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DERECHO A LA SALUD.

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Presentación del tema: "DERECHO A LA SALUD."— Transcripción de la presentación:

1 DERECHO A LA SALUD

2 Constitución OMS (1946) y Declaración de Alma-Ata 1978
DERECHO A LA SALUD “El disfrute del mas alto nivel posible de salud es uno de los derechos fundamentales de cualquier ser humano sin distinción de raza , religión, creencia política, ideológica, y condición social o económica.” Constitución OMS (1946) y Declaración de Alma-Ata 1978

3 Declaración Universal de Derechos Humanos – Art 25
“toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”

4 Declaración Americana Derechos y Deberes del Hombre Art. 11
“…salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad"

5 Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales – Art 12
“Los Estados Partes reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental …“Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho a) la reducción de la mortalidad infantil y el sano desarrollo de los niños; b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente; c)La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole y la lucha contra ellas; d)La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad."

6 Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General 14: (Art. 12) ( 2000)
El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud incluye “el derecho a controlar la propia salud, el propio cuerpo y la libertad sexual y reproductiva” Los Estados Miembros están obligados a “adoptar medidas para mejorar la salud infantil y materna, los servicios de salud sexuales y reproductivos, incluido el acceso a la planificación de la familia los servicios obstétricos de urgencia y el acceso a la información, así como a los recursos necesarios para actuar en respuesta a esa información”.

7 Convención sobre Eliminación de Toda Forma de Discriminación de La Mujer – Art. 12
"Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia”.

8 Convención sobre los Derechos del Niño – Art 24
“ Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios ”

9 Convención sobre los Derechos del Niño – Art 24
“…a) Reducir la mortalidad infantil y en la niñez; b) Asegurar la prestación de la asistencia médica y la atención sanitaria …haciendo hincapié en el desarrollo de la atención primaria de salud; c)Combatir las enfermedades y la malnutrición; d) Asegurar atención primaria prenatal y postnatal apropiada a las madres; e)Asegurar que todos los sectores de la sociedad, conozcan los principios básicos de la salud y la nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia materna, la higiene,l saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes…”

10 DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

11 DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Los derechos reproductivos son respaldados por diversos derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales: El derecho a la vida, a la libertad y la seguridad; El derecho a la salud, la salud reproductiva y la planificación familiar, incluyendo el derecho a decidir el número y espaciamiento de los propios hijos e hijas; El derecho a dar consentimiento para contraer matrimonio y a la igualdad en éste;

12 DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
El derecho a la privacidad; El derecho a no ser discriminado; El derecho de una persona a no ser sometida a tortura u otro tratamiento o castigo cruel, inhumano o degradante y a estar libre de violencia. El derecho a la educación y a la información; El derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones y a dar consentimiento para la experimentación.

13 Convención de los Derechos de la Mujer - Art. 10
“Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres: h) Acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluidos la información y el asesoramiento sobre planificación de la familia.”

14 Convención de los Derechos de la Mujer - Art. 12
“1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.”

15 Convención de los Derechos de la Mujer - Art. 16
“ Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres: e) Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos”

16 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Observación General 24: Mujeres y Salud (20a sesión, 1999) “…el acceso a cuidados de salud, incluida la salud reproductiva, es un derecho básico y es fundamental para la salud y la igualdad de las mujeres…Los Estados Miembros son responsables de “asegurar la eliminación de todas las barreras al acceso de las mujeres a los servicios de salud, la educación y la información, inclusive en el área de la salud sexual y reproductiva” y “priorizar la prevención de los embarazos no deseados a través de la planificación de la familia y de la educación sexual y reducir las tasas de mortalidad materna mediante servicios para una maternidad segura y atención prenatal”

17 Convención sobre los Derechos del Niño – Art 24
f) Desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a los padres y la educación y servicios en materia de planificación de familia..."

18 DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Conferencia sobre Derechos Humanos de Teherán Conferencia Mundial sobre Población -Bucarest 1974 Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer, México 1975 III Conferencia sobre la Mujer Estrategias de Nairobi – 1985 Conferencia Mundial de Derechos Humanos Viena, 1993 Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD) Cairo 1994 y Cairo Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social Copenhague, marzo 1995 Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing 1995) y Sesión Especial, Beijing

19 Conferencia sobre Derechos Humanos de Teherán
“16. La comunidad internacional debe seguir velando por la familia y el niño. Los padres tienen el derecho humano fundamental de determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos”

20 Estrategias de Nairobi (1985) III Conferencia Mundial sobre la Mujer
“la capacidad de la mujer de controlar su propia fertilidad constituye una base importante para el goce de otros derechos.”

21 Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena)
“Los derechos humanos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. La plena participación, en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida política, civil, económica, social y cultural en los planos nacional, regional e internacional y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo son objetivos prioritarios de la comunidad internacional” parte I, Párr. 18

22 Programa Acción Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena)
“....la importancia del disfrute por la mujer del más alto nivel de salud física y mental durante toda su vida….la igualdad de condición y los derechos humanos de la mujer" y “el derecho de la mujer a tener acceso a una atención de salud adecuada y a la más amplia gama de servicios de planificación familiar...".

23 Declaración de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague)
Se ratificó expresamente el compromiso relativo a la igualdad entre mujeres y varones, el de tomar medidas que aseguren el acceso universal al más amplio espectro de servicios de salud, incluyendo aquellos relativos a la salud reproductiva. (compromiso 5.d)

24 Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo – (Cairo)
"La salud reproductiva es un estado general de bienestar físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos.” (párr.7.2)

25 Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo
“…la salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuándo y con qué frecuencia. Esta última condición lleva implícito el derecho del hombre y la mujer a obtener información y de planificación de la familia de su elección” "La aplicación del presente Programa de Acción debe orientarse por esta definición amplia de salud reproductiva, que incluye la salud sexual." (párr.7.2).

26 Plataforma de Acción Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing)
“..Los derechos a la procreación se basan en decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el momento en que desean tener hijos y a disponer de la información y de los medios necesarios para ello, así como en el reconocimiento del derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva”

27 Plataforma de Acción Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer
"Los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coerción, la discriminación y la violencia”. (Párr.96.).

28 COMITÉ ESPECIAL SOBRE POBLACIÓN Y DESARROLLO - CEPAL
ix) Salud sexual y reproductiva: incorporar en el marco de las reformas del sector salud políticas públicas que promuevan el ejercicio de los derechos reproductivos y aseguren la prestación de servicios integrales de salud sexual y reproductiva que procuren asegurar el acceso universal a la variedad más amplia posible de métodos de planificación familiar; procurar asegurar la expansión de la atención integral de salud sexual y reproductiva de calidad, en particular para los sectores más pobres, los pueblos indígenas y para los sectores excluidos en razón de su etnia, edad, o condición social; Santiago de Chile, 10 y 11 de marzo de 2004, San Juan, Puerto Rico 29 al 30 de junio del 2004

29 COMITÉ ESPECIAL SOBRE POBLACIÓN Y DESARROLLO - CEPAL
viii) Derechos reproductivos: revisar e implementar la legislación que garantice el ejercicio responsable de los derechos reproductivos y el acceso sin discriminación a los servicios de salud, incluida la salud sexual y reproductiva, e incorporar en los informes nacionales, incluido el informe ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, información sobre la promoción y respeto de los derechos reproductivos Santiago de Chile, 10 y 11 de marzo de 2004, San Juan, Puerto Rico 29 al 30 de junio del 2004

30 Plataforma de Acción de Beijing y el Programa de Acción CIPD
Debería reducirse la incidencia del aborto mediante el acceso a la planificación familiar. Donde es legal, el aborto debería ser seguro. Donde es ilegal, deben tratarse las consecuencias de los abortos ilegales/inseguros. Es preciso y urgente considerar la posibilidad de revisar las leyes que prevén medidas punitivas contra las mujeres que han tenido abortos ilegales.

31 DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Varias Constituciones de países Americanos reconocen el derecho reconoce el derecho a decidir sobre el número de hijos y su espaciamiento

32 Constitución de Brasil – Art 226
“La familia base de la sociedad, es objeto de especial protección por el Estado 7o. Fundado en los principios de dignidad de la persona humana y de paternidad responsable, la planificación familiar es libre decisión del casado, correspondiendo al Estado propiciar recursos educacionales y científicos para el ejercicio de ese derecho, prohibiéndose cualquier actuación coactiva por parte de instituciones oficiales o privadas.”

33 Constitución de Colombia Art. 42
“Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes…La pareja tiene derecho a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos”

34 Constitución de Ecuador Art. 39
“Se propugnarán la maternidad y paternidad responsables. El Estado garantizará el derecho de las personas a decidir sobre el número de hijos que puedan procrear, adoptar, mantener y educar. Será obligación del Estado informar, educar y proveer los medios que coadyuven al ejercicio de este derecho.”

35 Constitución de Guatemala Art. 47
“El Estado garantiza la protección social, económica y jurídica de la familia. Promoverá su organización sobre la base legal del matrimonio, la igualdad de derechos de los cónyuges, la paternidad responsable y el derecho de las personas a decir libremente el número y espaciamiento de sus hijos”

36 Constitución de Los Estados Unidos Mexicanos – Art. 4
“toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el numero y el espaciamiento de sus hijos”

37 Constitución de la República del Paraguay - Artículo 61
“El Estado reconoce el derecho de las personas a decidir libre y responsablemente el número y la frecuencia del nacimiento de sus hijos, así como a recibir, en coordinación con los organismos pertinentes educación, orientación científica y servicios adecuados, en la materia.

38 Constitución de Perú – Art. 6
“La política nacional de población tiene como objetivo difundir y promover la paternidad y maternidad responsables. Reconoce el derecho de las familias y de las personas a decidir. En tal sentido, el Estado asegura los programas de educación y la información adecuados y el acceso a los medios, que no afectan la vida o la salud.”

39 Obligaciones al Ratificar los Tratados Internacionales de Derechos Humanos

40 Convención de Viena sobre los Tratados de 1969
Un país no puede invocar disposiciones de derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado y “todo tratado es obligatorio para las partes del mismo y debe ser respetado de buena fe” (Arts. 26 y 27)

41 Obligacion de Respetar los Derechos
El Estado asume la obligación que podemos llamar negativa de no obstruir el ejercicio de los derechos, dimensión en la cual se impone la no interferencia del Estado en la regularización o el control de la sexualidad y de la reproducción.

42 Obligación de Hacer Efectivo el Ejercicio de los Derechos
El Estado debe realizar prestaciones positivas, para asegurar la efectividad de los derechos con todos los medios a su alcance. “Esta obligación implica el deber… de organizar todo el aparato gubernamental, para asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos…”. Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Velásquez Rodríguez

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44 Objetivos de Desarrollo del Milenio (MDG)
Erradicar la pobreza extrema y el hambre. Lograr la educación primaria universal. Promover la igualdad de género y la autonomía de la mujer. Reducir la mortalidad en la infancia. Mejorar la salud materna. Combatir el VIH/SIDA. Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente. Fomentar una alianza mundial para el desarrollo.

45 “Los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en particular la erradicación de la pobreza y el hambre, no pueden alcanzarse si no se abordan decididamente las cuestiones de población y salud reproductiva; y esto significa intensificar los esfuerzos de promoción de los derechos de la mujer y aumentar las inversiones en educación y salud, inclusive la salud reproductiva y la planificación de la familia” K. Annan, Secretario General de las Naciones Unidas, Mensaje a la Quinta Conferencia sobre Población de Asia y el Pacífico, Bangkok,16 de diciembre de 2002.

46 “ Lograr el acceso universal a la salud reproductiva para 2015, según lo estipulado en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, integrar ese objetivo en las estrategias encaminadas a alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los que figuran en la Declaración del Milenio, y orientados a reducir la mortalidad materna, mejorar la salud materna, reducir la mortalidad infantil, promover la igualdad entre los géneros, luchar contra el VIH/SIDA y erradicar la pobreza.” Párrafo ¶ 57(g) La meta de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo de alcanzar para el 2015 el acceso universal a la salud reproductiva. Uno de los logras más significativos de la Cumbre Mundial de 2005, fue que en el documento final, los lideres del mundo reconocieron los vínculos fundamentales entre asegurar acceso a información y servicios de salud sexual y reproductiva y el logro de los ODM. Ellos se comprometieron, en el Párrafo 57 del Documento, a lograr el acceso universal a la salud reproductiva para 2015, según lo estipulado en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, integrar ese objetivo en las estrategias encaminadas a alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los que figuran en la Declaración del Milenio, y orientados a reducir la mortalidad materna, mejorar la salud materna,, reducir la mortalidad infantil, promover la igualdad entre los géneros, luchar contra el VIH/SIDA y erradicar la pobreza.

47 Mejorar el acceso a la salud reproductiva ayuda a:
Reducir los niveles de pobreza Mejorar la salud materna Reducir la mortalidad infantil Reducir la propagación y combatir las ITS, incluido el VIH/SIDA Empoderar a las mujeres y alcanzar la igualdad entre los géneros En los años posteriores a la CIPD, se logró acumular un cuerpo de evidencia que indica que cuando las personas disponen de los medios necesarios para ejercer sus derechos reproductivos, terminan experimentado una serie de beneficios que tienen un profundo impacto positivo no sólo en sus vidas sino en las de sus familias, comunidades y países. Todos estos puntos los vamos a ver más concretamente en las próximas placas. Notas adicionales: Cuando las personas tienen acceso a información y a servicios de salud sexual y reproductiva, y cuando pueden ejercer sus derechos reproductivos: Las mujeres tienen mayor probabilidad de tener embarazos y partos seguros. Los niños tienen menos probabilidad de morir durante la infancia Las niñas tienen mayor probabilidad de terminar la escuela primaria. Las mujeres y hombres de todas las edades están mejor preparados para protegerse de infecciones de transmisión sexual (ITS), incluyendo el VIH. Es más probable que las mujeres puedan tomar y ejecutar decisiones cruciales relativas a sus vidas y, al mismo tiempo, que participen en pie de igualdad en todas las esferas de la sociedad. Y, debido al impacto que tiene la buena condición de salud sexual y reproductiva en muchos aspectos de la vida de las personas, incluida su capacidad de ser miembros productivos de una sociedad, también contribuye a la reducción de la pobreza. En las siguientes diapositivas, analizaremos estos vínculos más detenidamente. Cita de la declaración de Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas, en su mensaje a la Quinta Conferencia sobre Población de Asia y el Pacífico (Bangkok: UNESCAP, diciembre 2002). “ No pueden alcanzarse los Objetivos de Desarrollo del Milenio, particularmente la erradicación de la pobreza extrema y el hambre, a menos que se aborden decididamente las cuestiones de población y salud reproductiva; y para esto es preciso intensificar los esfuerzos por promover los derechos de la mujer y aumentar las inversiones en educación y salud, inclusive salud reproductiva y planificación de la familia”.

48 En Resumen….los Derechos Sexuales y Reproductivos
Son integrales a los derechos humanos y esenciales para el disfrute del pleno potencial humano de cada persona y para su bienestar, emocional y físico. Implica que todas las parejas e individuos tienen el derecho de decidir libre y responsablemente el número y espaciamiento entre sus hijos y de tener la información, la educación y los medios para esto.

49 En Resumen….los Derechos Sexuales y Reproductivos
Implican para la mujer el Derecho a tener control sobre su salud sexual y reproductiva, así como decidir libremente sobre ello, sin estar expuesta a la coerción, la discriminación y la violencia. pudiendo controlar su propia fecundidad como un elemento indispensable para el disfrute de otros derechos.

50 “Hacer verdadera la democracia, tomar en serio los derechos fundamentales tal como vienen solemnemente proclamados en nuestras constituciones y en las declaraciones internacionales quiere decir hoy poner fin a ese gran apartheid que excluye de su disfrute a las cuatro quintas partes del genero humano. Ferrajoli, Luigi, “Derechos Y Garantías”, La Ley del mas Débil” Editorial Trotta, Madrid Pag 29.


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