EL SISTEMA DE VERIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS NUEVAS TITULACIONES

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Transcripción de la presentación:

EL SISTEMA DE VERIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS NUEVAS TITULACIONES PROGRAMA VERIFICA EL SISTEMA DE VERIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS NUEVAS TITULACIONES Valencia, 26 de Junio de 2008 Eduardo Coba Coordinador General 1

Índice Antecedentes y marco normativo actual Sistema de evaluación y acreditación Proceso de evaluación Resultados de la evaluación Aspectos relevantes en la cumplimentación

Garantía de calidad de las agencias de evaluación de la calidad Marco europeo Criterios y directrices europeos para la evaluación: Garantía de calidad interna en las instituciones de educación superior Garantía de calidad externa de la educación superior (titulaciones o instituciones) Garantía de calidad de las agencias de evaluación de la calidad

SGC ESTATAL Marco europeo ENQA SGC externo de la Universidad (Criterio 3.1 = Bloque 2 Criterios y Directrices EEES) SGC externo de la AGENCIA (Bloques 2 y 3 Criterios y Directrices EEES) SGC interno de la Universidad Bloque 1 Criterios y Directrices EEES SGC interno de la AGENCIA Bloque 3 Criterios y Directrices EEES

Antecedentes y marco normativo actual LEY DE REFORMA UNIVERSITARIA [1983] 1987 Directrices generales comunes para los planes de estudios de los títulos universitarios oficiales. Directrices propias de cada título. Fijan las materiales troncales el y porcentaje de libre configuración. Administraciones públicas fijan el porcentaje de optatividad. 1987-2001, Universidades diseñan planes de estudios para títulos oficiales. Catálogo de títulos. LEY ORGÁNICA DE UNIVERSIDADES (LOU) [2001] 2001 Establece la obligatoriedad de la acreditación. LEY ORGÁNICA por la que se modifica la LOU [2007] No hay directrices, para el diseño de planes de estudio. Se crea un Registro de Universidades, Centros y Títulos. Establece la obligatoriedad de la verificación, seguimiento y acreditación. Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES)

Marco legal El Real Decreto 1393/2007, de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la ley Orgánica 4/2007 de universidades, establece: El nuevo marco normativo para la ordenación, verificación y acreditación de enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito español.

La nueva ordenación de las enseñanzas Objetivo: Armonización de nuestro sistema universitario con el espacio europeo de educación superior. Enseñanzas organizadas en tres ciclos: grado, máster y doctorado. Mayor autonomía y responsabilidad de las universidades: Definición de su oferta formativa en los tres ciclos. Propuesta de títulos. Diseño de los planes de estudio. Mayor responsabilidad en la calidad de las enseñanzas: Aplicación de procedimientos de garantía interna de la calidad. Sistema de evaluación y acreditación: Garantizar la calidad y mejorar la información a la sociedad sobre las características de la oferta universitaria.

Autorización MICINN/CCAA Sistema de evaluación y acreditación Sistema de evaluación y acreditación Ciclo de vida de la enseñanza ANECA u Organismos de evaluación CCAA Consejo de Universidades Autorización MICINN/CCAA UNIVERSIDDADES Diseño VERIFICACIÓN RUCT Título acreditado Implantación SEGUIMIENTO Revisión y mejora ACREDITACIÓN RENOVACIÓN de la ACREDITACIÓN cada 6 años Extinción

Real Decreto 1393/2007 Establece: El Consejo de Universidades será el encargado de la verificación de las propuestas de nuevos planes de estudios. El CU encarga a ANECA un informe de evaluación de los nuevos planes de estudios. Programa VERIFICA

Memoria para la solicitud de Títulos Oficiales de Grado Proceso de evaluación para la verificación UNIVERSIDADES Memoria para la solicitud de Títulos Oficiales de Grado R.D. 1393/2007 Evaluación Proceso de evaluación Informe al Consejo de universidades Consejo de Universidades Procedimiento Evaluadores

Objeto de la evaluación para la verificación Proyecto de título, cuya verificación requiere una evaluación previa de aspectos fundamentales: Descripción. Justificación del título. Objetivos. Acceso y admisión de estudiantes. Planificación de las enseñanzas. Personal académico. Recursos materiales y servicios. Resultados previstos. Sistema de garantía de la calidad. Calendario de implantación.

