CONDICIONES GENERALES PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA

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Transcripción de la presentación:

CONDICIONES GENERALES PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA GEA brindará a los Afiliados de ASISTENCIA Dental y Medica de Urgencia, los servicios basados en las prestaciones asistenciales que se indican en las presentes Condiciones Generales de contratación y que se refieren a una o varias contingencias que pueda sufrir el Afiliado. Las presentes Condiciones Generales regulan los términos y condiciones de los servicios de asistencia que ha contratado el Afiliado con GEA, entendiéndose por conocidas y aceptadas en su totalidad por el afiliado titular a partir de la contratación y efectivo pago de los servicios de asistencia.   OBLIGACIONES GEA:  GEA asume las siguientes responsabilidades y obligaciones:   Mantener en operación permanente su servicio de atención telefónica y de recepción de solicitudes de asistencias. Este servicio debe operar las 24 horas del día, todos los días del año, incluidos los días sábados, domingo y festivos. Brindar a los Afiliados, en forma directa o a través de terceros bajo su propia responsabilidad, únicamente los servicios de asistencia contratados y que se detallan al final de estas condiciones generales. En forma excepcional, y siempre que hubiese sido autorizado previamente por GEA, se reembolsarán a los Afiliados los gastos o beneficios contemplados en los planes contratados y detallados al final de estas condiciones generales. Brindar a los Afiliados una rápida y apropiada atención de los servicios de asistencia que requieran en virtud de los planes contratados y detallados al final de estas condiciones generales. GEA, en orden a facilitar la atención de los Afiliados de los servicios de la asistencia, pondrá a disposición de sus clientes una línea de atención telefónica exclusiva con la siguiente numeración Informaciones (56 – 2) 8203306

CONDICIONES GENERALES PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA OBLIGACIONES DEL Afiliado: Cada vez que en estas condiciones generales se utilice la expresión “Afiliado”, se entiende que ella incluye a todas las personas mencionadas en el glosario de términos y que hayan adquirido y pagado previamente alguno de los planes detallados al final de estas condiciones generales.   El Afiliado estará obligado en todos los casos y para todos los servicios que le serán brindados por GEA a:   Obtener la autorización expresa de GEA, a través de la central operativa en Chile, antes de comprometer cualquier gasto o realizar acciones por iniciativa propia. El Afiliado deberá siempre aceptar las recomendaciones y soluciones indicadas por GEA, frente a los servicios que se soliciten a la empresa.

CONDICIONES GENERALES PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA GLOSARIO DE TÉRMINOS   DEFINICIONES.   Siempre que se utilicen en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye.   AFILIADO: Es la persona física que haya contratado a través de FULL CARGA los SERVICIOS de asistencia que presta GEA   SERVICIOS: Los servicios de asistencia contemplados en el producto que haya sido contratado por el AFILIADO y cuyas definiciones se incluyen en el presente documento.    SITUACIÓN DE ASISTENCIA: Todo hecho ocurrido en los términos y con las características y limitaciones establecidas en el cuerpo del presente documento, que den derecho a la prestación de los SERVICIOS, de acuerdo a los términos y condiciones que se aluden en estas condiciones generales.    EMERGENCIA: Para efectos considera EMERGENCIA una situación accidental y fortuita, que ponga en riesgo la seguridad del AFILIADO o sus AfiliadoS.    

CONDICIONES GENERALES PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA EQUIPO MÉDICO: Es el personal médico y demás equipo asistencia de GEA, o subcontratado por GEA, apropiado para prestar servicios de Asistencia Pre- hospitalaria en urgencias médica a un AFILIADO, de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento. EVENTO: Es una SITUACION DE ASISTENCIA reportada por un AFILIADO y/o Afiliado que da derecho a la prestación de uno de los SERVICIOS, de acuerdo a los términos y condiciones que se aluden en el presente instrumento.   ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un AFILIADO y/o Afiliado, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad previa y la preexistencia) que ocurra durante la vigencia de los servicios.    FECHA DE INICIO: Fecha a partir de la cual los SERVICIOS que ofrece GEA estarán a disposición de los AFILIADOS   EQUIPO TÉCNICO: El personal asistencial apropiado que esté gestionando los SERVICIOS a los AFILIADOS por cuenta de GEA, de acuerdo a los términos y condiciones que se aluden en el presente instrumento.   MONTO POR EVENTO: Es el costo máximo que será cubierto por GEA, asociado a la prestación de un SERVICIO. Si el valor de la prestación es superior a este MONTO POR EVENTO, la diferencia será de cargo del AFILIADO y/o Afiliado.  

CONDICIONES GENERALES PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA MONTO POR EVENTO: Es el costo máximo que será cubierto por GEA, asociado a la prestación de un SERVICIO. Si el valor de la prestación es superior a este MONTO POR EVENTO, la diferencia será de cargo del AFILIADO . PROVEEDOR: Es el EQUIPO TECNICO de GEA, o subcontratado por GEA, apropiado para prestar los SERVICIOS a un AFILIADO y/o Afiliado de acuerdo a los términos y condiciones que se aluden en el presente instrumento. ENFERMEDAD: Alteración de la salud o dolencia que afecte al AFILIADO .

