Cotización/Recaudación de Trabajadores y Trabajadoras Nombre del ponente Antonio Valle Mancilla Funcionario del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

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Transcripción de la presentación:

Cotización/Recaudación de Trabajadores y Trabajadoras Nombre del ponente Antonio Valle Mancilla Funcionario del Instituto Nacional de la Seguridad Social Aula de la Seguridad Social

2 Reflexiones sobre el tema 2. ¿Cuáles son los conceptos cotizables? 1. ¿Qué es la Base de Cotización? 3. ¿Qué es el Tipo de cotización? 4. ¿Qué es el Período de Liquidación?

3 Reflexiones sobre el tema 6. ¿Quién realiza la Recaudación? 5. ¿Qué es la Cuota? 8. ¿Bases y tipos de cotización 2013? 7. ¿Qué es un Aplazamiento?

4 1.¿Qué es la Base de Cotización?

La Base de Cotización en los diversos Regímenes del Sistema de la Seguridad Social, será la cantidad que resulte de aplicar las reglas que, para que los distintos Regímenes, se establezcan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio económico, en el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social y en las normas que lo desarrollen y complementen.

1. ¿Qué es la Base de Cotización? El Sistema de Seguridad Social está compuesto por el Régimen General y Regímenes Especiales: Dentro del Régimen General, se hallan incluidos como Sistemas Especiales colectivos con particularidades en materia de afiliación y cotización.  Sistema especial de frutas, hortalizas e industria de conservas vegetales.  Sistema especial Agrario.  Sistema especial para Empleados de Hogar  Sistema especial de la Industria Resinera.  etc.…

1. ¿Qué es la Base de Cotización? El Sistema de Seguridad Social comprende también los siguientes Regímenes Especiales:  Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.  Régimen Especial de Minería del Carbón.  Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

8 2. ¿Cuáles son los conceptos cotizables?

9 Contingencias Comunes: Para la cobertura de las situaciones que deriven de enfermedad común, accidente no laboral, jubilación, así como descanso por maternidad y paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: Destinada a la cobertura de estas contingencias. Horas Extraordinarias: Aquellas horas de trabajo que se realizan fuera de la jornada de trabajo. Las horas extraordinarias de fuerza mayor son aquellas en las que sea de tal naturaleza que ninguna relación guarde con el trabajo que se ejecutaba al ocurrir el accidente.

10 2. ¿Cuáles son los conceptos cotizables? Otras Cotización: Otras Cotización: Junto a las cuotas propiamente dichas, se recaudan otras cotizaciones que responden a conceptos específicos: Desempleo: cotización para la prestación por desempleo. Fondo de Garantía Salarial: cuya finalidad es el abono a los trabajadores de los salarios e indemnizaciones que las empresas para las que trabajan no han podido satisfacer por encontrarse en situación legal de insolvencia o por haber sido declaradas en situación de concurso. Formación Profesional: se entiende todos aquellos estudios y aprendizajes encaminados a la inserción, reinserción y actualización laboral, cuyo objetivo principal es aumentar y adecuar el conocimiento y habilidades de los actuales y futuros trabajadores a lo largo de toda la vida.

11 2. ¿Cuáles son los conceptos cotizables? Topes Máximos y Mínimos: Las bases de cotización al Sistema de la Seguridad Social no podrán ser superiores al límite máximo absoluto establecido, y que será fijado para cada ejercicio económico por la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. Dicho límite máximo será único para todas las actividades, categorías profesionales y contingencias comprendidas en el Régimen de que se trate y se aplicará que sea el número de horas trabajadas, incluidos los supuestos de pluriempleo, pero no los de pluriactividad. Las bases de cotización tendrán como límite mínimo, salvo disposición expresa en contrario, la cuantía íntegra del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento, incrementado en un sexto.

12 2. ¿Cuáles son los conceptos cotizables? Bases Máximas y Mínimas: Los límites relativos de las bases de cotización están constituidos por las cuantías mínimas y máximas o únicas para el grupo de categorías profesionales o actividades, y se fijan en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio económico y en la Orden anual de Cotización.

13 3. ¿Qué es el Tipo de cotización?

14 3. ¿Qué es el Tipo de cotización? El Tipo de Cotización es el porcentaje que se aplica a la base de cotización, siendo el resultado la cuota o importe a pagar. Los tipos de cotización serán los que establezca cada año la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. Los tipos de cotización en cada uno de los Regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social serán únicos y no se fraccionarán a efectos de la financiación de las contingencias y situaciones comprendidas en la acción protectora de cada Régimen, con excepción, en su caso de las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Los tipos de cotización por Desempleo, así como para el Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, serán asimismo, los fijados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el respectivo ejercicio económico.

15 3. ¿Qué es el Tipo de cotización? Primas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: Las primas correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales tendrá, a todos los efectos, la condición de cuotas de la Seguridad Social. La cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en los Regímenes de la Seguridad Social en que se deba cotizar específicamente por estas contingencias, se efectuará mediante aportaciones exclusivas de las empresas. El porcentaje a aplicar será el establecido en la tarifa de primas vigente, según la actividad desarrollada por la empresa o la ocupación/situación del trabajador, en su caso.

