Departamento de Administración y Servicios Licitaciones Chilecompra para servicios de Evaluación Ex Ante Concepto de Adjudicación Múltiple
Concepto de Adjudicación Múltiple: Adjudicación múltiple corresponde aplicar cuando se licitan en un mismo proceso, varios ítems o líneas y estos pueden adjudicarse a uno o varios oferentes (condición: sólo hay un oferente adjudicado por cada ítem o línea) 2 Licitación que contiene un ítem o línea adjudicada a más de un oferente Asignación Múltiple no es
Condiciones para la aplicación de adjudicación múltiple del Servicio de Evaluación Ex ante 1.Para disponer de la opción de asignación múltiple en servicio ex ante, se deben licitar ítems o líneas distintos en una misma licitación. 2.Dada las especialidades programáticas, estos rubros podrían ser: Social, Empleabilidad, Emprendimiento. 3.Los proponentes postulan a uno o todos los rubros de manera independiente. 4.Un proponente puede adjudicarse todos los rubros o alguno(os). 5.La adjudicación se hace a la mejor oferta en cada rubro.
Dictámenes CGR sobre Adjudicación Múltiple Aplica dictámenes N°s y , ambos del No existe fundamento legal para adjudicar a dos empresas el mismo ítem o rubro licitado, en lugar de a la que obtuvo el puntaje más alto d acuerdo a la evaluación efectuada, ya que en virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 10 de la ley N° 19,886 “el adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecido en las bases respectivas y los criterios de evaluación que señale el reglamento.” Además, conforme con lo dispuesto en el artículo 41 del decreto N° 250, cabe señalar que la entidad licitante se encuentra obligada a aceptar la propuesta más conveniente, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en las bases, norma que no ha sido cumplida en este caso. 4
Dictámenes CGR sobre Adjudicación Múltiple Aplica dictamen N° del En relación a lo procedentemente consignado, esta Entidad de Control ha precisado mediante el dictamen N° de 2009, que resulta improcedente la modalidad de adjudicación múltiple sin emisión automática de orden de compra a menos que se trate de suministros susceptibles de contratar por ítems o rubros específicamente determinados, en que la multiplicidad de adjudicados sólo se explique por el hecho de que cada ítem o rubro, se seleccione a un oferente, no pudiendo en ningún caso adjudicar un mismo ítem o rubro a varios de ellos, por no ajustarse a la normativa sobre compras públicas, lo cual sucedió precisamente en la especie. 5
Conclusión: Sólo se puede adjudicar un oferente por cada ítem o línea licitada y siempre el oferente adjudicado debe ser el que haya obtenido el mayor puntaje una vez aplicada la pauta de evaluación. 6
Sugerencias: Incluir en la licitación pública de evaluación ex ante, ítems o líneas que correspondan a una clasificación de los servicios requeridos agrupados por programa, territorio o cualquier otro criterio de diferenciación. Permitir que los oferentes puedan ofertar para uno o varios (todos) los ítems o líneas que conforman la licitación. 7
Sugerencias: La evaluación de las ofertas se debe realizar por ítem o línea licitada aplicando la misma pauta de evaluación establecida en las bases. Las etapas de la licitación y sus formalidades no cambian en comparación con un proceso licitatorio de un ítem o línea. 8
Gracias.