III: Control de la Cadena de Suministro Principales Preocupaciones Principales Preocupaciones yAcuerdos.

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Transcripción de la presentación:

III: Control de la Cadena de Suministro Principales Preocupaciones Principales Preocupaciones yAcuerdos

Cuál debiera ser el alcance de las disposiciones previstas en la Parte III del Protocolo

Principio Jurídico: Si el alcance del ordenamiento jurídico rebasa al del CMCT, se compromete su viabilidad jurídica.

Acotar la Parte III del Protocolo exclusivamente al comercio ilícito (contrabando, fabricación ilícita y falsificación) de “productos del tabaco”.

Por donde comenzar? Por el Sistema de Seguimiento y Localización (T&T)

1.-Que productos debieran incluirse en el Sistema de Seguimiento y Localización (T&T) ?

El Sistema de Seguimiento y Localización (T&T) deberá incluir a «todos los productos de tabaco» (CMCT. 1) = aquellos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, mascados o utilizados como rapé

Que tipo de Sistema de Seguimiento y Localización se requiere para que los Países Parte puedan eliminar toda forma de Comercio Ilícito de los Productos del Tabaco ?

Se solicitó al Secretariado: análisis técnico sobre los sistemas de T&T operando a nivel internacional  Conducir un análisis técnico sobre los sistemas de T&T operando a nivel internacional para que las Partes pudieran identificar cuál es la opción más viable y con mejor costo-efectividad para contar con un sistema confiable y seguro.  El estudio se realizó sobre sistemas sustentados en el uso del código de barras y se presentó al Grupo de Redacción A y a la plenaria de la ONI 4.

El Sistema de T&T no tiene que ser único. Identificar el punto en que se desvió el producto al mercado ilegal. Plataforma común que nos permita realizar el seguimiento y la localización a nivel global.

Designar a un “punto focal internacional” confiable y seguro. A nivel nacional el sistema podrá ser tan amplio y riguroso como las autoridades lo consideren.

Que hacer respecto a los Equipos de Fabricación? Deben incluirse??

Posiciones de las Partes: 1.- Los equipos de fabricación pueden ser exclusivos para la producción de productos del tabaco. 2.- Existen equipos de fabricación que pueden ser multifuncionales, por lo que pueden ser empleadas para la producción de productos del tabaco pero también de otro tipo de productos legales.

ACUERDOS 1.La maquinaria para la producción de productos del tabaco se eliminó del artículo relativo al sistema de seguimiento y localización. 1.La maquinaria se regulará y controlará a través del “sistema de licencias”

“insumos básicos ¿ Como regular y controlar los “insumos básicos ” o “key Inputs”?

Existen los Key Inputs? Los insumos básicos o “Key Inputs” se incorporarán o no al Protocolo sujeto al resultado de la investigación que realizará el Secretariado del CMCT.

Criterios establecidos en el ONI 2 “exclusivos” 1.Ser “exclusivos” para la producción de productos del tabaco. identificables. 2.Ser perfectamente identificables. 3.Que puedan ser controlados a través de un mecanismo específico.

Informe del Secretariado* No hay insumos que cumplan con esas tres características. excluir el concepto d Se acordó excluir el concepto de los insumos básicos o key inputs del Protocolo. *Segunda Reunión del Grupo de Redacción (11/ 2009) y ONI 4

A los cinco años de la entrada en vigor del presente Protocolo Investigaciones para determinar si existen insumos básicos fundamentales para la elaboración de productos de tabaco que puedan ser identificados y sometidos a un mecanismo de control eficaz (art 6°)

6° Licencias, sistemas equivalentes de aprobación o control

Licencia Obligatoria Elaboración Elaboración de productos de tabaco y equipo de fabricación, e Importación o exportación Importación o exportación de productos de tabaco y equipo de fabricación. * Sistema equivalente de aprobación o control.

……procurará que se conceda licencia  Venta al menudeo de productos del tabaco  de tabaco, excepto agricultores y productores tradicionales en pequeña escala;  de productos de tabaco o equipo de fabricación,

procurará ……procurará que se conceda licencia  Venta al menudeo y al por mayor  Intermediación  Almacenamiento, o  Distribución  Cultivo Comercial  Transporte de cantidades comerciales De: tabaco productos de tabaco o equipo de fabricación.

8° Seguimiento y localización

Línea de tiempo: Cinco años siguientes a la entrada en vigor del Protocolo. Contar con un régimen mundial de seguimiento y localización.

Marcas de identificación únicas, seguras e indelebles, como códigos o estampillas Cigarrillos* = cinco años Otros productos de tabaco* = 10 años *Contados a partir de la entrada en vigor del Protocolo para la Parte.

Sistema CONTROLADO POR LA PARTE Deberá permitir el (T&T) de todos los productos de tabaco que se fabriquen o importen en su territorio

Las obligaciones asignadas a las Partes no serán cumplidas por la industria tabacalera ni delegadas en ésta.

Cada Parte podrá exigir a la industria tabacalera que asuma todo costo vinculado a las obligaciones que incumban a dicha Parte en virtud del presente artículo.

9 ° Mantenimiento de registros

Toda persona que intervengan en la cadena de suministro de: tabaco*, productos de tabaco, y equipo de fabricación …deberán mantener registros completos y precisos de todas las transacciones que realicen en la cadena de suministro…. por un mínimo de 4 años.

10° Medidas de seguridad y prevención

Notificar a autoridades competentes i)Transferencia (s) a través de las fronteras de dinero en efectivo en las cantidades que estipulen las leyes nacionales o los pagos en especie a través de las fronteras, y ii) toda «transacción sospechosa»,

Requerir los pagos de las transacciones exclusivamente: en la moneda y por el mismo importe que figure en la factura, y mediante modalidades legales de pago de las instituciones financieras situadas en el territorio del mercado previsto.

Art. 7° Diligencia Debida Identificación y Verificación del Cliente Aplica a todas las personas que participen en la cadena de suministro de tabaco, productos de tabaco y equipo de fabricación.

Verificar que su cliente cuente con licencia vigente (art 6°) Notificar a las autoridades competentes cualquier prueba de que el cliente realiza actividades que contravengan las obligaciones previstas en el Protocolo.

11° Venta por internet, medios de telecomunicación o cualquier otra nueva tecnología

 Cualquier transacción por estos medios deberá cumplir con todas las obligaciones pertinentes estipuladas en el Protocolo.  Las Partes considerarán la posibilidad de prohibir la venta al por menor de productos de tabaco a través de cualquiera de estos medios.

13° Ventas libres de impuestos

Duty Free. Toda venta libre de impuestos de todos los productos del tabaco estarán sujetas a todas las disposiciones pertinentes del Protocolo.

No más de cinco años después su entrada en vigor, la Reunión de las Partes se asegurará en su siguiente periodo de sesiones de que: se lleven a cabo investigaciones para determinar el alcance del comercio ilícito relacionados con las ventas libres de impuestos de esos productos. Basándose en esas investigaciones, la Reunión de las Partes estudiará las medidas adicionales.

12° Zonas francas y tránsito internacional

Tres años a partir de la entrada en vigor del Protocolo para la Parte: Controles eficaces de toda fabricación y toda transacción relativa al tabaco y a los productos de tabaco, en las zonas francas.* * Utilizar para ello todas las medidas pertinentes contempladas en el Protocolo.

Se prohibirá que al momento de retirar los productos de tabaco estén entremezclados con otros productos en un mismo contenedor o cualquier otra unidad de transporte similar.

La implementación de este Protocolo constituye un gran reto a nivel Global, Regional y Nacional.