Semana 7 Prof. Ciclo 2015-1 Curso: Comercio Exterior Unidad 2: Operatividad del Comercio Exterior Gestión de las importaciones.

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Transcripción de la presentación:

Semana 7 Prof. Ciclo Curso: Comercio Exterior Unidad 2: Operatividad del Comercio Exterior Gestión de las importaciones

Logro Al finalizar la sesión el alumno conoce la operatividad de las importaciones.

Agenda Importaciones: Consideraciones previas Etapas del procedimiento Gestión aduanera Definición Regímenes aplicables Clasificación Documentos Mercancías prohibidas y restringidas Flujograma Casos especiales

Consideraciones previas al negocio de importación 1.Contacto comercial con los potenciales proveedores: se debe tener definido las solicitudes de cotización a requerirse. Especificación comercial y características Partida Arancelaria (PA) Cantidades INCOTERMS Fecha de entrega

Consideraciones previas al negocio de importación 2. Evaluación de ofertas y negociación. 3. Celebración del contrato de C/V internacional. Definición de las partes. Objetivo del contrato. Obligaciones del vendedor. Obligaciones del comprador. Solución de disputas.

Etapas del procedimiento de importación 1.Especificación de los productos a importar. 2.La negociación de los términos de compra – venta. 3.Medios de pago. 4.Inspección previa al embarque. 5.Embarque. 6.Gestión Aduanera. 7.Recepción de la mercadería. 8.Comercialización.

Gestión Aduanera Es importante que la empresa importadora directamente o a través de su agente de aduana u operador logístico, defina los siguientes puntos: Identificación comercial y arancelaria de la mercancía. Verificación de libre disponibilidad de la mercancía. Verificación de medidas para arancelarias vigentes. Verificar si corresponde el certificado de origen para acogerse a un tratamiento arancelario preferencial.

¿Quiénes pueden importar y qué requisitos necesitan?  Toda persona natural o jurídica puede importar señalando su RUC.  Indicar en la ficha RUC su condición de importador/exportador.  Tener condición de HABIDO y ACTIVO  No requerirán RUC, las personas naturales que realizan en forma ocasional importaciones de mercancías cuyo valor FOB por operación no exceda de los USD$ 1,000 y siempre que registren hasta 3 importaciones anuales como máximo y las que por única vez realicen importaciones cuyo valor FOB no supere los USD$ 3,000.

Importaciones: El Régimen de Importación se dividen en:  Importaciones por trámite regular: Cuando el monto FOB de lo importado supera los US$ 2,000, por lo que se requiere contratar los servicios de una Agencia de Aduana.  Importaciones por trámites simplificado: Cuando el monto FOB de lo importado no exceda de US$ 2,000 y lo pueden realizar directamente los importadores.  Importaciones por Courier: Se realizan a través de un servicio de mensajería, por lo que no se puede solicitar ningún beneficio.

1.- IMPORTACION PARA EL CONSUMO Régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero para su consumo, luego del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos que hubieren, y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras. La base imponible es el CIF. Regímenes aplicables

 Puede ser despacho anticipados o excepcionales.  Los canales de control pueden ser ROJO, NARANJA o VERDE  Las mercancías extranjeras se considerarán nacionalizadas cuando haya sido concedido el levante aduanero. Luego de ello, son de libre disponiblidad y son retiradas por el dueño desde el terminal portuario/aéreo.  Abandono legal. 1.- IMPORTACION PARA EL CONSUMO

Importador ( 1 ) Entrega de Documentos: F/C, B/L, Póliza Seguro. ( 4 ) Cancelación de los derechos de aduanas. ( 6 ) Instruye retiro de mercancías. Agente de Aduanas Importación - Canal Verde SUNAT ( 2 ) Elabora la DAM y transmite electrónicamente la DAM. ( 7 ) Retira mercadería. ( 3 ) Recibe DAM electrónica y asigna # de DAM. ( 5 ) Asigna canal.

Importador ( 1 ) Entrega de Documentos: F/C, B/L, Póliza Seguro. ( 4 ) Cancelación de los derechos de aduanas. ( 8 ) Instruye retiro de mercadería. Agente de Aduanas Importación - Canal Naranja SUNAT ( 3 ) Recibe DAM electrónica y asigna # de DAM. ( 5 ) Asigna canal. ( 7 ) Revisa documentos y otorga levante aduanero.

Importador ( 1 ) Entrega de Documentos: F/C, B/L, Póliza Seguro. ( 4 ) Cancelación de los derechos de aduanas. ( 8 ) Instruye retiro de mercadería. Agente de Aduanas Importación - Canal Rojo SUNAT ( 3 ) Recibe DAM electrónica y asigna # de DAM. ( 5 ) Asigna canal. ( 7 ) Revisa documentos, realiza inspección física y otorga levante aduanero.

