Los Alimentos Abog. Alexander Joao Peñaloza M. Los Alimentos Comprende una serie de nomas dirigidas a garantizar el derecho a la subsistencia del ser.

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Transcripción de la presentación:

Los Alimentos Abog. Alexander Joao Peñaloza M

Los Alimentos Comprende una serie de nomas dirigidas a garantizar el derecho a la subsistencia del ser humano Fija la relacion obligacional alimentaria, determinando al acreedor y deudor alimentario Establece las condiciones en que opera el derecho e incluso los criterios para llegar al quantum de la prestacion

Importancia Cubrir el estado de necesidad de quien lo solicita Derecho vital

Etimologia Del latin alimentum, significa nutrir Comprende el sustento, la habitacion (vivienda), vestido, asistencia medica, educacion, recreo Se convierte a la necesidad en derecho (acreedor alimentario) y el deber moral de asistencia en obligacion civil (deudor alimentario), estableciendo consecuencias juridicas al incumplimiento de la obligacion

Fundamento Base etica y social, implica el deber de ayuda al projimo necesitado y el evitar que por falta de esta ayuda pueda perecer Preservacion de la vida y de la especie El instituto juridico de los alimentos, configura un derecho y una obligacion civil

Definicion El deber impuesto juridicamente a una persona de asegurar la subsistencia de otra persona Estado de necesidad existente del acreedor alimentario Las asistencias que se dan a alguna persona para su manutencion y subsistencia, esto es, para comida, bebida, vestido, habitacion y recuperacion de la salud

Comprende Lo que es indispensable para el sustento, habitacion, vestido y asistencia medica, según la situacion y posibilidad de la familia Comprenden la educacion, instrucción y capacitacion para el trabajo, y la recreacion Los gastos de embarazo de la madre desde la concepcion hasta la etapa del post parto Los gastos de la madre extramatrimonial durante los 60 dias antes y despues del parto

Fuentes Parentescco Matrimonio Ley Voluntad

Clasificacion AlimentosLegalesNecesariosCongruos Voluntarios

Alimentos congruos Los alimentos se fijan de acuerdo al rango y condicion de las partes Según la posicion social de la familia Es lo conveniente, oportuno

Alimentos necesarios Implican una nocion objetiva, lo que basta para sustentar su vida Lo estrictamente necesario para subsistir, cuando el acreedor alimentario se encuentra en estado de necesidad por su propia inmoralidad, o cuando ha incurrido en causa de indignidad o desheredacion

Naturaleza Juridica PatrimonialPersonal

Mixta El Derecho alimentario es un derecho que tiene contenido economico y por ello tiene rasgos del derecho patrimonial, pero no del derecho patrimonial real pues goza de la caracteristica de ser erga omnes, mas si de un derecho patrimonial obligacional, pues las personas involucradas en esta relacion no comprenden a toda la sociedad sino a algunas cuantas Al ubicarse los alimentos dentro del ambito familiar, tiene caracteristicas propias del derecho personal, al punto que es intransferible, pues nace y se extingue con el Derecho

Caracteristicas PersonalIntransferibleIrrenunciableImprescriptible

Caracteristicas IncompensableIntransigibleInembargableReciproco

Reciprocidad Entre ascendientes y descendientes, salvo declaracion judicial de alimentos, paternidad o maternidad extramatrimonial, o reconocimiento al hijo mayor de edad, por lo que pierden su derecho alimentario y sucesorio Salvo que en el caso del reconocimiento del hijo mayor de edad, este tenga respecto de el padre la posesion constante de estado o consiente en el reconocimiento

Reciprocidad Alimentos del divorciado o divorciada, no cabe reciprocidad, a cargo del conyuge culpable mientras el conyuge inocente permanezca en estado de necesidad o contraiga nuevas nupcias Alimentos de la concubina o concubino, no opera la reciprocidad, se tienen el derecho alimentario, mientras subsista el estado de necesidad, contraiga nupcias, incurra en un nuevo concubinato, o se produzca la muerte

Alimentos de la madre extramatrimonial No opera la reciprocidad Se cubre 60 dias antes y despues del parto

Caracteristicas: Revisable En merito a la cual la pension alimenticia se incrementa o reduce según el aumento o la disminucion que experimenten las necesidades de alimentista y las posibilidades del que debe prestarlo

