Propuesta Seguridad Laboral La #Concertación de Partidos por la Democracia ha definido impulsar las siguientes reformas en materia de seguridad laboral.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Programas de Seguridad e Higiene Industrial
Advertisements

Estrategia española de salud y seguridad de marzo de 2007 La implantación de la PRL en la nueva cultura empresarial M.Carmen Marrero Falcón.
PERU: LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
FUNDAMENTOS BASICOS EN PREVENCION DE RIESGOS
MODERNIZACION DEL SISTEMA DE SEGURIDAD LABORAL: PROPUESTAS
El derecho laboral Colombiano hoy en día, ha sido tomado en cuenta y plasmado en la Constitución de 1991 como una forma o mecanismo de tener y brindar.
Taller de Seguridad e Higiene
ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ( ) 28 de junio de 2007.
SUB DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
Ley de Subcontratación
COMITÉ BIPARTITO DE CAPACITACIÓN
Resolución 299/2011 Higiene y seguridad en el Trabajo
Buenas prácticas en las metodologías de inspección en materia de seguridad y salud en minas.
Jairo Andres Martínez Pallares 20136
EL COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
DECRETO LEY 1295 DE 1994 GUSTAVO SANABRIA GRUPO
CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL
Programa sobre Seguridad, Salud y Medio Ambiente, OIT
Juan José Serrano Sánchez Septiembre 2008 Diapositiva 1 La CALIDAD de las estructuras preventivas de las empresas.
Participante: Emwid E. Castillo D. C. I.: Profesor: Cecilia Trejo VICERRECTORADO DE ESTUDIOS A DISTANCIA COHORTE HID CR: 081 LIC. EN.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL COPASO Y/O VIGIA
Aspectos legales en Salud Ocupacional Acerca del accidente en itinere
Subsecretaría de Previsión Social Abril 2007
Agregamos Valor, Protegiendo a las Personas.
S U P E R I N T E N D E N C I A D E S E G U R I D A D S O C I A L
POLÍTICA INSTITUCIONAL EN
Arq. TERESITA TURUS GERENCIA DE PREVENCIÓN
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES (DECRETO LEY 1295 DE 1994 y otros relacionados con el COMITÉ PARITARIO DE SST.
LEY N° SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
Código 91 / 2010 REGLAMENTO INTERNO Enero 2010.
Implementación OHSAS TEMA: Implementación OHSAS Ing. Larry D. Concha B. UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO.
Implementación OHSAS TEMA: Implementación OHSAS Ing. Larry D. Concha B. UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO.
TRATADOS INTERNACIONALES FIRMADOS POR MEXICO
Conceptos sobre SALUD OCUPACIONAL. Dra. Cindy nieto
Buenas prácticas en las metodologías de inspección en materia de seguridad y salud en minas.
Seguridad & Salud en el Trabajo
Principales convenios de OIT relativos a la seguridad y la salud en el trabajo
Resoluci ó n 299/2011 Higiene y seguridad en el Trabajo Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
TENS 2015 I.P. VALLE CENTRAL Docente: E.U. Gloryssabeth Cuartas Valencia.
ARNULFO CIFUENTES OLARTE Abogado
DECRETO LEY 1295 DE 1994.
Responsabilidad Civil y Penal ante accidentes laborales.
UN NUEVO SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PARA CHILE
Programa sobre Seguridad, Salud y Medio Ambiente
Noviembre 29, 2010 UN NUEVO SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PARA CHILE Más Trabajo, Más Seguro.
Prevención y Protección frente a riesgos profesionales
Mintrabajo ¿Cuáles son las facultades del Inspector de Trabajo y Seguridad Social?
L.R.I. Claudia Muñoz  La Certificación es un mecanismo para acreditar la madurez en calidad de los procesos de trabajo de las organizaciones, utilizando.
LEY 1562 DE 2012 “POR LA CUAL SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL".
SGSST - S ISTEMA DE G ESTIÓN DE LA S EGURIDAD Y S ALUD EN EL T RABAJO Decreto 1443 de 2014, los empleadores deben iniciar con la implementación del (‪‎SGSST)
OFICINA DE CONTROL INTERNO Jornada de Inducción y Reinducción (Bogotá, Septiembre 3 de 2015 )
EXPERIENCIA ARGENTINA EN LA IMPLEMENTACIÓN DE UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA EN EL ESTADO. LECCIONES DEL PASADO. LIC. CARLOS D. ZARLENGA.
REGLAMENTACIÓN SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES LEY 1562 DE 2012 Ricardo Gaviria Fajardo Director Cámara Técnica de Riesgos Laborales Octubre 3 de.
Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102) y las implicaciones de la ratificación para Uruguay.
1 DIVISIÓN DE CAPACITACIÓN - 17/06/98 - VERSIÓN 01 - Código D2037-DCAP Versión 1 COMO HACER DE LOS COMITES EQUIPOS EFICIENTES.
Análisis de la experiencia de ECUADOR en formación y acreditación de funcionarios en contratación pública.
Análisis de la experiencia de Nicaragua en acreditación de funcionarios en compras públicas.
Formulación de la Política Nacional de Salud con enfoque de interculturalidad en los recursos humanos Dr. Enrique Donado Cotes Director de DASI.
PLAN NACIONAL PARA LA ERRADICACIÓN DE LA SILICOSIS Valentina Nehgne C. Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo Superintendencia de Seguridad Social.
Red de Apoyo Técnico de los Servicios de Empleo de America Latina y el Caribe Seminario: “Cómo contribuyen los Servicios de Empleo a mejorar el funcionamiento.
» Introducción Todas las actividades que realizamos trae consigo un determinado riesgo, este puede aumentar o disminuir en función a nuestras acciones.
NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE Colombia RIESGOS LABORALES
EXPERIENCIA ARGENTINA EN LA IMPLEMENTACIÓN DE UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA EN EL ESTADO. LECCIONES DEL PASADO. LIC. CARLOS D. ZARLENGA.
EQUIPO Es un EQUIPO, que desarrolla y promueve actividades de prevención y control de factores de riesgo que puedan afectar la salud y seguridad de los.
Rol de las Mutualidades, Comités Paritarios y Departamentos de Prevención en la seguridad laboral James Wilkins Binder. Asesoría Técnica Parlamentaria.
MÁSTER EN DIRECCIÓN DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y FINANCIERAS PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN Y CLAUSURA DEL CURSO 2015 ‐ 2016 Viernes, 27 de mayo de 2016 Sala.
RESOLUCIÓN 2013 de 1986.
La Carrera Personalizada con mejoramiento continuo.
Transcripción de la presentación:

