Devoluciones a través del Formato Electrónico (FED)

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Transcripción de la presentación:

Devoluciones a través del Formato Electrónico (FED)

Temario Generalidades Formato 32 (Antes del FED). Devoluciones a través del Formato Electrónico

I. Generalidades

Generalidades El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación establece la forma en que pueden recuperar las cantidades a que tiene derecho el contribuyente, ya sea porque resultan de la mecánica establecida en las propias leyes fiscales o por cumplimiento de alguna sentencia dictada por autoridades jurisdiccionales.

II. Formato 32 antes del FED

II. Devoluciones a través del Formato Electrónico

A partir del 1 de febrero de 2012. Vigencia del FED A partir del 1 de febrero de 2012.

Presentación de la Solicitud de Devolución Para la presentación de la solicitud de devolución vía Internet, los contribuyentes deberán ingresar a la sección “Mi Portal” de la página del SAT, por lo que deben contar, en principio con lo siguiente: Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIEF), para autenticarse en el Portal del SAT. Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente para enviar la solicitud, como mecanismo de firma del trámite.

Formato Electrónico de Devoluciones Ingresar al portal del SAT en Trámites y Servicios

Formato Electrónico de Devoluciones Capturar RFC y la Contraseña (antes clave CIECF)

Formato Electrónico de Devoluciones

Formato Electrónico de Devoluciones

Formato Electrónico de Devoluciones Datos Generales de la Solicitud: Nombre, RFC , domicilio fiscal, etc.

Formato Electrónico de Devoluciones Información del trámite y datos del ICEP

Formato Electrónico de Devoluciones Información del Saldo a favor, así como el nombre del Banco y el número de cuenta CLABE. Esta información corresponde a la del contribuyente, quien solicita la devolución.

Formato Electrónico de Devoluciones Anexos de la Solicitud de Devolución

Anexos de la solicitud de devolución Declaratoria de Contador Público Registrado Anexo 2 Impuesto al Activo por recuperar de ejercicios anteriores Anexo 4 Crédito Diesel Anexo 7 Determinación del saldo a favor de IVA Anexo 7-A Hoja de trabajo para integrar el IVA retenido Anexo 11 Determinación del Impuesto a los Depósitos en Efectivo

Anexos de la solicitud de devolución Anexo 11-A Integración del Impuesto a los Depósitos en Efectivo Anexo 14 Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio Anexo 14-A Determinación de los pagos provisionales acreditables de IETU F3241 Contribuyentes Personas Morales Dictaminados

Formato Electrónico de Devoluciones Documentos adjuntos de la Solicitud de Devolución

Formato Electrónico de Devoluciones Documentos adjuntos de la Solicitud de Devolución

Formato Electrónico de Devoluciones Documentos adjuntos de la Solicitud de Devolución

Formato Electrónico de Devoluciones Documentos adjuntos de la Solicitud de Devolución

Formato Electrónico de Devoluciones Documentos adjuntos de la Solicitud de Devolución

Formato Electrónico de Devoluciones Completar la Solicitud de Devolución

Formato Electrónico de Devoluciones Impresión de la Solicitud de Devolución

Formato Electrónico de Devoluciones Envío de la Solicitud de Devolución, Anexos y Documentos

Formato Electrónico de Devoluciones Envío de la Solicitud de Devolución, Anexos y Documentos

Formato Electrónico de Devoluciones Acuse

Llenado del campo “Número de documento” en información del saldo a favor

Origen de la Devolución Llenado del campo “Número de documento” en información del saldo a favor Origen de la Devolución o Tipo de Trámite Número de Documento IEPS Diesel Número de factura del tractor. Impuesto a los Depósitos en Efectivo Número de la constancia de retenciones del banco. Nota: Si existen dos o más constancias de retenciones expedidas por los bancos dentro del periodo solicitado, se deberá anotar solo la más representativa. Tratándose de pago de lo Indebido: Duplicidad de Crédito Multas Derechos Pedimentos Número de Crédito Número de Operación o Número de la Dependencia Número de Pedimento Resolución o Sentencia Número de Juicio, amparo o recurso.

Presentación de la Solicitud de Devolución Información adicional Adicional a la Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIEF) y a la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) quienes realicen el trámite deberán contar con lo siguiente: Acompañar la documentación que se indica en el Catálogo de Servicios y Trámites de acuerdo al tipo de trámite según corresponda. (archivos .zip 4 MB ).

Presentación de la Solicitud de Devolución Información adicional Tratándose de solicitudes de devolución por concepto de IVA, haber presentado la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), 72 horas antes del registro y envío de la solicitud de Devolución. Si la solicitud es con Declaratoria de Contador Público Registrado, además de la FIEL del contribuyente, también se deberá firmar la solicitud con la FIEL del CPR que avala la Declaratoria.

Presentación de la Solicitud de Devolución Información adicional Cuando por alguna razón no se concluya el registro y envío de la solicitud de devolución, el sistema la guardará por 72 horas. Si transcurrido este plazo no se concluye con el registro y envío, el sistema la eliminará automáticamente. Si en 20 minutos el contribuyente no registra la solicitud de devolución, el sistema cancela el registro y guarda la información capturada.

Presentación de la Solicitud de Devolución Información adicional Los contribuyentes podrán enviar su solicitud vía Internet, para los siguientes “Orígenes de la Devolución”: Saldo a Favor. Pago de lo Indebido. I.A por Recuperar de ejercicios anteriores

Presentación de la Solicitud de Devolución Información adicional Opción para presentar la Solicitud de Devolución en los Módulos de las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente (ALSC) para: Saldos a Favor (PF menores a los $13,970.00) Pago de lo Indebido (PF menores a los $13,970.00) Por resolución o Sentencia (PF y PM cualquier monto)

El contribuyente presenta por internet la solicitud de devolución a través del portal del Servicio de Administración Tributaria Si la información es correcta, y derivado del dictamen resulta procedente la devolución, entonces se autoriza y se envía a pago. La ALAF la recibe y le asigna un número de control. Si la información que aporta el contribuyente no es suficiente para determinar la procedencia del saldo a favor, se requiere información y/o documentación adicional al contribuyente. Cuando el contribuyente no entrega la totalidad de la documentación y/o información requerida, se desiste el trámite. Si derivado del dictamen resulta improcedente la devolución se niega la solicitud y se le notifica al contribuyente. De lo contrario, si entregó lo requerido y resulta procedente se autoriza y envía a pago. El contribuyente entrega la documentación y/o información requerida para que el SAT continúe el dictamen

Plazos para resolver la solicitud Tipo de promoción Rol del Contribuyente Plazo para resolver IVA Convencional, ISR, IA, IETU y Otras Contribuciones Dictaminado 25 días hábiles No dictaminado 40 días hábiles IVA Altex y Certificadas IMMEX 5 días hábiles IVA IMMEX Convencional 20 días hábiles IVA con Declaratoria de C.P.R. Que no hubiera presentado dictamen en el ejercicio inmediato anterior IDE Normal 10 días hábiles Facturación Electrónica

Gracias!!!