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ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN 3014, ESTADO DE VERACRUZ VERACRUZ

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Presentación del tema: "ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN 3014, ESTADO DE VERACRUZ VERACRUZ"— Transcripción de la presentación:

1 ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN 3014, ESTADO DE VERACRUZ VERACRUZ
SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN 3014, ESTADO DE VERACRUZ VERACRUZ Tepetzintla, Ver. Cd. de Tuxpan Ver. Cd. de Tuxpan Ver. Tepetzintla, Ver. El Colotero Ver.

2 LOCALIZACIÓN DEL ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN
Límites publicados en el DOF el 28-agosto-2009 Extensión: 6, km2 6, km² Limite Acuífero Álamo-Tuxpan

3 MUNICIPIOS EN ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
De 30 municipios, existen 3 integrados en un 100% dentro de la superficie del acuífero y constituyen el 11.70% del área total y el resto, 88.21% (6, km2) se integra con el área parcial del resto de los municipios. Limite Acuífero Álamo-Tuxpan

4 Distribución de la población urbana y rural, ACUIFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
Localidad Estado Población total Población femenina Población masculina URBANA Hidalgo 10,106 5,244 4,862 Puebla 17,396 9,149 8,247 Veracruz 188,257 97,751 90,506 total 215,759 112,144 103,615 RURAL 49,098 24,817 23,794 43,685 21,617 21,027 236,454 114,612 112,066 329,237 161,046 156,887 GRAN TOTAL 544,996 273,190 260,502 *La sumatoria de la población femenina y masculina no coincide con el total debido a que muchas localidades, por ser una población muy pequeña, se consideran datos confidenciales, según INEGI.

5 CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS, ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
El clima es desde Cálido húmedo, Semicálido húmedo a Templado. La temperatura media anual es de 23.8 °C. La precipitación media anual es de 1,458.5 mm. La evaporación potencial media anual es de 1,117.6 mm. 10.2% (A)C(fm) 6% C(fm) 5% Am 5% Af(m) Temperatura media anual en el área del acuífero Álamo-Tuxpan= °C Distribución del clima en el área del acuífero.

6 GEOLOGÍA EN EL ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN, (3014)

7 HIDROLOGÍA SUPERFICIAL, ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
RH 27D-R Ubicado en la RH 27 Norte de Veracruz, esta integrado por las cuencas: Tuxpan, Llanuras de Tuxpan, Cazones y la cuenca del Lago de Tamiahua, desembocan en el Golfo de México. La red hidrográfica del acuífero Álamo Tuxpan se constituye de 8 ríos principales: Río Mezquite, Río Viñazco, Río Chiflón, Río Tenango, Río Agua Limpia, Río los Camarones, Río Pantepec y el Río Tuxpan. Nace del Rio Pantepec a una elevación de 2,750 msnm a 8 Km al oeste de Tenango de Doria, en el parte aguas con la cuenca del Río Meztitlán. Desemboca en el Golfo de México, en la Barra de Tuxpan, en donde se forma su margen derecha. GOLFO DE MÉXICO

8 PROFUNDIDAD AL NIVEL ESTÁTICO EN m (2014)

9 ELEVACIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO EN m.s.n.m. (2014)

10 EVOLUCIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO en m (2010-2014)

11 CAPTACIONES DE AGUA SUBTERRÁNEA EN EL ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN
Según el censo reportado por el REPDA, de un total de 3399 captaciones de agua subterránea, activas: 41 son pozos y 3,358 son norias.

12 EXTRACCIÓN POR TIPO DE APROVECHAMIENTO (REPDA 2014)
Volumen Hm3/anual 11.750

13 EXTRACCIÓN POR USO DEL AGUA SUBTERRÁNEA, POR TIPO DE
APROVECHAMIENTO (REPDA 2014) Nodo Uso Noria Pozo Total General Vol. Concesionado m3/año PÚBLICO URBANO 9,204,739.64 7,822,971 17,027,711 AGRÍCOLA 679,015.80 2,420,583 3,099,599 SERVICIOS 215,584 6,911 222,495 INDUSTRIAL 32,550.00 177,206 209,756 DOMÉSTICO PECUARIO 3,975 DIFERENTES USOS 1,322,673 Total general 10,135,864 11,750,344 21,886,208

14 ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año)
ACTUALIZACIÓN DEL BALANCE DE AGUA SUBTERRÁNEA, ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014) ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año) Entrada por flujo subterráneo 20.2 Salida por flujo subterráneo 0.7 Recarga vertical natural 134.4 Extracción 17.9 Recarga inducida por riego Manantiales 11.3 Evapotranspiración 124.7 Recarga total 154.6 Salidas del área de balance Cambio de almacenamiento

15 DISPONIBILIDAD DE AGUA SUBTERRÁNEA ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014),
2014 (en hm3 anuales) Disponibilidad media anual de agua subterránea Recarga total media anual = - Descarga natural comprometida Volumen concesionado e inscrito en el REPDA CLAVE ACUÍFERO Estado R DNCOM VCAS DAS CANTIDADES EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES 3014 Álamo-Tuxpan Veracruz, Hidalgo y Puebla 154.6 73.7 R: Recarga media anual DNCOM: Descarga natural comprometida VCAS: Volumen concesionado de agua subterránea DAS: Disponibilidad media anual de agua subterránea La terminología anotada corresponde a la contenidas en los numerales 3 y 4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-200. Disponibilidad, con fecha de corte al 30 de septiembre de Determinada conforme al método establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. El volumen máximo de agua que puede extraerse del acuífero Álamo-Tuxpan en condiciones sustentables es de 80.9 millones de metros cúbicos anuales, cifra que se obtiene de restar al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero la descarga natural comprometida.

16 SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
No se ha establecido ningún tipo de veda en el acuífero Álamo-Tuxpan Actualmente el acuífero Álamo-Tuxpan se encuentra sujeto al siguiente instrumento jurídico: “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013. ARTÍCULO PRIMERO establece que por causas de interés y de utilidad públicos se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas del subsuelo en los acuíferos a partir de su entrada en vigor: No se permite la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales, ni se permite el incremento de volúmenes autorizados o registrados previamente por la autoridad, sin la autorización previa de la Conagua

17 PROBLEMÁTICA ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
Escasez natural: La precipitación media anual aunque varía de la planicie a las partes topográficamente altas es de mm. La temperatura media anual es de 23.8° C. De igual manera, con respecto a la evaporación potencial, se obtuvo un valor de 1,117.6 mm anuales. El aumento de la actividad agrícola relacionada con los asentamientos irregulares de grupos agrícolas en varias localidades dentro del acuífero, exigirá cada vez mayor demanda de agua subterránea, situación que puede cambiar la condición de disponibilidad a déficit de agua subterránea en el acuífero. La región exigirá cada vez mayor demanda de agua subterránea para cubrir las necesidades básicas de los habitantes y seguir impulsando las actividades económicas de la región y a la creciente demanda del recurso hídrico, los riesgos de que se agraven los efectos negativos de la explotación del agua subterránea, tanto para el ambiente, como para los usuarios del recurso son críticos; por lo que se deben establecer medidas regulatorias que permitan restablecer el equilibrio hidrológico de las aguas del subsuelo. Riesgo de sobreexplotación: En el acuífero Álamo-Tuxpan, la descarga natural comprometida es de 73.7 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada en millones de metros cúbicos anuales; lo que lleva a una disponibilidad de millones de metros cúbicos por lo cual no se halla sobreexplotado.

18 PROBLEMÁTICA ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
Presión por la obtención del recurso: El mejoramiento y ampliación de la cobertura de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento. Con el fin de ubicar los niveles de servicio, dentro del rango mínimo que establecen las políticas nacionales del Sector, se pretende incrementar coberturas, hacia el año 2020 tenderían a igualarse por arriba del 80% las coberturas urbana y rural de agua potable y más de la mitad de las localidades rurales contaría con alcantarillado. Para lograr esas metas, es necesario mantener un ritmo considerable de acciones que permita atender los rezagos existentes y, simultáneamente, las nuevas demandas. Contaminación: En términos generales se puede hablar que en el acuífero Álamo-Tuxpan no existe aún un grado de contaminación importante, de los análisis in situ que se realizaron, ninguno sobrepasó la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, “Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre del 2000, la concentración de Sólidos Totales Disueltos (STD) presenta valores que varían de 420 a 994 ppm; que no sobrepasan el límite máximo permisible de 1000 ppm establecido por la norma mencionada para el agua potable. Cabe señalar que existieron tres aprovechamientos que sobrepasaron el límite y sus valores son de 1211 a 1631 ppm, todos se ubican dentro del Municipio de Álamo Temapache.

19 ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
CONCLUSIONES ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014) DAS = es hm³ al 20 Abril 2015. En el acuífero Álamo-Tuxpan, clave 3014, existe disponibilidad media anual para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero deberá estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental, y prevenir su sobreexplotación. El Acuerdo General de suspensión del libre alumbramiento, establece que estará vigente en la porción no vedada del acuífero, hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales proponga al titular del Ejecutivo Federal, misma que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Álamo-Tuxpan, clave 3014.

20 ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
CONCLUSIONES ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014) De los resultados expuestos, en el acuífero Álamo-Tuxpan (clave 3014), se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación y restauración del acuífero, a la atención prioritaria de la problemática hídrica en acuíferos con escasez del recurso, al control de la extracción, explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero, causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad del acuífero, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los concesionarios y asignatarios del acuífero.

21 ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
RECOMENDACIONES ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014) Establecer una adecuada continuidad en el monitoreo de la red propuesta, se recomienda mediciones estacionales (lluvia-estiaje), dada la movilidad del acuífero. Al tratarse de un acuífero costero y por la poca profundidad del nivel estático es necesario monitorear la calidad del agua y realizar perfiles de la conductividad eléctrica del agua que permitan definir la cuña de transición de agua salada y posible intrusión de la misma. Los errores de referencia en el posicionamiento de la red de monitoreo repercuten notablemente en la caracterización del comportamiento del acuífero por lo que resulta conveniente la nivelación topográfica de las obras que forman parte de la red de monitoreo. Dadas las características de algunas zonas será adecuado aprovechar los recorridos de toma de niveles piezométricos para realizar perfiles de conductividad eléctrica, con objeto de contar con información de referencia en cuanto a la calidad del agua

22 ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014)
RECOMENDACIONES ACUÍFERO ÁLAMO-TUXPAN (3014) Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Álamo-Tuxpan, clave 3014, y que en dicho acuífero quede sin efectos el “Acuerdo General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas nacionales del subsuelo en los 96 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. Una vez establecido el instrumento procedente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto tenga establecidos la Comisión Nacional del Agua


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