REMUNERACIONES Y BONIFICACIONES

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REMUNERACIONES, ASIGNACIONES E INCENTIVOS
Transcripción de la presentación:

REMUNERACIONES Y BONIFICACIONES Administrativo

REMUNERACIONES Y BONIFICACIONES D. LEG. Nº 276

Remuneración Total Permanente Remuneración Principal B. por Refrigerio y Movilidad R. Transitoria para Homologación Bonificación Personal Bonificación Familiar

REMUNERACION PRINCIPAL REMUNERACIÓN TOTAL PERMANENTE VIGENCIA SET. 89 FEB. 91 SET.01 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo REMUNERACION PRINCIPAL REAJUSTE DS. 028-89 BASICA DS.051 REUNIF. DU. 105   SPA 0.06 30.20 49.94 SPB 30.04 SPC 0.05 29.61 49.95 SPD 29.16 SPE 0.04 28.84 49.96 Remuneración Principal Sirve de base para el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicio. Remuneración Básica.- Base de cálculo para bonificaciones exceptuando a la Bonificación Familiar. Está en función del Grupo Ocupacional o Nivel Magisterial. Definida por el D.S. Nº051-91-PCM. Remuneración Reunificada.- Resulta de integrar en un sólo concepto las remuneraciones complementarias del trabajador, excepto la Bonificación Familiar y Personal. D.U. Nº105-2001.- Reajusta la remuneración Principal, otorgando S/.50.00 de Remuneración Básica, siempre y cuando los ingresos percibidos sean menores o iguales S/. 1,250.00. Reglamento D.S. Nº 196-2001-EF a partir del 20.09.2001.

REMUNERACIÓN TOTAL PERMANENTE VIGENCIA SET.90 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo REFRIG. Y MOVILIDAD   SPA 5.00 SPB SPC SPD SPE Refrigerio y Movilidad (D.S. Nº264-90-EF) Desde el 1 de Setiembre de 1990 se otorga S/.5.00 por este concepto. Su incremento o variaciones se efectúan mediante Decreto Supremo.

REMUNERACIÓN TOTAL PERMANENTE VIGENCIA AGO.91 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo TRANS. X HOMOL.   SPA 42.30 SPB 37.40 SPC 33.20 SPD 30.30 SPE 27.40 Transitoria para Homologación (D.S. Nº154-91-EF) Remuneración de carácter pensionable, constituida por los incrementos de costo de vida y saldos generados como consecuencia de los procesos de homologación.

REMUNERACION PRINCIPAL REMUNERACIÓN TOTAL PERMANENTE VIGENCIA SET. 89 FEB. 91 BONIF. PERSONAL ADMINISTRATIVOS Grupo Remun. REMUNERACION PRINCIPAL BASICA REUNIF.   SPA 0.06 30.20 0.02 SPB 30.04 SPC 0.05 29.61 SPD 29.16 SPE 0.04 28.84 Bonificación Personal Se otorga de oficio mediante Resolución del titular del Pliego o Funcionario autorizado por delegación. Administrativos: 5% de la Remuneración Básica por quinquenio, sin exceder 8 quinquenios Máximo 40 años = 40% de la Remuneración Básica D.L.276 Art. 43 y 51 - D.S.005-90-PCM Art.51 D.S. 051-91-PCM Art.9 inciso c)

Bonificación Familiar REMUNERACIÓN TOTAL PERMANENTE ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo Bonificación Familiar   SPA 3.00 SPB SPC SPD SPE Bonificación Familiar Casado y/o por hijos menores o mayores incapacitados a cargo del servidor) - Hasta por cuatro miembros S/. 3.00 y por cada miembro adicional S/. 0.50 - El pago se efectúa a la madre, si ella y el padre reciben remuneraciones o pensión del Estado D.L.276 Art.43 y 52 D.S.051-91-PCM Art.11

REMUNERACION TOTAL PERMANENTE REMUNERACION PRINCIPAL REMUNERACIÓN TOTAL PERMANENTE   REMUNERACION TOTAL PERMANENTE TOTAL RTP ADMINISTRATIVOS GRUPO REM. REMUNERACION PRINCIPAL REAJUSTE REFRIG. Y MOVIL. TRANS. X HOMOL. BONIF. PERSONAL BONIF. FAMILIAR BÁSICA REUNIF. DU. 105 SPA 0.06 30.20 49.94 5.00 42.30 0.02 3.00 80.58 SPB 30.04 37.40 75.52 SPC 0.05 29.61 49.95 33.20 70.88 SPD 29.16 30.30 67.53 SPE 0.04 28.84 49.96 27.40 64.30

BONIFICACIÓN ESPECIAL VIGENCIA  TOTAL RTP FEB.91 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo DS.051-91 BONIF. ESPEC. 30% - 35%   SPA 80.58 24.17 SPB 75.52 22.65 SPC 70.88 21.26 SPD 67.53 20.26 SPE 64.30 19.29 D.S. Nº 051-91-PCM) Artículo 12º.-

D.S. Nº261-91-EF (I.G.V.) VIGENCIA NOV.91 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo DS.261 IGV   SPA 17.25 SPB SPC SPD SPE Bonificación Excepcional de S/. 17.25 a los trabajadores activos y cesantes del Sector Educación. No está afecta a cargas sociales.

D.S.E. Nº 021-92-PCM VIGENCIA ENE.92 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo DSE.021   SPA 27.01 SPB 26.38 SPC 25.84 SPD 24.01 SPE 24.38 Decreto Supremo Extraordinario que otorga una asignación excepcional a los servidores activos y pensionistas. No está afecta a cargas sociales.

D. LEY Nº 25671 VIGENCIA AGO.92 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo DL.25671   SPA 60.00 SPB SPC SPD SPE Otorgado a todos los trabajadores del Sector Educación (exceptuándose a los Profesionales sujetos al D.L.559), reciben una asignación excepcional de S/. 60.00 nuevos soles, en su remuneración o pensión.

DECRETO SUPREMO Nº 081-93-EF VIGENCIA MAY.93 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo DS.081   SPA 60.00 SPB SPC SPD SPE A partir del 01.05.1993. Se aplica : Administrativos S/. 60.00

D. S. Nº 019-94-PCM Y D.U. 037-94 (LEY Nº 29702) VIGENCIA JUL.94 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo DU.037 LEY 29702   SPA 270.00 SPB 254.00 SPC 238.00 SPD 222.00 SPE 206.00 D.S. Nº 019-94-PCM: Otorgada a partir del 01.04.1994. A todos los trabajadores del Sector Educación (exceptuándose a los Profesionales sujetos al D.L.559). D.U. 037-94 (LEY Nº 29702): Otorgada a partir del 01.07.1994. Según Ley Nº 29702 (07.06.2011), el pago de la bonificación de acuerdo a los criterios establecidos por el T.C. y sin la exigencia de Sentencia Judicial y menos en calidad de cosa juzgada.

DECRETO URGENCIA Nº 080-94 A partir del 01.10.1994. VIGENCIA OCT.94 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo DU.080   SPA 60.00 SPB SPC SPD SPE A partir del 01.10.1994. Asignación mensual permanente de acuerdo al Grupo Ocupacional y Nivel Magisterial del servidor, exceptuándose a los profesionales sujetos al Decreto Legislativo N° 559 y a los alfabetizadores y animadores.

DECRETO URGENCIA Nº 090-96 A partir del 01.11.1996. VIGENCIA  TOTAL RTP FEB.91 NOV-91 ENE. 92 AGO. 92 MAY. 93 JUL. 94 OCT. 94 AGO.95 N0V.96 ADMINISTRATIVOS Grupo Remunerativo DS.051-91 B. ESPEC. 30% DS.261 I.G.V. DSE.021 D.L. 25671 DS.081 DU. 037-94 LEY 29702 DU.080 LEY 26504 3.3% DU. 090 16%   SPA 80.58 24.17 17.25 27.01 60.00 270.00 18.31 98.77 SPB 75.52 22.66 26.38 254.00 17.56 94.94 SPC 70.88 21.26 25.84 238.00 16.83 91.21 SPD 67.53 20.26 24.01 222.00 16.16 87.55 SPE 64.30 19.29 24.38 206.00 15.50 84.28 A partir del 01.11.1996. Otorgado a todos los trabajadores del Sector Educación (exceptuándose a los Profesionales sujetos al D.L.559), que consiste en un incremento del 16% en sus haberes.

DECRETO URGENCIA Nº 073-97 A partir del 01.08.1997. VIGENCIA  TOTAL RTP FEB.91 NOV-91 ENE. 92 AGO. 92 MAY. 93 JUL. 94 OCT. 94 AGO.95 N0V.96 AGO.97 ADMINISTRATIVOS Grupo Rem. DS.051-91 B. ESPEC. 30% DS.261 I.G.V. DSE.021 D.L. 25671 DS.081 DU. 037-94 LEY 29702 DU.080 LEY 26504 3.3% DU. 090 16% DU. 073 16%   SPA 80.58 24.17 17.25 27.01 60.00 270.00 18.31 98.77 114.57 SPB 75.52 22.66 26.38 254.00 17.56 94.94 110.13 SPC 70.88 21.26 25.84 238.00 16.83 91.21 105.80 SPD 67.53 20.26 24.01 222.00 16.16 87.55 101.56 SPE 64.30 19.29 24.38 206.00 15.50 84.28 97.76 A partir del 01.08.1997. Trabajadores del Sector Educación. Bonificación Especial equivalente a la aplicación del 16% sobre determinados conceptos remunerativos.

DECRETO URGENCIA Nº 011-99 A partir del 01.04.1999.  VIG. TOTAL RTP FEB.91 NOV-91 ENE. 92 AGO. 92 MAY. 93 JUL. 94 OCT. 94 AGO.95 N0V.96 AGO.97 ABR.99 ADMINISTRATIVOS Grupo Rem. DS.051-91 B. ESPEC. 30% DS.261 I.G.V. DSE.021 D.L. 25671 DS.081 DU. 037 LEY 29702 DU.080 LEY 26504 3.3% DU. 090 16% DU. 073 16% DU. 011 16%   SPA 80.58 24.17 17.25 27.01 60.00 270.00 18.31 98.77 114.57 132.91 SPB 75.52 22.66 26.38 254.00 17.56 94.94 110.13 127.75 SPC 70.88 21.26 25.84 238.00 16.83 91.21 105.80 122.73 SPD 67.53 20.26 24.01 222.00 16.16 87.55 101.56 117.81 SPE 64.30 19.29 24.38 206.00 15.50 84.28 97.76 113.40 A partir del 01.04.1999. Trabajadores del Sector Educación. Bonificación Especial equivalente a la aplicación del 16% sobre determinados conceptos remunerativos.

ASIGNACIONES POR LABOR EFECTIVA EN I.E. (ADMINISTRATIVOS) SPA 100.00 VIGENCIA MAR. 04 ADMINISTRATIVOS GRUPO REMUNERATIVO D.S. 045 AMP. L. 28254   SPA 100.00 SPB SPC SPD SPE D.S. Nº 045-2004-EF: Asignación Especial de Cincuenta Nuevos Soles (S/.50.00) mensuales, al personal administrativo, por labor efectiva de apoyo al personal docente de los centros educativos. LEY Nº 28254: Art.7º, numeral 7.2 incrementa a partir de julio 2004 en S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) la Asignación Especial por Labor efectiva en los centros educativos otorgada mediante D.S. Nº 045-2004-EF.