Propuesta Seguridad Laboral La #Concertación de Partidos por la Democracia ha definido impulsar las siguientes reformas en materia de seguridad laboral.

Propuesta Seguridad Laboral FISCALIZACIÓN Y SANCIONES. – Superintendencia de Seguridad Laboral Concentrar la acción estatal en una autoridad que cuente con los recursos y las competencias necesarias para actuar de manera eficiente y que a la vez cuente con los instrumentos preventivos y sancionatorios adecuados para actuar de manera eficaz. La Superintendencia de Seguridad Laboral debería depender del Ministerio del Trabajo y su competencia debería abarcar funciones hoy dispersas en las Seremis de Salud, el SAG, la Directemar y el Sernageomin, entre otros organismos. Dicha institución debiera contar con un numero de fiscalizadores que, a lo menos, sea la mitad de los que tiene la Dirección del Trabajo que dispone de 1500 funcionarios en esta tarea. – Multas y sanciones En la actualidad el monto de las multas es bajo respecto de lo que significa la integridad de los trabajadores por lo que se debe aumentar significativamente las multas cuando no se adoptan las medidas para proteger la vida y salud de los trabajadores. Sancionar con multas agravadas la subdeclaración de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. A nivel penal también se debe agravar la pena a los cuasi delitos de homicidio y lesiones graves en un tipo especial referido a los accidentes laborales, cuando los representantes de la empresa han incurrido en una negligencia inexcusable al no adoptar las medidas de seguridad reglamentarias o las que hayan sido instruidas por la mutualidad o la autoridad laboral. Este aumento debe mantener la regla de aplicación diferenciada para las empresas de menor tamaño, así como también la sustitución de multas por asistencia al cumplimiento (capacitación) en determinados casos. – Derecho a paralizar faenas Agregar a la facultad que hoy tienen los organismos fiscalizadores el derecho del comité paritario de higiene y seguridad a decretar la paralización inmediata de faenas y el derecho de todo trabajador a exigir, del empleador y de la autoridad, que se inspeccionen faenas o puestos de trabajo que representen un peligro inminente para su vida, suspendiéndose las labores mientras no se realice la revisión de tales circunstancias. Será considerado injustificado el despido del trabajador que ha sido motivado en el abandono de faenas o en la negativa a trabajar por causa de la falta de seguridad laboral.

Propuesta Seguridad Laboral REFORMA A LA NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES – Ratificar convenios OIT de seguridad laboral Chile debe homologarse a los estándares mas exigentes que los países han alcanzado. Para ello, se deben ratificar diversos convenios internacionales entre ellos el convenio 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores, el convenio 176 sobre seguridad en las minas y el convenio 187 sobre norma de higiene y seguridad. – Normativa específica de seguridad para sectores En la actualidad, en general, se aplican normas genéricas a todos los sectores por igual (ej. reglamento 594), que no dan cuenta de las especificidades ni de las realidades de los distintas áreas y sectores productivos. Incorporar a todos los trabajadores del sector público (planta, contrata y honorarios) al seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. – Evaluación de impacto Regulatorio: La normativa que tenga incidencia en la seguridad laboral debe someterse a un análisis de impacto regulatorio para prevenir riesgos de accidentes y enfermedades laborales. Iniciación de actividades: evaluación de la planificación de las medidas de seguridad laboral ex- ante de la instalación de las empresas y proyectos de inversión.

