EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Ciclo Escolar 2014-2015 GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Colegio de Estudios Cient í ficos y Tecnol ó gicos del Estado de Quintana.

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Transcripción de la presentación:

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Ciclo Escolar GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Colegio de Estudios Cient í ficos y Tecnol ó gicos del Estado de Quintana Roo Direcci ó n General

“Las funciones docentes, de dirección de una Escuela o de supervisión de la Educación Básica y Media Superior impartida por el Estado y sus Organismos Descentralizados deberán orientarse a brindar educación de calidad y al cumplimiento de sus fines. Quienes desempeñen dichas tareas deben reunir las cualidades personales y competencias profesionales para que dentro de los distintos contextos sociales y culturales promuevan el máximo logro de aprendizaje de los educandos, conforme a los perfiles, parámetros e indicadores que garanticen la idoneidad de los conocimientos, aptitudes y capacidades que correspondan.” El artículo 12 de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) señala: Servicio Profesional Docente

1.Mejorar la calidad de la educación, cumplir con el desarrollo integral de los educandos y el progreso del país. 2.Mejorar la práctica profesional. 3.Asegurar la idoneidad de las capacidades del personal Docente y con funciones de Dirección y de Supervisión. 4.Estimular el reconocimiento de la labor docente. 5.Asegurar el nivel suficiente de desempeño del personal del Servicio Profesional Docente. 6.Propiciar el desarrollo de las fortalezas y superación de las debilidades del personal del Servicio Profesional Docente. 7.Garantizar la formación, capacitación y actualización continua del personal del Servicio Profesional Docente. 8.Desarrollar programas que favorezcan el desempeño eficiente del servicio educativo. El artículo 13 de la LGSPD señala los propósitos siguientes: Servicio Profesional Docente

De la permanencia en el servicio Evaluación del Desempeño Artículo 52 de la LGSPD: “Las Autoridades Educativas y los Órganos Descentralizados deberán evaluar el desempeño docente y de quienes ejerzan funciones de dirección o de supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparte el Estado. La evaluación a la que se refiere el párrafo anterior será obligatoria. El Instituto determinará su periodicidad, considerando por lo menos una evaluación cada cuatro años y vigilará su cumplimiento” Cada 4 años si salen favorables

Valorar el desempeño del personal docente y directivo de Educación Básica, y del personal docente de Educación Media Superior, para garantizar un nivel de suficiencia en quienes ejerzan labores de enseñanza, y asegurar de esta manera el derecho a una educación de calidad para niñas, niños y adolescentes. Identificar necesidades de formación de los docentes y directivos de Educación Básica, y del personal docente de Educación Media Superior, que permita generar acciones sistemáticas de formación continua, tutoría y asistencia técnica dirigidas a mejorar sus prácticas de enseñanza y su desarrollo profesional. Evaluación del Desempeño Propósitos

La planeación didáctica. El dominio de los contenidos. El ambiente en el aula. Las prácticas didácticas. La colaboración en la escuela. La normalidad mínima. Los contextos sociales y culturales diversos. Referentes para la mejora continua. El diálogo con los padres de familia Evaluación del Desempeño Aspectos a evaluar

1.Informe de cumplimiento de responsabilidades profesionales 2.Expediente de evidencias de enseñanza 3.Examen de conocimientos y competencias didácticas 4.Planeación didáctica argumentada Instrumentos de evaluación Personal Docente

Características. Muestra de los trabajos desarrollados por sus alumnos como evidencia de su práctica de enseñanza, éstas le servirán como fuente de análisis y le permitirán elaborar una argumentación que será evaluada mediante rúbricas por evaluadores certificados por el INEE. Propósito Evaluar el resultado del análisis y la reflexión que el docente hace de los trabajos realizados por sus alumnos como evidencia de su práctica de enseñanza, a partir de argumentar las decisiones que toma en el ejercicio de su función docente. Expediente de Evidencias de Enseñanza Docentes

Dos evidencias de la asignatura que imparte De dos alumnos de alto desempeño De dos alumnos de bajo desempeño Misma situación de aprendizaje Expediente de Evidencias de Enseñanza Docentes Distribución de evidencias

Acorde con el Artículo 6 de los LINEE : Para el ciclo escolar la evaluación se aplicará en dos grupos designados por la Secretaría de común acuerdo con el Instituto en los siguientes periodos: a. De septiembre a noviembre de 2015: Primer grupo b. Durante el periodo de febrero a mayo de 2016: Segundo grupo En el primer y segundo grupos se evaluarán docentes y directivos de Educación Básica, y docentes de Educación Media Superior de las 32 entidades federativas Personal a evaluar

