Lucía María Molinos Rubio SMAGUA 2017 Régimen económico financiero del agua en España, con atención a la fase final del ciclo urbano Lucía María Molinos Rubio SMAGUA 2017
Régimen económico financiero del agua en España, con atención a la fase final del ciclo urbano Introducción Fase final del ciclo urbano Régimen económico financiero del agua Figuras de la fase final del ciclo urbano del agua A modo de reflexiones
Introducción Concreción del objeto de nuestra exposición Amplitud de términos empleados en el estudio de todo aquello relativo con los usos del agua Extensión de la fase final del ciclo urbano del agua Especial relación del uso del agua con las concentraciones de población
Fase final del ciclo urbano (I) Normativa en calidad de aguas Directiva 91/271/CEE RDLey 11/ 1995 de 28 de diciembre, RD 509/1996 de 15 de marzo Leyes autonómicas de saneamiento y depuración Realidad técnica y presupuestaria
Fase final del ciclo urbano (II) Menciones a la calidad del agua; manifiesta preocupación Normativa estatal, autonómica y local Ejercicio de competencias Devolución a través de un sistema de saneamiento y depuración Entes locales, art. 25.2 TRBRL
Fase final del ciclo urbano (III) Competencias de los municipios Establecimiento de colectores o alcantarillado Instalaciones que depuren las aguas antes de ser vertidas. Obligación de alcantarillado Reserva del servicio esencial depuración de aguas Traslado a instancias territorialmente superiores CCAA asumen/ comparten la competencia en depuración Notas comunes a las normas autonómicas Instrumentos económico financieros Planes de saneamiento y depuración
Régimen económico financiero (I) Multiplicidad de figuras, modalidades Principios y reglas que han de observarse Principio comunitario de “el usuario paga” Artículo 9 DMA 2000/60/CE Política de precios Contribución adecuada de los diversos usos Reflejo en artículo 111 bis TRLA
Régimen económico financiero (II) Principio constitucional justicia financiera, precio asequible Principios constitucionales de justicia tributaria Capacidad económica Igualdad Progresividad No confiscatoriedad Otros principios constitucionales
Régimen económico financiero (III) Explicación en función de la distribución competencial Los Entes Locales Titulares de la red de alcantarillado Competencias para tratar aguas residuales Realidad Comunidades Autónomas Con frecuencia titulares de estaciones depuradoras y las explotan Organismos de cuenca Autorizan y controlan los vertidos
Régimen económico financiero (IV) Modalidad de explotación de los servicios Tributos Tasas Impuestos Precios públicos Tarifas, precios privados
Alcantarillado Tradicionales tasas de alcantarillado Tasas por servicios o actividades conforme al TRLHL Tasas de estructura sencilla, con frecuencia de cuantía fija
Depuración Instrumentos económicos que recaen por el tratamiento de las aguas residuales Tasas locales/ autonómicas Las Entidades Locales podrán establecer tasas por los servicios de tratamiento y depuración de aguas residuales Impuestos autonómicos Compatibilidad
Depuración: tasas Misma complejidad que las tasas por suministro Procedimiento para establecerlas Cuantificación Principio de coste
Depuración Impuestos: En principio son más justos y solidarios, impuestos por una única administración Independiente de quien presta el servicio El impuesto no se rige por el principio coste rendimiento Resulta más solidario, participamos todos en el objeto de protección medioamnbiental
Depuración. Alternativas a los impuestos Castilla La Mancha: Canon de depuración Tasas por la prestación del servicio de depuración de aguas residuales Sujeto pasivo Base imponible volumen de aguas residuales registrado en los equipos de media de caudal de entrada en las estaciones depuradoras, proveniente de la red alcantarillado municipal, en m3 Otros métodos de estimación Volumen mínimo por habitante mes. Población censal
Depuración. Alternativas a los impuestos Galicia: Diversidad de iniciativas en actuaciones de saneamiento autonómicas, pero también locales Canon del agua. Impuesto Afectación: prevención, consecución de objetivos medioambientales, dotación de gastos y apoyo económico con competencias en el ciclo urbano agua Exención y deducción en cuota No sujeción Coeficiente de saneamiento o vertido a sistemas de depuración, en los casos en los que el servicio de depuración lo presta la propia Comunidad Autónoma. Tasa específica
Depuración. Alternativas a los impuestos Madrid Sistema que da cobertura a la actuación general de la región en el ámbito de depuración Canal de Isabel II Tarifas. Naturaleza jurídica. Precio sometido al derecho privado Progresiva y bonificada Estacional Comprometida con el medio ambiente Servicio de solicitud o recepción voluntaria Si no se presta por el sector privado o su reserva está establecida a favor del sector público. Cuota suplementaria, recientemente en tarifas de alcantarillado, no en depuración Prestación de servicios del ciclo integral del agua de modo centralizado
Depuración. Canon control de vertidos Canon de control de vertidos de la Ley de Aguas, art. 113 TRLA Tasa por utilización del dominio público No se puede negar cierto parecido con los cánones autonómicos Antecedentes normativos que disponían la deducción en el canon de vertido, posteriormente suprimida. Actual art. 113.8 TRLH “se podrá deducir” Cuencas intercomunitarias Reducción/Exención del gravamen autonómico. Rioja y Andalucía
Canon de vertidos de la ley de costas y otras figuras sobre vertidos al litoral Artículo 85 de la Ley de Costas Competencia en materia de vertidos Tasa propia autonómica Sin desarrollo reglamentario. Actividad productora de normativa de las CCAA que lo han querido aplicar Andalucía, Murcia Baleares, País Vasco Comunidad Valenciana, tasa por solicitud de autorización y control de los vertidos, Cataluña, autorizaciones cuota fija Cantabria, norma sectorial sobre vertidos al mar, sin establecer exacción alguna Asturias. Impuesto sobre afecciones medioambientales por el uso del agua
A MODO DE REFLEXIONES Qué financiamos Objetivos Infraestructuras Mantenimiento Servicio Control Objetivos Recuperación costes Medioambientales
A MODO DE REFLEXIONES Afectación Destino Satisfacer el conjunto de obligaciones salvo que una norma con rango de ley establezca la afectación a otros fines En general, afectación determinada , y destino ordenado. Afección “generalista” u “omnicomprensiva”, acaso “abierta” Cánones de saneamiento, cánones de agua e impuestos Destino Modelos de explotación de infraestructuras
Régimen económico financiero, fase final del ciclo urbano Gracias por su atención Zaragoza, 7 de marzo de 2017