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DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA Por medio del cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data.

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1 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA Por medio del cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial y de servicios y se dictan otras disposiciones. Cámara de Representantes Comisión Primera Constitucional David Luna Sánchez.

2 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá Contenido I. OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY II. CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES III.CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA A. ASPECTOS GENERALES B. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN IV. CONCLUSIONES

3 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá Contenido I. OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY II. CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES III.CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA A. ASPECTOS GENERALES B. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN IV. CONCLUSIONES

4 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá I OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY El principal objetivo del proyecto de ley es desarrollar el derecho fundamental contenido en el artículo 15 de la Constitución en el sentido de que todas las personas puedan conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

5 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá Contenido I. OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY II. CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES III.CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA A. ASPECTOS GENERALES B. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN IV. CONCLUSIONES

6 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá II.CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES 1.Por mandato constitucional los derechos fundamentales se deben desarrollar mediante ley estatutaria. (Artículo 152 de la Constitución Política). 2. Este tipo de leyes requieren para su aprobación la mayoría absoluta en sus 4 debates y su trámite debe efectuarse en una sola legislatura. 3. Tienen control previo y oficioso por parte de la Corte Constitucional (Artículos 153 y 241 numeral 8 de la Constitución Política).

7 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá Contenido I. OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY II. CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES III.CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA A. ASPECTOS GENERALES B. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN IV. CONCLUSIONES

8 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá III.CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA. A.ASPECTOS GENERALES 1.Recoge desde su título y objeto (art. 1º) la intención de desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y especial la relacionada con información financiera, comercial, crediticia y de servicios. 2. Define en el artículo 3º a todas las personas y/o entidades vinculadas con el manejo de la información, bien sea como titular de la información, fuente de la información, operador o usuario.

9 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá III. CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA A.ASPECTOS GENERALES 3.Clasifica y define (art. 3º) las categorías de datos: dato público, dato privado, dato semi – privado y dato personal. 4. Define la información financiera y crediticia, como aquella referida al nacimiento, ejecución y extinción de obligaciones dinerarias, independientemente de la naturaleza del contrato que les dé origen, así como la información relativa a las demás actividades propias del sector financiero. A la anterior definición se adicionó en la ponencia la información comercial y de servicios.

10 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá III. CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA A. ASPECTOS GENERALES 5. Establece los derechos de los titulares, fuentes y operadores, así como los deberes entre éstos y fija los principios bajo los cuales se desarrolla la actividad del manejo de la información contenida en bases de datos. 6. Regula el tema de la permanencia de la información en los bancos de datos o caducidad del dato, estableciendo que la positiva permanecerá de manera indefinida y la negativa permanecerá por 4 años contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea pagada la obligación vencida. 7. Establece el trámite para las consultas, quejas y reclamos, haciéndolo expedito y en tiempos cortos.

11 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá III. CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA A. ASPECTOS GENERALES 8. Se establece que cuando un usuario consulte el estado de un titular en las bases de datos de información financiera y crediticia, estas tendrán que dar información exacta sobre su estado actual, es decir, dar un reporte positivo de los usuarios que en el momento de la consulta están al día en sus obligaciones y uno negativo de los que al momento de la consulta se encuentren en mora en una cuota u obligaciones. 9. Se imponen obligaciones de control y vigilancia a la Superintendencia Financiera y a la Superintendencia de Industria y Comercio.

12 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá III.CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA. A. ASPECTOS GENERALES. 10. Se faculta a las Superintendencias antes mencionadas para imponer sanciones consistentes en multas de carácter personal o institucional equivalentes a 1500 smlmv, cuando quiera que los operadores, las fuentes o los usuarios violen lo establecido en el proyecto de ley estatutaria.

13 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá III. CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA B. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN En el último artículo del proyecto se contempla un incentivo para las personas que estén al día en sus obligaciones al momento de entrada en vigencia de la ley o que se pongan al día dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la misma. El incentivo consiste en la caducidad de la información negativa al cabo de un (1) año de que esta permanezca en las bases de datos.

14 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá Contenido I. OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY II. CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES III.CONTENIDO DEL PROYECTO Y DE LA PONENCIA A. ASPECTOS GENERALES B. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN IV. CONCLUSIONES

15 DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá IV. CONCLUSIONES. 1.Se hace necesario desarrollar el derecho fundamental del artículo 15 de la Constitución Política. 2.Estamos en presencia del mejor proyecto académico y jurídico en la materia desde que se expidió la Constitución de 1991. 3.Tiene el consenso de los principales sectores comprometidos con el manejo de la información contenida en bases de datos. 4.La aprobación del proyecto es importante para desarrollar las políticas de bancarización que propone el gobierno.


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