Tema 23 La Ley de Impuesto Sobre la Renta.

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Transcripción de la presentación:

Tema 23 La Ley de Impuesto Sobre la Renta. El SENIAT, su Estructura y sus Fines

IMPUESTO SOBRE LA RENTA POTESTAD TRIBUTARIA NACIONAL (ART. 156 DE LA C.N.R.B.V.) La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco, y los demás impuestos, tasas y rentas no atribuibles a los Estados y los Municipios por esta Constitución y la Ley”

Concepto Los enriquecimientos anuales netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuesto según las normas establecidas en esta Ley (Art.1 LISLR). Es un gravamen directo de carácter personal, que recae sobre la renta de los contribuyentes en cuanto esta sea neta y disponible.

Características de LISLR Es de carácter personal Recae sobre la renta neta del contribuyente Es de gran rendimiento fiscal Cumple con los postulados de la Justicia Tributaria Es elástico, legal y automático.

Basamento Legal Código Orgánico Tributario. Ley de Impuesto sobre la Renta. G. O. No. 5.566 de fecha 28-12-2001. Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta. G.O. No. 35.217 de fecha 24-05-93 Reglamento Parcial de la Ley de Impuesto sobre la renta en materia de Retenciones. Decreto No. 1808 de fecha 23-04-97. G.O 36.203 de fecha 12-05-97 Resolución No. 904 del 21-03-02 Plazos para la presentación de la declaración definitiva y estimada

Impuesto Sobre La Renta Art. 3 del C.O.T. Qué corresponde regular a las leyes? Análisis de una Ley Tributaria Hecho Imponible: Material Espacial Temporal Subjetivo

Estructura de la L.I.S.L.R. TITULO I Disposiciones Fundamentales TITULO II De la Determinación del Enriquecimiento Neto. TITULO III De las Tarifas y su Aplicación. TITULO IV De las Rebajas de Impuesto y Desgrávamenes TITULO V Del Impuesto sobre Ganancias Fortuitas y Ganancias de Capital. TITULO VI De la Declaración, Liquidación y Recaudación del Impuesto. TITULO VII Del Control Fiscal. TITULO VIII De las Contravenciones y de la Autorización para declarar planillas. TITULO IX De las Disposiciones Transitorias y Finales.

Quienes son Contribuyentes? (Art. 7 LISLR) Las personas naturales Las compañías anónimas; Las compañías de Responsabilidad Limitada Sociedades en nombre colectivo, comandita, irregulares. Enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos, mineras o conexas. Las asociaciones, corporaciones, fundaciones Establecimientos permanentes, centros o con bases fijas situados en el territorio nacional.

Qué grava la Ley de I.S.L.R.? Art. 1 Ley Enriquecimientos netos Anuales Disponibles En dinero o en especie Obtenidos dentro o fuera del país (Renta Mundial vigente a partir del 01-01-2001)

Qué se grava? Los enriquecimientos anuales netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie . Enriquecimientos netos: son enriquecimientos netos los incrementos de patrimonio que resulten despues de restar los ingresos brutos, los costos y las deducciones.

Características de la Renta Gravable Que se de en el momento que se verifique el hecho imponible Que se trate de un enriquecimiento neto. Que se trate de un enriquecimiento disponible de acuerdo a la Ley.

Impuesto Sobre La Renta Art. 5 Ley EN EL MOMENTO EN QUE SON CAUSADOS * Compra y venta de cualquier bien o servicios

Impuesto Sobre La Renta Art. 5 Ley DISPONIBILIDAD DE LOS ENRIQUECIMIENTOS EN EL MOMENTO EN QUE SON PAGADOS Uso de bienes muebles e inmuebles Regalías Dividendos Producidos por el trabajo bajo relación de dependencia Libre ejercicio de profesiones no mercantiles Enajenación de Inmuebles Ganancias Fortuitas

Impuesto Sobre La Renta Art. 32 Ley DISPONIBILIDAD DEL GASTO PRINCIPIO GENERAL INGRESOS EGRESOS CAUSADOS CAUSADOS INGRESOS EGRESOS PAGADOS PAGADOS

Impuesto Sobre La Renta Art. 1 RENTA MUNDIAL CRITERIOS DE VINCULACIÓN TERRITORIALIDAD RESIDENCIA Y DOMICILIO

Sistema de Renta Mundial Tipos de contribuyentes y sobre qué tributarán Personas naturales o jurídicas residentes o domiciliadas en Venezuela Personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela Personas naturales o jurídicas residentes o domiciliadas en exterior con establecimiento permanente en Venezuela Rentas Mundiales Rentas cuyas causa se encuentre en el territorio nacional. Rentas imputables al Establecimiento Permanente. ( Art. 7 Par. 3ro)