Proceso de evaluación para la verificación Acciones de ANECA Definir y publicar los criterios de evaluación, procedimientos, protocolos y guías. Publicar la composición de las comisiones de evaluación. Seleccionar y designar a los evaluadores Establecer mecanismos para asegurar la validez y coherencia de las evaluaciones. Garantizar la posibilidad de presentación de recursos. Comisión de reclamaciones Diseñar una aplicación informática para facilitar la evaluación.

evaluación para la verificación Proceso de evaluación para la verificación

Proceso de evaluación para la verificación Definición del proceso y criterios de evaluación para la verificación ANECA ha tomado en consideración: R. D. 1393/2007 Criterios y directrices para la garantía de calidad en el EEES. Recomendaciones Consejo Universidades. Criterios de calidad de organizaciones internacionales.

Comisiones de Evaluación ANECA ha constituido Comisiones de evaluación de Rama de Conocimiento Consistencia ad intra e inter- comisiones Comisión de Emisión de informes Las evaluaciones de los planes de estudios serán realizadas por las Comisiones de Evaluación de Rama de Conocimiento. ANECA elevará los informes de evaluación al Consejo de Universidades a través de la Comisión de Emisión de Informes.

Funcionamiento de los Comités y la Comisión de evaluación

Comisiones de evaluación de Rama de Conocimiento Funcionamiento de la Comisión de Evaluación ANECA ha constituido Comisiones de evaluación de Rama de Conocimiento Un presidente. Un número de vocales académicos , que se determinará en función de los ámbitos académicos, del número de títulos diferentes a evaluar y del número de solicitudes presentadas. Vocales académicos internacionales. Se incluirán vocales profesionales de la rama de conocimiento correspondiente. Expertos externos a la Comisión, al menos de GC. Estudiantes. Un secretario, técnico de ANECA.

Papel de las Comisiones de Rama de conocimiento Misión: evaluar los proyectos de títulos oficiales. Para ello, estudian y analizan los proyectos y completan la plantilla de evaluación. Ello implica: Valorar la adecuación del proyecto de título a los criterios establecidos por ANECA, conforme al R.D. 1393/2007. NO se valora la pertinencia, importancia o necesidad del título. Si hay muchos o pocos títulos de ese tipo; si es nuevo o un título actualmente existe; si es innovador o tradicional. SÍ se valora la coherencia de la formación que propone el título con relación a su denominación, objetivos y competencias que contempla, nivel de grado o master, etc. La autorización de la implantación del título corresponde a las administraciones públicas.

Funcionamiento de la Comisión de Evaluación ANECA ha constituido: Comisión de Emisión de informes Un presidente, Dirección de ANECA. Cinco vocales, presidentes de cada una de las Comisiones de Evaluación de Rama de Conocimiento. Un secretario, que será un miembro de ANECA. Un asesor jurídico, miembro de la Comisión Técnica de ANECA.

Evaluadores académicos: Perfiles y criterios de selección de evaluadores Evaluadores académicos: Conocimiento o experiencia en diseño y gestión de planes de estudio universitarios. Conocimiento o experiencia en evaluación de planes de estudio y enseñanzas universitarias. Conocimiento o experiencia en Sistemas de Garantía de Calidad en la universidad. Experiencia en proyectos de innovación e implantación de nuevos modelos relacionados con el EEES. Experiencia en otras actividades relacionadas con la calidad de la Educación Superior. Experiencia en diseño e implantación de Sistemas de Gestión de la Calidad en otros ámbitos. ≥ 3 sexenios ∆ (Sexenios- Quinquenios) ≤ 3

Evaluadores profesionales: Perfiles y criterios de selección de evaluadores Evaluadores profesionales: Experiencia profesional relacionada con los títulos objeto de evaluación. Experiencia en procesos de evaluación en la universidad. Experiencia en sistemas de garantía de calidad. Estudiantes: Experiencia en la evaluación de planes de estudio y enseñanzas. En representación de asociaciones de estudiantes legalmente establecidas.

Evaluadores académicos: Selección de evaluadores Evaluadores académicos: A partir de las solicitudes presentadas a la convocatoria de ANECA. A partir de los expertos recomendados por las universidades. Valoración cruzada: Consejo Asesor de ANECA. Comisión Técnica. Consideración de criterios: Género y distribución geográfica. Naturaleza jurídica de la universidad. Conflicto de intereses. 22

Expertos internacionales: Selección de evaluadores (2) Estudiantes: A partir de las propuestas realizadas por asociaciones de estudiantes. Con experiencia y formación en procesos de evaluación. Profesionales: Bases de datos de ANECA y de los organismos de evaluación de las Comunidades Autónomas. A partir de las propuestas realizadas por los Consejos Sociales. Expertos internacionales: Bases de datos de ANECA y de agencias europeas de garantía externa de calidad. 23

Principios en el desarrollo de las evaluaciones Evaluación contra criterios versus evaluación contra apreciaciones personales de lo que es un proyecto de título de calidad. Las valoraciones se apoyan en referentes, evidencias documentales o datos, no en “informaciones imprecisas, incompletas o no contrastadas”, “intuiciones”… La clave es contrastar la información que se tiene. El contexto es el de la universidad de referencia no el de la universidad del evaluador.

