Auditorías Electrónicas

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Transcripción de la presentación:

Auditorías Electrónicas

Antecedentes La realidad actual de la actividad económica y de las operaciones comerciales de las empresas y de las personas, cada vez más está sustentada en el apoyo de las tecnologías de la información. En México: El número de usuarios de Internet pasó de 20.2 millones en 2006 a 53.9 millones en 2014. 50 % de los usuarios de Internet tienen de 19 a 44 años. Un 26% adicional se encuentra de los 13 a los 18 años. Existen más de 100 millones de líneas móviles, más de 37 millones de teléfonos inteligentes.

Antecedentes La velocidad del cambio en las condiciones de disponibilidad de información electrónica requieren a la Administración Tributaria de acelerar el proceso de consolidación de la explotación efectiva de información y de la consecuente depuración de fuentes de información tradicionales. El objetivo será la definición de estándares de información que permitan el intercambio eficiente o la integración de sistemas y procesos entre las empresas, terceros y la administración tributaria, ampliando los canales de interacción.

Antecedentes En complemento, se deberán desarrollar los servicios electrónicos que permitan con una mayor amplitud el desahogo de procedimientos de forma electrónica y remota, reduciendo los costos y cargas administrativas asociadas a esquema de atención presenciales. De manera aún incipiente a lo que ya es una realidad digital, la administración tributaria está incursionando en los procesos de fiscalización electrónica a través de la implementación de la Reforma Fiscal del 2014 con la facultad de la autoridad para realizar revisiones electrónica, así como la contabilidad electrónica como insumo adicional a las fuentes de información en poder de la autoridad.

Revisiones electrónicas Son procesos de auditoría que consisten en revisar conceptos o rubros específicos a través de medios electrónicos desde la notificación hasta la conclusión. Los antecedentes específicos pueden generarse automáticamente con la información de facturas electrónicas, la contenida en bases de datos del Servicio de Administración Tributaria y la proporcionada por otras dependencias y terceros.

Marco Jurídico Se adiciona la facultad de comprobación: Artículo 42 fracción IX CFF. Se establece el procedimiento de revisión: Artículo 53-B y 53-C CFF. Notificación del acto administrativo: Artículo 134 fracción I y 17-K CFF. Artículo 22 Fracción VI del Reglamento Interior del SAT

Aspectos relevantes Se están desarrollando los sistemas para el proceso de la revisión, desde la notificación hasta el seguimiento y conclusión de la revisión. El proceso de fiscalización electrónica incluye filtros de calidad que reforzará los actos de fiscalización que se emitan a fin de que sean más asertivos. Las 67 Administraciones Desconcentradas y la Administración Central de Fiscalización Estratégica realizarán revisiones electrónicas y con ello se busca incrementar el universo fiscalizable.

El SAT analiza de forma continua la información que tiene de los contribuyentes, lo que no implica que se lleve a cabo una revisión o el ejercicio de una facultad de comprobación. Sólo en el caso en que se identifiquen antecedentes que den base a una presunta irregularidad, el SAT revisará al contribuyente mediante el ejercicio de las diversas facultades de comprobación, seguramente la que resulte más idónea dado el antecedente particular, y respetando los procedimientos regulados en las disposiciones fiscales. En el caso específico de las revisiones electrónicas, invariablemente iniciarán con la notificación mediante buzón tributario al contribuyente revisado respecto del inicio de las facultades de comprobación y otorgando el plazo de 15 días hábiles previsto en el artículo 53-B del Código Fiscal de la Federación para la autocorrección o la aportación de argumentos y pruebas para desvirtuar la irregularidad.

Bloques del proceso de Revisiones Electrónicas Programación Ejecución

Fuentes de Información del SAT Declaraciones y pagos del Contribuyente Programación Fuentes de Información del SAT Declaraciones y pagos del Contribuyente Confronta de Información Omisión de pagos Ingresos omitidos Determinación incorrecta Cálculo de retenciones Retenciones vs enteros Proveedores de riesgo Diferencias con Registro Patronal IMSS Deducciones o Acreditamientos indebidos Operaciones inusuales y comportamientos atípicos Antecedentes por conceptos específicos

Ejemplo de antecedente específico Contribuyente retiene a trabajadores por concepto de ISR $1,000,000.00 Entera a la autoridad fiscal $800,000.00 CFDI DIM Declaraciones Mensuales La autoridad fiscal confronta las fuentes de información vs declaraciones La autoridad presume una diferencia del entero de la retención de ISR de $200,000.00 Resolución provisional

Ejemplo de antecedente específico La contabilidad electrónica es un insumo más para la autoridad fiscal, la cual no implica un auditoría permanente hacia el contribuyente. Envío mensual de contabilidad (Catálogo de cuentas y Balanza de comprobación) Contribuyente manifiesta ingresos por $2,000,000 en su Balanza de Comprobación El contribuyente no emite CFDI’s La autoridad solicitará la aclaración al contribuyente

Ejecución Buzón tributario Notificación Resolución provisional Valoración de argumentos y pruebas Emisión de 2º requerimiento o compulsa Emisión y notificación de resolución definitiva 3 ó 4 días 10 días 40 días Buzón tributario 15 días 10 días Análisis, autocorrección o aclaración Atención de 2º requerimiento o compulsa

Acceso a Buzón Tributario

Documentos pendientes

Notificaciones electrónicas

Aviso electrónico de notificación

Firma para acceder a la Resolución Provisional

Acuse de recibo de notificación electrónica

Resolución provisional y Anexos

Resolución provisional contenido

Fiscalización Electrónica

Aportación de Pruebas

Aportación de Pruebas - Firmado

Aportación de Pruebas – Acuse de envío de documentos

Beneficios Se detonarán actos de fiscalización sobre rubros específicos haciendo más ágil la revisión. Se amplía el universo de contribuyentes fiscalizados. Incremento de la percepción de riesgo en los contribuyentes Se reducen los plazos para concluir las auditorías. Reducción de costos para la autoridad y contribuyente en la realización de una auditoría.

Gracias por su atención