Reunión APIE Madrid, 19 de octubre de 2016
Rescisorias Medios materiales y humanos Judicialización Reglamento/Estatuto de la Administración Concursal Crédito público Reglamento europeo Texto refundido
Marco jurídico y económico de la reestructuración en España La legislación concursal ha sido modificada en los últimos 7 años 22 veces. Algunas veces estos cambios han afectado de manera aprofunda nuestra legislación pero otras, los cambios introducidos a penas han tenido incidencia. En ciertos casos, los cambios fueron promovidos como consecuencia de situaciones concretas, siempre tratando de evitar dos diabólicos supuestos: la caída de las grandes empresas y las acciones de reintegración que pudieran afectar negativamente a nuestro sistema financiero. El sistema financiero español ha sido el principal operador en los procedimientos concursales , decidiendo así qué compañías iban a ser rescatadas y en qué momento. Esta situación responde a la decisión tomada por el Gobierno español en orden a prevenir la caída de cualquier institución financiera. Es por ello que los ciudadanos españoles han sido castigados con un incremento de sus impuestos para preservar así los ahorros y las inversiones.
Marco jurídico y económico de la reestructuración en España Las consecuencias de estas modificaciones y la influencia del sector financiero serán las siguientes: Procedimientos extrajudiciales por insolvencia tramitados por las entidades financieras afectadas y con menos capacidad de respuesta por parte de los otros acreedores. Un menor control sobre el deudor debido al debilitamiento de la profesionalización de los administradores concursales y la eliminación de la figura del experto independiente. En resumen, un sistema concursal español que se aleja, después de todos estos cambios, de los sistemas concursales de los países occidentales. Por último, y ya se están viendo algunos ejemplos, las instituciones financieras que están ahora financieramente sanas, y que habían refinanciado grandes empresas en dificultades con el fin de sostener sus propios balances, han empezado a dejar caer estas empresas que anteriormente habían apoyado.
El tamaño de los concursos en España 2012 2013 2014 2015 ACTIVOS Importe % Acum. < 2 MM Activo 743.632 59% 704.778 630.272 67% 570.928 71% Arancel 6.205 5.933 5.412 4.996 2>5 MM 3.201.858 20% 79% 3.205.305 19% 78% 3.168.220 17% 84% 3.096.992 14% 85% 19.009 19.027 18.841 18.485 5>10MM 7.003.781 10% 89% 7.031.057 88% 7.085.136 8% 92% 7.084.449 7% 38.019 38.155 38.426 38.422 10>30MM 16.685.325 96% 16.629.701 17.171.933 6% 98% 16.401.046 76.399 76.204 78.102 75.404 30>50 MM 38.730.778 2% 38.127.462 38.441.027 1% 99% 37.666.129 153.558 151.446 152.544 149.831 <50 MM 168.698.869 100% 152.403.617 130.369.121 125.739.078 356.064 364.192 339.513 334.328
La profesión del Administrador Concursal Órgano designado por el Juzgado para controlar a quien se ampara en la Ley para suspender sus pagos. La profesión requiere conocimientos profundos de economía de empresa, de contabilidad, de distintas prácticas del Derecho y capacidad de gestión. Se produce un exceso de profesionales para los procedimientos concursales esperados. El mito de los honorarios de la Administración Concursal versus la realidad de los costes de los procedimientos de refinanciación. La falta de desarrollo reglamentario de la profesión que se menciona reiteradamente en las últimas modificaciones legislativas.