integridad de los valores naturales del Espacio. Ordenar sus usos y aprovechamientos. Contribuir al fomento de la investigación científica. Contribuir al desarrollo sostenible de las poblaciones y a la preservación de los valores culturales y formas de vida. Para la consecución de estos objetivos conservacionistas, se contemplan los siguientes objetivos complementarios: Promover la cooperación y coordinación entre las Comunidades de Madrid y Castilla y León, con la mayor eficacia. Dotar de los medios materiales y humanos necesarios. Fijar criterios comunes en las actuaciones de desarrollo sean sostenibles. Aprovechar la cercanía de la capital de España y de otras ciudades, para imagen demostrativa de las políticas de gestión de espacios naturales protegidos.

Los usos y aprovechamientos en el Parque Nacional La propuesta de declaración no establece una nueva regulación de usos y aprovechamientos, remitiéndose a lo establecido en el PORN en el ámbito de la Zona de Uso Limitado de Cumbres. Sin embargo, la Ley de Parques Nacionales prohíbe: la pesca deportiva y recreativa, la caza deportiva y comercial y la tala con fines comerciales. Sin embargo, permite los aprovechamientos compatibles con el logro de los objetivos del Parque, que se apoyan en derechos consolidados y constituyen una aportación reconocida de valores culturales o ecológicos que no alteren los procesos naturales. En la Sierra de Guadarrama al menos los principales aprovechamientos ganaderos y forestales que se han venido desarrollando tradicionalmente tienen este carácter, y así les es reconocido por el PORN.

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN