Ministerio de Educación REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD División de Administración General Departamento de Recursos Humanos
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Estimados funcionarios(as): De conformidad lo dispuesto por la Comisión Coordinadora Nacional de Comités Paritarios, a continuación podrán encontrar el Nuevo Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, para el Ministerio de Educación. Este documento se pone a vuestra disposición, para conocimiento, estudio y aplicación, a través de sus respectivos Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. Cabe hacer presente que este documento pasará a reemplazar el Reglamento actualmente vigente y deberá ser modificado cada vez que se dicten o promulguen leyes y/o normas relacionadas, que sea menester incorporar.
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Primero “Normas de Prevención de Riesgos, Higiene y Seguridad” Entrega antecedentes acerca del marco normativo que regula la prevención de riesgos, y presenta los principales objetivos de las normas de Higiene, Seguridad y Prevención de riesgos, entre estos, reducir o eliminar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Segundo “De las Disposiciones Generales” Contempla definiciones de los principales conceptos a emplear por todos los funcionarios del MINEDUC, entre estos, Accidente de Trabajo, Accidente de Trayecto, Enfermedad Profesional, Riesgos Profesionales, Normas de Seguridad, etc. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Tercero “De las Obligaciones Generales relacionadas con Higiene y Seguridad” Detalla las responsabilidades, tanto institucionales como de los funcionarios, en el contexto de la Higiene y Seguridad, tales como, denunciar oportuna y debidamente la ocurrencia de accidentes, colaborar en la investigación de accidentes, respetar y cuidar la señaletica, conocer y cumplir fielmente las normas de seguridad, etc. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Cuarto “De la Protección de los Funcionarios, de los Procedimientos y de las Obligaciones específicas” Considera, entre otras, orientaciones acerca de la utilización de elementos de protección personal, Prevención de Incendios y Prevención del Acoso Laboral y Sexual en el MINEDUC. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Quinto “De las Prohibiciones relacionadas con la Higiene y Seguridad” Establece aquellos comportamientos prohibidos en el contexto ministerial, entre estos, no acatar o desatender las normas e instrucciones, encender fuego en lugares riesgosos, negarse a proporcionar información vinculada con determinadas condiciones de trabajo o acerca de accidentes de trabajo, etc. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Sexto “De las Sanciones por Infracción a las Normas de Higiene y Seguridad” Establece las sanciones a que se exponen quienes contravengan las normas establecidas en el Reglamento, previa investigación sumaria. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Séptimo “Denuncias por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales” Contempla las acciones que debe realizar tanto el funcionario, su jefatura directa, como la unidad administrativa correspondiente ante la ocurrencia de accidentes del trabajo o enfermedad profesional. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Octavo “Reclamaciones y procedimientos, Ley Nº 16.744 y Reglamento Nº 101, de 1968 de Ministerio del Trabajo y Previsión Social” Define los derechos de los funcionarios a reclamar respecto de eventual rechazo de licencia médica o reposo médico, así como las instancias involucradas y los procedimientos a utilizar. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Noveno “De la Organización de a Prevención de Riesgos” Establece principalmente la existencia y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 66 de la Ley Nº 16.744. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Capitulo Decimo “De la Obligación de Informar los Riesgos Laborales” Contempla el Derecho a Saber de cada uno de los funcionarios del MINEDUC acerca de los riesgos que conlleva la realización de sus labores habituales, así de las medidas preventivas a utilizar, además de definir los riesgos frecuentes asociados a las labores desarrolladas por los funcionarios del MINEDUC. Ver detalle clic aquí
REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Muchas gracias por su tiempo y colaboración. COMISIÓN COORDINADORA NACIONAL DE COMITÉS PARITARIOS