Taller de Sistemas de Datos Personales.

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Transcripción de la presentación:

Taller de Sistemas de Datos Personales

1) Acuerdo de creación, modificación y supresión de Sistemas de datos personales Conjunto organizado de datos de carácter personal, dinámicamente relacionados, que se obtienen de personas, con el objeto de ser procesados para el cumplimiento de una finalidad determinada, para formar una actividad, cualquiera que sea su soporte, organización o acceso, vinculados de forma inseparable al ejercicio de competencias legales y a la ejecución de funciones administrativas. Determinado por titular o área correspondiente del Ente Público Publicado en G.O.E., internet o mesa o tablero Registro en plataforma del IVAI Implicaciones:

Sistemas de Datos Personales CONJUNTO ORGANIZADO ARCHIVOS REGISTROS FICHEROS BASES BANCO Modalidad acceso, creación, almacenamiento

Sistemas de Datos Personales. ART. 10 LTDP ¿Para qué? ¿De quién? ¿Cómo se obtienen? ¿Cuáles tipos de datos? ¿A quién los comparto? ¿Quién es el responsable de ellos? ¿Dónde ejerzo los derechos ARCO? ¿Cuánto tiempo los conservo? ¿Qué nivel de protección le aplica?

Identificación de SDP Archivos, registros, ficheros, bases o bancos de datos personales de los entes públicos. Recopilar formatos de trámites o servicios ofrecidos por el ente público a la sociedad en general. Revisión de la normatividad interna que establezca como requisitos la inclusión o entrega de datos identificativos, electrónicos, biométricos, de salud, académicos u otros de una persona. Los sistemas de datos personales deberán reflejar el ejercicio de las funciones o atribuciones de cada ente público.

TRANSITO Y TRATAMIENTO AUTORIZADO DE LOS DATOS PERSONALES Recibe DP ÁREA 1 ÁREA 2 REGISTRA ÁREA 3 REVISA ÁREA 6 COBRA ÁREA 5 CREA BASE ÁREA 4 UTILIZA ÁREA 7 ARCHIVA ÁREA 8 ÁREA 9 NO SIGNIFICA QUE CADA UNA TENGA CREAR UN SISTEMA

Contenido de los SDP El contenido de los sistemas de datos personales está definido por el artículo 10 de la Ley 581 y se complementan en su alcance por el dispositivo 7 de los Lineamientos para la Tutela de Datos Personales. NOMBRE DEL SISTEMA: Debe aludir al procedimiento o función, y considerar la unificación de sistemas que compartan la misma finalidad.

Ejemplos de Sistemas de Datos Personales Del Registro de participantes, cursos o eventos De los asuntos jurisdiccionales De la expedición de constancias De expedientes de prestadores del servicio social Del padrón de proveedores y servicios De beneficiarios de becas De beneficiarios de programas de ____________ Del registro de audiencias De los expedientes de solicitudes de información Del fichero de control de acceso a las instalaciones De la declaración patrimonial De padrón de militantes

Finalidad y uso previsto (para qué recopilo DP) Finalidad: propósito legal para la recopilación de la información personal Uso previsto: empleo o destino que se le da a los datos personales obtenidos Ejemplo: La finalidad en el sistema de datos personales de solicitudes de información es verificar el cumplimiento de los requisitos que establece la LTAIP El uso previsto es para identificación del solicitante, notificación de la respuesta, tramite interno, entrega de la información, generación de informes o estadísticas.

II. Origen y grupo interesado (De quién recopilo DP) Corresponde a la procedencia o mecanismo por el que se obtienen los datos personales (propio interesado, representante, ente público, etcétera) así como la indicación de la denominación del grupo o sector del que se realice la obtención, manejo o tratamiento de los datos personales, o que resulten obligados a suministrarlos III. Personas sobre quien se obtiene datos (De quién) Ejemplo: Del interesado como solicitante de la información Ciudadanía en general

IV. Procedimiento de recopilación (Cómo obtengo DP) Indicar la forma o mecanismo de obtención de los datos personales (formulario, Internet, transmisión electrónica, etcétera), si son varias indicarlas todas. (NO SE TRATA DE DESCRIBIR REQUISITOS) Ejemplo: De forma física cuando el solicitante utiliza el escrito libre o formato de solicitud entregado en Oficialía de partes del Instituto, y en forma electrónica a través del correo electrónico institucional, así mismo de acuerdo al procedimiento de registro y apertura de cuenta de usuario en el Sistema Infomex-Veracruz, que permite la formulación electrónica de solicitudes de información.

V. Estructura Básica (Que categorías y cuáles tipos de DP) Descripción detallada de los datos que contiene cada sistema a través de las categorías que establece el dispositivo 5 de estos lineamientos, y el modo de tratamiento utilizado en su organización (manual o automatizado)

Estructura Básica Categorías de datos personales (art. 5 LTDP) Modo de tratamiento (art. 4 LTDP) Identificativos Electrónicos Laborales Patrimoniales Sobre procedimientos administrativos y/o jurisdiccionales Académicos De tránsito y movimientos migratorios Salud Biométricos Especialmente protegidos (sensibles) Datos personales de naturaleza pública Físicos Automatizados

VI. Cesión de la que pueden ser objeto (A quienes comparto DP) Indicar los destinatarios o categorías de destinatarios Destinatario: Persona física o moral, pública o privada, a la que un ente público proporcionará datos personales Ejemplo: Instituto Veracruzano de Acceso a la Información Si no existe ninguna cesión se deberá colocar NO APLICA

VII. Instancia responsable Titulares de área con capacidad de decisión Ejemplo: Área Administrativa: Unidad de Acceso a la Información Pública Cargo del responsable: Titular de la UAIP NOTA: NO COLOCAR NOMBRES DE SERVIDOR PUBLICO O DE TITULARES DE AREA Y DEBE EXISTIR COMPATIBILIDAD ENTRE EL AREA Y EL CARGO. EN ALGUNAS OCASIONES SE HA DETECTADO AREA: DIRECCIÓN…. Y CARGO: SECRETARIA DE..

