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Legislacion en la Construccion

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Presentación del tema: "Legislacion en la Construccion"— Transcripción de la presentación:

1 Legislacion en la Construccion
Ing. Edson Rodríguez

2 Contenido 1 Permisos de Construccion 2 Contratos 3
III Unidad Documentos Legales 1 Permisos de Construccion 2 Contratos 3 Otros Documentos Legales 4 Bitacora

3 Permiso de Construccion
En qué consiste y cuándo realizarlo? Es la autorización que otorga la Dirección de Urbanismo a través de la Ventanilla Única de la Construcción (VUC), para dar inicio a la realización de las obras de construcción.

4 Dónde se puede realizar este trámite?
La solicitud de este servicio se puede realizar en la Ventanilla Única de la Construcción (VUC), ubicada en el Centro Cívico Módulo "I". Los horarios de atención son de Lunes a Viernes de 8:00 am a 4:00 pm.

5 Requisitos para este trámite
Requerimientos Ambientales Todo proyecto de construcción está sujeto a una evaluación ambiental del sitio, que realiza el Departamento de Evaluación Ambiental al momento de solicitar el CUS (Constancia de Uso de Suelo). Si el proyecto presentado se ubica en cualquiera de las categorías del decreto (decreto de sistema de Evaluación Ambiental del Marena, pùblicado en la gaceta diario oficial No. 2 48), deberá presentar Permiso Ambiental o estudio de Impacto Ambiental según los criterios definidos por el MARENA Todo proyecto que obtenga su CUS (Constancia de Uso de Suelo) aprobado, deberá presentar formulario de Análisis Ambiental, el que puede ser retirado en la VUC con el delegado de la DGA.

6 Documentos Carta de solicitud del servicio.
Planos y documentos con la aprobación técnica de proyecto definitivo. Pago del impuesto de construcción (1% del valor total de la obra). Autorización de los organismos gubernamentales involucrados. Solvencia municipal del dueño y del constructor. Licencia de operación actualizada del constructor extendida por el MTI. Matrícula de la empresa constructora en la Alcaldía de Managua y garantía bancaria. Pago de la tasa por supervisión.

7 Cuanto hay que pagar Tasa de Supervisión
Urbanizaciones, pago mensual de 2, 000 córdobas Edificaciones de 1 a 100 m2 C$ 1/m2 Edificaciones de 101 a 200 m2 C$ 2/m2 Edificaciones de 201 a 1000 m2 C$ 3/m2 Edificaciones de mas de 1001 m2 C$ 4/m2

8 Nota Falta de pago por 2 meses causa multa del 20%
Si el área declarada es menor que la existente, la diferencia causa recarga del 50% Cuando se suspendan las obras por causas de la dirección de urbanismo, no se cobra la tasa de inspección. En caso que se reanuden sin autorización se sancionara con una multa de 5 veces el valor de la tasa que devengaría desde el reinicio de la obra

9 Informacion Anexos Reglamento pra Licencia de Construccion
Solicitud para supervisar proyectos Registro de Empresas Anexos Constancia de Desmembracion Modelo PBC Aprobacion de Proyecto

10 Otros Documentos Memorandum Acta Permutas Cambios de Orden Avaluos
Constancias Adendum Circular

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12 CONTRATOS Es un acuerdo de 2 o mas personas para constituir, regular o aclarar entre las mismas un vinculo jurídico Para que un contrato tenga validez no debe de contravenir las leyes vigentes, la moral, ni el orden público.

13 Es un acuerdo privado, oral o escrito entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y cuyo cumplimiento pueden ser exigidos

14 Es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones para las partes

15 Derechos y Obligaciones
Pueden ser transmitidos por causas de muerte o transferido entre vivos, salvo si es derecho y obligaciones fueron puramente personales por su naturaleza

16 Nadie puede involucrarse en uno a nombre de otro, sin tener la representación legal para ello. En otras palabras, cualquier contrato celebrado a nombre de otra persona es nulo si no se tiene la autorización de ley.

17 Cuando el contrato tiene afectación en terceros, este tendrá validez, siempre y cuando este último haga saber su aceptación a dicho contrato, o que solo perciba beneficios. Un ejemplo de esto último es el caso de las pólizas de seguro de vida. Para invalidar un contrato se puede hacer por razones legales y/o consentimiento mutuo de las partes.