Del 16 de junio al 15 de julio de 2015 subirán a la plataforma: Expediente de evidencias de enseñanza Informe de cumplimiento de responsabilidades profesionales Del 29 de noviembre y 5 de diciembre de 2015 realizarán: Exámenes de conocimientos y competencias didácticas Planeación didáctica argumentada o presentación de constancia de CERTIDEMS o ECODEMS Etapas de evaluación Educación Media Superior

Etapa 1. Informe de cumplimiento de responsabilidades profesionales El informe será emitido por el director de la escuela con la intención de identificar el grado de cumplimiento de las responsabilidades profesionales del docente. Etapa 2. Expediente de evidencias de enseñanza Etapa 3. Exámenes objetivos de evaluación de conocimientos de la disciplina, así como para la evaluación de competencias didácticas que favorecen el aprendizaje de los conocimientos y el logro de competencias de los alumnos. Esta etapa comprende la aplicación de dos instrumentos: La evaluación de conocimientos disciplinares al través de un examen de reactivos de opción múltiple, La aplicación de un examen sobre el manejo competencias didácticas a través de un examen objetivo de casos y experiencias de aprendizaje en la EMS. Etapa 4. Planeación didáctica argumentada o presentación de constancia de CERTIDEMS o ECODEMS Etapas de evaluación Educación Media Superior

Proceso de evaluación de Educación Básica y Educación Media Superior Primera fase Definición de la población sujeta a la evaluación diagnóstica. Definición de la población sujeta a la evaluación diagnóstica. Notificación a docentes. Notificación a docentes. Notificación a la autoridad inmediata de docentes y técnico docentes participantes. Notificación a la autoridad inmediata de docentes y técnico docentes participantes. Registro. Registro. Segunda fase Aplicación de los instrumentos de evaluación. Aplicación de los instrumentos de evaluación. 4 etapas Tercera fase Calificación. Calificación. Entrega y difusión de resultados. Entrega y difusión de resultados. Entrega del informe individualiza do. Entrega del informe individualiza do.

PRIMERA FASE: REGISTRO DE DOCENTES A EVALUAR Fecha máxima 25 de junio de Las autoridades educativas registrarán en el Sistema Nacional del Servicio Profesional Docente, a los que participarán en esta primera etapa.

Etapa 1 Reporte de cumplimiento de responsabilidades profesionales. Etapa 2 Subir expedientes de evidencias de enseñanza Etapa 3 Examen de conocimientos y habilidades docentes que favorecen el aprendizaje de los alumnos. competencias didácticas. Etapa 4 Planeación didáctica argumentada o presentación del documento de CERTIDEMS o ECODEMS. SEGUNDA FASE : Aplicación de instrumentos de evaluación de Educación Básica y Educación Media Superior Del 16 de junio al 15 de julio 2015

Método de evaluación. Es un reporte estandarizado, autoadministrable y suministrado en línea. Consta de diversas preguntas que dan cuenta del cumplimiento de responsabilidades profesionales y la participación en la escuela por parte de docentes y técnicos docentes. Instrumento. Está integrado de 32 preguntas organizadas en dos apartados que se refieren a los datos generales del docente y de su autoridad educativa, y a aspectos relacionados con el trabajo en el aula. Se responde en un máximo de 20 minutos. Lo responde la autoridad inmediata del docente y técnico docente (director o supervisor). Etapa 1 Reporte de cumplimiento de responsabilidades profesionales ( Responsabilidad del director de plantel) Fecha de aplicación Del 16 de junio al 15 de julio de 2015

Método de evaluación. Es un reporte estandarizado, autoadministrable y suministrado en línea. Consta de las actividades llevadas a cabo Durante este semestre. Etapa 2 Envió de Expedientes de evidencias de enseñanzas Fecha de aplicación Del 16 de junio al 15 de julio de 2015

. Etapa 2 Envió de Expedientes de evidencias de enseñanzas El Docente a evaluar podrá ingresar del 16 de junio al 15 de julio del 2015, para subir evidencias de acuerdo a la categoría que pertenece. Las evidencias del Docente y Director que subirán serán archivos escaneados en formato PNG o JPG o PDF no mayor a 5 Mb La liga de acceso es: Media Superior

Método de evaluación. Es un examen estandarizado, autoadministrable, controlado por un aplicador y suministrado en línea. Consta de reactivos que evalúan el nivel de dominio sobre los conocimientos y habilidades de los docentes para favorecer el aprendizaje de los alumnos. Esta etapa comprende dos Instrumentos. La evaluación de conocimientos disciplinares a través de un examen de reactivos de opción múltiple, La aplicación de un examen sobre el manejo competencias didácticas a través de un examen objetivo de casos y experiencias de aprendizaje en la EMS. Etapa 3 Examen de conocimientos y habilidades docentes que favorecen el aprendizaje de los alumnos Fecha de aplicación 29 de noviembre y 5 de diciembre de 2015

Etapa 4 Planeación didáctica argumentada o presentación de constancia de CERTIDEMS o ECODEMS Fecha de aplicación 29 de noviembre y 5 de diciembre de 2015 Realización de una planeación con todos los elementos y las razones del porque esos elementos. Argumentada

. TERCERA FASE: Resultados Fecha de emisión de resultados 15 de febrero de 2016 Responsabilidad de la Secretaría de Educación Pública a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, integrar la información que resulte del proceso: informe individualizados.

