REGLAMENTO DE OBRA Pauta y estipula las condiciones del desarrollo de la Obra. Constituye la nueva estructura organizativa. Ordena y Organiza el aporte.

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Transcripción de la presentación:

REGLAMENTO DE OBRA Pauta y estipula las condiciones del desarrollo de la Obra. Constituye la nueva estructura organizativa. Ordena y Organiza el aporte de la Ayuda Mutua.

Auto construcción y Ayuda Mutua Se entiende por auto construcción , cuando en la ejecución de la obra intervienen titulares y familiares directos, sin recibir remuneración por su trabajo. (No aporta al BPS,) Ayuda Mutua, es el trabajo comunitario bajo la Dirección de la Cooperativa y el asesoramiento del I.A.T.

Capitulos:. 1- Funcionamiento del Sistema- Dirección de Obra: Arquitecto Dirección del Campo: Capataz Empresa Constructora: La Cooperativa Funcionamiento y Roles de las distintas comisiones.

Las Cooperativas deben decidir…: 1- Si realizaran una administración directa por parte de los propios cooperativistas y mediante la creación de una comisión de administración. Contratando sólo si la tarea no se puede realizar. 2- Si contrataran personal especializado. (Administrativa)

2-Disposiciones sobre el aporte de Mano de Obra Familiar Se propone 21 horas semanales, aunque la asamblea puede estipular su aumento. También se puede estipular un aporte mínimo por sexo, según la etapa de Obra. No se admite el la realización de horas por personas que no se encuentren en el núcleo familiar.

Cont. Se deberá realizar un compromiso de horas mensual o quincenal. QUE HAY QUE CUMPLIR!. Las familias que no entreguen sus compromisos en los plazos estipulados por la Comisión de Trabajo, no podrán realizar sus horas. Salvo autorización expresa de dicha Comisión y con razón debidamente fundada.

Faltas Justificadas. Son aquellas que se realizan con aviso previo de por lo menos 72 horas. Por causas de fuerza mayor pero debidamente justificadas: enfermedad, cambios en el trabajo, paros del transporte cuando impidan llegar a la obra, etc. Se deben recuperar dentro de los 60 días.

Contratados: El Consejo Directivo contratará al personal. Y deberá realizar un contrato para cada uno de ellos. Con el asesoramiento de la Comisión de Obra, Capataz y IAT. No se contratará cooperativistas. Y si se lo hace no podrán integrar comisiones y debe haber una resolución expresa de la asamblea para ello.

La Cooperativa debe decidir…: 1 - Si se computan horas funcionales comisiones estatutarias y subcomsiones relacionadas con la obra. ( el 50% de las horas realizadas y nunca más de 5 horas semanales. Si no se computan dichas horas como aporte de Ayuda Mutua.

3- FONDO DE RESERVA 1 Hora de las 21 horas familiares va para la Bolsa del Fondo de Reserva de la Cooperativa. Se utilizará en caso de Enfermedad u otra causa grave debidamente justificada. También en caso de accidente acaecido en la obra.

4-SANCIONES: Se multará las inasistencias con horas que deben ser recuperadas en 30 días. (Si no se recuperan en este plazo es falta grave) La primera vez recupera las mismas horas comprometidas, la segunda el 50% más y las siguientes el doble. Con 5 inasistencias injustificadas y tres consecutivas se propondrá la expulsión en asamblea.

Sanciones (cont.) Las llegadas tardes pueden ser consideradas faltas injustificadas, (más de una hora de llegada tarde o dos llegadas de 30 minutos tarde, en el mes) El resto de las llegadas tarde deben ser recuperadas con autorización del capataz y la comisión de trabajo. b

Sanciones cont. Las indisciplinas serán multadas con horas de trabajo. Serán consideradas accidentales la primera vez e intencionales la segunda. Las indisciplinas intencionales serán pagadas el doble de las horas comprometidas y serán llevadas a asamblea para considerar la expulsión.

5- Licencias: A cada cooperativista le corresponden 10 días corridos de licencia por año. Para poder tomarlas debe realizar las horas correspondientes a esos días 60 días antes de tomar la licencia. O 30 días después por razones fundadas.

6- PRESENTAR ANTES DE EMPEZAR LA OBRA a) carné de salud; b) declaración, en lo posible certificada, de los impedimentos o imposibilidades físicas que pueda tener para desempeñar tareas; c) Certificado Esquema de Vacunación.