Redacción de Propuestas de Informes (1) Los informes de evaluación serán públicos y recogerán la valoración motivada del proyecto de Título oficial. Los informes provisionales y finales tienen cuatro partes: Justificación de la valoración a partir del proceso y los criterios utilizados [obligatoria y común para todos los informes]. Valoración: “Favorable” o “Desfavorable” Motivación de la valoración (obligatoria) Recomendaciones (opcionales): Hacen referencia a cuestiones dentro de un criterio “suficientes pero mejorables” o “insuficientes”. Permitirán mejorar el proyecto de título con vistas a las fases de seguimiento y acreditación.

Memorias de solicitud de grado Recibidas antes del 14 de febrero de 2008: 205 Proyectos de títulos universitarios oficiales: 31 Arte y Humanidades, 11 Ciencias, 86 Ciencias Sociales y Jurídicas, 34 Ciencias de la Salud. 43 Ingeniería y Arquitectura. 5 Proyectos de títulos universitarios fueron retirados.

Resultados de la evaluación (1) 200 propuestas evaluadas. Han recibido informe final favorable 140. Han recibido informe final desfavorable 60. Considerando las Ramas de conocimiento: Arte y Humanidades: 84% (25/30) Ciencias: 82% (9/11) Ciencias Sociales y Jurídicas: 70% (59/84) Ciencias de la Salud: 65% (22/34) Ingeniería y Arquitectura: 61% (25/41)

Resultados antes de alegaciones Resultados antes de alegaciones. % de motivaciones por criterio desfavorable sobre el total de informes desfavorables

Resultados después de alegaciones Resultados después de alegaciones. % de motivaciones negativas sobre el total de informes desfavorables

Resultados de la evaluación (1) Casi un 100% de los proyectos de títulos evaluados se ajustan a los criterios relativos a: Acceso y admisión de estudiantes. Resultados previstos. Sistema de garantía de la calidad. Calendario de implantación.

Resultados de la evaluación (2) Un 90% de los proyectos de títulos evaluados se ajustan a los criterios relativos a: Justificación. Objetivos. Recursos materiales y servicios. Un 80% de los proyectos de títulos evaluados se ajustan a los criterios relativos a: Planificación de la enseñanza. Personal académico.

Criterio 1 1. DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO Criterio Este apartado debe recoger las características generales del título y su valoración corresponde al Consejo de Universidades. La información que las universidades aporten en este apartado servirá de referencia al valorar los restantes apartados de la propuesta de título, ayudando a contextualizarla.

Criterio 2 2. JUSTIFICACIÓN DEL TÍTULO La propuesta de cada título debe ser relevante conforme a las experiencias formativas o investigadoras, adecuada al campo académico al que hace referencia y/o acorde con estudios similares existentes en el ámbito internacional. Directrices La propuesta de un título debe presentarse razonada ante la sociedad, las administraciones públicas y la propia institución universitaria. Los referentes o justificaciones que acompañen a la propuesta del Título deben aportar argumentos que lo avalen en términos académicos, científicos o profesionales.

Criterio 3 3. OBJETIVOS GENERALES Y COMPETENCIAS DEL TÍTULO Los objetivos del Título deben ser pertinentes y las competencias a adquirir por los estudiantes deben estar de acuerdo con las exigibles para otorgar el Título. Directrices Los objetivos generales del Título deben responder a la orientación académica, profesional o especializada, etc., que pretenda darse al mismo. Las competencias a adquirir por el estudiante deben ser evaluables y coherentes con las correspondientes a un título de graduado

Criterio 4 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES El Título deberá disponer de unos sistemas accesibles que regulen e informen claramente sobre las diferentes vías de acceso, admisión y orientación al estudiante al inicio de sus estudios Directrices Debe proporcionarse a los estudiantes de nuevo ingreso información sobre las características del Título previa a la matriculación que facilite su incorporación a la universidad y titulación. Se ha de contar además con sistemas de información sobre las condiciones o pruebas de acceso especiales, en el caso de que lo autorice la administración competente. El Título ha de contar con sistemas adecuados de transferencia y reconocimiento de créditos, que deben estar descritos, tanto para las materias básicas, de la misma u otra rama de conocimiento, como para otros créditos cursados. .