16 4. ¿Qué es el Período de Liquidación?

17 4. ¿Qué es el Período de Liquidación? Es el plazo al que están referidas las bases y tipos de liquidación para la determinación de la cuota. Salvo que se establezcan o se autoricen expresamente liquidaciones por períodos superiores o inferiores, los períodos de liquidación de cuotas estarán referidos a mensualidades completas. Las liquidaciones de cuotas deben recaer sobre bases constituidas por retribuciones referidas al mes natural al que corresponda su devengo, con independencia de que el pago deba efectuarse dentro del mismo plazo o en otro distinto establecido al efecto.

18 5. ¿Qué es la Cuota?

19 5. ¿Qué es la Cuota? Es el resultado de aplicar el tipo de cotización a la base de cotización y deducir, en su caso, el importe de las bonificaciones y/o reducciones que resulten aplicables, sin perjuicio de que pueda ser fijada directamente por las normas reguladores de la cotización en los distintos Regímenes del Sistema. La cuota de la Seguridad Social expresa el importe de la obligación de cotizar un período reglamentariamente delimitado, designado período de liquidación.

20 6. ¿Quién realiza la Recaudación?

21 6. ¿Quién realiza la Recaudación? La gestión recaudatoria de las cuotas que están obligadas a cotizar los sujetos responsables, se lleva a efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de sus órganos de recaudación o colaboradores (entidades financieras y otros órganos o agentes autorizados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social). Los obligados al pago presentarán los documentos que contengan la liquidación correspondiente en la entidad colaboradora en la que se efectúe el pago. No obstante, aún cuando no se ingresen las cuotas, deben presentarse, ineludiblemente, dentro del plazo reglamentario de ingreso, los documentos de cotización que integran la liquidación.

22 6. ¿Quién realiza la Recaudación? Transcurrido el plazo reglamentario establecido para el pago de las cuotas a la Seguridad Social sin ingreso de las mismas y sin perjuicio de las especialidades previstas para los aplazamientos, se devengará un recargo del 20% de la deuda. Salvo que se establezcan otros plazos especiales, las cuotas de la Seguridad Social, y en su caso, los demás conceptos que se recaudan conjuntamente, se liquidarán por mensualidades, y se ingresarán dentro del mes natural siguiente al que corresponda su devengo.

23 6. ¿Qué es un Aplazamiento?

24 6. ¿Qué es un Aplazamiento? Es un acto administrativo de carácter rogado mediante el cual se autoriza el pago de las deudas de Seguridad Social fuera del plazo reglamentario de ingreso, con devengo de intereses y que permite considerar al deudor, en tanto se cumplan las condiciones requeridas, al corriente respecto de las deudas aplazadas.

25 6. ¿Qué es un Aplazamiento? Deudas susceptibles de aplazamiento: Cualquier deuda de Seguridad Social objeto de gestión recaudatoria en dicho ámbito, ya se trate de cuotas, recursos de distinta naturaleza a cuotas o recargos sobre los anteriores. Deudas inaplazables: Cuotas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Aportaciones de los trabajadores por cuenta ajena o asimilados. El ingreso de las cuotas inaplazables deberá realizarse, si no estuviera hecho con anterioridad, en el plazo máximo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución por la que se conceda el aplazamiento.

26 8. Bases y tipos de cotización 2013

27 8. Bases y tipos de cotización 2013 Grupo de cotización Categorías ProfesionalesBase mínimas euros/mes Bases máximas euros/mes 1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección1.051, ,70 2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados872, ,70 3Jefes Administrativos y de Taller758, ,70 4Ayudantes no Titulados753, ,70 5Oficiales Administrativos753, ,70 6Subalternos753, ,70 7Auxiliares Administrativos753, ,70

28 8. Bases y tipos de cotización 2013 Grupo de cotización Categorías ProfesionalesBase mínimas Euros/día Bases máximas euros/día 8Oficiales de primera y segunda25,10114,19 9Oficiales de tercera y Especialistas25,10114,19 10Peones25,10114,19 11Trabajadores menores de 18 años, cualquier que sea su categoría profesional 25,10114,19

29 8. Bases y tipos de cotización 2013 DESEMPLEOEMPRESATRABAJADORESTOTAL Contrato tiempo completo6,70 %1,60 %8,30 % Contrato tiempo parcial7,70 %1,60 %9,30 % FOGASAEMPRESATRABAJADORESTOTAL 0,20 % FORMACIÓN PROFESIONALEMPRESATRABAJADORESTOTAL 0,60 %0,10 %0,70 % CONTINGENCIASEMPRESATRABAJADORESTOTAL Comunes23,60 %4,70 %28,30 % Horas Extras Fuerza Mayor12,00 %2,00 %14,00 % Resto Horas Extraordinarias23,60 %4,70 %28,30 % SEGURIDAD SOCIALEMPRESATRABAJADORESTOTAL Contrato tiempo completo sin horas extras 31,10 %6,40 %37,50 %

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