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“El derecho y el mar” Ciclo El Mar necesita que lo miren Buenos Aires, 24 de agosto de 2006 Daniel A. Sabsay Director Ejecutivo Fundación Ambiente y Recursos.

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1 “El derecho y el mar” Ciclo El Mar necesita que lo miren Buenos Aires, 24 de agosto de 2006 Daniel A. Sabsay Director Ejecutivo Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)

2 El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren Organización no gubernamental sin fines de lucro creada en 1985 Organización no gubernamental sin fines de lucro creada en 1985 Objetivo: promocionar el desarrollo sustentable a través de la política, el derecho y la organización institucional de la sociedad Objetivo: promocionar el desarrollo sustentable a través de la política, el derecho y la organización institucional de la sociedad FARN-¿Quiénes somos?

3 Es aquel que satisface las necesidades presentes, sin comprometer la posibilidad de las generaciones futuras de satisfacer las propias Es aquel que satisface las necesidades presentes, sin comprometer la posibilidad de las generaciones futuras de satisfacer las propias La sustentabilidad se integra no sólo de las variables económica, social e institucional, sino también de la ambiental La sustentabilidad se integra no sólo de las variables económica, social e institucional, sino también de la ambiental ¿Qué es el Desarrollo Sustentable? El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

4 Proyecto Modelo del Mar Gestión Ecosistémica Sustentable del área blanco es “la administración del ecosistema y los recursos naturales bajo los Principios de Prevención y Precaución, que integra en la decisión de uso la conservación de la diversidad biológica y las funciones ecológicas esenciales, así como los derechos de las generaciones presentes y futuras”  Principio de Prevención implica actuar frente a la certeza de la ocurrencia de un daño o efecto negativo que se sabe o se conoce que determinada obra/actividad producirá sobre el ambiente, tomando medidas para evitar su producción, controlar, reducir o mitigar las consecuencias.  Principio de Precaución implica actuar frente a la posibilidad de la ocurrencia de un daño grave o irreversible, adoptando medidas eficaces en función de los costos para impedir que se produzca el daño y la consecuente degradación del ambiente, aún careciendo de la certeza científica absoluta de que el mismo ocurrirá. El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

5 Proyecto Modelo del Mar: principales objetivos de FARN Estrategia para la implementación de esas herramientas Estrategia para la implementación de esas herramientas Identificación y desarrollo de las herramientas legales e institucionales para la conservación y gestión sustentable del Mar Patagónico Identificación y desarrollo de las herramientas legales e institucionales para la conservación y gestión sustentable del Mar Patagónico Construcción de una red para el fortalecimiento y la sustentabilidad del Proyecto mencionado. Construcción de una red para el fortalecimiento y la sustentabilidad del Proyecto mencionado. Lograr una Gestión Ecosistémica sustentable del Mar Patagónico, a través del desarrollo de actividades de investigación, capacitación, incidencia y generación de herramientas apropiadas, dirigidas a los sectores público, privado y de la sociedad civil. Lograr una Gestión Ecosistémica sustentable del Mar Patagónico, a través del desarrollo de actividades de investigación, capacitación, incidencia y generación de herramientas apropiadas, dirigidas a los sectores público, privado y de la sociedad civil. El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

6 Desafíos y preguntas  ¿Cómo podemos fundamentar jurídicamente la gestión ecosistémica sustentable del Mar Patagónico?  ¿Qué instrumento jurídico necesitamos para concretar ese objetivo? ¿Cuál sería el mejor instrumento, el más óptimo?  ¿Cuál sería el mejor instrumento, el más óptimo?  ¿Cómo lograr la conservación y gestión sustentable del Océano, partiendo de un modelo en el cual los deberes y libertades de los Estados no dependen de los ecosistemas o del itinerario de las especies, sino de una cantidad de millas contadas en línea Recta? El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