Caracteristicas de la obligacion alimentaria Es personal Intransferible Imprescriptible Incompensable Intransigible Reciproca Revisable Divisible

Alimentos del hijo alimentista Aquel extramatrimonial no reconocido ni declarado, cuya madre ha probado el debito sexual en la epoca de la concepcion con un determinado varon, y este asume la obligacion de alimentarlo, en caso de fallecimiento, la accion se dirige contra sus herederos, los cuales no tienen que pagar al hijo alimentista, mas de lo que habria recibido como heredero si hubiese sido reconocido o judicialmente declarado Se trata de una deuda de la herencia, carga del causante

Condiciones para ejercer el derecho Estado de necesidad de quien lo solicitaPosibilidad economica del deudor u obligadoUna norma legal que establezca la obligacion

Estado de necesidad Se presume (dar por cierto algo que es probable) en caso de menores de edad, y conyuge el estado de necesidad El hijo mayor de edad, tiene que probar su estado de necesidad, no cabe la presuncion En el caso del vicioso, se reduce los alimentos a lo estrictamente indispensable para subsistir

Posibilidad economica del que debe prestarlo A quien se demanda, este debe contar con recursos propios Se consideran todos los ingresos del obligado Se toma en cuenta ademas sus necesidades Bastara pruebas indiciarias que le permitan al acreedor apreciar razonablemente la necesidad del acreedor y la urgencia de atender estas necesidades

Norma legal que señale la oblgiacion alimentaria Se deben alimentos reciprocamente los conyuges, ascendientes, descendientes y los hermanos Los alimentos contra ascendiente y descendiente es ilimitado Estan obligados los parientes colaterales de tercer grado y los responsables del niño o adolescente (tutor o guardador) Los alimentos de la madre extramatrimonial Aquellos que hayan vivido a cargo del ausente, cuando se produzca la ausencia

Derecho alimentario de los conyuges Los conyuges se deben reciprocamente fidelidad y asistencia El deber de asistencia implica ayuda mutua, cooperacion, deberes importantes no solo en el plano moral, espiritual, sino tambien en el plano material Si uno de los conyuges se dedica al trabajo y al cuidado de los hijos, la obligacion de sostener a la familia recae sobre el otro Significa proveer al otro de todo lo que necesite para vivir según sus posibilidades

Situaciones Conyuges que hacen vida en comun Conyuges que hacen vida en comun, bajo el regimen de separacion de patrimonios Rompimiento de hecho de la vida en comun, en cuyo caso el conyuge abandonante pierde el derecho de alimentos, pudiendo el abandonado recurrir a la autoridad judicial solicitandolos En caso de separacion de cuerpos, recae la obligacion en el conyuge culpable

Situaciones En caso del la separacion convencional, se debe acompañar a la demanda, la propuesta del regimen alimentario En caso de divorcio, se extingue la obligacion alimentaria, salvo que se trate del conyuge inocente, si este careciese de bienes propios o de ganaciales suficientes o estuviese imposibilitado de trabajar o de subvenir a sus necesidades por otro medio, la pension no excedera la tercera parte de la renta del ex conyuge

Situaciones En el caso del conyuge culpable, este pierde el derecho a pedir alimentos, salvo que se verifique un grado superlativo de necesidad, en indigencia La obligacion cesa, cuando contrae nuevas nupcias, desaparece el estado de necesidad o cuando fallece

Alimentos de los hijos Hijos matrimonialesLe corresponde a ambos padres el sostenimiento de sus hijos Hijos indignos, inmorales o desheradados Gozan del derecho en lo estrictamente necesario para subsistir. Es decir, lo necesario para la comida a fin de que no perezca y pueda subsistir, y quizas corregir sus errores y aun ser perdonado por el causante Hijos mayores de edadSiempre y cuando curse con éxito una profesion u oficio, hasta los 28 años Hijos extramatrimonialesRecae en ambos padres, o en el que lo reconocio Hijos putativosReferido a aquellos cuyo matrimonio de los padres fuera invalidado, gozando de los mismos derechos que los matrimoniales, debiendo recaer de prefernecia la obligacion sobre el culpable Hijos adoptivosSon debidos por el padre adoptante Extramatrimonial alimentista Hasta los 18 años de edad, salvo que se encuentre en estado de incapacidad

Alimentos de otros descendientes