VIII. Unidad ante quien se ejerce derechos ARCO (Datos de UAIP) Domicilio oficial y dirección electrónica de la Unidad de Transparencia Ejemplo: Unidad de Transparencia de: ___________ Domicilio:____________________________ Teléfonos:____________________________ correo electrónico: _______________________ NOTA: ESTABLECER UN CORREO ELECTRONICO INSTITUCIONAL

IX. Plazo de conservación (Tiempo de resguardo de la información) Periodo o lapso de preservación de los datos personales en base a las disposiciones archivísticas aplicables a cada ente público, y vigencia documental en los archivos de trámite, concentración e histórico según su soporte (manual o automatizado) SUGERENCIA: Verificar el Catálogo de Disposición Documental NOTA: EL ALGUNOS CASOS SE HA CUMPLIDO CON LA CREACIÓN ESTE INSTRUMENTO Y NO SE TRATA DE UN CALCULO POR SENTIDO COMUN

CICLO DE VIDA DE DOCUMENTO Destino Final Fase Activa ARCHIVO DE TRÁMITE Fase semiactiva ARCHIVO DE CONCENTRACIÓN Fase Inactiva ARCHIVO HISTÓRICO Valores documentales SI Conservación permanente Primarios Administrativo Legal Contable Fiscal Secundarios Testimonial Evidencial Informativo Destino Final NO NO BAJA DOCUMENTAL BAJA DOCUMENTAL Asignación de tiempo de conservación CATALOGO DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL (Verificar Lineamientos de Archivo)

X. Nivel de protección Indicación del nivel de seguridad que resulte aplicable, básico, medio o alto ART. 30 LTDPV Básico. Es obligatoria para todos los sistemas de datos personales. Medio. Datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, hacienda pública, servicios financieros, datos patrimoniales, así como a los sistemas que contengan datos personales suficientes para obtener una evaluación de la personalidad del individuo. Alto. Sistemas de datos concernientes a la ideología, religión, creencias, afiliación política, origen étnico, salud, biométricos, genéticos o vida sexual, así como los que contengan datos recabados para fines policiales, de seguridad, prevención, investigación y persecución de delitos.

Estructura del acuerdo El ente público debe tomar en consideración los requisitos que para la emisión de acuerdos establezca su normatividad interna, ya sea a través de su titular, o del área correspondiente conforme el ámbito de competencia, respetando los principios y garantías en materia de datos personales. Nombre del acuerdo Proemio: Descripción de artículos que facultan al ente público para emitir el acuerdo Parte considerativa: fundamentación y motivación específica Resolutivos: descripción detallada de los sistemas datos personales y las acciones para su implementación y registro Firmas de quien aprueba Anexo: Listado de los sistemas de datos personales del ente público con los requisitos del artículo 10 de la Ley 581

Presentación y aprobación El artículo 10 de la Ley 581, señala que será a través del titular, o del área correspondiente, la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, conforme al ámbito de su competencia. Trabajo coordinado del titular de la Unidad de Transparencia para la integración del mismo, como de los responsables o encargados de cada sistema para la aportación de información por ello es recomendable presentar el documento preliminar a la totalidad de las áreas involucradas, para su posterior aprobación en la forma y con los requisitos que establezca su normatividad interna. Titular Órgano de gobierno Junta Directiva Órgano Colegiado Presidente Cabildo Etc. Aprueba

Publicación En cumplimiento al artículo 10 segundo párrafo de la Ley 581 y 6 de los Lineamientos para la Tutela de los Datos Personales, el acuerdo debe ser publicado en la Gaceta Oficial, en la página de internet institucional o en la mesa o tablero de información municipal.

Registro electrónico Una vez identificados y aprobado los Sistemas de Datos Personales, los entes públicos deben registrarlos en la plataforma electrónica del IVAI, con los elementos y características que define la ley.

Elementos del Registro Naturaleza de la información y su registro Objetivos para los cuales se utiliza la información (finalidad) Medidas que deben tomarse si se desea tener acceso al expediente Finalidad y periodo para el que se mantiene cada tipo de registro´(plazo de conservación) Personas que tienen derecho de acceso a la información personal contenida en los registros y las condiciones para este derecho Nombre, correo electrónico, dirección, teléfono y cargo del responsable, así como nombre de los usuarios (instancia responsable) Forma de recopilación y actualización de datos (procedimiento de recopilación) Destino de los datos y personas físicas o morales a las que pueden ser transmitidos (cesión de la que pueden ser objeto) Modo de interrelacionar la información registrada Fecha de publicación en la Gaceta Oficial del estado; Normatividad aplicable al sistema Medidas de seguridad (nivel de protección)

Acuses deben enviarse al IVAI

Mtra. Irma Rodríguez Ángel Directora de Datos Personales irodriguez@verivai.org.mx Ext. 406