7 La investigación de FARN incluyó el análisis de: Las normas internacionales que gobiernan los océanos Las normas argentinas, brasileñas y uruguayas relacionadas con el uso y aprovechamiento del mar, así como de sus recursos Las normas de las provincias costeras argentinas El conflicto geopolítico vinculado a las Islas Malvinas, incluyendo la regulación ambiental existente actualmente en las islas y los compromisos internacionales “ambientales” asumidos por Gran Bretaña El conflicto geopolítico vinculado a las Islas Malvinas, incluyendo la regulación ambiental existente actualmente en las islas y los compromisos internacionales “ambientales” asumidos por Gran Bretaña Los fundamentos iusfilosóficos de la conservación y la gestión sustentable La experiencia comparada El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

8 Contiene de modo expreso la obligación de preservar el medio marino Marco jurídico internacional ¿Qué es la CONVEMAR? Es la norma que gobierna los océanos Se encuentra en el vértice de la pirámide jurídica Divide el Mar en diferentes zonas, determinando en relación a cada una ellas los derechos y deberes de los Estados Ribereños y los Terceros Estados El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

9 Artículo 193: Derecho soberano de los Estados de explotar sus recursos naturales con arreglo a su política en materia de medio ambiente y de conformidad con su obligación de proteger y preservar el medio ambiente CONVEMAR Los derechos no se ejercen de modo absoluto Artículo 192: Obligación general de Los Estados tienen la obligación de proteger y preservar el medio marino El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

10 CONVEMAR Derecho de Pesca en Alta Mar (Artículos 116 - 120) Obligación general de preservar el medio marino Obligación de respetar los intereses y derechos de los Ribereños Obligación de adoptar medidas para la conservación de los recursos vivos del AM para con sus nacionales Obligación de cooperar con otros Estados en la adopción de medidas de conservación Al definir las capturas, obligación de tener en cuenta los datos científicos más fidedignos de que se dispongan, con miras a producir un rendimiento máximo sostenible, y tomando en consideración las especies dependientes y asociadas Al definir las capturas, obligación de tener en cuenta los datos científicos más fidedignos de que se dispongan, con miras a producir un rendimiento máximo sostenible, y tomando en consideración las especies dependientes y asociadas El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

11 Otros Acuerdos Internacionales Acuerdo Ley de aprobación Ratificación Convención sobre la Conservación de Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS) Ley N° 23.91801/10/1991 Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)Ley N° 24.37522/11/1994 Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación y Ordenación por los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar (AC) Ley N° 24.60824/06/1996 Acuerdo sobre la Aplicación de las Disposiciones de la CONVEMAR relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios (FSA) Ley N° 25.290Sin ratificar Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles (ACAP) Ley N° 26.107 En proceso de ratificación El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

12 Marco jurídico Argentino (Nacional y Provincial) Ley General del Ambiente (LGA) Se trata de una ley de presupuestos mínimos, por lo tanto aplicable a todo el territorio nacional, incluyendo el mar Sus exigencias deben observarse en todas las políticas, normas y actos emanados de los poderes públicos y de la sociedad civil El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

13 Fundamentos iusfilosóficos y principios: 1.El derecho a gozar de un ambiente sano 2.El derecho soberano de los Estados de administrar y regular sus recursos naturales 3.El concepto de desarrollo sustentable 4.El Principio de Equidad Intergeneracional 5.El Principio de Prevención 6.El Principio Precautorio 7.El Principio de Solidaridad 8.El Principio de Cooperación 9.El Principio de Responsabilidad 10.El derecho de acceso a la información, a los procesos de toma de decisiones y a la justicia. El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

14  El marco legal internacional en su conjunto proporciona mucho más que las bases necesarias para la gestión sustentable de un área oceánica, aunque para abarcar aguas de AM resultará imprescindible un acuerdo internacional. Conclusiones  La CONVEMAR brinda un marco amplio, adecuado y vasto para la conservación, estableciendo obligaciones que los Estados deben cumplir individualmente y contemplando expresamente la posibilidad de celebrar acuerdos internacionales con el propósito de preservar y manejar sustentablemente el medio marino y regular la pesca. El Derecho y el Mar Ciclo de charlas: El mar necesita que lo miren

15 Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) Daniel A. Sabsay Ciclo El mar necesita que lo miren Buenos Aires, 24 de agosto de 2006 www.farn.org.ar dasabsay@farn.org.ar


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