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO, CICLO ESCOLAR PRIMERA ETAPA. MAYO, 2015 REGLAS PARA LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE

I. Personal que realiza funciones docentes en Educación Básica y Media Superior. 1.Para desarrollar la evaluación del desempeño, es necesario seleccionar al personal que será sujeto a este proceso, en la primera etapa del ciclo escolar Participará personal de Educación Básica y Media Superior de las 32 entidades federativas. 3.En Educación Básica los participantes serán de los sostenimientos: federal, federalizado y estatal; en Educación Media Superior: el federal, estatal y descentralizado. En la Educación Básica corresponderá a las Autoridades Educativas, determinar a los participantes por cada tipo de sostenimiento. En la Educación Media Superior, la definición será por cada subsistema; cuando éste tenga cobertura nacional, será responsabilidad de la Autoridad Educativa competente, fijar a los participantes por cada entidad federativa. 4. En la Educación Básica participará en la evaluación del desempeño el personal que realiza funciones docentes y presta sus servicios solo en las escuelas en las que se atienden los niveles, servicios educativos, modalidades y asignaturas. REGLAS PARA LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL

5. En la Educación Media Superior participará en la evaluación del desempeño el personal que realiza funciones docentes y presta sus servicios solo en las escuelas de los subsistemas de este nivel educativo, en los campos disciplinares y asignaturas, que a continuación se describen. 5.1 Matemáticas Matemáticas 5.2 Humanidades Filosofía Lógica Ética Estética Historia del Arte 5.3 Ciencias Sociales Economía REGLAS PARA LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL

Derecho Administración Historia Sociología y Política Metodología de la Investigación 5.4 Ciencias Experimentales Biología (Psicología) Ecología Ciencias de la Salud Física Geografía Química Psicología REGLAS PARA LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL 5.5 Comunicación Literatura Lectura, Expresión Oral y Escrita Informática Etimologías Grecolatinas

6. Adicionalmente, el personal que se seleccione para participar en la evaluación del desempeño, en la Educación Básica y Media Superior, deberá cumplir los requisitos siguientes: 6.1 Contar con nombramiento definitivo en la plaza(s) que ocupe Cuando la función docente que realice sea por asignatura, desempeñar solo una, preferentemente en el mismo centro de trabajo, y acreditar el perfil que corresponda a la misma. (presentará la asignatura que cubra el perfil) 6.5 Prestar sus servicios durante todo el ciclo escolar en el mismo nivel, servicio educativo, modalidad, subsistema, escuela y asignatura. Cumplir con este requisito también en el ciclo escolar ; por lo tanto, no deberá ser sujeto de ningún cambio en estos atributos. 6.6 Haber participado o estar participando, preferentemente, en el Programa de Desarrollo Profesional (PROFORDEMS). REGLAS PARA LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL

7. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados deberán prever que los docentes que participen de la evaluación del desempeño tengan un nivel reconocido del dominio de contenidos, competencias didácticas, así como una destacada participación en el trabajo colegiado en el plantel, y en el vínculo con los padres de familia y la comunidad en que se localiza la escuela. 8. La Secretaría de Educación Pública notificará a cada una de las Autoridades Educativas la cantidad de participantes a la evaluación del desempeño por nivel, servicio educativo, modalidad, subsistema y asignatura. 9. Será responsabilidad de las Autoridades Educativas: 9.1 Determinar a quienes participarán por nivel, servicio educativo, modalidad, subsistema y asignatura, en la evaluación del desempeño. 9.2 Integrar las bases de datos con la información de los participantes en el proceso, conforme al esquema de operación que establezca la Secretaría de Educación Pública. 9.3 Coordinar en el ámbito de su competencia a quienes participarán del proceso de evaluación del desempeño establecido en los presentes Criterios, así como la aportación de la información requerida en su desarrollo. REGLAS PARA LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL

9.4 Apoyar a quienes participen de la evaluación del desempeño en el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 69, fracciones I, III, V y VI. 9.5 Participar en la aplicación de los instrumentos para la evaluación del desempeño del personal. 9.6 Realizar las acciones y procesos establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente, que se derivan de los resultados de la evaluación del desempeño. REGLAS PARA LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL