PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL LOCAL ESCUELAS DE LIDERAZGO Y/O GOBIERNO NIVEL 5- MODULO 1 SERVICIOS PÚBLICOS.

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Transcripción de la presentación:

PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL LOCAL ESCUELAS DE LIDERAZGO Y/O GOBIERNO NIVEL 5- MODULO 1 SERVICIOS PÚBLICOS

TALLER 3 ESQUEMA DE TELECOMUNICACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

ESQUEMA DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES En Colombia las normas definen primordialmente dos tipos de servicios en telecomunicaciones: Los servicios domiciliarios: Estos son el servicio de telefonía local, telefonía rural, el de telefonía local extendida (departamental) y el servicio de telefonía de larga distancia (nacional e internacional). Los servicios no domiciliarios: Son todos los demás, como el de telefonía móvil celular, el servicio móvil de PCS, el acceso a Internet, entre otros.

La política sectorial de telecomunicaciones ha estado encaminada a aumentar el cubrimiento de los servicios de telecomunicaciones a los colombianos, a generar un clima de inversión adecuado para los empresarios, a ampliar y modernizar la infraestructura y diversificar la oferta de servicios. INTRODUCCIÓN

En este sentido el Gobierno Nacional ha venido desarrollado acciones enfocadas a generalizar el acceso de todos los habitantes a servicios básicos de telecomunicaciones, para mejorar el bienestar de sus habitantes e impulsar el desarrollo económico y social del país. INTRODUCCIÓN

LAS TELECOMUNICACIONES EN COLOMBIA El servicio de telefonía básica es uno de los más antiguos en el sector de las telecomunicaciones. El inicio de su prestación en Colombia se remonta a finales del siglo XIX. En 1891 el Departamento de Antioquia creó la primera empresa pública de telefonía del país, destinada a prestar el servicio en el municipio de Medellín. En 1912 existían doce prestadoras del nivel municipal, la mayoría de ellas de carácter privado.

La tendencia de municipalización del servicio telefónico vinculó a grandes proveedoras internacionales como Ericsson y Siemens. Estas empresas vendieron a los municipios los equipos necesarios para la expansión y modernización de las redes. Ese servicio, cuyo monopolio había sido reclamado por el Estado en la Ley 98 de 1892, fue descentralizado en 1921 mediante la Ley 41 que facultó a los departamentos la construcción y operación de las redes de larga distancia en sus respectivas jurisdicciones. En 1929, se conformó la primera empresa interdepartamental del país, la Compañía Telefónica Central, propiedad de inversionistas norteamericanos.

La Ley 6 de 1943 nacionalizó las telecomunicaciones y autorizó al gobierno a crear una que unificara los servicios bajo el control estatal. Para ello, se creó en 1947, a partir de la compra de los activos de la Compañía Telefónica Central, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (TELECOM), con autonomía administrativa y patrimonio propios. Las tarifas de telefonía local estaban por debajo de los costos de prestación del servicio y del promedio internacional. LAS TELECOMUNICACIONES EN COLOMBIA

Las tarifas de larga distancia, principalmente las del servicio internacional, eran muy superiores al promedio internacional. La tarifa promedio en 1994 para el servicio de larga distancia internacional, se encontraba en $4250 (pesos de 2004) por minuto, que es cuatro veces superior a los niveles tarifarios presentados posteriormente, a partir del año 2000.

La entrada de la competencia en el mercado de telefonía local y larga distancia transformó de manera importante el esquema de prestación del servicio.

PRESTACIÓN DEL SERVICIO HOY El servicio era prestado por monopolios públicos del nivel nacional (TELECOM). Esta situación cambió con la consolidación de la apertura del mercado en 1994, permitiendo la entrada de la competencia y la participación privada en la prestación de los servicios públicos en Colombia. Con la expedición del Decreto 2542 de 1997, en el mercado de telefonía de larga distancia, entraron dos nuevos operadores a competir en los segmentos de llamadas nacionales e internacionales.

De esta manera, las funciones de prestación del servicio fueron mantenidas por el Estado a nivel nacional, en la Empresa Nacional de Telecomunicaciones hoy Colombia Telecomunicaciones y a nivel territorial en un conjunto de empresas con participación municipal. PRESTACIÓN DEL SERVICIO HOY

Colombia optó por un esquema mixto de introducción de competencia en la prestación de los servicios y definición de entidades autónomas de regulación y control, pero manteniendo su calidad de prestador del servicio a nivel nacional y municipal. PRESTACIÓN DEL SERVICIO HOY

DISTRIBUCIÓN DE LAS TAREAS EN EL ENTORNO INSTITUCIONAL

REGULACIÓN DEL SERVICIO Existen varias autoridades encargadas de distintas funciones. La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones se encarga, de regular, y las Superintendencias se encargan de controlar, vigilar y sancionar a las empresas de telecomunicaciones para que cumplan con lo definido en materia de protección a los usuarios.

La Superintendencia de Industria y Comercio, cumple el papel de autoridad de control, inspección y vigilancia de las normas de libre y leal competencia y encargada de proteger los derechos de los usuarios, suscriptores y consumidores en los servicios no domiciliarios de comunicaciones. REGULACIÓN DEL SERVICIO

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES (CRT) La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones es el organismo estatal de carácter técnico encargado de establecer la regulación del mercado de las telecomunicaciones en Colombia.

EN QUÉ CONSISTE LA CRT Expide las normas que dicen lo que las empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones, sometidas a su regulación, pueden hacer y lo que no pueden hacer. En su función de regular, la CRT ha expedido normas de diversa índole, por ejemplo, el régimen de tarifas y el régimen de protección a usuarios de los servicios de telecomunicaciones.

LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS La Superintendencia de servicios públicos se encarga en el sector de las telecomunicaciones de: 1. Vigilar que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios cumplan con la Ley 142 de 1994, con sus normas reglamentarias y las que expida la CRT. 2. Vigilar que se cumplan los contratos de condiciones uniformes celebrados entre las empresas de servicios públicos domiciliarios de telecomunicaciones y los usuarios.

LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS 3. Verificar que los subsidios se destinen a las personas de menores ingresos. 4. Vigilar que las empresas de telecomunicaciones domiciliarias cumplan con los indicadores de gestión señalados por la CRT. 5. Vigilar que las obras, equipos y procedimientos cumplan con los requisitos técnicos señalados por el Ministerio de Comunicaciones.

6.Investigar las irregularidades que se presenten en las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios. 7.Solicitar documentos y practicar las visitas, inspecciones y pruebas que sean necesarias para el cumplimiento de sus demás funciones. 8.Sancionar a las empresas prestadoras servicios públicos domiciliarios cuando no cumplan las normas a que están obligadas.. LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS

PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD DERECHOS Derecho a un servicio eficiente y continuo Si la empresa incumple en la prestación continua del servicio, habrá una FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, y el usuario o suscriptor del servicio tiene derecho a: 1. Indemnización por perjuicios por cada día de falla del servicio y pago de los gastos en que haya incurrido. 2. Que no se le cobre el servicio de aseo, si durante treinta días la frecuencia de su prestación es de menos de la mitad de lo previsto.