Flujograma de Importaciones de Bienes Importador Agente de Aduana Agente de Carga Almacen Exportador País del Comprador País del Exportador Tránsito Internacional Agente de Aduana

 Es el régimen aduanero que permite el ingreso al territorio aduanero de ciertas mercancías con suspensión del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables a la importación para el consumo.  Las mercancías deben ser identificables y estén destinados a cumplir un fin determinado en un lugar especifico.  Tiene que ser exportadas en un plazo determinado sin experimentar modificación. 2.- ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

 Plazo 18 meses.  Exposiciones o ferias internacionales por un plazo máximo de 04 meses a partir de la fecha de levante.  Pueden acogerse a este régimen las mercancías aprobadas por Resolución Ministerial N° EF/10.  Derechos garantizados.  Canal rojo.  Conclusión. 2.- ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

¿Qué DOCUMENTOS EXIGE LA ADUANA EN UNA IMPORTACIÓN?  Declaración Única de Aduanas – DUA (DAM).  Documento de transporte.  Factura comercial o documento equivalente.  Documento de seguro de transporte de las mercancías, cuando corresponda.

 Certificado Fito o Zoosanitario.  Lista de empaque o “Packing List”.  Autorizaciones especiales, si corresponde.  Otros documentos que la naturaleza del régimen requiera, conforme a las disposiciones especificas de la materia. ¿Qué DOCUMENTOS EXIGE LA ADUANA EN UNA IMPORTACIÓN?

Mercancías de importación prohibida y/o restringida Se puede importar todo tipo de mercancías, con excepción de aquéllas que se encuentren prohibidas, cuya relación referencial se encuentra en el portal de la SUNAT en Internet (

Las mercancías restringidas pueden ser objeto de importación, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad legal específica para su internamiento al país. La relación referencial de mercancías restringidas puede ser consultada en el portal de la SUNAT en Internet ( Mercancías de importación prohibida y/o restringida

CAPÍTULO V TRÁFICO DE MERCANCÍAS PROHIBIDAS O RESTRINGIDAS Artículo 8°.- Tráfico de mercancías prohibidas o restringidas El que utilizando cualquier medio o artificio o infringiendo normas específicas introduzca o extraiga del país mercancías por cuantía superior a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias cuya importación o exportación está prohibida o restringida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años y con setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días-multa Ley de Delitos Aduaneros:

1.-Importación de Muestra sin valor Comercial Son aquellas mercancías que únicamente tienen por finalidad demostrar sus características, carecen de valor comercial y no se pueden comercializar. CASOS ESPECIALES DE IMPORTACIÓN

Comprende el envió de cartas, tarjetas, postales, impresos, pequeños paquetes, encomiendas postales, documentos valorados, remesas, y otros según la clasificación del Convenio Postal Universal. El valor FOB de los envíos o paquetes postales no deben exceder los US$ 2, Importación de Envíos Postales CASOS ESPECIALES DE IMPORTACIÓN

3.-Importación de envíos postales para Embajadas SUNAT autoriza el despacho de valijas diplomáticas que contengan pequeños paquetes, estos deberán tener signos exteriores visibles y solo contendrán documentos diplomáticos y objetos de uso oficial. CASOS ESPECIALES DE IMPORTACIÓN

4.-Importación de Envíos Postales cuyo valor no exceda de US$ 1,000 Comprenden los envíos o paquetes postales para uso personal o exclusivo del destinatario (obsequios). El valor no debe exceder de US$ 100 por envío, hasta un límite de US$ 1,000 por año calendario. CASOS ESPECIALES DE IMPORTACIÓN

5.- Importación de mercancías para el Cuerpo Diplomático y Organismos Internacionales Al término de sus funciones en el exterior, los representantes del cuerpo diplomático y organismos internacionales podrán internar libre del pago de derechos Ad-Valorem, IGV, ISC, sus muebles, enseres, efectos personales y un auto, los que deberán guardar proporción con el cargo establecido. CASOS ESPECIALES DE IMPORTACIÓN

6.-Importación de Vehículos Especiales y Prótesis para Uso de Minusválidos Comprende el despacho de vehículos especiales y prótesis para uso de minusválidos inafectos de derechos arancelarios y cancelando el IGV, ISC e IPM mediante Documentos Cancelatorios. Los vehículos podrán tener un valor máximo de US$ CIF. Para acogerse deberá adjuntarse a la Declaración de Importación la Resolución Ministerial que acredite la condición de Minusválido. CASOS ESPECIALES DE IMPORTACIÓN

Semana 7 Prof. Ciclo Curso: Comercio Exterior Unidad 2: Operatividad del Comercio Exterior Gestión de las importaciones