Criterio 5 5. PLANIFICACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS El Plan de estudios deberá constituir una propuesta de formación diseñada de forma coordinada y tomando en consideración la dedicación de los estudiantes en un periodo temporal determinado. Directrices El Plan de estudios debe contar con una estructura de módulos, materias y créditos coherente con los objetivos generales y las competencias definidas y apoyada en mecanismos de coordinación docente. Los contenidos, las actividades formativas, el sistema de evaluación y los requisitos previos especificados en cada módulo o materia deben ser adecuados para favorecer la consecución de las competencias previstas en dicho módulo o materia. La planificación y secuenciación temporal de las enseñanzas debe permitir la coordinación entre módulos o materias y la adecuación de la dedicación real del estudiante a la prevista.

Criterio 6 6. PERSONAL ACADÉMICO El profesorado y otros recursos humanos de apoyo a cada Título deben ser adecuados para la consecución de los objetivos generales y competencias previstas en la propuesta de Título. Directrices El personal académico implicado en el Título debe ser suficiente y su grado de dedicación, su cualificación y experiencia adecuados para llevar a cabo el plan de estudios propuesto.

Criterio 7 7. RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS Los recursos materiales y servicios necesarios para el desarrollo de las actividades previstas deben ser adecuados para la consecución de los objetivos y las competencias previstas en el plan de estudios. Directrices El plan de estudios debe contar con las infraestructuras y recursos materiales adecuados para el desarrollo del mismo. Como norma general, los medios materiales deben ser adecuados para garantizar el funcionamiento de los servicios correspondientes a las enseñanzas impartidas, permitiendo los tamaños de grupo previstos, el ajuste a las metodologías de enseñanza-aprendizaje, etc. Los espacios dedicados a biblioteca, salas de lectura y trabajo en grupo, así como los recursos bibliográficos deberán ser suficientes y accesibles para cubrir lo previsto en los programas de las materias. En el caso de las enseñanzas no presenciales, se tendrá en cuenta la necesidad de recursos propios de la enseñanza a distancia, como son los sistemas y mecanismos de contacto entre profesores y estudiantes. En este tipo de enseñanzas tendrá mayor importancia en la evaluación los recursos para el acceso a espacios virtuales de los estudiantes o plataformas. En los casos en los que proceda, se considerarán los recursos y servicios de los centros asociados.

Criterio 8 8. RESULTADOS PREVISTOS La propuesta del Título debe incluir una previsión de resultados relacionados con la eficiencia del Título y los mecanismos generales para la valoración de los resultados del aprendizaje de los estudiantes. Directrices En la fase de renovación de la acreditación se revisarán estas estimaciones, atendiendo a las justificaciones aportadas por la universidad y a las acciones derivadas de su seguimiento. El Título debe tener habilitados un conjunto de procedimientos para valorar el progreso y los resultados del aprendizaje de los estudiantes.

Criterio 9 9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL TÍTULO La propuesta del Título debe incluir un Sistema de Garantía de Calidad que asegure el control, la revisión y mejora continua del mismo. Directrices El Centro en el que se imparte la titulación, o en su caso la Universidad, debe disponer de unos procedimientos asociados a la garantía de calidad y dotarse de unos mecanismos formales para la aprobación, control, revisión periódica y mejora del Título. Igualmente, deberán establecerse mecanismos de información dirigidos a los estudiantes y a la sociedad, sobre el nuevo Título y sus objetivos. .

Criterio 10 10. CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN El proceso de implantación de las nuevas titulaciones debe estar planificado en el tiempo, y previsto un mecanismo para acomodar, en su caso, a los estudiantes procedentes de planes ya existentes al nuevo plan de estudios. Directrices Debe facilitarse un cronograma donde se recoja el calendario de implantación de las nuevas titulaciones comenzando a partir del año en el que se prevé su inclusión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Cuando corresponda, se especificará el procedimiento elegido para adaptar a los estudiantes de los cursos ya existentes a los nuevos planes de estudios. Así mismo, se detallarán aquellas enseñanzas que se extinguen por la implantación del correspondiente Título propuesto.

Meta-evaluación (1) Objetivos: Alcance : Mejorar el proceso de evaluación: Aumentar su validez y fiabilidad. Aumentar su eficiencia. Optimizar los referentes de evaluación utilizados. Alcance : Se evaluarán todas las fases del programa VERIFICA: Diseño, proceso de evaluación, asesoramiento e información y resultados.

Meta-evaluación (2) Agentes implicados: Metodología: Universidades: rectores, responsables académicos del título y técnicos implicados en el diseño. Evaluadores: En función de su perfil: académicos, profesionales y estudiantes: Comisiones de evaluación. ANECA: Directivos, técnicos implicados en el proceso. Comisión Técnica y Consejo Asesor. Metodología: Encuestas, entrevistas grupales e individuales.

Muchas gracias www.aneca.es