Propuesta Seguridad Laboral REFORMA A LA NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES – Reforma profunda a las Mutualidades Aumentar el porcentaje de recursos que las mutuales destinan a la prevención de riesgos (hoy las mutuales sólo destinan a prevención entre un 4% y un 13% de los recursos administrados). Aumentar el número de especialistas con que deben contar las mutualidades para prestar asistencia en la prevención de riesgos y en la asistencia técnica a las pequeñas y medianas empresas. Establecer como obligación para las mutuales: Contar con un programa de gestión preventiva; someter a la nueva autoridad fiscalizadora sus planes de prevención a fin de que anualmente se controle la calidad de los planes de rigor; hacer seguimiento de los planes, fijando indicadores de impacto. En caso que ellos no den resultado esperado, la empresa respectiva deberá someterse a un programa especial de nivelación; establecer indicadores preventivos, no solo por tasa siniestralidad y controlar los programas preventivos coordinados de acuerdo a una estrategia nacional en seguridad laboral. Cambiar el estatus de las actuales recomendaciones por instrucciones con fijación plazo ejecutable por la nueva autoridad fiscalizadora. Dotar a las mutualidades de facultades de suspensión de faenas en caso de peligro inminente de la vida y salud de los trabajadores. Sancionar con multas especiales y elevadas a las Mutualidades en caso de incumplimiento de sus deberes. Estudiar una rebaja a la cotización mínima. – Universalidad del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. En la actualidad, el ISL provee el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales para las empresas más pequeñas, precarias y riesgosas de la economía, las que subnotifican sus accidentes sin control. Este seguro provee atención médica de los accidentes en la red asistencial pública, congestionando los servicios de urgencia. Sus estadísticas reflejan la subnotificación y Chile no está en condiciones de mostrar al mundo su tasa de accidentes. Por su parte, las mutuales afilian a las empresas más grandes, menos precarias y menos riesgosas, entregándoles atención médica en instalaciones de primera categoría y subutilizadas (destinan importantes excedentes a reinversión), bajo un modelo de servicios altamente especializado, desarrollado durante años de ejercicio del seguro. Estas desigualdades deben ser corregidas, promoviendo la afiliación de los trabajadores a las mutualidades. Esto representaría una estrategia que apunte a universalizar y solidarizar estos riesgos y de transparentar nuestra verdadera realidad como país y lo más importante, que no existan en Chile trabajadores de primera y segunda categoría.

Propuesta Seguridad Laboral ELEVAR LOS ESTANDARES DE SEGURIDAD LABORAL DE LAS EMPRESAS – Departamento de prevención de riesgos de las empresas Establecer la obligación de que “toda entidad empleadora”, deba contar con un Departamento de Prevención de Riesgos y no sólo las empresas mineras, industriales o comerciales como es la obligación actual. Para ello se plantea rebajar el número de trabajadores de 100 a 50 para tener la obligación de contar con un Departamento de Prevención de Riesgos. En las empresas de menor tamaño será obligación de la mutualidad implementar programas de prevención de riesgos en forma obligatoria. Establecer que los departamentos de prevención de riesgos laborales, ya sea de la propia empresa, externos o mediante el apoyo de la mutualidad, cuenten con especialistas en Medicina Laboral, Seguridad Industrial, Higiene Industrial y Ergonomía. Esto significa que serían servicios preventivos integrales, de conformidad lo mandatado por la OIT. – Comités paritarios de higiene y seguridad Establecer la obligación universal de toda empresa de 20 trabajadores de constituir Comité Paritario (incluyendo el sector Marítimo Portuario). En las empresas de menor tamaño el empleador deberá designar de entre los trabajadores un Líder de Seguridad, el que deberá realizar un curso de especialización. Establecer un programa de formación de competencias de los integrantes del comité paritario. Tal curso debe ser dictado por los organismos administradores del seguro, pero la definición del contenido y su metodología debe ser definido por la nueva autoridad nacional en seguridad laboral. Extender el fuero laboral a los representantes de los trabajadores en el Comité Paritario. – Gestión de seguridad laboral al interior de la empresa Establecer que todas las empresas cuenten con un sistema de gestión de seguridad laboral. Las empresas de menor tamaño deben asistirse por la mutualidad. Establecer la obligación de auditar periódicamente los sistemas de gestión de seguridad laboral.