18 Tipos de Contratos Por su Naturaleza Por su caracter Financiero .

19 Contrato por Consultoría Contrato por estudio de Suelo
Por su Naturaleza Contrato por Consultoría Contrato por estudio de Suelo Contrato por Pre factibilidad Contrato por Construcción Contrato por Supervisión

20 Por su Carácter Financiero
Suma Global Costo mas porcentaje Administración delegada Precio Unitario

21 Bitacora El uso de la bitácora es obligatorio en cada uno de los contratos de obras y servicios. Su elaboración, control y seguimiento estara a cargo del residente de la obra . El libro de bitácora es el diario de trabajo y debe llevarse consigo al lugar de labores. Por lo tanto, es de suponer que se le dará un uso constante.

22 La bitácora se ajustará por las Dependencias y Entidades atendiendo al medio de comunicación a través del cual se opere, y deberá considerar en lo aplicable, como mínimo lo siguiente: I. Las hojas originales y sus copias deben estar siempre foliadas y estar referidas al contrato de que se trate; II. Se debe contar con un original para la Dependencia o Entidad y al menos dos copias, una para el contratista y otra para la residencia de obra o la supervisión; ART. 94. RI-RLOPSRM

23 Las copias deberán ser desprendibles no así las originales, y IV.
III. Las copias deberán ser desprendibles no así las originales, y IV. El contenido de cada nota deberá precisar, según las circunstancias de cada caso: número, clasificación, fecha, descripción del asunto, y en forma adicional ubicación, causa, solución, prevención, consecuencia económica, responsabilidad si la hubiere, y fecha de atención, así como la referencia, en su caso, a la nota que se contesta; y, nombre y firma de los que intervinieron. ART. 94. RI-RLOPSRM

24 Para el uso de la bitácora, las Dependencias y Entidades así como el Contratista deberán observar, atendiendo al medio de comunicación a través del cual se opere, las siguientes reglas generales: I. Se deberá iniciar con una nota especial relacionando como mínimo la fecha de apertura, datos generales de las partes involucradas, nombre y firma del personal autorizado. II. Todas las notas deberán numerarse en forma seriada y fecharse consecutivamente. ART. 95. RI-RLOPSRM

25 III. Las notas o asientos deberán efectuarse claramente, con tinta indeleble y letra legible. IV. Cuando se cometa algún error de escritura, de intención o redacción, la nota deberá anularse por quien la emita. V. La nota cuyo original y copias aparezcan con tachaduras y enmendaduras, será nula; VI. No se deberá sobreponer ni añadir texto alguno a las notas de bitácora, ni entre renglones, márgenes o cualquier otro sitio, de requerirse, se deberá abrir otra nota haciendo referencia a la de origen; ART. 95. RI-RLOPSRM

26 VII. Se deberán cancelar los espacios sobrantes de una hoja al completarse el llenado de las mismas; VIII. Una vez firmadas las notas de la bitácora, los interesados podrán retirar sus respectivas copias; IX. Cuando se requiera, se podrán validar oficios, minutas, memorandu y circulares, refiriéndose al contenido de los mismos, o bien, anexando copias; X. Deberá utilizarse la bitácora para asuntos trascendentes que deriven del objeto de los trabajos en cuestión; ART. 95. RI-RLOPSRM

27 III. Las notas o asientos deberán efectuarse claramente, con tinta indeleble y letra legible. IV. Cuando se cometa algún error de escritura, de intención o redacción, la nota deberá anularse por quien la emita. V. La nota cuyo original y copias aparezcan con tachaduras y enmendaduras, será nula; VI. No se deberá sobreponer ni añadir texto alguno a las notas de bitácora, ni entre renglones, márgenes o cualquier otro sitio, de requerirse, se deberá abrir otra nota haciendo referencia a la de origen; ART. 95. RI-RLOPSRM

28 VII. Se deberán cancelar los espacios sobrantes de una hoja al completarse el llenado de las mismas; VIII. Una vez firmadas las notas de la bitácora, los interesados podrán retirar sus respectivas copias; IX. Cuando se requiera, se podrán validar oficios, minutas, memorandu y circulares, refiriéndose al contenido de los mismos, o bien, anexando copias; X. Deberá utilizarse la bitácora para asuntos trascendentes que deriven del objeto de los trabajos en cuestión; ART. 95. RI-RLOPSRM

29 XI. Todas las notas deberán quedar cerradas y resueltas, o especificarse que su solución será posterior, debiendo en este último caso, relacionar la nota de resolución con la que le de origen, y XII. El cierre de la bitácora, se consignará en una nota que de por terminados los trabajos. ART. 95. RI-RLOPSRM

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31 Thank You !


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