Propiedad Horizontal y Servicios Públicos

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Transcripción de la presentación:

Propiedad Horizontal y Servicios Públicos Cristian Stapper Buitrago Experto Comisionado Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico

Régimen de Propiedad Horizontal Sistema que conjuga la propiedad individual sobre bienes privados y la propiedad común con indivisión perpetua sobre los bienes comunes

Régimen de Servicios Públicos Prestación del servicio a suscriptor o usuario en los términos del contrato de servicios públicos

En la Constitución Política Dónde se encuentran los derechos de los usuarios de servicios públicos? En la Ley 142 de 1994 En las condiciones especiales En las condiciones uniformes En el Código de Comercio Principalmente en el contrato de servicios públicos que esta regido por las disposiciones contenidas en… En el Código Civil

El CCU es: Uniforme, Consensual y por Adhesión Las partes son la empresa de servicios públicos y el usuario Su precio se paga en dinero Las estipulaciones son definidas por los prestadores

Los derechos contenidos en la Constitución Política de Colombia Según el art. 369 “la ley determinará los deberes y derechos de los usuarios, el régimen de su protección y sus formas de participación en la gestión y fiscalización de las empresas estatales que presten el servicio”. Sin embargo la Constitución establece el fundamento de estos derechos en materia de intervención del Estado en la economía; responsabilidades en materia de servicios públicos; régimen de solidaridad; y participación de los usuarios.

Ley 142 de 1994 Obtener de las empresas la medición de sus consumos reales La libre elección del prestador del servicio y del proveedor de los bienes necesarios para su obtención o utilización Obtener los bienes y servicios ofrecidos en calidad o cantidad superior a las proporcionadas de manera masiva Solicitar y obtener información completa, precisa y oportuna, sobre todas las actividades y operaciones directas o indirectas que se realicen para la prestación de los servicios públicos

Algunos derechos contenidos en el código de comercio Además de las disposiciones del derecho comercial relativas a la conformación y funcionamiento de sociedades, en lo relacionado con la interpretación de los contratos debe aplicarse la disposición del artículo 830 del Código de Comercio, según el cual, “El que abuse de sus derechos estará obligado a indemnizar los perjuicios que cause”.

Algunos derechos contenidos en el código civil Las cláusulas ambiguas serán interpretadas contra la parte que escribió el contrato (art. 1624 C.C.) ; Aplicación de términos generales a la materia del contrato (art. 1619 del Código Civil); Interpretación de cláusulas que producen efecto (art. 1620 C.C.); Interpretación del contrato según su naturaleza (1621 C.C.); Presunción de cláusulas de uso común no expresadas (art. 1621 C.C.); Interpretación sistemática de cláusulas (art. 1622 C.C.); Interpretación extensiva de ejemplos (art. 1623 C.C.); Interpretación a favor del deudor (art. 1624 C.C.).

Dónde se encuentran los derechos de propietarios de unidades privadas? En la Ley 675 de 2001 En el Código de Comercio En el Código Civil Principalmente en el reglamento de propiedad horizontal que esta regido por las disposiciones contenidas en…

Derechos del Propietario en PH en Ley 675 de 2001 Derecho a voto en decisiones Derecho a usar, gozar y disponer de los bienes privados Usar y disfrutar de los bienes comunes Percibir frutos sobre esos bienes comunes, cuando sea el caso Derecho a ser parte de los órganos de gobierno

Referencias expresas a S.P.D. en Ley 675 de 2001 Bienes comunes esenciales Expensas comunes Persona jurídica-Usuario único Persona jurídica considerada como sin ánimo de lucro para contribución de impuestos nacionales

Propiedad Horizontal y Servicios Públicos

Multiusuarios Acueducto y Alcantarillado Decreto 229 de 2002 “Edificación de apartamentos, oficinas o locales con medición general constituida por dos o más unidades independientes” Resolución CRA Nº 319 de 2005 “Por la cuál se regula el cobro de los servicios de acueducto y alcantarillado a multiusuarios donde no existe medición individual por razones de tipo técnico.”

Resolución CRA Nº 319 de 2005 Aplica cuando no sea técnicamente posible que cada acometida cuente con su correspondiente medidor de acueducto. La persona jurídica que se origina de la propiedad horizontal de la edificación o el propietario de la misma, constituye un único suscriptor frente a la empresa.

Facturación para Multiusuarios de Acueducto y Alcantarillado En cada servicio, se cobrará un solo cargo fijo para el multiusuario, que será establecido y cobrado de forma proporcional a cada uno de los inmuebles residenciales y no residenciales que lo constituyan. El consumo total se distribuirá proporcionalmente entre el número de unidades independientes residenciales y no residenciales que componen el multiusuario, aplicando la tarifa que corresponda a cada estrato o sector Se expedirá una sola factura por multiusuario.

Facturación para Multiusuarios de Acueducto y Alcantarillado En la facturación se deberá indicar el número de unidades independientes por estrato y sector, el nivel de consumo según el rango definido por la CRA y el valor por cargo fijo y por cargo por consumo. En cada factura también se deberá discriminar el valor de cada componente del cobro para cada usuario, para efectos de aplicar los porcentajes de subsidio o contribución que corresponda a cada estrato o sector.

Requisitos Presentar ante la persona prestadora las razones de tipo técnico por las cuales no existe medición individual Se debe discriminar el número de unidades independientes residenciales, comerciales, industriales, oficiales y especiales que conforman la propiedad.

Multiusuarios Acueducto y Alcantarillado ACUACAR S.A. AMB S. A. ESP EEPPM E.S.P E.I.S. CÚCUTA E.S.P. METROAGUA S.A. E.S.P. TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P.

Consumo Promedio por Usuario según Tipo de Usuario (Multiusuario-Uniusuario)

Multiusuarios Aseo Resolución CRA Nº 233 de 2002 Establece una opción tarifaria para los multiusuarios del servicio de aseo. Fija los requisitos para acceder a la opción tarifaria.

Multiusuarios Aseo Decreto 1140 de 2003 MAVDT Modifica el Decreto 1713 de 2.002 en relación con las unidades de almacenamiento y el lugar de presentación de los residuos sólidos, flexibilizando los requisitos para acceder a la opción tarifaria. Se expide la Res. CRA 247 de 2003. Modifica el Artículo 4 de la Resolución CRA Nº 233 de 2.002, en relación con los requisitos que el usuario agrupado debe cumplir para acceder a la opción tarifaria de multiusuarios.

Requisitos Presentar la solicitud y adjuntar el acta de asamblea. Presentar los residuos sólidos en la unidad de almacenamiento o en el andén frente al predio. Disponer de cajas de almacenamiento Presentar los residuos sólidos en un lugar común Presentar la relación de usuarios que solicitan acceder a la opción tarifaria Indicar la forma como será asumida la producción de residuos por cada usuario individual

Trámites y Plazo Plazo máximo de quince (15) días para conceder la opción tarifaria y , Dos (2) meses adicionales para realizar el aforo e iniciar la aplicación de la opción tarifaria.

Aforos Resolución CRA 236 de 2002 Aforo para Multiusuarios: Es el resultado de las mediciones puntuales de la cantidad de residuos sólidos presentados en forma conjunta por el multiusuario para su recolección, efectuadas en cada una de las visitas por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo.

Aforos El muestreo deberá ser representativo de un período de facturación. El número de visitas deberá ser uniformemente distribuido en los días en que se presta el servicio. La facturación, deberá calcularse a partir de la medición (peso y volumen) de los residuos generados y presentados durante, por lo menos, dos (2) semanas en un mismo periodo de facturación. La empresa deberá contar con instrumentos de medida debidamente calibrados.

Facturación para Multiusuarios de Aseo Un cargo fijo, que será establecido de conformidad con la metodología que defina ‑ CRA, y Un cargo proporcional de los residuos sólidos generados y presentados por la agrupación o concentración de usuarios a la persona prestadora del servicio ordinario de aseo. El servicio ordinario de aseo deberá cobrarse mediante factura individual para cada uno de los usuarios que conforman el multiusuario.

Para concluir…

E – mail: correo@cra.gov.co COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO MUCHAS GRACIAS Página web: www.cra.gov.co E – mail: correo@cra.gov.co Tel:3272800. Línea Gratuita Nacional:018000121414