3. Un descuento por falla en los servicios de acueducto, alcantarillado o energía, que se aplica según la duración de la falla. 4. Al no cobro por concepto de cargo fijo si un servicio es suspendido por más de quince días dentro de un mismo periodo de facturación. 5. El cobro de los consumos realizados. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Derecho a participar en la gestión y control de las empresas Por iniciativa de los usuarios, suscriptores y suscriptores potenciales de cada municipio, se pueden conformar COMITES DE DESARROLLO Y CONTROL SOCIAL DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Derecho a tarifas proporcionales Todo usuario de servicios públicos domiciliarios tiene derecho a que se le cobre una tarifa proporcional al consumo y ella debe reflejar los costos económicos que implica la prestación del servicio. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Qué debe contener la factura de cobro de los servicios públicos:  Lectura anterior.  Lectura actual.  Consumo mes.  Promedio de consumo últimos seis meses.  Periodo de facturación.  Estrato.  Costo cargo fijo.  Valor a pagar.  Fecha límite de pago. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Derecho a correcta estratificación y régimen de subsidios Estratos: Los usuarios de cada municipio tienen derecho a que se les clasifique su vivienda, para efectos de facturación y de subsidios, de acuerdo con el nivel socioeconómico a que pertenezcan. La estratificación de los domicilios de cada municipio está a cargo del alcalde, con la asesoría del Comité de Estratificación y siguiendo las orientaciones del Departamento Nacional de Planeación. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Tarifas: de acuerdo al uso que se de al inmueble, las tarifas se clasifican en: Residencial, Comercial, Industrial, Oficial, Especial, Bloque. Las tarifas anteriores, dependen del estrato y uso que se dé al inmueble. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Subsidios: los usuarios de los estratos uno, dos y tres podrán ser beneficiarios de una ayuda a través de subsidios, para el pago del suministro de los servicios públicos. El subsidio se aplica al valor del consumo del inmueble.  Estrato uno, hasta un 50% de descuento del consumo.  Estrato dos, hasta un 40% de descuento del consumo.  Estrato tres, hasta un 15% de descuento del consumo. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Derecho a presentar peticiones, quejas, reclamos y recursos Peticiones: una petición es cualquier solicitud que le haga el suscriptor o usuario al prestador del servicio, que se relacione con el servicio que le presta. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Quejas: el suscriptor o usuario puede quejarse por:  La forma y condiciones en que se le ha prestado el servicio.  La actuación de algún funcionario de la empresa de servicios públicos. Reclamos: un reclamo es una solicitud para que la empresa revise la facturación del servicio. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Derecho a presentar peticiones, quejas, reclamos y recursos Recurso: lo presenta el suscriptor o usuario, para que la empresa que presta el servicio público domiciliario revise una decisión relacionada con la prestación del servicio o con la ejecución del contrato. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Se puede presentar recurso de reposición ante la empresa, por los siguientes motivos: 1. Negativa a celebrar el contrato de prestación del servicio. 2. Suspensión de la prestación del servicio. 3. Termino de la prestación del servicio. 4. Decida desfavorablemente una queja con relación a la facturación del servicio. 5. Los recursos deben presentarse dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que el reclamante conoció la decisión. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Derecho a la información Las empresas no pueden cobrar por proporcionar a los usuarios la información general que soliciten. Cuando se trate de información especial, las empresas pueden cobrar los valores que les indique la Superintendencia de Servicios públicos. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Derecho a elegir el prestador del servicio Cuando en una región existan dos o más empresas que presten un mismo servicio público domiciliario, las personas tienen derecho a elegir libremente el prestador del servicio que prefieran. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Derecho a contratos uniformes Los usuarios de servicios públicos domiciliarios tienen derecho a que el contrato de prestación de servicios públicos, que celebran con las empresas prestadoras sea en las mismas condiciones que las de los demás usuarios. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

DEBERES Deber de pagar oportunamente los servicios suministrados Todo usuario, suscriptor o propietario del inmueble que recibe servicios públicos domiciliarios, está obligado a pagar los servicios suministrados, dentro del plazo y en la forma que indique la factura correspondiente. La falta de pago, da lugar a la suspensión del servicio por parte de la empresa. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Deber de participar como ciudadanos Todo usuario puede participar en la elección o conformación de los miembros de los Comités de Desarrollo y Control Social, que son el instrumento para tomar parte en las decisiones relacionadas con la prestación de los servicios públicos domiciliarios. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD

Deber de usar racionalmente los servicios Todo usuario de los servicios públicos debe utilizar los servicios únicamente cuando realmente lo necesite, evitando el desperdicio y el uso desmedido. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SPD