Residente o Domiciliado BIEN ARRENDADO EN EL EXTERIOR TIENE UNA EMPRESA EN MERIDA E.N.= ENT - ENE

No Residente o No Domiciliado Con Establecimiento Permanente En Venezuela E.N.= Obtenido en Venezuela atribuibles al E.P

No Residente o No Domiciliado Con Establecimiento Permanente En Venezuela E.N.= Obtenido en Venezuela atribuibles al E.P

Tratados Para Evitar La Doble Tributación Solo serán aplicables cuando el contribuyente demuestre que es residente en el país beneficiado por dicho tratado

EXENCIONES DEL IMPUESTO Art. 14 LISLR 1.- Entidades de carácter público 2.- Los agentes y demás funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados en Venezuela, por las remuneraciones que perciban de sus gobiernos, siempre que exista reciprocidad de exención. 3.- Instituciones benéficas y de asistencia social (Definición Art. 31 del Reglamento), siempre y cuando no distribuyan ganancias. 4.- Los trabajadores o sus beneficiarios por las indemnizaciones que reciban con ocasión del trabajo, cuando les sean pagadas conforme a la Ley o a contratos de trabajo.

Exenciones Del Impuesto Art. 14 LISLR 5.-Los asegurados y sus beneficiarios, por las indemnizaciones que reciban en razón de contratos de seguros. 6.- Los pensionados o jubilados, por las pensiones que reciban por concepto de retiro, jubilación o invalidez, aun en el caso que tales pensiones se traspasen a sus herederos. 7.- Donaciones, herencias y legados. 8.- Los afiliados a cooperativas y cajas de ahorro, siempre que corresponda a un plan general y único. 9.- Las personas naturales por los enriquecimientos provenientes de los intereses generados por depósitos a plazo fijo o cualquier otro instrumento de ahorro previsto en la Ley general de bancos.

Exenciones Del Impuesto Art. 14 LISLR 13.- Enriquecimientos provenientes de bonos de la deuda pública nacional. 14.- Las becas recibidas por estudiantes. Las exenciones de las instituciones benéficas y de asistencia social, así como las instituciones dedicadas a actividades religiosas, artísticas, etc. Deberán obtener la calificación por parte de la Administración Tributarios para ser contribuyentes exentos.

Desgravamenes Y Rebajas De Impuesto A Las Personas Naturales Art Desgravamenes Y Rebajas De Impuesto A Las Personas Naturales Art. 60 LISLR Pagos a Institutos docentes por la educación del propio contribuyente y la de sus hijos no mayores de 25 años Pagos hechos por los contribuyentes a empresas de seguros domiciliadas en el país por pólizas H.C.M. Servicios médicos, odontológicos pagados y prestados en el país al contribuyente y a las personas a su cargo.

Desgravamenes Y Rebajas De Impuesto A Las Personas Naturales ART Desgravamenes Y Rebajas De Impuesto A Las Personas Naturales ART. 60 LISLR Desgravamenes Limitados: Pago de intereses por préstamos para adquirir vivienda principal hasta un monto de 1000 u.t. por cada ejercicio fiscal. Pago por concepto de alquiler de la vivienda principal hasta por un monto de 800 u.t. por cada ejercicio fiscal.

Reglas De Control Fiscal Art. 90, 91, 92 LISLR La Administración Tributaria mediante Providencia Administrativa podrá exigir que los beneficiarios de algunas de las exenciones presenten declaración anual de sus enriquecimientos exentos Los contribuyentes están obligados a llevar en forma ordenada ajustados a principios de contabilidad generalmente aceptados. Los emisores de comprobantes, deberán colocar su número del RIF en los mismos y cumplir con los requisitos establecidos por la Administración Tributaria.

Condiciones Para La Admisibilidad De Los Desgravamenes No se hayan deducidos como costos o gastos. Deben corresponder a egresos efectivamente pagados dentro del ejercicio y que los mismos no sean reembolsables. Deberán estar respaldados con sus respectivos comprobantes de pago, cumpliendo con los requisitos exigidos por la Administración Tributaria.

Desgravamen Único Art. 61 LISLR PARA PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN EL PAÍS 774 U.T.

Rebaja De Impuesto Para Personas Naturales Art. 62 LISLR REBAJA PERSONAL 10 U.T. POR EL CONYUGE NO SEPARADO DE BIENES 10 U.T. POR CADA ASCENDIENTE O DESCENDIENTE DIRECTO RESIDENTE EN EL PAIS 10 U.T.

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