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Publicada porCristián Cabrera Muñoz Modificado hace 8 años
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La Propiedad Industrial en la Transferencia de Tecnología
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Tecnología INCORPORADA DESINCORPORADA Bienes de Capital Bienes de Consumo Referida a resultados de investigaciones, conocimientos, datos, informaciones, conocimientos tradicionales, habilidades, pericias, destrezas, así como también los métodos y las formas organizativas.
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Las Tecnologías pueden estar referidas a: Producción de Bienes Prestación de Servicios Técnicas de Mercadotecnia sobre la base de una nueva estrategia organizacional, comercial o financiera. Estas en general pueden ser Patentables o no Patentables y en ambos casos poseen una parte de información no divulgada.
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Etapas básicas de una Transferencia de Tecnología Selección de la Tecnología a transferir o recibir * Negociación (elaboración del documento jurídico base que refiere a las características y condiciones de la transferencia) Asimilación y adaptación de la tecnología Difusión Mejoras o Innovaciones Tecnológicas
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ESTADO ACTUAL DEL CONOCIMIENTO TÉCNICO Y SU NIVEL DE UTILIZACIÓN ACTIVIDAD TECNOLÓGICA: LAS “INVENCIONES Y LOS DESCUBRIMIENTOS” PRIMER USO DE LA TECNOLOGÍA Y COMPROBACIÓN DE LA SATISFACCIÓN DE LA DEMANDA ASIMILACIÓN Y PROPAGACIÓN DE LA INNOVACIÓN INCREMENTO ECONÓMICO CON EL USO DEL CONOCIMIENTO TÉCNICO
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4Contratos de licencias (patentes, marcas, know-how, entre otros) Contratos de servicios y asistencia técnica. 4Contratos de centros de investigación hacia la industria. 4Contratos de adquisición de paquetes tecnológicos. 4Contratos de inversión extranjera en la cual se aporta tecnología. Convenios de Colaboración-científico-técnica Principales Formas de la Transferencia de Tecnología en los Centros de Investigación
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Definición conceptual de la Información No divulgada Conjunto de información secretos, técnicos y sustanciales identificados por su descripción o registro en un soporte material, así como información y conocimientos prácticos, técnicos y de otra índole que se hallan en posesión legítima del titular.
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Algunas definiciones sobre Información no divulgada Ha tenido varias acepciones como: información confidencial, secreto comercial,Know-How. Tiene un valor comercial, permitiendo las ventajas competitivas y económicas para su poseedor No constituye un derecho de exclusividad conferido por la ley, sino que el privilegio de usarla exclusivamente deriva de su carácter secreto. Es regulada su posible violación a través de la competencia desleal
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Formas de Protección de Información No divulgada: Debe quedar en un soporte permanente, ejemplo: Impresos. Deben almacenarse en un lugar seguro Acceso limitado de los empleados a la información y establecer un área de consulta. Las visitas a las plantas de producción por individuos ajenos al personal deberá controlarse y registrarse
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Protección de Información No divulgada....(continuación) Debe tenerse un control estricto del contenido de las publicaciones. Los empleados deben conocer el valor de esta información. Los contratos de empleo deben incluir disposiciones de confidencialidad. Establecer contratos de confidencialidad con otras empresas con las que se desarrollen trabajos de investigación conjunto. Los adquirentes de tecnología deben quedar obligados a mantener la confidencialidad de esta información.
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Acuerdos de Licencias: Cláusulas generales Cláusulas formales - Denominación del Acuerdo - Partes en el acuerdo - Consideraciones, Declaraciones - Definiciones - Notificaciones - Apéndices, anexos - Fecha de entrada en vigor - Declaración de acuerdos Cláusulas Sustantivas - Derechos Conferidos - Carácter de la Licencia (Exclusiva, No exclusiva) - Derecho a conceder sublicencias - Esfera de utilización.... - Mantenimiento en vigor de los derechos - Negativa a la no impugnación - Asistencia Técnica - Contraprestación - Aspectos sobre la Comercialización - Publicidad y Promoción
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¿Cuáles son las formas más frecuentes de pago en una Transferencia de Tecnología? åPago Global åPago por Regalías: Que se refiere a un por ciento sobre el Volumen de Producción, Volumen de las Ventas o de las Utilidades. å Pago en Forma Mixta
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Aspectos esenciales dentro de los Convenios de Colaboración Económica y Científico-Técnica
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Definición de resultados CONJUNTOS y sus formas Territorio de realización de los trabajos conjuntos Obligación recíproca de informarse de cualquier resultado. Gastos de cada parte y derechos asociados ( financiamiento conjunto o por una de las partes y derechos de la otra) Mantenimiento en vigor Titularidad de los resultados conjuntos patentables. Cobertura legal. Cobertura geográfica. Gastos y trámites Derechos de explotación por las partes en cada territorio Derechos y obligaciones sobre resultados no patentables. Explotación comercial.Confidencialidad. Publicaciones.
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Convenios de Colaboración Económica Científico-Técnica... continuación Cuando los resultados preexistentes por alguna o ambas partes o han sido obtenidos durante la cooperación es necesario entonces: Identificación de los valores de los intangibles ya existentes Información a la otra parte de los derechos exclusivos vigentes o en tramitación. Derechos y obligaciones de la otra parte con respecto a la utilización de los conocimientos técnicos ( Condiciones del contrato) Cesión y licencias de derechos a terceros (inf. que deben dominar ambas partes) Derechos y obligaciones término de la Colaboración (bases de la negociación)
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