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Publicada porSusana Laura Torres Espinoza Modificado hace 8 años
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Equipo #1 Barajas Martínez Ma. Gregoria. García Alejo Claudia Soledad Lopez Elizalde Sergio Alberto Medina Montejo Irma Alejandra. INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA ZONA MAYA. Docente: M.V.Z. José Luis Garza Del Pozo
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* La Comisión de Seguridad e Higiene, es un organismo bipartito que coordina la revisión de las condiciones de seguridad e higiene en que se encuentran las instalaciones de la empresa. * La integra personal tanto de la parte patronal, como de la parte trabajadora, de manera equitativa.
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* La Ley Federal del Trabajo establece en sus artículos 509 y 510 que en cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.
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NOM 019-STPS-2011 COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE OBLIGACION DEL PATRON OBLIGACION DEL TRABAJADOR INTEGRACION FUNCIONAMIENTO ORGANIZACIÓN La NOM 019 Coadyuva y aporta los elementos necesarios para conformar un grupo de trabajo mixto y coordinado cuyo objetivo sea prevenir y corregir aquellos riesgos de trabajo.
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* Conformando la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene Laboral en apego a la normatividad vigente y estableciendo los programas y actividades para realizar las acciones que en ella se establezcan.
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Identificar condiciones y actos Inseguros en el centro de trabajo. Investigar las causas de los accidentes Y enfermedades de trabajo
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Proponer al patrón medidas para prevenir Los accidentes y enfermedades de trabajo. Dar seguimiento a las medidas propuestas Por la comisión.
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* Menos de 15 trabajadores, un trabajador y un representante del patrón. * Cuando haya mas de 15 trabajadores, un coordinador, un secretario y los vocales. Y el sindicato o representantes de los trabajadores.
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* La realiza el sindicato mediante consulta, por mayoría de votos en ausencia de este. * El patrón será miembro de la comisión o nombrará un representante.
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* Se realiza en sesión con los miembros seleccionados y con la representación del sindicato. * Incluye: Datos del centro de trabajo. Datos de la comisión.
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* Integrar el programa anual de recorridos de verificación. * Supervisión por mes. * Reunirse y realizar las actas constitutivas. * Realizar las actividades programadas en el programa anual.
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* El patrón esta obligado a proporcionarlo una vez al año a quienes integran la comisión. * Proporcionar un curso de inducción al trabajador.
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* Es importante contar con una comisión bien constituida, para delegar en ella la responsabilidad de controlar la seguridad del personal y prevenir las enfermedades profesionales de trabajo mediante la prevención y eliminación de riesgos de trabajo. Si en la empresa se establece un buen control traerá al empresario los siguientes beneficios: * Disminución de accidentes. * Incremento en la productividad. * Reducción de tiempos muertos. * Disminución de gastos indirectos.
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