ASIGNACIONES POR LABOR EFECTIVA EN IE/UGEL /DRE (ADMINISTRATIVOS) VIGENCIA JUN. 05 ADMINISTRATIVOS GRUPO REMUNERATIVO D.S. 068 AMP. D.S. 045   SPA 150.00 SPB SPC SPD SPE D.S. Nº 068-2005-EF: Se incrementa la Asignación Especial otorgada mediante D.S. Nº 045-2004-EF a partir de Julio 2005 a los trabajadores administrativos activos, por labor efectiva en instancias de gestión descentralizadas, señaladas en los incisos a), b) y c), Art. 65º de la Ley Nº 28044- Ley General de Educación, siempre y cuando no perciban los incentivos laborales a través del SUB CAFAE, ni los que correspondan a docentes por labor pedagógica

ASIGNACIONES POR LABOR EFECTIVA EN IE/UGEL /DRE (ADMINISTRATIVOS) VIGENCIA JUL. 06 ADMINISTRATIVOS GRUPO REMUNERATIVO D.U 012   SPA 50.00 SPB SPC SPD SPE D.U. Nº 012-2006: Se otorga al personal administrativo nombrado (inclusive destacado) o contratado, por labor efectiva en las instancias de gestión educativa descentralizada señaladas en los incisos a), b) y c) del Art.65º Ley 28044 - LGE., siempre y cuando no perciban los incentivos laborales a través del SUB CAFAE, ni los que correspondan a docentes por labor pedagógica

ASIGNACIONES POR LABOR EFECTIVA EN IE (ADMINISTRATIVOS) SPA 100.00 SPB VIGENCIA ENE. 09 ADMINISTRATIVOS GRUPO REMUNERATIVO LEY 29289   SPA 100.00 SPB SPC SPD SPE LEY Nº 29289: Ley de Presupuesto Público 2009, Trigésima Sétima Disposición Final Asignación especial mensual a partir de enero 2009 a servidores administrativos de la educación. básica y superior no universitaria del sector educación S/. 100.00. No tiene carácter remunerativo, ni pensionable y no afecto a cargas sociales.

INCENTIVOS LABORALES A TRAVÉS DE CAFAE SPA 100.00 SPB SPC SPD SPE VIGENCIA ABRIL Y AGOSTO 2010 ADMINISTRATIVOS GRUPO REMUNERATIVO LEY Nº 29465 LEY Nº 29626   SPA 100.00 SPB SPC SPD SPE LEY Nº 29465 “LEY DE PRESUPUESTO 2010” : Art. 8º, inciso b). Otorga S/.100.00 por incentivos laborales a través de CAFAE, al personal administrativo de I.E. Educ. Básica, que no perciben a la fecha tal concepto o similar, en 02 tramos (abril y agosto 2010). LEY Nº 29626 “LEY DE PRESUPUESTO 2011” : Art. 8º, numeral 8.4. Otorga S/.100.00 por incentivos laborales a través de CAFAE, al personal administrativo de I.E. Educación Superior y Técnico Profesional, que no perciben a la fecha tal concepto o similar, a partir del 2011.

ESCALA BASE DEL INCENTIVO LABORAL OTORGADO POR LOS CAFAE INCENTIVOS LABORALES A TRAVÉS DE CAFAE ESCALA BASE DEL INCENTIVO LABORAL OTORGADO POR LOS CAFAE GRUPO OCUPACIONAL MONTO S/. FUNCIONARIO 700.00 PROFESIONAL 600.00 TÉCNICO 450.00 AUXILIAR LEY Nº 29874 “LEY QUE IMPLEMENTA MEDIDAS DESTINADAS A FIJAR UNA ESCALA BASE PARA EL OTORGAMIENTO DEL INCENTIVO LABORAL QUE SE OTORGA A TRAVÉS DEL CAFAE ”. DECRETO SUPREMO Nº 104-2012-EF “APRUEBA LA ESCALA BASE Y DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PARA MEJOR APLICACIÓN DE LA LEY 29874.

NUEVA ESCALA DE INCENTIVOS – LEY 29874 INCENTIVOS LABORALES A TRAVÉS DE CAFAE NUEVA ESCALA DE INCENTIVOS – LEY 29874 GRUPO OCUPACIONAL MONTO D.S. 104-2012-EF ESCALA TRANSITORIA REAJUSTE NUEVA ESCALA SEDE ADMINISTRATIVAS   FUNCIONARIO 700.00 1,000.00 0.00 PROFESIONAL 600.00 800.00 TÉCNICO 450.00 AUXILIAR 400.00 50.00 INSTITUCIONES EDUCATIVAS PROFESIONALES 500.00 100.00

REMUNERACION TOTAL PERMANENTE REMUNERACION PRINCIPAL BENEFICIOS COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS   REMUNERACION TOTAL PERMANENTE TOTAL CTS ADMINISTRATIVOS GRUPO REM. REMUNERACION PRINCIPAL REAJUSTE TOTAL REM. PRINCIPAL AÑOS REM. PRINC. CÁLCULO BÁSICA REUNIF. DU. 105 SPA 0.06 30.20 49.94 80.20 30 2,406.00 SPB 30.04 80.04 2,401.20 SPC 0.05 29.61 49.95 79.61 2,388.30 SPD 29.16 79.16 15 39.58 593.70 SPE 0.04 28.84 49.96 78.84 39.42 591.30 Personal administrativo: 50% de la Rem. Principal – Menos de 20 años servicios 100% de la Rem. Principal – Más de 20 años servicios

LA RES. DE SALA PLENA Nº 001-2011-SERVIR/TSC : BENEFICIOS GRATIFICACION POR TIEMPO DE SERVIOS Y SUBSIDIOS POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO LA RES. DE SALA PLENA Nº 001-2011-SERVIR/TSC : ( El Peruano el 18.06.2011) Establece aplicación de la remuneración total para la previsión, cálculo y pago de beneficios al personal docente y administrativo, tales como la asignación por cumplir 20, 25 y 30 años de servicios, así como los subsidios por luto, por fallecimiento y por gastos de sepelio Informe Legal Nº 898-2011-SERVIR/GG-OAJ : concluye que su competencia (de SERVIR) se limita a la relaciones entre el Estado y su personal activo, no correspondiendo emitir pronunciamiento respecto a casos de pensiones, toda vez que los regímenes pensionarios no están contemplados dentro de la competencia de SERVIR. Informe Legal Nº 801-2011-SERVIR/GG-OAJ: “En virtud al carácter vinculante del precedente antes señalado (Resolución de Sala Plena Nº 001-2011-SERVIR/TSC), a partir de su publicación las entidades que conforman el Sistema se encuentran sujetas al criterio interpretativo expresado en el mismo, siendo de aplicación en todos los casos que sobre dichas materias se encuentren en trámite y en lo futuro. En ese sentido, cabe indicar que el referido precedente no afecta a las situaciones jurídicas consolidadas por acto administrativo firme o sentencia con calidad de cosa juzgada”.

Decreto Legislativo Nº 276 REMUNERACIONES, ASIGNACIONES E INCENTIVOS INFORME LEGAL Nº 524-2012-SERVIR/GPGSC Considera como base de cálculo para el pago de los beneficios de asignación por cumplir 20, 25 ó 30 años, y para los pagos de subsidios por luto y gastos de sepelio, los siguientes conceptos remunerativos que conforman la Remuneración Total Mensual: Decreto Legislativo Nº 276  Remuneración Básica Bonificación Personal Remuneración Reunificada Transitoria para Homologar Refrigerio y movilidad Bonificación Familiar ( De corresponder) Decreto Supremo Nº 051-91-PCM (Bon. Especial) Decreto Supremo Nº 261-91-EF Decreto Ley Nº 25897 (De corresponder) Ley Nº 26504 (De corresponder)

GRATIFICACIÓN POR CUMPLIR 30 AÑOS DE SERVICIOS REMUNERACIONES, ASIGNACIONES E INCENTIVOS INFORME LEGAL Nº 524-2012-SERVIR/GPGSC GRATIFICACIÓN POR CUMPLIR 30 AÑOS DE SERVICIOS GRUPO OCUPACIONAL : Funcionario Directivo CARGO Director de Sistema Administrativo I CODIGO MODULAR 1008734351 CATEGORIA REMUNERATIVA F -3 REFERENCIA Informe escalafonario Nº 2013-363 Remuneración y Bonificaciones Remuneraciòn Básica 0.06 Remuneración Reunificada 38.45 Transitoria para Homologar 42.30 Refrigerio y Movilidad 5.00 DS.Nº 051-91-PCM (Bon. Especial ) 30.03 D.S.Nº 261-91-EF 17.25 DLNº 26504 25.27 TOTAL REMUNERACIONES S/. 158.36 TOTAL REMUNERACION BRUTA X 3 GRATIFICACION POR 30 AÑOS 475.08 NOTA: Oficio Nº 1454-2012-SERVIR/PE Adjunta Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGSC Estructura del Sistema de pago del Regimen 276 y base de cálculo para los beneficios de dicho régimen.

BENEFICIOS GRATIFICACION POR TIEMPO DE SERVIOS LA RESOLUCIÓN DE SALA PLENA Nº 001-2011-SERVIR/TSC Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGSC

LA RESOLUCIÓN DE SALA PLENA Nº 001-2011-SERVIR/TSC BENEFICIOS SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO LA RESOLUCIÓN DE SALA PLENA Nº 001-2011-SERVIR/TSC LUTO TITULAR Corresponde Al Fallecer 2 Rem. Totales Mensuales Cónyuge Hijos o padres Madre Fallecimiento Servidor Titular Corresponde Orden de Prelación y Excluyente 3 Rem. Totales Mensuales Cónyuge Hijos Padres, o Hermanos GASTOS DE SEPELIO Corresponde 2 Remuneraciones Totales Mensuales a quien acredite haber sufragado los gastos pertinentes. Informe Legal Nº 312-2012-SERVIR-OAJ: Solo corresponde a los servidores de carrera. Artículo 48º del Decreto Legislativo Nº 276.

ENCARGO DE PUESTO Y FUNCIONES Acción mediante la cual se autoriza a un servidor de carrera nombrado, el desempeño de funciones de responsabilidad directiva dentro de la entidad. El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Articulo 3º y 4º de la RD 1227-91-ED. Encargo de Puesto: Financista

ENCARGO DE PUESTO Y FUNCIONES Acción mediante la cual se autoriza a un servidor de carrera nombrado, el desempeño de funciones de responsabilidad directiva dentro de la entidad. El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Articulo 3º y 4º de la RD 1227-91-ED. (diferencia de la R.P. de la plaza de encargo.) Encargo de Puesto: Directivo (21 secciones) Bonificación Condición Monto de Encargo D.S.N°154-91-EF 6% RTP DSE Nº 077-93-PCM 35 a más secciones 16 a 34 secciones Menos de 16 secciones 75.00 60.00 45.00 D.S.N°050-05-EF  Según Escala D.S.N°081-06-EF

ENCARGO DE PUESTO Y FUNCIONES Acción mediante la cual se autoriza a un servidor de carrera nombrado, el desempeño de funciones de responsabilidad directiva dentro de la entidad. El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Encargo de Puesto: Directivo (21 secciones) Conceptos Plaza de Origen V-30 Plaza de Encargo V-40 Monto de Encargo Básica 0,07 0,00 Reunificada 31,74 32,62 0,88 D.S.N°154-91-EF (6% RTP) 4.98 D.S.N°077-93-PCM   60.00 D.S.N°050-05-EF 35.00 D.S.N°081-06-EF 110.00 Total encargatura 210.86

GRACIAS CPC-Abog. JANE VILMA ATUNCAR QUISPE