Asistencia Dental Condiciones Asistencia Dental al Dolor Asistencia dental en caso de Urgencia EXAMEN CLINICO (Evaluación) En el caso de que un Afiliado sufra problemas agudos que requieran tratamiento odontológico de urgencia GEA DE CHILE, gestionará y cubrirá los costos de los servicios odontológicos de urgencia, solo en nuestros centros Dentales Asociados a nivel Nacional y se le practicarán aquellas acciones necesarias para eliminar el dolor del paciente para lo cual se procederá desde su evaluación, realizándole un examen clínico y de ser necesario y si esta dentro de la calidad de urgencia se realizaran las siguientes coberturas: En Caso de Urgencia dental Medicina Bucal : Examen clínico de urgencias ( diagnostico, Pronostico y plan de tratamiento. Urgencias : Tratamiento inicial y medicación en urgencias trepanación y colocación temporal de cemento. Radiografías: Periapicales individuales requeridas para tratamiento Horario de Atención: de Lunes A Viernes de 9:00 a 18:00 hrs.

Asistencia Dental Condiciones RADIOGRAFIAS PERIAPICALES Y CORONALES, EN CASO DE URGENCIA. En el caso de que un Afiliado sufra problemas agudos que requieran tratamiento odontológico de urgencia GEA DE CHILE, gestionará y cubrirá los costos de los servicios odontológicos de urgencia, como la toma de Radiografías de ser necesaria de la pieza dental comprometida, si lo requiere para eliminar EL dolor existente. Esta cobertura te entrega sin límites de Eventos y sin límite de monto TREPANACION, EN CASO DE URGENCIA En el caso de que un Afiliado sufra problemas agudos que requieran tratamiento odontológico de urgencia GEA DE CHILE, gestionará y cubrirá los costos de los servicios odontológicos de urgencia, como una Trepanación de la pieza dental comprometida para quitar el dolor existente. En una consulta única, Esta cobertura te entrega sin límites de Eventos y sin límite de monto. EXTRACCIONES SIMPLES EN DIENTES; PERMANENTES, TEMPORALES, DIENTES FRACTURADOS Y RESTOS, EN CASO DE URGENCIA. En el caso de que un Afiliado sufra problemas agudos que requieran tratamiento odontológico de urgencia GEA DE CHILE, gestionará y cubrirá los costos de los servicios odontológicos de urgencia, como la extracción de ser necesaria de la pieza dental comprometida como, si lo requiere para eliminar EL dolor existente. Horario de Atención: de Lunes A Viernes de 9:00 a 18:00 hrs.

Asistencia Medica de Urgencias Condiciones Orientación medica telefónica. Previa solicitud del AFILIADO, GEA brindará orientación médica telefónica al núcleo familiar, cualquier día de la semana las 24 horas del día y los 365 días del año, para que el AFILIADO pueda resolver sus consultas sobre alguna dolencia o enfermedad. GEA no se hace responsable de las consecuencias derivadas de estas orientaciones y los gastos en que incurra el AFILIADO correrán por su propia cuenta. Queda entendido que el SERVICIO se prestará sólo como una orientación y el personal médico profesional en ningún momento diagnosticará o recetará medicamentos a un paciente vía telefónica. Este servicio se prestara sin límite de costo y sin límite de eventos. Orientación Medica Telefónica : las 24 hrs. Sin limite Orientación pediátrica 24 horas : Sin limite Ambulancia en caso de Accidente : Sin limite Servicios de coordinación medica : Sin Limites Coordinación de Consulta Medica. Compra nocturna de medicamentos. Traslado Medico Terrestre de urgencia (Ambulancia) En caso que la AFILIADO sufra accidente traumático que le provoque lesiones o traumatismos tales que requieran su hospitalización, GEA gestionará y cubrirá el costo del traslado en ambulancia terrestre hasta el centro hospitalario más cercano, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. En caso de no existir ésta, GEA coordinará el traslado por medio de los servicios médicos públicos en la localidad.   Este servicio se entrega sin límite de eventos  y con tope de 4 uf por cada evento.

Asistencia Medica de Urgencias Condiciones Coordinación compra de Medicamentos Apetición del AFILIADO, GEA, coordinará el envío del producto solicitado, quedando a cargo del AFILIADO el envió y el costo de los medicamentos. Monto Mínimo de Compra de $5.000. Este servicio se prestara SIN LÍMITE DE EVENTOS. Incluido horario nocturno, fines de semana y feriados. RESERVA Y CONFIRMACION DE HORAS PARA CONSULTAS MÉDICAS Previa solicitud del AFILIADO, GEA coordinará la cita con médico de la red, o del centro medico indicado por el Afiliado cuando el así lo solicite. GEA no será responsable por el diagnóstico o tratamiento que realice el especialista. El costo de la consulta, medicamentos y tratamientos derivamos de la misma serán cubiertas por el Afiliado en su totalidad. Este servicio se prestara SIN LÍMITE DE EVENTOS.

Exclusiones Que el solicitante no se identifique como AFILIADO y/o Afiliado de ...................Cuando el AFILIADO no se identifique como Afiliado de............. Que el solicitante incumpla cualquiera de las obligaciones y condiciones de cobertura indicadas en este contrato. También quedan excluidas las Situaciones de Asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de: Huelgas, Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor. Cualquier servicio que sea contratado directamente por el AFILIADO o Afiliado o a través de terceros. Cuando el AFILIADO o Afiliado no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto. Los daños que sean consecuencia de sismo, terremotos, temblores, y cualquier fenómeno natural o de actuaciones dolosas o culposas del AFILIADO ó Afiliado. Autolesiones o participación del Afiliado en actos delictuosos ya sea culpable o dolosamente. La participación del Afiliado en combates, salvo en caso de defensa propia. La práctica de deportes como profesional, la participación en competiciones oficiales y en exhibiciones. La participación del Afiliado en carreras de caballos, de bicicletas, de coches y en cualquier clase de carreras y exhibiciones o pruebas y/o contiendas de seguridad y/o de resistencia.